DECRETO J.D.F.:01/1989

DESCRIPCIÓN: EXONERACIÓN AL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY DE TRIBUTOS MUNICIPALES A CONSTRUCCIONES DE CATEGORÍA I y II A.

 

APROBACIÓN: 05/05/89

EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 119184-J.D.F. Lº 3 Fº 56

Ref. IMF. Exp. Nº 119184 - JDF Lº 3 Fº 56. Exoneración al Banco Hipotecario del Uruguay de tributos municipales a construcciones de categoría I y II A.-

 En sesión de la fecha y por unanimidad (19 en 19), la Junta Departamental de Florida sancionó el siguiente proyecto de Decreto.-

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

D E C R E T A :

            Art.1º.- Exonérase de todo tipo de Tributo Municipal referido a edificación, obras sanitarias y fraccionamiento, las construcciones promovidas por el Banco Hipotecario del Uruguay en programas de interés social (Categoría I y II A).-

          Art.2º.- Comuníquese, etc.-

 

Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los cinco días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y nueve.-

Fdo. GERARDO LOPEZ DOS SANTOS, 1er. Vice. Presidente; HILARIO CASTRO TREZZA, Secretario General.-