Distribuido Nº 20/15

Florida, 24 de marzo de 2015
Sr. (a) Edil (a) Departamental
PRESENTE
             Elevo a v/consideración proyecto de decreto autorizando la instalación de planta de elaboración de hormigón premoldeado en zona rural.

A estudio: Comisión de Legislación

Ref: IF. Exp. Nº 00868/15 – JDF. Lº 15 Fº 39

“Florida, 24 de marzo de 2015.

 VISTO: La solicitud formulada por el Sr. Cono Daniel Vanolli, para que se autorice la instalación de una planta de elaboración de elementos de hormigón  premoldeado, en parte del padrón rural No. 18.361.
CONSIDERANDO: 1) Que el artículo 39 de la Ley No. 18.308 de fecha 18/06/2008, prevé que los propietarios de terrenos categorizados como suelo rural tienen derecho a la realización de los actos precisos para la utilización y explotación agrícola, forestal, en general productiva rural o minera y extractiva, a las que estén efectivamente destinados, conforme a su naturaleza, sin más limitaciones que las impuestas por la legislación aplicable.
2) La misma norma establece que “otros usos” que pudieren ser admisibles por no implicar riesgos de su transformación, necesitarán de la oportuna autorización de la Intendencia Municipal, si así lo dispusieran los instrumentos de ordenamiento territorio que se aprueben.
3) Que en las Directrices Departamentales, único instrumento aprobado a la fecha, no se encuentra prevista la posibilidad de que la Intendencia autorice  usos como el solicitado.
4) Que el Área de Ordenamiento Territorial se ha expedido entendiendo que aunque  el padrón sea rural, la actividad  por su envergadura y su frecuencia de actividades no implicaría riesgos de transformación del uso del suelo, a lo que se suma que el área a afectar por dicha actividad es de 500 metros cuadrados. 
5) Que el Ejecutivo Departamental estima conveniente autorizar la actividad de referencia, atento a lo que suege del informe del área técnica en la materia.
ATENTO: A lo expuesto y a lo previsto por los artículos 262, 273 numeral 1º, 275 numeral 6º de la Constitución, Ley No. 18.308, concordantes y modificativas;

LA INTENDENTA DE FLORIDA  RESUELVE:

Elévese a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de Decreto:

Art..- Facúltase a la Intendencia de Florida,  a autorizar la instalación de una planta de elaboración de elementos de hormigón premoldeado en el padrón rural  No.18.361, en las condiciones que surgen de las presentes actuaciones, debiendo cumplir con cada uno de los requisitos  que la normativa vigente y oficinas municipales competentes exijan.

(Fdo.) Dra. Macarena Rubio Fernández,  Intendenta; Dra. Ana María Stopingi Fernández, Secretaria General.”

LA SECRETARÍA