RESOLUCION J.D.F.:35/1993

DESCRIPCION: APOYAR LA ENTREGA DE TIERRAS AL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACIÓN.-

 

APROBACION: 09/07/93

Ref. Apoyar la entrega de tierras al Instituto Nal. de Colonización.-

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (17 Ediles), se aprobó la siguiente resolución.-

VISTO: Que el 43% de los productores rurales tiene ingresos que lo colocan por debajo de la línea de pobreza.

Que en consecuencia, emigran del medio rural tres productores por día, situación que adquiere ribetes dramáticos para toda la sociedad ya que difícilmente vuelven al campo.

Que estas personas desarraigadas pasan a vivir en un medio extraño para ellos, lo cual los margina definitivamente.

Que esta expulsión de la tierra, aumenta la concentración de la misma en pocas manos.

Que esta situación es particularmente agravada si consideramos la creciente extranjerización de nuestras tierras (en actas del Senado del año 1986, ya se denunciaba la existencia de 1:250.000 Has. en poder de extranjeros).

Que de continuar esta tendencia, en el año 2.000 el 25 % del territorio nacional pertenecerá a capitales foráneos.

Que los grandes deudores del sector agropecuario, (los cuales no se han acogido a ninguna de las refinanciaciones otorgadas y teniendo su patrimonio comprometido en varias veces su valor), son solamente 248.

Que siendo solamente el 20 % de los productores endeudados, su deuda es el 80 % de la deuda del sector.

Que son propietarios de unas 340.000 Has. de campo.

Que los Bancos Central y República procederán a su liquidación por la vía del remate.

Que de procederse de esta manera se provocaría una acentuada caída del valor de la tierra y lo que es peor, dada la superficie a liquidar, los capitales extranjeros acentuaran su penetración territorial.

Que de suceder esto, el Estado perdería la posibilidad de iniciar acciones concretas para detener la migración campo-ciudad.

Que esos campos ya fueron "pagados" con los excesivos créditos otorgados, lo que posibilita su expropiación sin tener que realizar ningún esfuerzo económico.

CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Colonización fue creado hace más de 40 años por la Ley 11.029 en base a un consenso nacional sobre la necesidad de contar con una institución que promueva "una racional subdivisión de la tierra y su adecuada explotación, procurando el aumento y mejora de la producción agropecuaria y la radicación y bienestar del trabajador rural", tal como lo establece su articulo 1º.-

Que de acuerdo a una encuesta técnica realizada en el año 91, el Organismo cumple estrictamente con lo anteriormente expresado, ya que los colonos producen más y mejor que sus vecinos no colonos.

Que en consecuencia, aportan más al Estado según se puede ver en este cuadro:

Por IMESI se aporta 91% más que el no colono.

Por IVA se aporta 207$ más que el no colono,

Al Banco de PREVISION SOCIAL se aporta 117% más que el no colono.

Por IMAGRO se aporta 446% más que el no colono.

Por 3% se aporta 17% más que el no colono.

Que si consideramos la colonización desde el punto de vista social podemos decir:

EDUCACION: el 60% de los colonos curso Primaria, el 22% Secundaria, el 5% Universidad, el 3% UTU-Agraria, y otros estudios el 11%.

SALUD: el 70% tiene asistencia mutual.

VIVIENDA: el 86% posee vivienda decorosa.

Que si tenemos en cuenta los aportes impositivos extras más la renta que se paga por el campo, el colono aporta U$S66,27 por Ha/año al Estado.

Que si valoramos el área colonizada en U$S 700 (valor tierras y obras de infraestructura que viavilizan la colonia) tenemos que este "negocio" renta al Estado 9,46 % en moneda "dura", o dicho de otra manera, el Estado recupera el capital invertido en 10,5 años.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto:

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

             .- Solicitar al Poder Ejecutivo la expropiación y entrega al Instituto Nacional de Colonización de los campos de más de 750 Has., pertenecientes a deudores ante el Banco República y Banco Central.-

          .- Que paralelamente se disponga el crédito necesario para la viabilización de la obra colonizadora.-

          .- Apoyar ante las autoridades nacionales la modificación del Art. 35º de la Ley de creación del Instituto, Nº 11.029, de acuerdo a lo propuesto por su Directorio y con la finalidad de que sea nula toda venta de predios mayores a 1.000 Ha. que no cuente con la certificación del INC.-

          .- Remítase al Poder Ejecutivo, Ministerios de Economía, Ganadería, Agricultura y Pesca, Parlamento Nacional y restantes Juntas Departamentales solicitando su apoyo. 

 

Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los nueve días del mes de julio de mil novecientos noventa y tres.-

Fdo. ENRIQUE PELUAGA RIGALI, Presidente; ALEXIS A. PEREZ, Secretario.-