RESOLUCIÓN J.D.F.:53/1990(B)

DESCRIPCIÓN: EXHORTAR LA PRORROGA DE VENCIMIENTO DE PAGO POR REFINANCIACIÓN DE DEUDA HASTA EL AÑO 1983.-

 

APROBACIÓN: 06/07/90

Ref. Exhortar la prórroga de vencimiento de pago por refinanciación de deuda hasta el año 1983.-

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (30 Ediles), se aprobó la siguiente resolución.-

VISTO: las condiciones que se imponen para ajustarse al sistema de refinanciación de deudas contraídas hasta el año 1983 en el sector agropecuario, de lo cual se desprende que no serán contempladas aquellas deudas contraídas por la Banca Privada, habiendo tomado conocimiento la Comisión de Ganadería, Agricultura, Industria y Comercio de la Junta Departamental de Florida, que dicho sistema de refinanciación es discriminatorio afectando a modestos productores rurales de nuestro departamento.

CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Ganadería ha mantenido una entrevista al máximo nivel jerárquico con el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca;

II) la perentoriedad de los plazos para el acogimiento a dicha refinanciación:

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

          .- Exhortar a una prórroga del plazo de vencimiento, la cual permitirá a su vez levantar un registro de pequeños y medianos productores que no están amparados, registro este que era abierto en la Secretaria de la Junta Departamental de Florida, lo que permitirá que aquellas Empresas agropecuarias o personas físicas puedan registrarse y se confeccionará un listado que justifique que las deudas fueron contraídas con anterioridad a la fecha 30-06-83 y que no fueron canceladas con posterioridad a esa fecha, actualizadas al 15-10-85 según el régimen que le correspondía al deudor por aplicación de la Ley 15786.-

          .- Se de publicidad a la presente resolución.-

          .- Se envíe nota a los Organismos Crediticios correspondientes (Banco Central y Banco de la República), y así como también al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.-

 

Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los seis días del mes de julio de mil novecientos noventa.-

Fdo. DR. EDUARDO BENTANCOR, Presidente; ALEXIS A. PÉREZ, Secretario.-