DECRETO J.D.F.:07/1988

DESCRIPCION: VIABILIZAR LA REGULACIÓN DEL REGISTRO MUNICIPAL DE AUTOMOTORES.-

 

APROBACION: 01/07/88

EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 113235- J.D.F. Lº 2 Fº 197 

Ref. IMF. Exp. Nº 113235 - JDF Lº 2 Fº 197. Viabilizar la regulación del Registro Municipal de Automotores.-

 En sesión de la fecha, y por mayoría de miembros presentes (16 en 17 Ediles), se sancionó el siguiente proyecto.-

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

D E C R E T A :

            Art.1º.- Toda persona física o jurídica imposibilitada de obtener la transferencia de un vehículo, con arreglo al derecho en vigencia, podrá realizarla con la exclusiva finalidad de acreditar la titularidad de aquel, cumpliendo las siguientes condiciones:

                        1) Expresión de que conoce y acepta el alcance y términos del presente decreto, en cuanto no le confiere propiedad sobre el vehículo y que la Intendencia Municipal lo reconocerá como responsable del mismo a todos los efectos tributarios, sancionatorios, etc.

                        2) Certificado policial de residencia y constancia de que no existen multas municipales o policiales pendientes de pago.

                        3) Pago previo de los derechos que correspondan, y

                        4) Justificación por certificación notarial o información judicial de que ha poseído por sí o por causa habientes, el vehículo de que se trata, por un lapso de no menos de tres (3) años.-

            Art.2º.- Lo dispuesto en este artículo es aplicable a todos los vehículos automotores.-

            Art.3º.- En la libreta de circulación se hará constar que la transferencia se realiza al amparo del presente decreto.-

            Art.4º.- Comuníquese, etc.- 

 

Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, el primer día del mes de julio de mil novecientos ochenta y ocho.-

Fdo. JUAN CARLOS FURIATTI PEREIRA, Presidente; DR. HILARIO CASTRO TREZZA, Secretario General.-