2016-03-28 – Exp. Nº 00924/16 – Canjes de trabajo particular en la Intendencia mediante pago de materiales

Florida, 18 de marzo de 2016

Sr. Presidente de la Junta Departamental de Florida

Juan Martín Varela Ormando

PRESENTE

Por la presente y de acuerdo al Art. 284º de la Constitución de la República, solicito a Ud. se dé trámite ante la Intendencia de Florida, al siguiente pedido de informes:

  1. Con qué frecuencia apela al canje la Intendencia de Florida, con quienes hace canje y quién lo decide.
  2. Si existe alguna norma legal que habilite a la Intendencia a apelar al canje como forma de pagar.
  3. Cuál es el valor para la Intendencia de cada viaje de balasto que se entrega en donación. Especificar transporte, material y mano de obra.
  4. Cuánto cuesta la reparación de un vidrio de un camión que no baja y una puerta que no cierra.
  5. Si se pide presupuesto cada vez que un camión municipal sufre algún desperfecto para decidir a quién encomendar su reparación.
  6. Hasta qué escalafón administrativo o de Dirección se autoriza un pago en canje.
  7. Quién decidió la reparación de la ventana del camión matrícula 1068 en la localidad de 25 de Mayo y a quién se le asignó la misma.
  8. Cómo se procesó el canje de un viaje de balasto a la persona que arregló el mismo.
  9. Fecha del expediente donde se resolvió pagar el arreglo con un viaje de balasto.
  10. Si anteriormente se han hecho pagos de prestaciones similares con viajes de balasto. Detallar destino y fecha de los mismos.
  11. Si el canje de servicios se ha extendido a otros servicios municipales. Detallar cuáles y en qué casos.

(Fdo.) Fabricio FALERO, Edil Departamental (conjuntamente con Mirna Guadalupe y Silvana Goñi).

Con fecha 28 de marzo de 2016 y por Exp. Nº 00924/16 se remitió a la Intendencia.