DECRETO JDF Nº 9/85

DESCRIPCIÓN: PRORROGA DE AMNISTIA TRIBUTARIA

APROBACION: 21 de mayo de 1985

ACTA: 9/1985

EXPEDIENTE: 0/1985 

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (28 Ediles), se aprobó el siguiente proyecto.- 

 

VISTO: múltiples planteos realizados por contribuyentes, en el sentido que no tuvieron conocimiento cabal del alcance de la amnistía tributaria decretada por el Gobierno Departamental de Florida.

CONSIDERANDO: I) que tales planteamientos proviene de personas afincadas en zonas alejadas de la capital del Departamento;

II)que en tales zonas no es de recibo habitual la prensa escrita de Florida, por lo que puede entenderse que no ha sido suficiente la publicidad de las medidas; y

III)que debe preservarse la posibilidad igualitaria en los beneficios, máxime cuando se trata de los intereses departamentales y existen claros preconceptos constitucionales al respecto:

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA
:

Art.1º.- Prorrógase la vigencia del decreto promulgado el 26 de febrero de 1985 (llamado de Amnistía Tributaria), cuyo plazo de sesenta días expiró el pasado 27 de abril de 1985, hasta el 30 de junio de 1985.-

Art.2º.- Los afiliados a la "SOCIEDAD DE PRODUCTORES DE LECHE DE FLORIDA", la "ASOCIACION NACIONAL DE PRODUCTORES DE LECHE" y la "SOCIEDAD FOMENTO RURAL DE DURAZNO", que no hubiesen pedido acogerse a los convenios de pago en cinco cuotas de la Contribución Inmobiliaria Rural 1985 por encontrarse en mora, que regularicen esa circunstancia, podrán adherir a dichos convenios a condición que paguen al contado las cuotas ya vencidas.-

Art.3º.- Comuníquese, etc.-

 

Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los veintiún días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y cinco.-

 (Fdo) DR. CESAR IRAZOQUI OPERTI, Presidente; JORGE FRUTOS COSIO, Secretario General.-

Relacionado con Decreto JDF Nº D-1985-0012