ESOLUCION J.D.F.:46/1998
DESCRIPCION: DEROGAR ART. 21º DEL DECRETO J.D.F. Nº 20/98 DE 7 DE AGOSTO DE 1998.-
APROBACION: 04/09/98
Ref. Derogar Art. 21º del Decreto J.D.F. Nº 20/98 de 7 de agosto de 1998.-
En sesión de la fecha, y por las mayorías que se expresarán, se aprobó la siguiente resolución.-
VISTO: el informe remitido por el Tribunal de Cuentas de la República al Decreto JDF Nº 20/98 de 7 de agosto de 1998, referido al Plan de Egreso Voluntario Incentivado en el Gobierno Departamental de Florida.
RESULTANDO: I) que el Tribunal observa lo dispuesto en el art. 21º del mencionado decreto, el cual declara el cese de todo funcionario designado por la Intendencia Municipal de Florida a partir del 1º de enero de 1998 y la rescisión de todo contrato unipersonal de obra a partir de la fecha mencionada, atento a que el mencionado artículo carece de la iniciativa del Ejecutivo Comunal (Considerando 4, 5 y 6 del dictamen referido).
II) que asimismo el dictamen establece que la Junta Departamental deberá dictar la resolución correspondiente en cuanto a la aplicación del mencionado decreto en su ámbito, estableciendo con precisión la forma de financiamiento del gasto y el momento en que comenzará su aplicación (Considerando7),
CONSIDERANDO: I) que este Organismo aceptará la observación del Tribunal al Art. 21º, al no haberse dado cumplimiento a lo dispuesto por los Arts. 62º y 275º numeral 5) de la Constitución, y Art. 35 num. 4º de la Ley 9515.
II) que se encomendará a la Comisión de Legislación proyecte la normativa que regulará la aplicación del Decreto JDF Nº 20 en el ámbito de la Junta Departamental, de acuerdo a las directivas impartidas por el Tribunal.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA,
R E S U E L V E :
1º.- ACEPTASE la observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República al Art. 21º del Decreto J.D.F. Nº 20/98 de 7 de agosto de 1998 y en su mérito anúlase el mismo desde la fecha de emisión del acto.-
(Votado por mayoría de 25 en 26 Ediles).
2º.- ENCOMIENDASE a la Comisión de Legislación que estructure la aplicación del mencionado decreto en el ámbito de la Junta Departamental y de acuerdo a las directivas impartidas por el Tribunal de Cuentas de la República.-
(Votado por unanimidad de 27 Ediles).
3º.- Comuníquese al Tribunal de Cuentas e Intendencia Municipal de Florida.-
Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los cuatro días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y ocho.-
Fdo. Mtra. SONIA CUELLO DE ACEVEDO, Presidenta; Lic. MARTIN AMAYA SCHIAVONI, Secretario General.-