Distribuido Nº 41/14

Florida, 16 de junio de 2014
Sr Edil (a)
PRESENTE
                                   Se transcriben proyectos emanados de comisiones asesoras del Organismo y que integrarán el Orden del Día de la sesión del próximo miércoles18 del corriente:

 

-- Comisión de Hacienda, Presupuesto y Peticiones

Ref. Trib. de Cuentas- Exp. 02442/14.- Remite observación parcial a Decreto JDF 14/14 por el cual se dispuso la exoneración del pago de tasas de contribución inmobiliaria a inmueble, en el marco de la exoneración y condonación otorgada a la Iglesia Católica.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
D E C R E T A:

Art. 1º.- HÁGASE lugar a la observación del Tribunal de Cuentas y en su mérito déjase sin efecto la exoneración dispuesta al padrón Nº 3098, que no integraba la iniciativa del Sr. Intendente.-
Art. 2º.- Modifícase el Decreto JDF 14/14 de 21 de marzo de 2014, estableciéndose la condonación de adeudos de las tasas correspondientes al Ejercicio 2013 de los siguientes padrones: 168 de C. del Sauce, 4074 y 549 de la ciudad de Florida, 3101,3102, 3103, 3104 y 3099 de Sarandi Grande; y la exoneración de las tasas correspondientes a dichos padrones generadas en el 2014, ambos beneficios ad referéndum del dictamen del Tribunal de Cuentas.-
Art.3º.- Remítase al Tribunal de Cuentas. Vuleto pase a la Intendencia.-

Conformes: Torres (Presidente), Montaño, Novo, Maidana, Matteo y Arrambide

Exposición de motivos:
                   Por decreto JDF 14/14 la Junta Departamental dispuso la condonación de adeudos de tasas a varios inmuebles propiedad de la Iglesia Católica y la exoneración de las mismas por el presente ejercicio. La Secretaría omitió un padrón y digitó erróneamente el número de otro al remitir el decreto al Tribunal de Cuentas, otorgando una exoneración que a un padrón inexistente en la iniciativa preceptiva del Sr. Intendente. 


Ref. IF Exp. Nº 0710/14- JDF Lº 14 Fº 82.- Proyecto de decreto tendiente a exonerar del impuesto de patente de rodados a vehículo de funcionario municipal, afectado a tareas encomendadas por la Alcaldía de Sarandí Grande.

Antecedente: Dist. Nº 17

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
D E C R E T A

Art. 1º.- Exonérase –ad referéndum del dictamen del Tribunal de Cuentas- del pago del 100% del impuesto de patente de rodados sobre el vehículo OAC Mat. 4940 propiedad del funcionario municipal Sr. Leonardo Clavijo Ficha 9467, que es utilizado por el funcionario para las tareas de electricidad del Municipio de Sarandí Grande; mientras la situación se mantenga incambiada y hasta que se destine un vehículo municipal a tales efectos.
Art. 2º.- Remítase al Tribunal de Cuentas. Vuelto pase a la Intendencia.

Conformes: Torres (Presidente), Montaño, Novo, Maidana.

En contra: Matteo y Arrambide

--Comisiones de Legislación y de Educación

Ref. IF. Exp. Nº 02091/14 - JDF. Lº 14 Fº 88.- Proyecto de decreto declarando de “Interés Departamental” composición musical del floridense Sergio Colombo en homenaje al campeonato mundial de fútbol en Brasil.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
D E C R E T A :

Art.1º .- Declárase de “Interés Departamental” la composición musical “Unidos Campeones”, del músico floridense Sergio Colombo Cambio, incluyéndose en la Categoría “C” del Decreto Departamental Nº 41/95.-
Art. 2º.- Comuníquese,etc.-

Conformes: Varela, Bentancor, Muñoz, Della Ventura y Amaro.

Exposición de motivos

                          El músico floriddense Colombo, de reconocida trayectoria no obstante su juventud, ha compuesto un  tema en homenaje al mundial de fútbol que se realiza en Brasil. Su obra ha tenido considerable éxito en las redes sociales e integrará próximamente el disco que editará. La Edila Magalí Martirena planteó la iniciativa para  que el Gobierno Departamental no fuera ajeno a su propuesta.

--Comisión de Legislación

Ref.IF. Exp. Nº 01349/14 – JDF Lº 14 Fº59.- Proyecto de decreto declarando de "Interés Departamental" a las competencias de mountain bike que se realizan en nuestra ciudad.

Antecedente: Dist. Nº 25/14

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
D E C R E T A :

Art.1º .- Declárase de “Interés Departamental” las competencias de mountain bike que se realizan en nuestra ciudad y que la fecha son los siguientes: “Revancha de la Vuelta Cerros de la Macana” en el mes de marzo, “Campeonato Departamental” varias competencias entre los meses de julio y agosto, y “Vuelta Cerros de la Macana”, incluyéndose las mismas en la Categoria “C” del Decreto Departamental Nº 41/95.-
Art. 2º.- Comuníquese,etc.-

Conformes: Varela, Bentancor, Muñoz, Della Ventura y Amaro

Exposición de motivos

               El Edil Departamental Jesús Bentancor ha planteado la presente propuesta,  en el entendido que la difusión y convocatoria que ha tenido las competencias de mountain bike en nuestra ciudad amerita la declaración que la Comisión de Legislación aprobó. Se recoje en la norma el calendario actual de la ciudad de Florida en dicha rama deportiva.- 

Ref. IF. Exp.Nº 02240/13 - JDF Lº14  Fº 106.- Autorización a la Intendencia Municipal para instalar muro con reproducción de la obra “Guernica” de Picasso en la entrada sur a la ciudad.

Antecedente: Dists. Nº 4/14.

VISTO: estos antecedentes referidos al interés de la Intendencia a recrear en la entrada de nuestra ciudad la célebre obra de Picasso “Guernica”, y que el homenaje conlleve la formación de una comisión para que su inauguración cuente con la participación de integrantes de las colectividades relacionadas;
CONSIDERANDO: 1) Que se cuentan con las autorizaciones respectiva,
                                   2) Que la copia de la pintura será realizada por el artista Sr. Jorge Romero, según detalle anexos a la actuación 8, artista que ha plasmado en diversos puntos de la ciudad su impronta personal.
                                  3) Que la obra tiene un profundo significado y recuerda a un hecho de horror de la 2da. Guerra Mundial en tierras vascas,
ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el Art. 37 numeral 3ero. de la Ley Nº. 9.515

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
R E S U E L V E  :

.- AUTORÍZASE  a la Intendencia de Florida a levantar un muro en el acceso sur de la ciudad de Florida y representar en él la obra pictórica “Guernica” de Pablo Picasso, de acuerdo a las características técnicas que lucen en el presente expediente.-
2º.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Floridfa a instalar una placa en dicho muro,  la que expresará el nombre de la obra, su autor, referencia histórica, del muralista floridense, nombre del Intendente de Florida y fecha de inauguración.-
.- Pase a la Intendencia a sus efectos.-.

Conformes: Varela, Bentancor, Muñoz, Della Ventura y Amaro

 
Ref. IF: Exp. Nº 00965/13 – JDF Lº 14 Fº 84.- Autorización a la Intendencia de Florida a transigir en proceso judicial sobre destino a darse a partida de dinero aportada por la empresa adjudicataria de sala de entretenimientos.-

VISTO: estos antecedentes relacionados con la partida de U$S 100.000 (dólares estadounidenses cien mil) que la firma GADAMIX S.A, en oportunidad que se le otorgara la autorización para explotar una sala de slots,  aceptó destinar ante las autoridades de la Dirección Nacional de Casinos al Hipódromo “Irineo Leguisamo” de la ciudad de Florida
RESULTANDO: 1) Que la Administración Municipal consideró desde un principio que debía destinarse un porcentaje mayoritario del dinero para refacción de la Plaza de Deportes de Florida, posición que contó con el aval de las autoridades del Jockey Club Florida.-
                       2) Que la Intendencia, entendiendo que se trataba de una donación,  inició proceso judicial para destinar un sesenta por ciento de la partida en refaccionar la Plaza de Deportes y el restante dinero al hipódromo local.-
                        3) Que el Ministerio de Economía y Finanzas -Dirección General de Casinos, se presentó al proceso judicial objetando la pretensión de la Intendencia, afirmando que el dinero abonado por Gadamix S.A. no lo fue a titulo de donación sino que integra el precio, tratándose de una Estipulación para Otro.
                        4) Asimismo, considera que más allá de la naturaleza jurídica del aporte, la suma pretendida para invertir en la Plaza de Deportes resulta excesiva y que aceptaría una formula en sentido contrario, siendo el mayor beneficiario el hipódromo referido.
                       5) Que en aras de poner fin al litigio y de contar con el consentimiento de la Dirección General de Casinos, se estima conveniente transigir el asunto en los términos referidos en el numeral anterior.
ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el numeral 11 del articulo 35 de la ley No.  9.515;

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA,
R E S U E L V E :

.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a transigir el proceso judicial que se tramita en autos caratulados "INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. AUTORIZACIÓN" IUE 261- 958/2013, en los siguientes términos: a) Destinar al Hipódromo “Irineo Leguisamo” de nuestra ciudad, el 60 % (sesenta por ciento) de los U$S 100.000 abonados por Gadamix S.A., b) el restante 40 % (cuarenta por ciento) destinarlos a refacciones en la Plaza de Deportes de nuestra ciudad.-
.- Pase a la Intendencia a sus efectos.-

Antecedente: Dist. Nº  38/14

Conformes: Varela, Bentancor, Della Ventura y Amaro.-

LA SECRETARÍA