DECRETO J.D.F.:12/1995
DESCRIPCION: NUEVA ESCALA DE VALORES FICTOS DE SEMOVIENTES, EN APLICACIÓN DEL IMPUESTO QUE GRAVA SU VENTA.-
APROBACION: 21/04/95
EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 0605/95- J.D.F. Lº 1 Fº 14
Ref. IMF Exp. 0605/95 - JDF Lº 1 Fº 14.- Nueva escala de valores fictos de semovientes, en aplicación del impuesto que grava su venta.-
En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (31 Ediles),se sancionó el siguiente proyecto.-
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
D E C R E T A:
Art. 1º.- La escala de valores fictos de los semovientes, en todos los casos de operaciones, a título oneroso o gratuito, en que se produzca la entrega de bienes con transferencias del derecho de propiedad o que se dé a quien lo recibe la facultad de disponer económicamente de ello como si fuera su propiedad y no se disponga de prueba documental suficiente a juicio de la Administración del precio real de la operación, para el cálculo del impuesto creado por Ley 12.700 concordantes y modificativas, será la siguiente:
CATEGORIA FICTO IMPUESTO
TOROS $ 1.200 $ 12.-
NOVILLOS + 3 $ 1.300 $ 13 .-
NOVILLOS 2 a 3 $ 800 $ 8 .-
NOVILLOS 1 a 2 $ 600 $ 6 .-
BUEYES $ 1.200 $ 12 -
VACAS $ 700 $ 7 .-
VAQUILLONAS + 2 $ 700 $ 7 .-
VAQUILLONAS 1 a 2 $ 500 $ 5 .-
TERNEROS/AS $ 300 $ 3 .-
CARNEROS $ 150 $ 1,50
OVEJAS $ 70 $ 0,70
CAPONES $ 80 $ 0,80
BORREGOS/AS(2 a 4 D) $ 70 $ 0,70
BORREGOS (D L) $ 50 $ 0,50
CORDEROS $ 50 $ 0,50
YEGUARIZOS $ 700 $ 7 .-
CAPRINOS $ 80 $ 0,80
CERDOS $ 400 $ 4 .-
CACHORROS $ 250 $ 2,50
LECHONES $ 150 $ 1, 50
Art. 2º.- Establécese que para las ventas de exportación, en caso de no conocerse en forma fehaciente el valor real de la transacción, se cobrará el doble de los valores fictos.-
Art. 3º.- Los fictos establecidos en los artículos anteriores, serán obligatorios diez días después de publicados en el Diario Oficial y en un periódico local.-
Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los veintiún días del mes de abril de mil novecientos noventa y cinco.-
(Firmado) JORGE FRUTOS COSIO, Presidente; MARTIN AMAYA SCHIAVONI, Secretario General.