DECRETO JDF Nº 28/1986
DESCRIPCIÓN: EXONERACIÓN DE PAGO DE CONTRIBUCIÓN INMOBILIARIA A COMISION HONORARIA PRO ERRADICACIÓN DE LA VIVIENDA INSALUBRE.
APROBACIÓN: 21 de noviembre de 1986
EXPEDIENTE : I.M.F. Nº 107264- J.D.F. Lº 2 Fº 40
En sesión de la fecha y por unanimidad de miembros presentes (23 Ediles), se sancionó el siguiente proyecto.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:
Art.1º.- Exonérase a la COMISION HONORARIA PRO-ERRADICACION DE LA VIVIENDA RURAL INSALUBRE del pago del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural, respecto a los bienes en que se hayan construido o se construyan en el futuro viviendas correspondientes a programas de MEVIR. La exoneración se otorga por un término de diez (10) años a partir de la toma de posesión del bien de que se trata.
Art.2º.- La Intendencia Municipal exigirá la documentación que estime necesaria a los efectos de acreditar los extremos necesarios para otorgar la exoneración creada por el presente decreto.
Art.3º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los veintiún días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y seis.
(Fdo) JULIO C. MUÑOZ FERNANDEZ, Presidente; DR. HILARIO CASTRO TREZZA, Secretario General.
Art. 1º modificado por Decreto 1992-0016