RESOLUCION J.D.F.:42/2002
DESCRIPCION: SOLICITAR A LAS AUTORIDADES SE INSTRUMENTE LA PARTIDA DISPUESTA POR EL PARLAMENTO PARA EL PAGO DE LA CUOTA MUTUAL DE MAESTROS Y PERSONAL NO DOCENTE DE PRIMARIA.-
APROBACION: 02/08/02
Ref. Solicitar a las autoridades se instrumente la partida dispuesta por el Parlamento para el pago de la cuota mutual de maestros y personal no docente de primaria.-
En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (25 Ediles), se aprobó la siguiente resolución.-
VISTO: la solicitud de apoyo elevada por la Junta Departamental de Lavalleja tendiente a reclamar se efectivice el pago de la cuota mutual a los maestros.
CONSIDERANDO: I) Que la Ley 17.453 del 28 de febrero de 2002, dispuso en su artículo 46 destinar una partida de cien millones de pesos anuales a los efectos que la Administración Nacional de Educación Pú-blica se hiciera cargo de la cuota mutual de los maestros y en caso de excedente de la misma de los funcionarios no docentes de la ense-ñanza primaria
II) que a la fecha, y no obstante el tiempo transcurrido desde la aprobación de dicha norma por parte del Parlamento Nacional, aún no se ha instrumentado por las autoridades el cumplimiento de la misma,
ATENTO: a lo precedentemente expuesto,
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
R E S U E L V E :
1º.- SOLICITAR a las autoridades competentes el cumplimiento del
Art. 46º de la Ley 17.453, disponiendo el pago de la cuota mutual de los maestros.-
2º.- Remítase al Ministerio de Economía y Finanzas, Administración Nacional de Enseñanza Pública y Junta Departamental de Lavalleja.-
Sala de Sesiones "Gral. José Artigas", en Florida, a los dos días del mes de agosto de dos mil dos.-
Fdo. DR. ARTURO ECHEVERRIA RODRIGUEZ, Presidente; HUGO GIORDANO, Secretario General.-