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Comisión de Cultura - Cordón de Girasol

El sábado 13 de julio a las 14:30 hs. en el MAVEA (Ursino Barreiro 418), se realizará un conversatorio referente al proyecto “Cordón de girasol”. La actividad tuvo como iniciativa el planteamiento de la Sra. edil Natalie Suárez, quien propuso realizar este evento en Florida con las fundadoras del proyecto. Su símbolo, un collar colorido y con dibujos de girasoles, nos ayuda a comprender y mostrar empatía hacia las personas que lo usan, que pueden estar en situación de discapacidad o condición no visible.

 

RESOLUCION J.D.F.:29/1997

DESCRIPCION: AUTORIZACION A LA INTENDENCIA MUNICIPAL PARA LA ADQUISICIÓN DE FRACCION DE TERRENO Y POSTERIOR DONACIÓN A COOPERATIVA DE VIVIENDAS DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES (COVIMUSA).

 

APROBACION: 20/06/97

ACTA 76/1997

EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 2146/97- J.D.F. Lº 1 Fº 49

Ref. IMF Exp. 2146/97 - JDF Lº 1 Fº 49.- Autorización a la Intenden­cia Municipal para la adquisición de fracción de terreno y posterior donación a Cooperativa de Viviendas de Funcionarios Municipales (COVI­MUSA).-

En sesión de la fecha, y por mayoría que se expresarán, se aprobó la siguiente resolución.-

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

            .- AUTORIZASE a la Intendencia Municipal a comprar parte del Padrón Nº 1401, sito en la manzana 160 de la 10ma Sección Judicial del Departamento, con una superficie de 5.316,35 m2, según plano de fraccionamiento del Ing. Agrim. Sergio Gil Lerena inscripto en la Dirección General de Catastro el 27 de Octubre de 1994 con el Nº 6415; a un precio de 220 U.R (doscientos veinte unidades reajusta­bles) equivalentes al costo de construcción por parte de la Comuna, de las calles necesarias para la realización del fraccionamiento.-­

(Votado por unanimidad, 30 Ediles).

            .- AUTORIZASE a la Intendencia Municipal a donar el bien citado a la Cooperativa de Viviendas de Funcionarios Municipales de Sarandí Grande (COVIMUSA).-

(Votado por unanimidad, 30 Ediles).

            .- Establécese que la construcción se deberá comenzar en un plazo no mayor de dos años a partir de la efectivización de la dona­ción, vencido el cual de lo contrario, el bien retornara al dominio municipal.‑

(Votado por mayoría, 29 en 30 Ediles).

            .- Comuníquese, etc.-

 

Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los veinte días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete.-

Fdo. JAVIER FERNANDEZ, Presidente; ALEXIS A. PEREZ, Secretario.-