RESOLUCIÓN JDF Nº  30/2013

DESCRIPCIÓN: Criterios de funcionamiento de la Comisión de seguimiento creada por el Art. 4º del Decreto JDF Nº 19/13 de fecha 29 de agosto de 2013.

APROBACIÓN: 29 de agosto de 2013

ACTA 79/13 Extraordinaria


En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (31 ediles), se aprobó el siguiente proyecto:


VISTO Y CONSIDERANDO: la Comisión de seguimiento creada por el Art. 4º del Decreto JDF Nº 19/13;

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
R E S U E L V E :

.- Establécese que la Comisión de seguimiento, con el cometido de controlar el cumplimiento de las condiciones resolutorias y contraprestaciones impuestas al Grupo Patagonia Realty Advisors en mérito al emprendimiento hotelero, creada en el Decreto Nº 19/13; se regirá por los siguientes criterios.
.- Dicha Comisión se integrará por el Presidente de la Junta Departamental y un Edil Departamental o Suplente de Edil por cada Bancada del Organismo.
.- Las mismas comunicarán a la Presidencia de la Junta Departamental el nombre del integrante que la representará, el cual podrá ser sustituido en cualquier momento mediante comunicación a la Presidencia de la Bancada interesada.
.- El quórum necesario para sesionar se conformará con dos (2) integrantes de la Comisión.
.- La Comisión asesorará a la Junta Departamental en el ejercicio de las facultades de control que son propias a este organismo. Si en el transcurso de su actuación la Comisión verificara el incumplimiento de cualquiera de las condiciones resolutorias o contraprestaciones impuestas a la empresa, deberá comunicar por un medio fehaciente y en forma inmediata de tal circunstancia, al Intendente y ala empresa obligada.
.- La Comisión podrá, en cualquier momento y por resolución adoptada por la mayoría de sus integrantes, formular informe/s de sus actuaciones debiéndose remitir al Intendente Municipal y a la empresa para su conocimiento. La Intendencia Municipal y la empresa podrán formular observaciones a dicho/s informe/s dentro de un plazo de quince días corridos. Vencido el mismo, -con o sin formulación de observaciones por parte de la Intendencia Municipal o la empresa-, el o los informes serán puestos a consideración del plenario de la Junta Departamental, la cual deberá expedirse en un plazo de diez (10) días hábiles.
.- Las resoluciones que el Organismo adopte sobre los temas de competencia de la Comisión, deberán contar con el voto conforme de dos tercios (21 votos) del total de componentes.
.- Hágase saber a la Intendencia y a la empresa inversora.-

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los veintinueve días del mes de agosto de dos mil trece.-

(Fdo.) CAYETANO STOPINGI FERNÁNDEZ, Presidente; ALEXIS LISSIO IRIGARAY, Secretario General