RESOLUCIÓN J.D.F.:38/1990
DESCRIPCIÓN: NO OTORGAR VENIA PARA DESTITUIR AL FUNCIONARIO GUSTAVO VIGILANTE.-
APROBACIÓN: 01/06/90
EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 114369- J.D.F. Lº 4 Fº 9
Ref. IMF. Exp. Nº 114369 - JDF - Lº 4 Fº 9. No otorgar venia para destituir al funcionario Gustavo Vigliante.-
En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (22 Ediles), se aprobó la siguiente resolución.-
VISTO: la iniciativa del Sr. Intendente Municipal para destituir al funcionario Gustavo VIGLIANTE por omisión.
CONSIDERANDO: I) que ante las inasistencias del funcionario se procedió a realizar el sumario correspondiente, aconsejando el abogado sumariante una sanción no inferior a diez días de suspensión;
II) que el Ejecutivo Comunal adopta el criterio de solicitar la venia para su destitución, no luciendo en los presentes obrados nuevos hechos que ameriten una medida tan dispar a la aconsejada por el abogado sumariante;
III) que no existe constancia en los presentes obrados de la adopción de sanciones previas al funcionario en atención a su desempeño irregular;
IV) que asimismo, y si bien no es un elemento determinante, se padeció error en el cómputo de las inasistencias del funcionario, dando mérito al inicio de estas actuaciones.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto:
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
R E S U E L V E :
1º.- No hacer lugar a la solicitud de venia de la Intendencia Municipal tendiente a destituir al funcionario Gustavo VIGLIANTE por la causal de omisión, y en base a los considerandos de la presente resolución.-
2º.- Comuníquese, etc.-
Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, el primer día del mes de junio de mil novecientos noventa.-
Fdo. DR. EDUARDO BENTANCOR, Presidente; ALEXIS A. PÉREZ, Secretario.-