DECRETO JDF Nº 26/2016

DESCRIPCIÓN: Proyecto de decreto aceptando donación de predio y condonando deuda tributaria del mismo.

APROBACIÓN: 05 de agosto de 2016

2016-08-05 ACTA 25/16

EXPEDIENTE: IF. Exp. Nº 03883/12 - JDF. Lº 16 Fº 110.

En sesión de la fecha y por unanimidad de miembros presentes (30 Ediles), se sancionó el siguiente proyecto:

VISTO: Estos antecedes referidos a la oferta de los propietarios el inmueble Nº 3909 de la Primera Sección Judicial del Departamento, consistente en donar el mismo a la Intendencia de Florida, donación sin condiciones y en el estado actual de ocupación.

CONSIDERANDO: 1) Que de acuerdo a lo manifestado por la Intendencia resulta conveniente integrar más inmuebles a su cartera de tierras con destino de viviendas, y máxime teniendo en cuenta la situación existente en dicho padrón dado el asentamiento existente desde hace años y que es de interés su erradicación.

2) Que el Ejecutivo Comunal comunicó a los oferentes su intención de aceptar la donación ofrecida y que los títulos del inmueble a donar no merecen observación por la dependencia notarial.

3) Que respecto de la deuda que mantienen los propietarios por el padrón cuya donación se ofrece, técnicamente corresponde su condonación.

ATENTO: A lo expuesto, y a lo dispuesto por los Arts. 133º y 222º de la Constitución de la República y Art. 35º, numeral 22, de la Ley Nº 9.515.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

Art. 1º.- Otórgase la conformidad para aceptar la donación de los Sres. Pedro Jorge Marizcurrena Fernández, Susana María Clelia Marizcurrena Fernández, Héctor Mario Marizcurrena Fernández, Walter Daniel Marizcurrena Cruz, Fernando Marizcurrena Cruz, María Angélica Marizcurrena Cruz, Miguel Marizcurrena Cruz, Gladys Cruz Rodríguez, María Dolores Marizcurrena de la Fuente, Hugo Martín Marizcurrena de la Fuente, Felipe Muxi Marizcurrena, María Pía Muxi Marizcurrena, Luis Miguel Muxi Marizcurrena, Sebastián Martínez Oggero y Juan Pedro Martínez Oggero; del inmueble padrón Nº 3909 de la Primera Sección Judicial del Departamento a la Intendencia de Florida.

Art. 2º.- Condónase la deuda tributaria que mantienen los antes nombrados por la propiedad del padrón detallado.

Art. 3º.- Comuníquese, etc.-

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas” de la Junta Departamental, en Florida, a los cinco días del mes de agosto de dos mil dieciséis.

(Fdo.) GUILLERMO MONTAÑO BRIGNONI, Presidente; Dr. MARCOS PÉREZ MACHADO, Secretario General