RESOLUCIÓN JDF Nº 02/16

Ref: Solicitud de información al amparo de lo establecido en la Ley Nº 18.381, al señor Presidente de la República sobre el acuerdo entre Uruguay y Venezuela relacionado con el sector lechero.

APROBACIÓN: 19 de febrero de 2016

2016-02-19 ACTA 14/16

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes ( 30 Ediles), se aprobó la siguiente resolución:

VISTO: La situación grave y crítica del sector lechero en nuestro país.

CONSIDERANDO: 1) Que es de público conocimiento la existencia de un acuerdo entre Uruguay y la República Bolivariana de Venezuela.

2) Que el citado convenio involucró al sector lechero uruguayo el que, con los anuncios del señor Presidente de la República del pasado año, se vio esperanzado en la búsqueda de una salida a la crisis que afronta el sector.

3) Que al día de la fecha las cifradas expectativas depositadas en el acuerdo no han sido concretadas existiendo incertidumbre sobre la viabilidad del mismo y sus consecuencias sobre el futuro del sector lechero nacional.

4) Que en este sentido, la Junta Departamental de Florida entiende pertinente acceder a los documentos del acuerdo y solicitar al amparo de la Ley N° 18381 (Acceso a la información pública) información vinculada al mismo que se encuentra en la órbita de Presidencia de la República

ATENTO: A lo expuesto precedentemente;

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

RESUELVE:

1º.- Al amparo de lo establecido en la Ley N° 18381, se libre oficio dirigido al Señor Presidente de la República solicitando la siguiente información:

a) Copia del acuerdo firmado entre Uruguay y Venezuela dónde se incluyó en la negociación al sector lechero y por el cual Uruguay saldó una deuda por compra de petróleo.

b) Sumas abonadas por Uruguay, existencia de un fideicomiso, lugares, formas de pago y garantías existentes para la celebración del acuerdo,

c) Si el acuerdo fue celebrado directamente entre ambos países o si en su defecto existieron intermediarios.

d) Sumas abonadas por Venezuela en cumplimiento de dicho acuerdo, forma de pago y lugar donde fueron depositadas las referidas sumas.

e) Si existe pactada algún tipo de sanción y/o multa por incumplimiento de alguna de las partes.

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los diecinueve días del mes de febrero de dos mil dieciséis.-

(Fdo) Martín VARELA ORMANDO, Presidente; Dr. Marcos PÉREZ MACHADO, Secretario General