RESOLUCION J.D.F.:81/2002

DESCRIPCION: AUMENTO SALARIAL A LOS FUNCIONARIOS DEL ORGANISMO

 

APROBACION: 30/12/02

ACTA 61/2002 Extraordinaria

Ref. Aumento salarial a los funcionarios del Organismo. .-

En sesión de la fecha, y por mayoría de miembros presentes (25 en 28 Ediles), se aprobó la siguiente resolución.-

Visto: la necesidad de establecer el aumento a los funcionarios del Organismo atento a la suspensión de ajuste cuatrimestral ocurrido en el mes de setiembre y el acuerdo que la Comuna y su gremio acordaron en convenio autorizado en la fecha.

Considerando: que se entiende conveniente establecer similares crite­rios que los adoptados para los funcionarios de la Inten­dencia.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

            .- A partir del 1º de diciembre de 2002, otorgase a los fun­cio­narios del Organismo un aumento del ocho por ciento en sus sueldos básicos vigentes al 31 de agosto de 2002.

            .-  Al nominal resultante, se le procederá a descontar los aportes personales al Banco de Previsión Social e impuestos que gravan las remuneraciones y de ese monto final, otorgase a los fun­cionarios del Organismo hasta  el 20% en prestaciones por concepto de alimentación mediante el sistema de ticket.

            .-  Resultante de los anteriores numerales, la retribu­ción líquida que percibirá cada funcionario en efectivo, será el resultan­te de deducir del nominal establecido en el numeral 1º,  las sumas a servir por concepto de alimentación y de aplicar a esa diferencia los aportes obreros.

            .- Otorgase a los funcionarios del Organismo un monto total equivalente al monto que hubiere correspondido por los meses de setiembre a noviembre de acuerdo a las normas prece­dentes, incremen­tado en un doceavo.

            .- El pago de dicho monto se realizará en cuotas no menores a $ 200 mensuales y consecutivas a partir de enero de 2003 y una final menor por el saldo. Dichas cuotas se reajusta­rán en las mismas oportunidades y proporciones que lo haga su sueldo. Se admite antici­par cuotas por hasta el 25% del total, para el pago de impuestos y tasas municipales de las que es sujeto pasivo el funcionario, lo que se efectivizará contra recibo de pago de dichos impuestos.

            .- Se acumulará al total de las transferencias a las unidades familiares, otros haberes que por efecto de las normas prece­dentes deban ser reliquidados.

            .- Dejase sin efecto la vigencia del ajuste de sueldos por la variación del índice de Precios al Consumo por el perío­do comprendido entre el 1º de setiembre de 2002 y 31 de mayo de 2003, no aplicándose los aumentos que hubieren correspondido los próximos 1º de enero y 1º de mayo de 2003.Sin perjuicio de ello, los sueldos de los funcio­narios del Organismo se ajusta­rán a partir del 1º de mayo de 2003 en el porcentaje que se otorgue a los funcionarios de la Intendencia Municipal.

            A partir del 1º de setiembre de 2003 regirá el ajuste correspon­diente por la variación del Índice de Precios al Consumo del cuatri­mestre anterior.

            .- A partir del 1º de diciembre de 2002 y mientras se encuen­tre vigente el régimen de Ticket Alimentación, se otorga­rá una suma complementaria al Salario Vacacional equivalente al 20% del resultan­te de descontar a la escala de fictos, porcentajes iguales a los correspondientes a aportaciones personales de Seguridad Social e impuestos que graven las remuneraciones, pagadera conjuntamente con este.

            .- En caso que por cualquier circunstancia. se haga imposible el cumplimiento y/o la implementación del sistema de ticket alimenta­ción; automáticamente se incrementará el sueldo básico nominal del funcionario con el monto del ticket servido en el mes anterior.

            10º.- Facúltase al Sr. Presidente del Organismo a efectos de realizar las tratativas del caso para incorporar a los funcio­narios del Organismo al régimen de Ticket Alimentación que la Comuna se encuentra implementando con el Centro Comer­cial de Florida.

            11º.- Remítase al Tribunal de Cuentas de la República a sus efectos e incorpórase la presente normativa en la próxima instancia presupuestal.

 

Sala de Sesiones "Gral. José Artigas", en Florida, a los 30 días del mes de diciembre de dos mil dos.-

Fdo. RAMON RODRÍGUEZ ALBANO, 1er. Vicepresidente, HUGO GIORDANO CASTRO, Secretario General.