DECRETO J.D.F.:16/1987

DESCRIPCION: MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL DEL GOBIERNO DEPARTAMENTAL, PERIODO 1987 Y SIGUIENTES.-

APROBACION: 28/09/87

Ref: Modificación Presupuestal del Gobierno Departamental, período 1987 y siguientes.-

 En sesión de la fecha, y por las mayorías que se expresaran, se aprobó el siguiente proyecto de decreto.-

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

D E C R E T A :

                                                      Art.1º.- Se incorporan los aumentos de carácter general habidos sobre la escala básica de sueldos: 15% a partir del 1o. de julio de 1986; 21% a partir del 1o. de noviembre de 1986 y 15% a partir del 1o. de marzo de 1987.

En función de estos aumentos y considerando previsiones para los aumentos posibles a partir del 1o. de julio de 1987 y 1o. de noviembre de 1987 en concordancia a la autorización presupuestal (Art.24o.Presup. Gral. Mpal. 1985-89); y el otorgamiento de    N$ 3.000 de aumento a partir del 1o.de julio de 1987, estimase el monto total del Rubro 0 para 1987 en N$ 496:005.503.

                                                      Art.2º.- Establécense las previsiones para 1987 de los Rubros 1, 2, 3,4, 5, 6, 7 y 9 de acuerdo al siguiente detalle:

Rubro 1 N$ 92:138.726

Rubro 2 N$ 227:387.000

Rubro 3 N$ 136:108.000

Rubro 4 N$ 23:585.000

Rubro 5 N$ 12:195.000

Rubro 6 N$ 37:300.000

Rubro 7 N$ 107:052.280

Rubro 9 N$ 235.000

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TOTAL N$ 636:001.006

Estos montos se distribuyen entre los Programas de acuerdo a las planillas comparativas denominadas "Asignaciones Presupuestales", que se declaran integrando este Presupuesto.-

                                                      Art.3º.- Fíjase la contribución al Programa 101 Junta Departamental, en N$ 35:116.676 para 1987 y N$ 54:794.771 para 1988 y siguientes,de acuerdo a la Resolución de dicho Cuerpo de fecha 27 de Mayo de 1987.-

                                                      Art.4º.- Fíjase el monto total del Presupuesto de gastos para el ejercicio 1987 en N$ 1.167:123.185.

Responde al siguiente estado:

Presupuesto vigente N$ 703:162.192

Aumento neto de gastos N$ 463:960.993

TOTAL N$ 1.176:123.185

                                                      Art.5º.- Aplícase a partir del 1o.de Enero de 1987 como monto imponible de los tributos que recaen sobre la propiedad inmueble urbana y sub-urbana del Departamento, el Valor Real 1986 resultante de multiplicar el Valor Real 1985 por los coeficientes de Decreto 936/86 de 30 de Diciembre de 1986 del Poder Ejecutivo.

Sin perjuicio, respecto al Impuesto de Contribución Inmobiliaria Urbana y Sub-Urbana el incremento resultante se abatirá en el ochenta por ciento (80%) para el año 1987.-

                                                      Art.6º.- Impuesto a los Espectáculos Públicos.Modificase el Art.6o. del Capitulo de Recursos de la Modificación Presupuestal 1980, sustitutivo del Art 29o. de la Modificación Presupuestal 1978, de acuerdo a las disposiciones siguientes: "Art.1o.-"Bailes".- Los particulares y/o instituciones que organicen bailes o picnics deberán abonar por cada reunión la suma de N$ 500 (Nuevos Pesos quinientos) si el mismo es amenizado por orquestas o discotecas del Departamento; N$ 1.000 (Nuevos Pesos un mil) si lo es con orquestas o discotecas nacionales de fuera del Departamento y N$2.000 (Nuevos Pesos dos mil) tratándose de orquestas o discotecas extranjeras. Además se pagara un derecho equivalente al valor de 5 (cinco) entradas del mayor precio de ese baile o picnic por concepto de derecho de entradas.

                                                      Art.3º.- Los espectáculos que se detallan pagaran un derecho a las entradas que se regulara como sigue: A) Carreras en pistas, hipódromos o sendas: una suma equivalente al valor de 10 (diez) entradas del mayor precio, con un mínimo del impuesto de N$ 800 (Nuevos Pesos ochocientos); D)Circos: una suma equivalente al valor de 15 (quince) entradas del mayor valor precio por cada función; F) Criollas: un derecho de N$ 1.000 (Nuevos Pesos mil); G) Calesitas y afines: un derecho diario de N$ 300 (Nuevos Pesos trescientos).

                                                      Art.5º.- La Intendencia Municipal podrá conceder la exoneración total o parcial del Impuesto cuando se trate de espectáculos en los que se cobra entrada a total beneficio de Instituciones Oficiales de Enseñanza, Salud e Instituciones privadas sin fines de lucro con conocimiento de la Junta Departamental, mediante la debida fundamentación.

                                                      Art.6º.- Exonérase del Impuesto a los Espectáculos Públicos a las representaciones a cargo de conjuntos teatrales de aficionados que realicen su actividad sin fines de lucro. Los valores fijos establecidos en los artículos precedentes, corresponden al valor de la Unidad Reajustable (U.R) vigente al 1o.de enero de 1987 y sufrirán las modificaciones a la evolución de dicho índice, al momento del pago efectivo.".-

                                                      Art.7º.- Tasa por Timbres y Sellados y Tasa por Gestión.

Establécese una Tasa por Gestión de N$ 100 (Nuevos Pesos cien) por toda tramitación que se inicie ante la Intendencia Municipal, exceptuadas las que supongan la interposición de quejas por conductas supuestamente arbitrarias del Municipio o de sus agentes.En este ultimo caso, de resultar desestimada la queja, el actor deberá satisfacer la Tasa por Gestión en vigor a la fecha de pago. La Intendencia Municipal -en los casos que estime conveniente podrá apartarse del régimen general precedente, aplicando las disposiciones contenidas en el Art. 37o. del Presupuesto General Municipal (1985-1989) cuyos valores se duplican.-

                                                      Art.8º.- Tasa por Derecho de Expedición.

Fíjase en N$ 100 (Nuevos Pesos cien), el derecho de Expedición en toda gestión que de lugar al otorgamiento de un documento, exceptuado los documentos que se expidan para el cobro del Impuesto a la Patente de Rodados, del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural y del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Urbana y Sub-urbana y demás que se cobran conjuntamente con esta.

Establécese el Derecho de Expedición para los recibos que se expidan para el cobro de los Impuestos Patente de Rodados, Contribución Inmobiliaria Rural y Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana y otros que se cobren conjuntamente con estos, que se regulara de acuerdo al numero de cuotas que se establezcan para el cobro a razón de N$ 20 (Nuevos Pesos veinte) por cuota.-

                                                      Art.9º.- Tasa por Certificaciones y Testimonio. Registro Civil.

Fíjase en N$ 50 (Nuevos Pesos cincuenta) el valor de cada testimonio de partida de estado civil expedida por la Oficina del Registro Civil.

                                                      Art.10º.- Aplícase a partir del 1o. de enero de 1987 una tasa del 11 % (once por ciento) sobre el valor real de los inmuebles urbanos y sub-urbanos de las localidades que reciban el Servicio de Alumbrado Publico, por concepto de Tasa por Servicio de Alumbrado Publico.

Sin perjuicio, el incremento resultante (tres por mil) se abatirá en el 80 % (ochenta por ciento) para el año 1987 y en el 50 % (cincuenta por ciento) para el año 1988.-

                                                      Art.11º.- Establécese el valor de la tasa por Examen de Conductores de Vehículos de acuerdo al siguiente detalle: Categoría 1 (Amateur), Grados A y B N$ 400 (Nuevos Pesos cuatrocientos) sin perjuicio de otros derechos que corresponda percibir.

Categoría 2 (Profesional), Grado A,B, C, D y E:N$ 300 (Nuevos Pesos trescientos) sin perjuicio de los otros derechos que corresponda percibir.

Categoría 3 (Motocicletas, Motonetas, Ciclomotores): N$ 250 (Nuevos Pesos doscientos cincuenta) sin perjuicio de los otros derechos que corresponda percibir.

Categoría 4: Gratis.-

                                                      Art.12º.- Modifícase el Art. 3o. de la Ordenanza que establece la Tasa por concepto de Servicio de Contralor Bromatológico, el que tendrá la siguiente redacción:

"Art.3º.- Establécese la Tasa por Servicio de Contralor Bromatológico en el 2,5% (veinticinco por mil) sobre el precio de venta al minorista de los productos alimenticios sueltos o envasados, nacionales o extranjeros, de consumo general que se comercialicen en el Departamento de Florida para su consumo en el. Los productos elaborados en el Departamento pagaran el 50 % (cincuenta por ciento) de la Tasa establecida. Sin perjuicio de realizarse sobre ellos los contralores bromatológicos usuales, exceptuándose del pago de la Tasa por Servicio de Contralor Bromatológico los siguientes bienes: 1)Leche liquida para el consumo; 2)Leche desecada en envase de un kilo o mas; 3)Miel de abejas; 4)Pan blanco común; 5)Galleta de campana; 6)Pescado, carne y menudencias: frescos, enfriados o congelados; 7)Achuras de bovino o ovino; 8) Legumbres, Hortalizas o Tuberculos; 9)Frutas frescas de estación; 10)Granos frescos o desecados, sin conservadores, en envase de polietileno transparente; 11)Pastas frescas; 12)Fideos Secos, 13)Harinas de trigo y de maiz; 14)Sal para uso doméstico; 15)Arroz; 16)Yerba Mate; 17)Grasa Vacuna; 18)Aceite vegetal hidrógenado ("Shortenig"); 19)Margarina; 20)Huevos; 21)Aceite comestible de soja o girasol, o combinación de ambos; 22)Cocoa en polvo; 23)Cebada en polvo, malteada o glaseada; 24)Azúcar refinada molida; 25)Avena laminada; 26)Ricotta y 27)Queso fresco artesanal tipo "Colonia". La Intendencia Municipal reglamentara.".-

                                                      Art.13º.- Fíjase el Presupuesto de recursos para el Ejercicio 1987 en N$ 1.167:123.185 en función de los regímenes vigentes y considerando las modificaciones proyectadas.

Responde al siguiente detalle:

A) ORIGEN DEPARTAMENTAL

I) IMPUESTOS

A)-SOBRE INMUEBLES

1)Contribución inmobiliaria

Urbana y Sub-urbana N$ 40:222.000

2)Contribución inmobiliaria

Rural N$ 263:616.000

3)Impuesto a terrenos baldíos N$ 1:650.000

B)-SOBRE VEHICULOS

1)Impuesto a la patente

de rodados N$ 128:554.000

C)-SOBRE ACTIVIDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL

1)Impuesto a los Remates

(Ley 12.700 y conc.) N$ 220:000.000

2)Impuesto a los Avisos y

Propaganda N$ 10.000

3)Impuesto a las Competencias

Hípicas N$ 15.000

4)Impuesto a los Espectáculos

Públicos N$ 500.000

5)Impuesto de Abasto-Faena N$ 9:000.000

II) TASAS

A)-ADMINISTRATIVAS

1)Sobre Timbres y Sellados

y Tasa por Gestión N$ 1:050.000

2)Por derecho de Expedición N$ 3:000.000

3)Por Certificados y Testimonio (Reg.Estado Civil) N$ 150.000

B)-POR SERVICIOS REMUNERADOS Y AUTORIZACIONES

1)Por Alumbrado Publico N$ 24:600.000

2)Por permiso de Edificación,

Reed. y Barreras N$ 2:000.000

3)Por Necrópolis N$ 4:750.000

4)Por permiso de caza y otros N$ 10.000

5)Por fraccionamiento

de tierras N$ 30.000

6)Por Examen de Conductores de Vehículos N$ 225.000

C)-POR SEGURIDAD Y PROTECCION

1)Por Registro de Transferencia de Vehículos N$ 2:600.000

2)Por Derechos de Rifas y

Sorteos N$ 5.000

3)Por inscripción de Vehiculos (Empad.y Reempadronam.) N$ 3:000.000

4)Por inspección Vehículos N$ 400.000

D)-POR HIGIENE Y SALUD

1)Por Control Higiene Ambiental N$ 16:830.000

2)Por Desinfección y Desratización N$ 2:935.000

3)Por Examen Médico a Conductores de Vehículos N$ 440.000

4)Bromatologica N$ 6:000.000

III) PRECIOS

A)-VARIOS

1)Chapas de Matriculas de Vehículos N$ 750.000

2)Libretas de Chofer y

Circulación N$ 2:450.000

3)Servicio de Barométrica N$ 3:000.000

B)-POR ENAJENACION DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

1)Venta de Parcelas,

Terrenos y Nichos N$ 1:500.000

C)-POR ARRENDAMIENTO Y ALQUILERES

1)Locac. de Espacios en Ferias y Mercados de Prop. Municip. N$ 3:000.000

2)Servicios de Terminal N$ 1:000.000

IV) RESULTADO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL

1)Espectáculos Públicos Municipales N$ 50.000

2)Producido de Vivero N$ 100.000

V) CONTRIBUCION POR MEJORAS

1)Obras por Convenio N$ 39:358.000

2)Contribución por Mejoras N$ 500.000

3)Convenios Vecinales por Construcción de Veredas N$ 3:200.000

VI) RECURSOS EXTRAORDINARIOS

1)Recursos Varios y  Extraordinarios N$ 7:623.185

VII) MULTAS

1)Multas, etc. N$ 70:000.000

B) DE ORIGEN NACIONAL

1)Subsidio Ley 15.809/A 619 N$ 45:700.000

2)Aporte para realización de Obras Dptales. Convenio N$ 212:000.000

3)Aporte Plan Nac.de Desarrollo de Obras Publicas Municipales N$ 45:300.000

TOTAL N$ 1.167:123.185

                                                      Art.14º.- Estímase el monto total del Rubro 0 para el año 1988 en N$ 751:708.918 considerando el otorgamiento de un aumento de N$ 2.000 (Nuevos Pesos dos mil) a partir del 1o. de enero de 1988.-

                                                      Art.15º.- Establécense las previsiones para el año 1988 y siguientes de los Rubros 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 9 de acuerdo al siguiente detalle:

Rubro 1 N$ 147:720.336

Rubro 2 N$ 287:286.000

Rubro 3 N$ 148:393.000

Rubro 4 N$ 33:170.000

Rubro 5 N$ 8:100.000

Rubro 6 N$ 37:300.000

Rubro 7 N$ 159:501.300

Rubro 9 N$ 235.000

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TOTAL N$ 771:705.636

                                                           Art.16º.- Fíjase el monto total del Presupuesto de Gastos para el año 1988 y siguientes en N$ 1.578:209.325 que responde al siguiente estado:

Presupuesto Vigente N$ 703:162.192

Aumento Neto de Gastos 1987 N$ 463:960.993

Aumento Neto de Gastos 1988 N$ 411:086.140

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TOTAL N$ 1.578:209.325

                                                      Art.17º.- Fíjase el Presupuesto de Recursos para el año 1988 y siguientes en N$ 1.579:969.325 en función de los regímenes vigentes y proyectados, que responde al siguiente detalle:

A) DE ORIGEN DEPARTAMENTAL

I) IMPUESTOS

A)-SOBRE INMUEBLES

1)Contribución Inmobiliaria Urbana y Sub-urbana N$ 66:000.000

2)Contribución Inmobiliaria  Rural N$ 275:000.000

3)Impuesto a los terrenos baldíos N$ 2:000.000

B)-SOBRE VEHICULOS

1)Impuesto a la Patente de Rodados N$ 144:000.000

C)-SOBRE ACTIVIDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL

1)Impuesto a los Remates (Ley 12.700 y conc.) N$ 310:000.000

2)Impuesto a lo Avisos y Propaganda N$ 10.000

3)Impuesto a las Competencias Hípicas N$ 15.000

4)Impuesto a los Espectáculos Públicos N$ 1:100.000

5)Impuesto Abasto-Faena N$ 9:000.000

II) TASAS

A)-ADMINISTRATIVAS

1)Por Timbres y Sellados  y Tasa por Gestión N$ 1:800.000

2)Por Derecho de Expedición N$ 6:000.000

3)Por Certificados y Testimonios (Reg. Est. Civil) N$ 310.000

B)-POR SERVICIOS REMUNERADOS Y AUTORIZACIONES

1)Por Alumbrado Publico N$ 30:000.000

2)Por Permiso de Edificación,  Reedificacion y Barreras N$ 3:000.000

3)Por Necrópolis N$ 7:500.000

4)Por Permiso de Caza y Otros (Permisos Unificados) N$ 10.000

5)Por Fraccionam. de tierras N$ 30.000

6)Por examen de Conductores Vehículos N$ 360.000

C)-POR SEGURIDAD Y PROTECCION

1)Por Derecho de Rifas y Sorteos N$ 5.000

2)Por Registro de Transferencia de Vehículos N$ 3:000.000

3)Por Inspección de Vehículos N$ 400.000

4)Por Inscripción de Vehículos (Empadron. y Reempadronam.) N$ 4:000.000

D)-POR HIGIENE Y SALUD

1)Control Higiene Ambiental N$ 19:700.000

2)Desinfección y Desratizac. N$ 3:433.950

3)Examen Médico a Conductores de Vehículos N$ 440.000

4)Bromatológica N$ 9:000.000

III) PRECIOS

A)-VARIOS

1)Chapas de Matriculas de Vehículos N$ 1:000.000

2)Libretas de Chofer N$ 3:000.000

3)Servicio Barométrica N$ 4:000.000

B)-POR ENAJENACION DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

1)Venta de parcelas, terrenos y nichos N$ 1:500.000

C)-POR ARRENDAMIENTO Y ALQUILERES

1)Locación de Espacios en  ferias y Mercados Munic. N$ 4:500.000

2)Servicio de Terminal N$ 3:600.000

IV) RESULTADO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL

1)Espectáculos Públicos Munic. N$ 50.000

2)Producido de Vivero N$ 100.000

V) CONTRIBUCION POR MEJORAS

1)Contribución por Mejoras N$ 1:000.000

2)Obras por Convenios Vecinal. N$ 70:759.000

3)Convenios Vecinales, construcción de veredas N$ 4:500.000

VI) RECURSOS EXTRAORDINARIOS

1)Recursos Varios y Extraordinarios N$ 11:770.023

VII) MULTAS

1)Multas, etc. N$ 85:000.000

B) DE ORIGEN NACIONAL

1)Subsidios Ley 15.809/A 619 N$ 68:550.000

2)Aporte para la realización de Obras Departamentales N$ 262:000.000

3)Aporte Plan Nac.de Desarrollo de Obras Publicas Municipales N$ 52:950.000

4)Contribución por Aportes Patronales N$ 109:576.352

TOTAL N$ 1.579:969.325

                                                      Art.18º.- De no recaudarse la totalidad de los recursos previstos, se abatirán gastos en igual proporción en los Rubros 2 y 3 de modo de mantener el equilibrio presupuestal.-

                                                                       Art. 19º.- Facúltase a la Intendencia Municipal a efectuar trasnposiciones de un mismo Rubro dentro de distintos Programas y a asu vez entre los rubros de un mismo Programa, excepción hecha del Rubro "0"; previa anuencia de la Junta Departamental, la que deberá expedirse en un plazo máximo de siete (7) días hábiles. en caso de no verificarse ese pronunciamiento en el plazo establecido, se tendrá por denegada la solicitud de autorización. El Rubro 9 no podrá ser reforzado.

                                                      Art.20º.- Establécese a partir del 1o.de julio de 1987 el Salario Vacacional, en el equivalente al 40 % del liquido (nominal menos aporte del trabajador a la Seguridad Social) de las retribuciones permanentes percibidas en el mes anterior al de la licencia reglamentaria, excluidas las partidas por viáticos aun cuando tuvieren carácter permanente.-

                                                      Art.21º.- Sin perjuicio de lo que dispone el Art. 24o. de la Modificación Presupuestal 1986, confirmase en carácter de presupuestados y por lo tanto inamovibles (Const. Art. 60o.), los actuales funcionarios municipales contratados o eventuales al cumplir cinco años de antigüedad ininterrumpida en la Intendencia Municipal de Florida. El computo de la antigüedad se hará en la misma forma que a efectos de la liquidación de la Prima por Antigüedad (Presupuesto Departamental Art. 27o.).-

                                                      Art.22º.- Otórgase un aumento de N$ 3.000 (Nuevos Pesos tres mil) mensuales a partir del 1o.de julio de 1987, a todos los funcionarios de la Intendencia Municipal de Florida, con su equivalencia en el caso de jornaleros. Los funcionarios docentes percibirán el incremento conforme a las normas presupuestales vigentes.-

                                                      Art.23º.- Otórgase un aumento de N$ 2.000 (Nuevos Pesos dos mil) a partir del 1o.de enero de 1988 a todos los funcionarios de la Intendencia Municipal de Florida en las mismas condiciones establecidas en el Art. precedente.-

                                                      Art.24º.- Primas por matrimonio y por nacimiento.

A partir del 1o.de julio de 1987, el importe de cada prima por matrimonio o por nacimiento de hijos que pueda corresponder a los funcionarios municipales equivaldrá a 1 (un) Salario Mínimo Nacional.

En los casos del inciso anterior, cuando ambos contrayentes o padres, fueran funcionarios municipales, la prima se liquidara a solo uno de ellos.-

                                                      Art.25º.- Prima por fallecimiento.

Cuando falleciere un funcionario municipal, se liquidara y pagara a sus causahabientes por única vez un subsidio equivalente a 2 (dos) Salarios Mínimos Nacionales.

En caso de fallecimiento del cónyuge o hijos del funcionario municipal dicho subsidio será equivalente al monto de un Salario Mínimo Nacional.-

PLAN DE OBRAS

NOTA: La posibilidad del ritmo de ejecución del Plan de Obras total se encuentra limitada por la efectiva disponibilidad de los insumos a aplicar, lo que a su vez es resultante de la magnitud y oportunidad de los recursos financieros disponibles.-

PROGRAMA 201 VIALIDAD URBANA

PROYECTO 001 ACORDONADO

a)Descripción: Fabricación y colocación y/o construcción en sitio de cordones de hormigón en ciudades, villas y pueblos del Departamento. Es un proyecto de ejecución continuada, repetitivo año a año en términos de cantidades físicas condicionadas a la adecuación del financiamiento de los costos.

b)Justificación: Propende a aumentar la seguridad del tránsito a través de una correcta delimitación de los espacios destinados a la circulación o coadyuva en la conservación de los pavimentos mejorando aspectos urbanísticos.

c)Metas: Se realizara en 1987 un total de 4.000 mts. En 1988 a 1989 se realizara cantidades similares.

d)Monto: N$ 2:000.000

PROYECTO 002 CONSTRUCCION DE VEREDAS

a)Descripción: Construcción de cunetas de hormigón simple de 1 metro de ancho.

Es un proyecto de ejecución continuada, repetitivo año a año en términos de cantidades físicas condicionadas a la adecuación de financiamiento, al crecimiento de los costos.

b)Justificación: Protección del firme destinado a circulación de vehículos, lográndose la prolongación de la vida útil del pavimento de tosca.

c)Metas: Se realizara en 1987 un total de 3.000 m. En 1988 a 1989 se realizara a razón de 1.600 mts. por año.

d)Monto: N$ 4:500.000.

PROYECTO 003 PAVIMENTO DE TOSCA

a)Descripción: Reposición y mejoramiento de la superficie de rodadura en calles de ciudades, villas y pueblos del Departamento. Comprende los gastos originados por la extracción, carga, transporte, tendido y compactado de la tosca Es un proyecto de ejecución continuada, repetitivo año a año en termino de cantidades físicas condicionadas a la adecuación del financiamiento, al crecimiento de los costos.

b)Justificación: Aumentar la seguridad en el tránsito así como agilizar la circulación de vehículos a través del mejoramiento de las condiciones del pavimento.

c)Metas: Se realizara en 1987 un total de 60.000 mts. En 1988 a 1989 se realizaran obras por costos similares.

d)Monto: N$ 28:200.000

PROYECTO 004 TRATAMIENTO BITUMINOSO

a)Descripción: Mejoramiento de la superficie de vías de tránsito mediante riegos bituminosos de imprimación y sellado. En caso de requerimientos especiales se realizaran tratamientos completos. Comprende los gastos de preparación de las bases para el tratamiento (alisado, compactado, etc) y de ejecución de riegos. Es un proyecto de ejecución continuada, repetitivo año a año en términos de cantidades físicas condicionadas a la adecuación del financiamiento al crecimiento de los costos.

b)Justificación: Aumentar la durabilidad de la superficie de rodadura. Aumentar la seguridad en el tránsito al dotar de mayor adherencia y elasticidad al pavimento.

c)Metas: Se realizara en 1987 un total de 60.000 mts. En 1988 a 1989 se realizaran obras por montos similares. En caso de requerimientos especiales, se realizaran tratamientos completos, transformándose lo ejecutado de esta manera en la unidad equivalente de imprimación y sellado para el cumplimiento de la meta enumerada.

d)Monto: N$ 10:200.000.

PROYECTO 005 ENCAUSAMIENTO SUBTERRANEO DE AGUAS PLUVIALES

a)Descripción: Obras de alcantarillado y encauzamiento por entubamiento subterráneo de las aguas pluviales. Comprende los gastos de construcción de caños, colocación en sitio, construcción de cámaras, etc. Es un proyecto de ejecución continuada, repetitivo año a año en términos de cantidades físicas condicionadas a la adecuación del financiamiento, al crecimiento de los costos.

b)Justificación: Aumentar la duración de los pavimentos al atenuar los fenómenos de erosión por arrastre.

Metas: Se realizara en 1987 un total de 20 cámaras y 2.000 mts. de entubado. En 1988 a 1989 se realizaran cantidades similares.

Monto: N$ 6:000.000.

PROYECTO 006 CONSTRUCCION DE BADENES

a)Descripción: Comprende la construcción de badenes y esquineros de hormigón en ciudades, villas y pueblos. Es un proyecto de ejecución continuada, repetitivo año a año en términos de cantidades físicas condicionadas a la adecuación del financiamiento al crecimiento de los costos.

b)Justificación: Aumentar la duración de los pavimentos al atenuar los fenómenos de erosión y arrastre.

c)Metas: Se realizara en 1987 un total de 700 m2. De 1988 a 1989 se realizaran cantidades similares.

d)Monto: N$ 1:050.000.

PROYECTO 007 OBRAS DE CEMENTERIO

a)Descripción: Ampliaciones, reformas y/o reemplazamientos de Cementerios del Departamento. Construcción de nichos.

b)Metas: Cementerio de Florida:100 nichos unicelulares, 100 urnarios, extensión y revisión de red de agua, tanque aprovisionamiento de agua de 5.000 litros, alumbrado general y particular, sala de reducciones, refacción de fachada principal, refacción oficinas deposito, veredas interiores, vallado perimetral, forestación y enjardinado sector fosas, construcción panteones elevados s/nuevo diseño, batería de SS HH y duchas, remodelación panteón municipal, etc. Otras localidades 1ra.Etapa: Sarandi Grande (50 nichos y 50 urnarios); La Cruz (6 n. y 6 u.); Casupa (45 n. y 45 u.); Gallinal (15 n. y 15 u.); Fray Marcos (25 n.y 25 u.); 25 de Agosto (15 n. y 15 u.); Chamizo (10 n. y 10 u.); 25 de Mayo (25 n. y 25 u.); Cardal (28 n. y 28 u.); Cap.    del Sauce (18 n. y 18 u.); un urnario en A. Gallinal.

Trabajos varios en S. Grande, 25 de Agosto, F. Marcos, Casupa y C. del Sauce.

Cementerios nuevos en Mendoza y Polanco del Yi.

2da. Etapa: Igual cantidad de nichos y urnarios para las localidades ya detalladas.

1987 - N$ 7:300.000.

Cargas legales y beneficios sociales se atienden con cargo al Programa 105/1.

PROYECTO 009 ALUMBRADO PUBLICO

a)Descripción: Comprende la ampliación del alumbrado publico y mejoras en el existente en determinadas zonas mediante la sustitución de focos incandescentes por focos a gas de mercurio. Es un proyecto de ejecución continuada, repetitivo año a año en termino de cantidades físicas condicionado a la adecuación del financiamiento al crecimiento de los costos.

b)Justificación: Elevar el nivel del servicio a la población a través de una mejora en la seguridad en el tránsito peatonal y vehicular. Cubrir necesidades en el área por la expansión urbanística en todos los centros poblados.

c)Metas: Se prevee la realización de obras según el siguiente detalle: Barrio Burastero Camino Pintado 17 X 125 W, Barrio Sarla 5 X 250 W, 8 X 100 W; Fray Marcos: Acuna de Figueroa, Manzana 63 y 64 1 X 250 W; Casupa: Barrio el Escarpin 6 X 250 W, Ponce Juani y Larrobla 1 X 250 W; Fray Marcos: Larrobla y Asamblea, 1 X 250 W, Plazoleta Ruta 94 y 7, 3 X 400 W, A.de Figueroa entre Constitucion y M.Artigas 1 X 250 W, Oribe esq. Viera 1 X 250 W; Plaza de Deportes C. Colorado, inversión 1984, Timoteo Aparicio entre Avda. Artigas y Reyes 1 X 250 W, Gallinal entre Luis E. Perez y Larrobla 1 X 250 W; Cardal Plaza de Deportes 1 X 250 W, Treinta y Tres entre Lavalleja y Rivera 9 X 250 W; 25 de Mayo, Ituzaingo R. Alvarez y Marinoni 4 X 250 W, Treinta y Tres entre Alvarez y Rincon 3 X 250 W, J. Rava esq. 19 de Abril.

En 1988 obras por montos similares.

d)Monto: Egreso de caja: N$ 947.000.

PROYECTO 016 CONSTRUCCION DE VEREDAS

a)Descripción: Construcción de veredas acorde a las exigencias de la Ordenanza vigente, mediante sistema de convenio con los vecinos. Es un proyecto de ejecución continuada, repetitivo año a año en términos de cantidades físicas, condicionado a la adecuación del financiamiento al crecimiento de los costos.

b)Monto: N$ 3:200.000 anuales desde 1987 a 1989.

NOTA: Los costos correspondientes a mano de obra, cargas legales y beneficios sociales serán atendidos con cargo a los Programas de funcionamiento.

PROGRAMA 202 VIALIDAD RURAL

PROYECTO 001 PLAN NACIONAL DE CAMINOS DE INTEGRACION (PLAN INTERVIAL)

a)Descripción: Consiste en la construcción de plataforma de tipo 7/5 con 20 cm de espesor de pavimento. Construcción de alcantarilla, limpieza de faja, etc.

b)Justificación: Comunicar zonas rurales aisladas mediante caminos de interconexión con otros ya existentes. Se promueve mejorar la integración de zonas rurales con los centros de industrialización y comercios facilitando el acceso a centros de educación, salud, etc. radicados en centros poblados.

c)Metas: Para 1987 se realizaran las Prioridades 5.1, 5.2, 5.3, 5.4 y 5.5.

Prioridad 5.1- Camino de Ruta 42 (Polanco) a Camino de Cuchilla Castro Escuela No. 10, 20 kms. 70%.

Prioridad 5.2- Camino de Ruta 42 a Camino del Obelisco Cuchilla de Sarandi 13 kms. 20%.

Prioridad 5.3- Camino de Rutal 7 a Ruta 6 Cuchilla Mansavillagra 30 kms. 100%.

Prioridad 5.4- Camino Ruta 12 a Ruta 6 San Ramon, Rio Viejo 12 kms. 100%.

Prioridad 5.5 Alcantarilla de gran tamaño o pequeños puentes Tipo H de 3 bocas de 3 mts. por 3 mts. sobre Ao. Chamizo 100% y Ao. Sauce de Berdias 100%. Equivalente a 8 kms. de construcción de carretera de este mismo plan.

Para 1988 y siguientes obras a determinar con una extensión aproximada de 70km (17 de arrastre mas 53 nuevos).

d)El financiamiento de este proyecto se atiende con recursos externos a la Intendencia Municipal de Florida del orden de N$ 100:500.000. Valor real de la inversión N$ 201:000.000. Egresos de Caja N$ 100:500.000.

PROYECTO 002 CONSERVACION Y RECONSTRUCCION DE CAMINOS

a)Descripción: Conservación: Comprende: gastos por limpieza de banquinas y cunetas, baches y recebo de hasta 200 m3 de tosca por kilometro, impieza y reparación de alcantarillas, motonivelado.

Reconstrucción: Comprende: limpieza de banquinas, cunetas y alcantarillas, ensanche de plataforma a perfil 6/4, embanquinado, recargo de firme de tosca de 0.10 mts. a 0.20 mts., compactado, reposición de alcantarillas (3 tipo/km.).

Es un proyecto de ejecución continuada, repetitivo año a año en términos de cantidades físicas condicionado al financiamiento del crecimiento de los costos.

b)Justificación: Mejorar las comunicaciones de zonas rurales con centros poblados y con otros Departamentos, asegurando transitabilidad permanente.

c)Metas: Se prevee realizar a un ritmo de 100 kms. de conservación y 90 kms. de reconstrucción anuales condicionado a la previa firma de convenios que aseguren el financiamiento.

d)Valor: N$ 44:432.000

PROYECTO 004 OBRAS DE ARTE

a)Descripción: Comprende los gastos de construcción y/o reconstrucción de calzadas de hormigón.

Se trata de obras menores, que se encaran en ocasión de la ejecución de obras de caminería y/o determinadas por la necesidad de sustitución o reconstrucción de calzadas destruidas por crecientes, etc. Es un proyecto de ejecución continuada, repetitivo año a año en termino de cantidades físicas condicionado a la adecuación del financiamiento al crecimiento de los costos.

b)Justificación: Mejorar las comunicaciones tratando de asegurar transitabilidad permanente.

c)Metas: Se realizara a un ritmo estimado de 400 mts. lineales anuales condicionado a la previa firma de convenios que aseguren el financiamiento.

d)Valor: N$ 3:840.000.

PROYECTO 006 CONSTRUCCION DE CAMINOS

a)Descripción: Comprende movimientos de tierra, limpieza de faja, construcción de plataforma de perfiles 6/4,7/5 u 8/6 (perfil tipo 7/5), recargo de firme de tosca de 0.20 mts. compactado, colocación de alcantarillas (3 km. en caños de 0.50 X 8 mts. de longitud). Se trata de tramos de muy reducida extensión, determinado en alto grado por los requerimientos y posibilidades de apoyo de los vecinos interesados. Es un proyecto de ejecución continuada, repetitivo año a año en termino de cantidades físicas condicionado a la adecuación del financiamiento al crecimiento de los costos.

b)Justificación: Mejorar las comunicaciones de zonas rurales con centros poblados, entre centros poblados y con otros Departamentos, asegurando transitabilidad  permanente. Se trata de tramos de interconexión de caminos para cerrar la red economizando kilómetros de recorrido y frecuentemente de acceso a establecimientos desde las caminerias existentes.

c)Metas: Se realizara a un ritmo máximo estimado hasta 30 kms. anuales condicionado a la previa firma de convenios que aseguren el financiamiento.

d)Valor: N$ 21:800.000.

PROYECTO 007 CONVENIOS O.S.E

Comprende las siguientes obras: Alcantarillas sobre Ao. La Pedrera y 2.8 kms.de construcción de camino, etc.

Valor: N$ 8:365.230.

PROYECTO 008 MANTENIMIENTO DE CAMINOS

Se realizara un máximo de 100 kms. condicionado a la suscripción de convenios vecinales que aseguren el financiamiento.

Valor: N$ 4:610.000.

PROYECTO 009 CONVENIO RUTA 12

Con el Ministerio de Transporte y Obras Publicas. Extensión 25 kms.

Valor de obra estimado: N$ 101:000.000 a junio de 1987.

Egreso de Caja valor N$ 54:223.000.

PROYECTO 010 CONVENIO CAMINO FLORIDA-25 DE MAYO

20 km de camineria y gran alcantarilla (equivale a 6 km de construcción), etc.

Metas: Se realizara un 50% en 1987.

Aporte estimado: N$ 22:100.000.

Egreso de Caja valor: N$ 22:066.000.

NOTA: Los costos correspondientes a mano de obra, cargas legales y Beneficios Sociales serán atendidos con cargo a los programas de funcionamiento.

Se estima la concreción de obras de similar magnitud y costo, financiamiento para 1988, a las del Proyecto 009.

PROGRAMA 204 EDUCACION CULTURA Y TURISMO

PROYECTO 001 CAMPING DEL DEPARTAMENTO

a)Descripción: Instalación de centro de abastecimiento, baños adecuados (duchero, servicios higiénicos, lavadero), conexiones de agua, red de electricidad, fogones, etc.,en Florida, Sarandi Grande, 25 de Agosto y Polanco del Yi.

Finalización camping Parque Robaina.

Valor: N$ 621.000.

Ejecución obras en camping 25 de Agosto.

Valor: N$ 2:772.000.

PROYECTO 002 PLAZA DE DEPORTES

a)Descripción: Se realizaran obras en Complejo Infantil ( SS.HH y vestuarios, 110 m2) y refacciones en gimnasio de Sdi. Grande: Complejo Infantil. Valor N$ 1:200.000 incluyendo N$ 180.000 de trabajos contratados, Gimnasio Sdi. Grande.

Valor N$ 1:830.000.

b)Metas: Se finaliza en 1987.

PROYECTO 003 CONSERVACION Y DESARROLLO DEL PATRIMONIO HISTORICO DEL DPTO.

a)Descripción: Obras y adecuación de zonas, edificios y monumentos histéricos del Departamento.

b)Metas: Gasto por hasta N$ 600.000 anuales.

PROYECTO 004 ADQUISICION DE MAQUINARIAS Y HERRAMIENTAS PARA LA E.M.A.A.F.

Monto: N$ 600.000 anuales.

NOTA: Los costos correspondientes a mano de obra, cargas legales y beneficios sociales serán atendidos con cargo a los Programas de funcionamiento.

PROGRAMA 005 HOGARES ESTUDIANTILES

a)Descripción: Se realizaran en Florida y Sarandi Grande mediante la adquisición y refracción de inmuebles. Se ejecutara un 70% en el ejercicio respecto al de Florida.

La partida se adjudicara al Rubro 5 en su totalidad ante la imposibilidad de prever la combinación de costo de adquisición y refacciones necesarias. Oportunamente conocido el inmueble adquirido, se dimencionará dentro del costo total la distribución al Rubro por las refracciones operándose mediante transposiciones.

PROGRAMA 205 SALUD E HIGIENE PUBLICA

PROYECTO 001 ADQUISICION DE EQUIPOS

a)Descripción: 1)A partir de 1987 adquisición de camiones recolectores.

2)Adquisición de 2 unidades barométricas en 1987.

3)Adquisición de 1 elevador o monta carga portátil para cementerio de Florida.

b)Costo: N$ 4:120.000 en 1987.

N$ 13:000.000 en 1988.

PROGRAMA 206 ADMINISTRACION GENERAL

PROYECTO 001 REACONDICIONAMIENTO DE INSTALACIONES EXISTENTES

a)Descripción: Consiste en la refacción, reforma y/o acondicionamiento de estructuras existentes de modo de dotarlas de condiciones que promuevan mayor eficiencia o se adecuen a nuevos cometidos.

b)Metas: Se realizaran obras en: Estadio Campeones Olímpicos por un valor de N$ 14:000.000,deposito de Comedor Municipal finalización de obra valor N$ 174.000 Remodelación de Talleres y Depósitos, se realizara un 20 % en 1987 finalizando en 1988 valor N$ 5:400.000, ampliación de Junta Local Nico Perez, valor N$ 2:500.000.en 25 de Mayo y Cerro Chato se ejecutaran obras en 1988 por un valor de N$ 5:500.000, reformas en el Edificio Municipal, valor N$ 2:100.000, obras en Junta Local Chamizo N$ 2:200.000. Capilla del Sauce N$ 2:200.000, Casupa N$ 4:300.000 y Fray Marcos N$ 1:500.000, que se ejecutaran un 20 % en 1987 y el resto en 1988.

NOTA: Los costos correspondientes a mano de obra, cargas legales y beneficios sociales serán atendidos con cargo a los Programas de funcionamiento.

PROGRAMA 207 ADQUISICION DE INMUEBLES MUEBLES Y EQUIPOS

1) A partir de 1987 adquisición de inmuebles con diferentes destinos: de Expediente 109949, costo 121 U.R que compensa en obras ejecutadas a cargo del vendedor N$ 165.000.

Fracción B del Padrón 7224, costo 312 U.R 420.000.

Adquisición por cesación de condominio sobre padrones 751, 752, 695,costo 1264 U.R con plazo de 1 año (estimado N$ 2:500.000).

2) Adquisición de maquinaria agrícola para Parques y Jardines: 1 cortadora de césped y arado cincel, 2 tractores con pala,   levante hidráulico y toma de fuerza (nuevo o usado), 2 zorras de tiro de cuatro ruedas.

Monto: N$ 3:710.000.

3) Adquisición de hasta 4 hormigoneras.

Monto: N$ 1:200.000.

4) Adquisición de fotocopiadoras N$ 700.000 en 1987.

PROGRAMA 209 PLAN NACIONAL DE DESARROLLO DE OBRAS PUBLICAS MPALES.

a)Descripción: Construcción en sitio de cordón cuneta de hormigón. Es un proyecto de ejecución continuada, repetitivo año a año en términos de cantidades físicas, condicionado a la adecuación del financiamiento al crecimiento de los costos.

b)Justificación: Clara delimitación de los espacios destinados a circulación así como protección del firme destinado al tránsito vehicular lográndose la prolongación de vida útil de los pavimentos. Mejoras de aspectos urbanísticos.

c)Metas: Se realizara en 1987 un total de 6.000 mts. lineales.

En 1988 a 1989 se realizaran obras por cantidades similares.

d)Costo: N$ 7:800.000 recursos M.T.O.P.

NOTA: Los costos correspondientes a mano de obra, cargas legales y beneficios sociales serán atendidos con cargo a los Programas de funcionamiento.

ALUMBRADO PUBLICO

Obras con trámite iniciado: Necrópolis Cardal 2 X 250 W; Cementerio Casupa 2 X 250 W; Cementerio Fray Marcos 2 X 250 W; Cementerio Cardal 2 X 250 W; Sierra a Batlle, Suarez a Ao. Tomas González 15 X 250 W; Independencia entre Solis y B. Hidalgo 9 X 250 W; Barrio Norte 5 X 250 W; Barrio Florida Blanca 20 X 400 W; Sarandi Grande, Ituzaingo entre Durazno y Oficial 1, 2 X 250 W; Barrio Seminario 6 X 250 W; B. Hidalgo entre Independencia y B. y Ordonez 2 X 100 W; Sarandi Grade Monumento a la Madre 4 X 250 W; Viviendas Desalojados 7 X 125 W; Sauce del Yi Barrio MEVIR 21 X 100 W; Cerro Colorado Ruta 7, 27 X 125 W; 25 de Agosto, reforma planta urbana 30 X 250 W; Casupa Parroquia Maria Auxiliadora 1 X 250 W.-

INDICACION DE VOTACION OBTENIDA POR LAS DIFERENTES DISPOSICIONES.

En general:(30 Ediles en forma afirmativa en 30 presentes en Sala-Unanimidad).

En particular:

Art.1o.-Votado afirmativamente por unanimidad (22 Ediles).

Art.2o.-Votado afirmativamente por unanimidad (22 Ediles).

Art.3o.-Votado afirmativamente por unanimidad (22 Ediles).

Art.4o.-Votado afirmativamente por unanimidad (22 Ediles).

Art.5o.-Votado afirmativamente por mayoría (16 en 31 Ediles).

Art.6o.-Votado discriminado en la siguiente forma: hasta el Numeral A) Votado por mayoría (28 en 31 Ediles);

 Numeral A) Votado por mayoría (29 en 31 Ediles)

Numeral D) votado por mayoría (28 en 31 Ediles); Numerales F) y G) votado por mayoría (28 en 31 Ediles);

Resto del Articulo votado por mayoría (20 en 31 Ediles);

con excepción de la parte final que fue votada por mayoría (29 en 31 Ediles).

Art.7o.-Votado afirmativamente por mayoría (20 en 31 Ediles).

Art.8o.-Votado afirmativamente por mayoría (21 en 31 Ediles).

Art.9o.-Votado afirmativamente por mayoría (21 en 31 Ediles).

Art.10o.-Votado afirmativamente por mayoría (16 en 31 Ediles).

Art.11o.-Votado afirmativamente por unanimidad (31 Ediles).

Art.12o.-Votado afirmativamente por mayoría (16 en 30 Ediles).

Art.13o.-Votado afirmativamente por mayoría (19 en 30 Ediles).

Art.14o.-Votado afirmativamente por unanimidad (29 Ediles).

Art.15o.-Votado afirmativamente por unanimidad (21 Ediles).

Art.16o.-Votado afirmativamente por unanimidad (21 Ediles).

Art.17o.-Votado afirmativamente por mayoría (21 en 29 Ediles).

Art.18o.-Votado afirmativamente por unanimidad (29 Ediles).

Art.19o.-Votado afirmativamente por mayoría (21 Ediles).

Art.20o.-Votado afirmativamente por unanimidad (31 Ediles).

Art.21o.-Votado afirmativamente por mayoría (16 Ediles).

Art.22o.-Votado afirmativamente por unanimidad (31 Ediles).

Art.23o.-Votado afirmativamente por unanimidad (31 Ediles).

Art.24o.-Votado afirmativamente por unanimidad (31 Ediles).

Art.25o.-Votado afirmativamente por unanimidad (31 Ediles).

Programa 201 Vialidad Urbana: Votado afirmativamente por unanimidad (27 Ediles)

El proyecto 016:Votado por unanimidad (21 Ediles).

Programa 202 Vialidad Rural: Votado afirmativamente por unanimidad (27 Ediles).

Programa 204 Salud, Cultura y Turismo: Votado afirmativamente por unanimidad (22 Ediles).

Programa 205 Salud e Higiene Publica: Votado afirmativamente por unanimidad (22 Ediles).

Programa 206 Administración General: Votado afirmativamente por unanimidad ( 22 Ediles).

Programa 207 Adquisición de Inmuebles, Muebles y Equipos: Votado afirmativamente por unanimidad (22 Ediles).

Programa 209 Plan Nacional de Desarrollo de Obras Publicas Municipales: Votado afirmativamente por unanimidad (22 Ediles).-

 Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los veintiocho días del mes de setiembre de mil novecientos ochenta y siete.-

 Fdo. WILLIAN COSENTINO AGUIAR, Presidente; DR. HILARIO CASTRO TREZZA, Secretario General.-

 

DICTAMEN DEL TRIBUNAL DE CUENTAS

 

Montevideo, 26 de octubre de 1987

Señor Presidente de la

Junta Departamental de Florida                      Of. Nº 4927/987 – Carpeta 133.929

Don Willian Cosentino Aguiar

Para su conocimiento y demás  efectos transcribo a continuación la resolución dictada por este Tribunal en su acuerdo de 21 del corriente mes, que dice así:

            “Visto estos antecedentes remitidos por la Junta Departamental de Florida relativos al Proyecto de Modificación Presupuestal para los Ejercicios 1987 a 1989 inclusive, para el Gobierno Departamental de Florida;

            Resultando 1º) que con fecha 30 de junio de 1987 ingresó en la Junta Departamental de Florida el Mensaje remitido por el Ejecutivo Comunal;

                                2º) que la Junta Departamental aprobó con modificaciones y en principio el referido proyecto en sesión del día 28 de setiembre de 1987 por las mayorías de votos que para cada artículo se establecen, enviando la documentación a este Cuerpo en el que ingresó oficialmente el día 7 de octubre de 1987;

                                 3º) que el proyecto remitido por la Junta Departamental de Florida está formulado con la distribución de gastos por programas lo mismo que los sueldos y escalafones de los funcionarios, según se detalla en las planillas comparativas que se declaran parte integrante del texto presupuestal;

                                  4º) que el proyecto fue confeccionado en forma comparativa con las asignaciones presupuestales vigentes;

                                   5º) que los recursos presupuestales a efectos de atender las erogaciones de los diferentes ejercicios, fueron aprobados por la Junta Departamental de Florida, según el siguiente detalle:

1987                                              1988-89 (anuales)

a) Recursos de origen Departamental                 N$   864:123.185           N$ 1.086:892.973

b) Recursos de origen Nacional                         “      303:000.000           “       493:076.352

            Totales anuales                                    N$ 1.167.123.185          N$ 1.579:969.325

 

                                   6º) que las erogaciones presupuestales para los ejercicios 1987 y siguientes fueron estimadas con la siguiente distribución por rubros:

1987                                                    1988-89 (anuales)

Rubro 0                                                           N$   496:005-503           N$    751:708.918

Rubro 1                                                           “         92.138.726         “        147:720.336

Rubro 2                                                           “       227.387.000          “        237:286.000

Rubro 3                                                           “       136:108.000          “        148:393.000

Rubro 4                                                           “         23.585.000         “          33:170.000

Rubro 5                                                           “         12:195.000         “           8:100.000

Rubro 6                                                           “         37:300.000         “          37:300.000

Rubro 7                                                           “        107:052.280         “        159:501.300

Rubro 9                                                           “              235.000         “               235.000  

Total Intendencia                                  N$  1.132:006.509         N$  1.523:414.554

Prog.1.01 Junta Departamental              “          35:116.676        “          54:794.771

Totales anuales                                    N$   1.167:123.185        N$   1.578:209.325

                        7º) que las referidas erogaciones se agrupan programáticamente como a continuación se establece:

1987                                 1988-89 (anuales)

Programa de funcionamiento                                         N$     835:101.509        N$    1.202:335.554

Programa de Inversiones                                               “        296:905.000        “          321:079.000      

            Totales Intendencia                                           N$   1.132:006.509        N$    1.523:414.554

Junta Departamental                                         “           35:116.676       “            54:794.771

Totales anuales                                                N$   1.167.123.185        N$     1.578:209.325

                                   8º) que la Junta Departamental de Florida modificó los incrementos de tributos contenidos en el Mensaje remitido por el Ejecutivo Comunal con lo rebajó los recursos proyectados de acuerdo al siguiente detalle:

1987                                 1988-89 (anuales)

 

Contribución Inmob. Urbana y Suburbana           N$         16:000.000      sin modificación

Impuestos a los avisos y Propaganda                 “                  90.000       N$              240.000

Impuestos a los Espectáculos Públicos             “                200.000       “                 500.000

Alumbrado Público (*)                                       “              5:400.000      “              5:000.000  

Total abatimientos anuales                                N$         21:690.000      N$           5:740.000

(*) El abatimiento del aumento proyectado en el tributo Alumbrado Público, no incluye el Ejercicio 1989;

                                   9º) que la Junta Departamental de Florida rebajó algunos de los gastos proyectados en la iniciativa presupuestal enviada por la Intendencia Municipal de Florida, de acuerdo al siguiente detalle:

                                                                                              1987                 1988-89

Prog. 2.06 Rubro 2                                                       N$           1:800.000      sin modificaciones

Prog. 2.02 Rubro 3                                                       “             12:390.000     sin modificaciones

Prog. 2.07 Rubro 5                                                       “               7.500.000     N$            7:500.000

Total abatimiento anuales                                             N$          21:690.000     N$            7:500.000

 

                                    10º) que de acuerdo a lo señalado en los dos Resultandos precedentes el presupuesto proyectado para 1987 resulta equilibrado y el de los ejercicios 1988 y 1989 resulta, en su formulación, superavitario en N$ 1:760.000 (nuevos pesos un millón setecientos sesenta mil);

                                   11º) que el Gobierno Departamental de Florida en su Rendición de Cuentas correspondiente al ejercicio 1986 declara haber tenido en el mismo un déficit de $ 13:777.251,80 (nuevos pesos trece millones setecientos setenta y siete mil doscientos cincuenta y uno con 80/oo) resultado sobre el cual este Cuerpo se expedirá al dictaminar sobre el citado documento, y del estudio de la Rendición de Cuentas 1985 surgió un déficit del ejercicio de $800.970 el que originalmente estaba determinado en N$ 16:700.443,10. En la modificación Presupuestal proyectada no se incluyen partidas destinadas a financiar los déficits producidos en los citados ejercicios;

                                   12º) que la Intendencia Municipal de Florida refinanciación la deuda en dólares que se mantiene con el Banco de la República Oriental del Uruguay según Vale Amortizable Nº 295 de agosto ppdo. por un capital de U$S 776.982,90 (dólares americanos setecientos setenta y seis mil novecientos ochenta y dos con 90/00) pagadero en 60 cuotas trimestrales iguales y consecutivas debiendo pagar la primera el día 30 de setiembre de 1987 y la última el día 30 de junio del año 2000, con los intereses correspondientes y que serán del 4% anual efectivo si el pago se realiza dentro de los diez días posteriores al del vencimiento de cada cuota y del 12% anual efectivo en caso contrario;

                                   13º) que el Vale referido en el resultando anterior se establece que la obligación se cancelará mediante el pago de 59 cuotas trimestrales de U$S 12.950 (dólares americanos doce mil novecientos cincuenta) y una última cuota de U$S 12.932.90 (dólares americanos doce mil novecientos treinta y dos con 90/oo), más los intereses devengados que se pagarán conjuntamente e indivisiblemente con las cuotas trimestrales comprometidas;

                                   14º) que habiéndose proyectado la Modificación Presupuestal de referencia el día 30 de junio de 1987, no se incluyeron partidas presupuestales a efectos de atender el referido convenio de refinanciación celebrado el 26 de agosto de 1987 en virtud de haber tenido éste lugar en fecha posterior;

                                   15º) que entre los antecedentes remitidos se incluye la Modificación Presupuestal para los Ejercicios 1987 y siguientes correspondiente a la Junta Departamental de Florida, aprobada en sesión de fecha 27 de mayo de 1987 con la votación que para cada artículo fue superior a los tres quintos del total de componentes, según lo exige la Constitución de la República en su artículo 273 numeral 6º inciso 2º;

                                   16º) que las dotaciones previstas a efectos de atender las erogaciones presupuestales de la Junta Departamental de Florida se distribuyen por rubro de acuerdo al siguiente detalle:

1987                                                         1988-89 (anuales)

Rubro 0                                                N$   18:374.895                        N$   33:527.303

Rubro 1                                                “        2:850.341                        “        5:179.168

Rubro 2                                                “        2:915.000                        “        3:030.000

Rubro 3                                                “        2:660.000                        “        2:745.000

Rubro 4                                                “           806.440                        “           200.000

Rubro 5                                                “            50.000                        “             50.000

Rubro 7                                                “        6:630.000                        “        9:233.300

Rubro 9                                                “           830.000                        “           830.000           

            Totales anuales                        N$   35:116.676                        N$    54:794.771

            Considerando 1º) que en relación al trámite seguido por el proyecto de referencia, corresponde establecer que se ha dado cumplimiento a las normas que en materia de plazos contiene la Constitución de la República;

                                   2º) que se ha dado cumplimiento a lo establecido por el art. 275 numeral 3ºde la Constitución en virtud de que el proyecto de Modificación Presupuestal fue elaborado por el Ejecutivo Comunal y sometido a consideración de la Junta Departamental con arreglo a lo dispuesto por la Sección XIV de aquélla;

                                   3º) que, de acuerdo a lo señalado en el Resultando 15º, la Junta Departamental de Florida dio cumplimiento a lo dispuesto por el art. 273 nuneral 6º de la Constitución, aprobando su Modificación Presupuestal para los ejercicios 1987 y siguientes antes del 31 de mayo y por las mayorías requeridas, remitiéndola al Ejecutivo Comunal a efectos de su debida financiación;

                                   4º) que lo establecido en los Resultados 8º, 9º y 10º no merece observaciones dado que el presupuesto aprobado no resulta deficitario en su formulación;

                                   5º) que lo señalado en el Resultando 11º es observable por cuanto se trata de una omisión de obligaciones presupuestales, según prevé el art. 225 inciso 2º de la Constitución;

                                   6º) que de acuerdo a lo establecido en los Resultandos 12º,13º, y 14º, la Intendencia Municipal de Florida deberá arbitrar los mecanismos que le permitan financiar las erogaciones resultantes con el Banco de la República sin que el presupuesto resulte deficitario;

                                   7º) que a los efectos de mantener el equilibrio presupuestal, los gastos que se comprometen en el correr de cada ejercicio deberán mantener una razonable relación con las reales recaudaciones que se operen en el mismo. Asimismo, en caso de no obtener la asistencia del Gobierno Nacional u obtenerse en menor cuantía, deberán abatirse en forma equivalente las asignaciones presupuestales, dándose cuenta a este Tribunal:

                                   8º) que del análisis efectuado sobre las bases de cálculo de los recursos departamentales proyectados, no surgen observaciones que formular;

                                   9º) que según los datos obtenidos en la Dirección de Hacienda de la Intendencia Municipal de Florida, el producido estimado de las tasas municipales guarda una razonable equivalencia con el costo de los servicios que se prestan;

                                   10º) que toda creación o modificación de tributos entrará en vigencia una vez que se hayan cumplido todos los extremos constitucionales y legales que rigen en la materia;

            Atento: a todo lo expuesto precedentemente y a lo establecido en los arts. 211 y 225 de la Constitución de la República;

                                                           El Tribuna acuerda por mayoría

1º) Emitir su dictamen constitucional expresando que no tiene observaciones que formular al Proyecto de Modificación Presupuestal de Florida para los ejercicios 1987-89 excepto por lo expresado en el considerando 5º;

2º) Téngase presente lo establecido en los Considerandos 4º, 6º, 7º, y 10º; y

3º) Devolver estos antecedentes a la Junta Departamental de Florida.

Sin otro particular saludo a Ud. muy atentamente.

Fdo: Cr. Alfredo Rega Vazquez, Presidente; Oscar W. Martínez, Director General de Secretaría”.-

  DECRETO J.D.F.:20/1987

DESCRIPCION: SANCION DEFINITIVA DE LA AMPLIACIÓN PRESUPUESTAL DEL GOBIERNO DEPARTAMENTAL, PERIODO 1987-1989.-

APROBACION: 30/10/87

Ref: Sanción definitiva de la Ampliación Presupuestal del Gobierno Departamental, período 1987-1989.-

 En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (26 Ediles), se aprobó el siguiente proyecto de Decreto.-

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

D E C R E T A :

            Art.1º.- Hágase lugar a la observación expuesta por el Tribunal de Cuentas de la República en su dictamen de 21 de octubre de 1987 expresada en el Considerando 5o) el que se remite al Resultando 11o), y en su mérito a tal efecto se encomienda a la Intendencia Municipal de Florida financiar los déficits realizando abatimientos en forma equivalente en los gastos proyectados a los efectos de mantener el equilibrio presupuestal, dando cuenta a la Junta Departamental y al Tribunal de Cuentas de la República.-

            Art.2º.- Se tendrá presente en lo establecido en los Considerandos 4o), 6o), 7o) y 10o) del dictamen del Tribunal de Cuentas de la República de fecha 21 de octubre de 1987.-

            Art.3º.- Téngase por definitivamente sancionado el proyecto de modificación presupuestal para los ejercicios 1987 - 1989 inclusive del Gobierno Departamental de Florida con lo establecido en los artículos anteriores.-

            Art.4º.- Comuníquese a la Intendencia Municipal de Florida y al Tribunal de Cuentas de la República.-

 

 Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los treinta días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y siete.- 

Fdo. WILLIAN COSENTINO AGUIAR Presidente, HILARIO CASTRO TREZZA, Secretario General.-