RESOLUCION J.D.F.:61/1994

DESCRIPCION: DONACIONES DE TERRENO A COVIADEOM PARA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS.-

 

APROBACION: 09/12/94

EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 2266(ANEXO 0956/93)- J.D.F. Lº 1 Fº 266

Ref. IMF. Exp. Nº 2266 (Anexo 0956/93) - JDF Lº 1 Fº 266. Donaciones de terreno a COVIADEOM para construcción de viviendas.-

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (22 Ediles), se aprobó la siguiente resolución.-

VISTO: Estos antecedentes referentes a donaciones de predios a ADEOM para la construcción de viviendas para funcionarios municipales.

RESULTANDO: Que en el marco de un plan de viviendas para funcionarios municipales, el Gobierno Departamental de Florida, había resuelto donar a ADEOM los padrones urbanos sitos en la ciudad de Florida Nros. 6363, 4084 fracción 1.733 (parte) y 4085, con destino a la construcción de viviendas.

Por escritura de fecha 22 de noviembre de 1993, se efectúo la donación del padrón Nº 4085 no habiéndose efectuado las escrituras de los demás padrones, habiéndose otorgado la venia correspondiente por la Junta Departamental.

CONSIDERANDO: I. Por contactos mantenidos con M.V.O.T.M.A surge que ADEOM por tratarse de una Asociación Civil por su objeto, no puede acceder a la línea de prestamos para construcción de viviendas otorgadas por dicho ministerio;

II. A estos efectos, los beneficiarios funcionarios municipales integrantes de ADEOM formaron una Cooperativa de Viviendas denominadas COVIADEOM Florida;

III. ADEOM a solicitado a la Intendencia Municipal, sustituir el donatario, por la sociedad Cooperativa COVIADEOM, como forma de poder acceder a los créditos del Ministerio, y poder cumplir con los fines propuestos de la construcción de las viviendas;

IV. Que a estos efectos, es necesario la venia de esta Junta Departamental (art.37 inc.2º de la Ley 9515 (LOM)), para rescindir la escritura de donación ya efectuada del padrón Nº 4085 y dejar sin efecto las venias y resoluciones correspondientes a los restantes padrones;

V. Requiriendo las venias correspondientes para donar a COVIADEOM la totalidad de los padrones mencionados, con destino a la construcción de viviendas para los funcionarios municipales Art.37 inc. 2º de la Ley 9515 (LOM);

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

          .- AUTORIZASE a la Intendencia Municipal a rescindir la donación efectuada a Adeom del Padrón urbano No.4085, dejándose sin efecto todas las resoluciones vinculadas a esa donación.-

          .- DEJASE sin efecto las venias y resoluciones que refieren a los padrones Nros. 6363, 4084 fracción 1 y 7333 (parte).-

          .- AUTORIZASE a la Intendencia Municipal a donar a COVIADEOM los padrones urbanos sitos en la ciudad de Florida, Nros. 6363,4084 fracción 1, 7333 (parte) y 4085,según planos y croquis agregados en los expedientes administrativos Nros. 956/93; 2266/93 y 2680/93, bajo condición de que las construcciones deberán iniciarse en un plazo no mayor a un año y la habilitación de las viviendas, dentro de los treinta y seis meses posteriores a su inicio. En caso contrario, los predios retornaran al dominio municipal.-

          .- COMUNÍQUESE, etc.-

 

Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro.-

Fdo. HORTENSIA TANOYRA ECHENAGUSIA, Presidenta; ALEXIS A. PEREZ, Secretario.-

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