Distribuido Nº 01/16

Florida, 18 de enero de 2016
Sr. (a) Edil (a) Departamental
PRESENTE
De mi mayor consideración:
                        Se remite a v/consideración proyecto de decreto tendiente a recategorizar suelo de padrón, a fin de contemplar el "Proyecto Agro Comercial San Gabriel".

A estudio: Comisión de Obras

Ref: IF. Exp. Nº 04243/15 – JDF. Lº 16 Fº 07

“Florida, 30 de diciembre de 2015

VISTO: Las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible y Categorización de Suelos del Departamento, aprobada por Decreto JDF Nº 15/2013.

CONSIDERANDO: 1) Que de acuerdo a lo previsto por el Art. 55 de la norma de referencia, de acuerdo a lo previsto por el artículo 29 in fine de la ley No. 18.308, los aspectos de carácter no sustancial podrán modificarse o regularse por Decreto de la Junta Departamental.

2) Que se definen como no sustanciales, aquellas situaciones preexistentes que no fueron contempladas en la Categorización de Suelos y que a posteriori se detecten o se considere necesario o conveniente contemplar o modificar, entre otras, usos de suelos existentes que no hayan sido reconocidos en la norma, incorrecciones en planos, croquis de fraccionamientos, cambio de categorización de suelos por usos.

3) Que el “Proyecto Agro Comercial San Gabriel” fue propuesto antes de la aprobación de las Directrices Departamentales y de acuerdo al destino o uso y la previsión de usos de las distintas categorías de suelos previstas en la Ley No. 18.308, se ha advertido que el padrón en cuestión debió categorizarse expresamente como “ Enclave Suburbano de Usos Múltiples”, habiéndose padecido error al incluirlo dentro de la categoría rural.

4) Que atendiendo que en suelo rural no pueden emplazarse proyectos como el mencionado y que se trata de un emprendimiento planteado de forma preexistente a la aprobación de las Directrices, resulta necesario corregir la categorización de dicho padrón, en aplicación del citado Art. 55.

ATENTO: A lo expuesto;

EL INTENDENTE DE FLORIDA, RESUELVE:

Elévese a la Junta Departamental de Florida, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de Decreto:

Art. 1º.- Inclúyase como inciso segundo del Artículo 44 de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible y Categorización de Suelos del Departamento, aprobada por Decreto JDF Nº 15/2013, el que pasará a estar redactado de la siguiente manera: Categorízase como "Enclave Suburbano de Usos Múltiples" de la localidad de San Gabriel, al padrón Rural Nº 964.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.-

(Fdo.) Oscar Arizaga Barón, Intendente; Dra. Macarena Rubio Fernández, Secretaria General.”

LA SECRETARÍA