DECRETO J.D.F.:07/1991
DESCRIPCIÓN: DESCUENTO DE IMPUESTOS POR PAGO CONTADO.
APROBACIÓN: 18/05/91
EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 1346/91- J.D.F. Lº 4 Fº 246
Ref. IMF. Exp. Nº1346/91 - JDF Lº 4 Fº 246. Descuento de impuestos por pago contado.-
En sesión de la fecha, y por mayoría de miembros presentes (16 en 27 Ediles), se sanciono el siguiente proyecto.-
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
D E C R E T A :
Art.1º.- Establécese un descuento del 15 % (quince por ciento) sobre el valor del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural del Ejercicio 1991 de las cuotas 3a.a 6a. inclusive a aquellos contribuyentes que las abonen al contado hasta el día 15 de Mayo de 1991.-
Art.2º.- Establécese un descuento del 12%(doce por ciento) sobre el valor del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana del Ejercicio 1991 y demás tributos que se cobran conjuntamente con este, excepto Tasa por Derecho de Expedición, de las cuotas 3a. a 6a.inclusive, a aquellos contribuyentes que las abonen al contado hasta el día 15 de mayo de 1991.-
Art.3º.- Establécese un descuento del 12%(doce por ciento) sobre el valor del Impuesto Patente de Rodados del Ejercicio 1991 de la 2a.cuota; a aquellos contribuyentes que abonen al contado hasta el día 15 de mayo de 1991.-
Art.4º.- Establécese un descuento del 12%(doce por ciento) sobre el valor del Impuesto Patente de Rodados del Ejercicio 1991 de la 3a. y 4a. cuotas a aquellos contribuyentes que abonen al contado hasta el día 30 de junio de 1991.-
Art.5º.- Los contribuyentes que hubieren abonado las referidas cuotas con antelación a este decreto tendrán derecho a que el descuento que les hubiere correspondido se acredite a vencimientos futuros del mismo tributo.-
Art.6º.- Comuníquese, etc.-
Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los dieciocho días del mes de mayo de mil novecientos noventa y uno.-
Fdo. MTRO. GERVASIO MARTINEZ, Presidente; ALEXIS A. PÉREZ, Secretario.-