DECRETO J.D.F.:07/1987

DESCRIPCIÓN: EXONERACIÓN DE PAGO DE MULTAS Y RECARGOS A CONTRIBUYENTES DE IMPUESTOS DE LEY Nº 12700.-

 

APROBACIÓN: 25/06/87

EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 101528- J.D.F. Lº 2 Fº 145.-

Ref. IMF. Exp. Nº 101528 - JDF Lº 2 Fº 145. Exoneración de pago de multas y recargos a Contribuyentes de impuestos de Ley Nº 12700.-

 En sesión de la fecha, y por mayoría de miembros presentes (21 Ediles en 23), se sancionó el siguiente proyecto.-

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

D E C R E T A :

             Art.1º.- Declárese en plazo los pagos efectuados hasta el 9 de junio de 1987, por los contribuyentes del impuesto creado por la Ley 12.700 de 4 de febrero de 1960, cuando se hubieren efectuado dentro de los tres meses comerciales (el mismo día del tercer mes siguiente al hecho generador) para semovientes, y del mes siguiente (el mismo día del mes siguiente) para los remates de los demás bienes.-

          Art.2º.- La disposición precedente alcanza exclusivamente a los pagos efectuados hasta el 9 de junio de 1987.-

          Art.3º.- Comuníquese, etc.-

 

Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los veinticinco días del mes de junio de mil novecientos ochenta y siete.-

 Fdo. WILLIAN L. COSENTINO AGUIAR, Presidente; DR. HILARIO CASTRO TREZZA, Secretario General.-