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Comisión de Cultura - Cordón de Girasol

El sábado 13 de julio a las 14:30 hs. en el MAVEA (Ursino Barreiro 418), se realizará un conversatorio referente al proyecto “Cordón de girasol”. La actividad tuvo como iniciativa el planteamiento de la Sra. edil Natalie Suárez, quien propuso realizar este evento en Florida con las fundadoras del proyecto. Su símbolo, un collar colorido y con dibujos de girasoles, nos ayuda a comprender y mostrar empatía hacia las personas que lo usan, que pueden estar en situación de discapacidad o condición no visible.

 

DECRETO J.D.F.:31/2001

DESCRIPCION: EXONERACIONES A CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO DE CONTRIBUCIÓN INMOBILIARIA RURAL.-

APROBACION: 16/11/01

ACTA 35/2001

EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 16574/01- J.D.F. Lº 2 Fº 198

Ref. IMF Exp. Nº 16574/01 - JDF Lº2 Fº 198.- Exoneraciones a contri­buyentes del impuesto de contri­bución inmobi­liaria rural.-

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (27 Ediles), se sancionó el siguiente proyecto.-

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

D E C R E T A :

            Art.1º.- Establécese que no se aplicará multa por mora y se reducirán los recargos generados en un cincuenta por ciento, a los contribuyen­tes que teniendo pagada la primera cuota del impuesto Contribución Inmobiliaria Rural del año 2001, paguen o realicen convenio de pago de la segunda y tercera cuota del año hasta la fecha del vencimiento de la cuarta cuota, condicio­nando el pago de ésta.-

            Art.2º.- Establécese que no se aplicará multa por mora y se reducirán los recargos generados en un ochenta por ciento, a los contribuyentes del impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural del año 2001, que incluidos en convenios de pago con asociaciones sin fines de lucro, hayan pagado la primera cuota del mismo y paguen o realicen convenio de pago de las cuotas vencidas hasta la fecha de vencimiento de la cuarta cuota, condicionando al pago de ésta.-

            Art.3º.- Los convenios a celebrar serán en hasta tres cuotas mensua­les, con las condiciones de financiación vigentes.-

            Art.4º.- El presente proyecto se aprueba "ad referéndum" del dictamen del Tribunal de Cuentas.-

            Art.5º.- Remítase al Tribunal de Cuentas. Comuníquese a la Intenden­cia Municipal.-

Sala de Sesiones "Gral. José Artigas", en Florida, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil uno.-

Fdo. RAMON RODRIGUEZ ALBANO, Presidente; HUGO GIORDANO, Secretario General.-

Relacionado con Resolución JDF Nº 0064/2001