DECRETO J.D.F.:17/1987

DESCRIPCIÓN: MODIFICACIÓN NUMERAL 3º INCISO D) ART. 7º DE LA ORDENANZA DE PATENTE DE RODADO.-

 

APROBACIÓN: 16/10/87

Ref: Modificación numeral 3º inciso D) Art. 7º de la Ordenanza de Patente de Rodados.-

 En sesión de la fecha y por unanimidad (21 votos en 21 Ediles presentes en Sala), se sancionó el siguiente proyecto.- 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

D E C R E T A :

          Art.1º.- Modifícase el numeral 3) del inciso d) del art. 7o. de la Ordenanza sobre Patente de Rodados en la redacción dada por el art. 66º del Presupuesto por Programas del Gobierno Departamental de Florida para los ejercicios 1968-1972, aprobado por la Junta Departamental de Florida el 6/12/67, el que quedará redactado de la siguiente forma:

                    3º.- Se computarán como asistencias de los Ediles titulares, a los efectos previstos en el numeral 1), las licencias que se otorguen por un lapso no mayor de treinta días ( 30 ) en el año civil o durante el receso de la Junta Departamental. Las que superen dicho lapso se computaran como asistencia si existe causa justificada a juicio de la Junta Departamental o las Juntas Locales quienes resolverán simultáneamente a la concesión de las licencias.

          Art.2º.- Comuníquese, etc.- 

 

Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida , a los dieciséis días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y siete.-

Fdo. RAUL VEGA AGUIAR, Segundo Vice. Presidente; HILARIO CASTRO TREZZA, Secretario General .-