DECRETO J.D.F.:22/1993

DESCRIPCION: SANCIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL DEL GOBIERNO DEPARTAMENTAL, PERIODO 1993 Y SIGUIENTES.-

 

APROBACION: 29/10/93

Ref: Sanción definitiva de la Modificación Presupuestal del Gobierno Departamental, período 1993 y siguientes.-

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (23 Ediles), se sancionó el siguiente proyecto.-

VISTO: estos antecedentes remitidos por el Tribunal de Cuentas de la República, que en acuerdo celebrado el día 28-10-93 emitió su dictamen constitucional sobre el proyecto de Modificación Presupuestal del gobierno Departamental de Florida para los ejercicios 1993 y siguientes.

RESULTANDO: I) que en la citada resolución el Tribunal de Cuentas observa el proyecto de Modificación Presupuestal del Gobierno Departamental de Florida para los ejercicios 1993 y siguientes, únicamente en lo que se refiere en el Considerando 3, en virtud de lo expresado en los Resultandos 10 y 11;

II) que el Tribunal de Cuentas recomienda tener presente lo manifestado en los Considerados 4 y 5.

CONSIDERANDO: que la Junta Departamental de Florida habrá de aceptar la observación formulada y tendrá en cuenta las recomendaciones anunciadas.

ATENTO: a que se ha dado cumplimiento a las disposiciones constitucionales (Art. o., núm. o. y Art. o., o., o. y o.):

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

D E C R E T A :

          Art.1º.- Hágase lugar a la observación expresa en el Considerando 3 del dictamen del Tribunal de Cuentas de la República en su acuerdo de 28-10-93 y en su mérito la Intendencia Municipal deberá arbitrar nuevos recursos, o en su defecto, abatirse créditos presupuestales en forma que los superávit de recursos sobre gastos para los ejercicios 1993 y 1994 permitan la absorción del déficit de ejercicios anteriores.-

          Art.2º.- Téngase presente las recomendaciones señaladas en los Considerados 4 y 5 de la citada resolución del Tribunal de Cuentas.-

         Art.3º.- Téngase por definitivamente sancionado el proyecto de Modificación Presupuestal del Gobierno Departamental de Florida para los ejercicios 1993 y siguientes, teniendo presentes las observaciones y recomendaciones anunciadas.-

          Art.4º.- Comuníquese a la Intendencia Municipal de Florida y dese cuenta al Tribunal de Cuentas de la República.-

 

Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los veintinueve días del mes de octubre de mil novecientos noventa y tres.-

Fdo. ENRIQUE PELUAGA RIGALI, Presidente, ALEXIS A. PEREZ, Secretario.-