RESOLUCION J.D.F.:53/2001
DESCRIPCION: SE DEJA SIN EFECTO LA CONDICION ESTABLECIDA EN EL NUMERAL 2º DE LA RESOLUCIÓN J.D.F. Nº 8/94 RELACIONADA CON DONACIÓN DE TERRENO A COOPERATIVA DE VIVIENDAS MUNICIPALES DE VILLA 25 DE MAYO.-
APROBACION: 01/11/01
EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 3924/93- J.D.F. Lº 2 Fº 190
Ref. IMF Exp. Nº 3924/93 - JDF Lº 2 Fº 190. Se deja sin efecto la condición establecida en el numeral 2º de la Resolución JDF Nº 8/94 relacionada con donación de terreno a Cooperativa de Viviendas Municipales de Villa 25 de Mayo.-
En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (27 Ediles), se aprobó la siguiente resolución.-
VISTO: que por Resolución JDF Nº 8/94, se acordó autorizar a la Comuna la donación de un predio a la Cooperativa de Viviendas de Funcionarios Municipales de 25 de Mayo, condicionada al inicio de las obras en el plazo de un año a contar de la donación; autorización que se efectivizó en la escritura de donación de fecha 27 de setiembre de 1994.
CONSIDERANDO: que de acuerdo a lo expresado por el Sr. Escribano municipal Victor Valdez en fs. 17 vlto. a fs 19, el Banco Hipotecario del Uruguay a efectos de la liberar el monto del préstamo ya otorgado -lo cual permitiría el inicio de las obras- exige la eliminación de la condición impuesta.
ATENTO: a lo expuesto,
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
R E S U E L V E :
1º.- Déjase sin efecto la condición establecida en el numeral 2do. de la Resolución JDF Nº 8/94, por la cual se donó a la Cooperativa de Viviendas de Funcionarios Municipales de 25 de Mayo (COVIFUM 2) el padrón 1185 de la 8va.Sección Judicial de Florida.-
2º.- Pase a la Intendencia MUnicipal a sus efectos.-
Sala de Sesiones "Gral. José Artigas", en Florida, el primer día de noviembre del dos mil uno.-
Fdo. NELSON INFANTE, 1er.Vicepresidente; HUGO GIORDANO, Secretario General.-