DECRETO J.D.F.:19/2001

DESCRIPCION: PROYECTO DE DECRETO EXONERANDO DEL IMPUESTO DE CONTRIBUCIÓN INMOBILIARIA URBANA A SEDE DE LA ASOCIACIÓN DE PASIVOS DE CARDAL.-

 

APROBACION: 03/08/01

ACTA 28/2001

EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 12695/01- J.D.F. Lº 2 Fº 113

Ref. I.M.F. Exp. Nº 12695/01 - JDF Lº 2 Fº 113.- Proyecto de decreto exone­rando del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Urbana a sede de la Asocia­ción de Pasivos de Cardal.-

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (29 Ediles), se sancionó el siguiente proyecto.-

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
D E C R E T A
:

            Art.1º.- EXONERASE "ad referéndum" del dictamen del Tribunal de Cuentas, del impuesto de contribución inmobiliaria a la Asociación de Pasivos de Villa Cardal, respecto a su sede social, padrón  Nº 588 sito en la Manzana 22 de la Octava Sección Judicial del Departamento de Florida.-

            Art.2º.- La mencionada asociación deberá acreditar anualmente la propiedad del inmueble descrito para acogerse a la exoneración pre­vista en el artícu­lo 1º.-

            Art.3º.- Pase al Tribunal de Cuentas. Comuníquese a la Intendencia Muni­cipal.-

Sala de Sesiones "Gral. José Artigas", en Florida, a los tres días del mes de agosto de dos mil uno.-

Fdo. RAMON RODRIGUEZ ALBANO, Presidente; HUGO GIORDANO, Secretario General.-