DESCRIPCION: MODIFICACION PRESUPUESTAL DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE FLORIDA 2008-2010.-
APROBACION: 21/09/07
ACTA: 58/07
EXPEDIENTE: I.M.F. OF. Nº 143/07- J.D.F. Lº 8 Fº 45
Ref: I.M.F. Of. Nº 143/07 – J.D.F. Lº 8 Fº 45.- Modificación Presupuestal de la Intendencia Municipal de Florida 2008-2010.-
En sesión de la fecha, votado en general por mayoría (16 en 31 Ediles), y en particular por las mayorías que se indicarán en anexos integrantes de este decreto, se sancionó el siguiente proyecto:
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
D E C R E T A :
CAPÍTULO I – FUNCIONARIOS
Art. 1º.- Se encomienda al Gobierno Departamental la confección de una estructura funcional de los cargos presupuestados y contratados que se adecue a los objetivos de mejora de gestión de los servicios comunales prestados por la Intendencia de Florida.
Art. 2º.- Autorízase al Sr. Intendente a reformular la estructura organizacional de la Intendencia Municipal de Florida y proceda a la aprobación de la reestructura de cargos y puestos de trabajo vinculada a la misma. La mencionada estructura de cargos deberá contar con el asesoramiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil con la participación de ADEOMy no podrá implicar costo presupuestal.
Dicha estructura será comunicada a la Junta Departamental, quien tendrá un plazo de 90días para su análisis. Vencido dicho plazo sin pronunciamiento en contra, se tendrá por definitivamente aprobada. A efectos de lograr una mayor celeridad en los procedimientos, las comunicaciones y aprobaciones podrán efectuarse por programa a demanda de la Intendencia Municipal.
Art. 3º.- Autorízase la presupuestación del personal contratado de la Intendencia. Este proceso se realizará por concurso de oposición y méritos o de méritos y antecedentes yse considerará la antigüedad como un elemento a ser tenido en cuenta, a medida que lo requieran las necesidades del servicio y en base a los perfiles definidos para cada cargo.
El ingreso de estos funcionarios al escalafón presupuestal se producirá por el último grado ocupado. Cuando ello implique una retribución menor a la que el funcionario percibe, la diferencia se considerará como una compensación de carácter personal, que se irá absorbiendo con los sucesivos ascensos y que recibirá los mismos aumentos que el resto de las retribuciones salariales.
Estos funcionarios podrán presentarse a los concursos que se efectúen para la provisión definitiva de los cargos del mismo nivel de los que estaban contratados.
Si el funcionario que percibe la compensación personal referida en el segundo párrafo de este artículo, no compareciere a concursar teniendo la posibilidad de hacerlo, o perdiera el concurso, perderá automáticamente la partida.
Art. 4º.- Autorízase al Sr. Intendente a regularizar aquellas situaciones en que existan funcionarios presupuestados o contratados que, detentando un cargo en un escalafón, se encuentre desempeñando tareas propias de cualquier otro escalafón por un plazo mínimo de un año y reúna las condiciones de formación y experiencia exigidas para ingresar en el mismo. La transformación del cargo se realizará siempre que sea imprescindible para el mejor funcionamiento de los servicios y el funcionario se haya desempeñado en forma satisfactoria a juicio del Director General de la Unidad a la que pertenezca. El nivel retributivo del nuevo cargo regularizado podrá ser de hasta 2 grados por encima del sueldo básico de su nivel de origen. Esta autorización caducará el 30 de junio de 2008.
Art. 5º.- Se encomienda al Ejecutivo Departamental que estudie y resuelva todos los casos de funcionarios que actualmente perciban compensación por diferencia por reestructura.
Se regularizarán ajustado a derecho, aquellos donde no se esté liquidando debidamente.
Art. 6º.- Se crea la Hora Docente, la misma tendrá un valor equivalente a la 150 avas partes del sueldo del grado 6 del escalafón J. Se faculta a la IMF a contratar por esta modalidad las horas necesarias para capacitar a los funcionarios y/o a la población del Departamento de Florida. El tope máximo para esta contratación será de hasta 150 horas docentesmensuales.
Cuando la tarea sea desempeñada por funcionarios de la IMF, autorizase el pago de una compensación equivalente a la diferencia entre su sueldo y el valor de las horas docentes, por el período efectivamente trabajado.
Art. 7º.- Se crea un sistema de compensaciones aplicables a funcionarios que para el desempeño de sus tareas resulte necesario para su traslado conducir vehículos de la Intendencia. El mismo consistirá en designar un Titular y un Suplente que deberán cumplir con los requisitos de chofer y realizar las tareas del servicio. La misma será, en el caso del titular 25% del Grado 4 y del Suplente, un 5% del mismo grado. La Intendencia con la consulta a ADEOMreglamentara los servicios que se incorporaran a dicho sistema.
Art. 8º.- Autorízase al Sr. Intendente Municipal, a otorgar una compensación de hasta el 30 % sobre el sueldo básico a aquellos funcionarios que, por la índole de la tarea a cumplir por imperio de necesidades del servicio, deban prestar funciones en régimen a la orden. En ningún caso se adicionará esta compensación al régimen estipulado en el artículo 43 de la Ampliación Presupuestal 1996.
Art. 9º.- Incorpórase al artículo 42 de la Ampliación Presupuestal 1996 las tareas de soldadores, chapistas, pintura de vehículos, manejo de baterías y de martillo neumático.Al estudiarse la reestructura planteada en el Art. 2º, podrán incorporarse otras tareas .
Art. 10º.- Autorízase la contratación de becarios cuya retribución se asimilará al grado 1 Peón, en jornadas de 6 horas diarias, hasta un máximo de 30 horas semanales y un año de duración.
Art. 11º.- Autorízase a celebrar contrato de función publica con los titulares de las empresas unipersonales que vienen desempeñando tareas en forma ininterrumpida por mas de 5 años, asimilándolos al escalafón y grado acorde a su respectiva capacidad técnica o profesional.
A tales efectos se incorporan en el Programa 1.03 – Hacienda un cargo B6 Técnico II y un cargo B7 Técnico I, Escalafón Técnico contratados, cuya remuneración será atendida con los ahorros producidos con el cambio de relación laboral propuesto en el párrafo anterior.
Asimismo, se regularizará la situación especial generada con el funcionario que realiza funciones en la Dir. de Administración – Div. Abastecimientos desde el mes de marzo de 1995, contratándolo en el Grado 4 del Escalafón Administrativo, Programa 1.07- Administración. Previo a su contratación deberá presentar renuncia a su cargo en el Ministerio del Interior.
Art. 12º.- Autorízase a aplicar con carácter experimental el nuevo Sistema de Evaluación que integra el presente articulado, por el plazo de un año y con el propósito de realizar las modificaciones que pudieran surgir en el proceso de implementación. El Intendente Municipal estará facultado a aprobar este sistema en forma definitiva en común acuerdo con ADEOM y la anuencia de la Junta Departamental de Florida.
Art. 13º.- Autorízase al Sr. Intendente a realizar un nuevo reglamento de concurso de ascensos para los funcionarios municipales bajo la supervisión de la Oficina Nacional de Servicio Civil y en acuerdo con ADEOM. La Junta Departamental procederá a su aprobación definitiva.
Art. 14º.- Encomiéndase a la Intendencia Municipal el estudio de un sistema de “retiro incentivado” de sus funcionarios a efectos de mejorar la composición de edades y capacitación profesional .
CAPÍTULO II – ESTRUCTURA
Art. 15º.- Modifícase la estructura funcional de las Juntas Locales en los siguientes términos:
a) El actual cargo de Secretaría de Junta Local de Sarandi Grande pasará al siguiente grado y escalafón:
Grado 8 - Escalafón Directivo - Secretario de la Junta Local de Sarandí Grande.
b) Las funciones inherentes de todos los cargos de secretarios de Juntas locales serán desempeñadas por funcionarios municipales designados por el Intendente a propuesta de la Junta Local respectiva. La asignación de dichas funciones se realizará con el consentimiento del funcionario, por el período máximo de gobierno, sin perjuicio de poder de revocarla en cualquier momento.
c) La retribución de las funciones de la Secretaría de las Junta Local de Sarandí Grande será el equivalente a la del grado 8 del Escalafón Directivo; las de las Juntas Locales de Casupá, al Grado 6 del Escalafón Administrativo y las restantes, a la del Grado 5 del Escalafón Administrativo. De recaer la asignación en funcionarios que ocupen grados inferiores, inclusive de escalafones distintos al Administrativo, la retribución se complementará con una compensación equivalente a la diferencia entre su sueldo y la fijada para los distintos Grados, según corresponda. De recaer en funcionarios que ocupen cargos superiores, mantendrán el sueldo correspondiente a su cargo.
d) Los funcionarios municipales que desempeñen funciones de Secretarios de Juntas Locales, según lo previsto en los artículos anteriores, una vez finalizada la asignación, volverán a desempeñar las funciones de su cargo presupuestal o contratado.
e) Se autoriza al Sr. Intendente a realizar la modificación del Manual Descriptivo de Cargos y realizar detalladamente las funciones del Secretario de la Junta Local.
Art. 16º.- Modificase la denominación de la Oficina de Prensa del Programa 1.02 - Intendente Municipal, por “Unidad de Comunicaciones”, que tendrá a su cargo Prensa, Portal Web, etc.
Art. 17º.- Modificase la denominación del “Área de Equidad, Juventud y Género” por “Área de Género y Equidad” en el Programa 1.13 – Desarrollo Social.
Art. 18º.- Créase en el Programa 1.13 – Desarrollo Social la Sección ”Juventud” que coordinará las políticas de juventud del Departamento de Florida.
Art. 19º.- Créase en el Programa 1.03 – Dir. Gral. de Hacienda la Sección “Recuperación de Activos” dependiente del Departamento de Recursos Financieros, que tendrá por funciones la mejora de la gestión de Cobranza de los Activos Exigibles y el Control Patrimonial.
Art. 20º.- Modificase la denominación de la División Organizacional e Informática dependiente del Programa 1.02 – Intendente Municipal por “División Sistemas Informáticos”, que pasará a depender del Programa 1.07 – Direc. Gral. de Administración.
Art. 21º.- Modificase la denominación del Programa 1.08, la que pasará a ser “Dirección General de Salud y Gestión Ambiental”.
Art. 22º.- Créase el cargo de Director de la Escuela de Arte en el programa 1.11 Cultura Grado R9 – Directivo II.
Art. 23º.- Créase el cargo de Profesional III A7 contratado en el programa 1.02 – Intendente Municipal para desempeñar funciones de Abogado.
Art. 24º.- Créanse los cargosy autorízase la contratación de hasta 25 funcionarios en calidad de eventuales con contratos de duración máxima de un año, con destino a tareas no calificadas, cuya elección surgirá de la aplicación de las normas previstas para la Comisión Departamental Distribuidora de Trabajo y que serán incorporados en las cantidades y a los programas siguientes:
Programa |
Escalafón y Grado |
Cantidad de cargos |
1.04 – Obras |
E1 |
15 |
1.08 – Salud y Gestión Ambiental |
F1 |
5 |
1.14 - Desarrollo Sustentable |
E1 |
5 |
Art. 25º.- Créanse los cargos yautorízase la contratación de hasta 3 Mecánicos y 2 Electricistas Automotriz para prestar funciones en el Programa 1.06 – Talleres en el grado B3 Técnico V.
Art. 26º.- Créase el cargoyautorízase la contratación de un capataz para la Junta Local de Chamizo con el grado E4 Oficial II.
Art. 27º.- Créase el cargo yautorízase la contratación de un profesional en turismo para la jerarquización del área respectiva a prestar funciones en el Programa 1.14 – Desarrollo Sustentable en el grado A8 Profesional II.
Origen |
|
Destino |
|||||||||
Retribuciones civiles contratadas |
|||||||||||
Programa |
Cantidad |
Cargo |
Descripción |
|
Cantidad |
Cargo |
Descripción |
||||
104 |
3 |
E1 |
Peón |
|
3 |
E3 |
Oficial III |
||||
|
1 |
E1 |
Peón |
|
1 |
E4 |
Oficial II |
||||
1 |
E4 |
Oficial II |
|
1 |
E5 |
Oficial I o capataz I |
|||||
1 |
E5 |
Oficial I o capataz I |
|
1 |
E6 |
Capataz gral. |
|||||
109 |
1 |
E1A |
Peón Práctico |
|
1 |
E4 |
Oficial II |
||||
1 |
E1A |
Peón Práctico |
|
1 |
E2 |
Oficial IV |
|||||
Total |
8 |
|
|
|
8 |
|
|
||||
Art. 28º.- Transfórmanse los siguientes cargos de los programas, cargos y funciones que se detallan a continuación:
Retribuciones civiles permanentes
109 |
1 |
R7 |
Directivo IV |
|
1 |
R9 |
Directivo II |
Art. 29º Se dispone la redistribución de los cargos zafrales Escalafón EE Oficios vigentes, que quedarán asignados a los Programas de la siguiente forma:
Programa |
Cantidad de cargos |
1.08 – Salud y Gestión Ambiental |
10 |
1.09 – Unidad de Descentralización |
10 |
1.14 - Desarrollo Sustentable |
10 |
CAPITULO III – HACIENDA
Art. 30º.- Fíjase a partir del 1º de enero de 2008 las siguientes tasas aplicables sobre los valores imponibles para el cálculo del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Urbana y Sub-Urbana:
Tributo |
Valores imponible |
Tasa |
Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana |
De 1 a 42.500 |
1% |
De 42.501 a 95.000 |
2% |
|
De más de 95.000 |
2.225% |
Los valores imponibles de las franjas son los correspondientes al año 2006 que se ajustarán anualmente con los valores de aforo de los inmuebles.
Art. 31º.- Créase un Tribunal Asesor de Quitas y Esperas integrado de 3 (Tres) a 5 (cinco) miembros, los que serán designados por el Intendente conjuntamente con sus suplentes respectivos.
Será competencia de este Tribunal Asesor el estudio de:
A) la situación económica y social de los contribuyentes
B) la situación del inmueble soporte de la garantía del crédito.
En función de los estudios anteriores el Tribunal aconsejará sobre:
a) esperas o nuevas fórmulas de pago,
b) quitas, ya sea sobre los recargos y aún sobre el capital. Presentada la respectiva solicitud, el Tribunal contará con 90 días corridos de plazo para elevar su dictamen al Intendente Municipal. Si no se pronunciara dentro de ese plazo, la solicitud será elevada directamente a consideración del Intendente. En caso de accederse a la quita, espera o nuevas fórmulas de pago la solicitud se remitirá a la Junta Departamental para el correspondiente Proyecto de resolución
Art. 32º.- Exonérase del pago del Impuesto a los Terrenos Baldíos a aquellos padrones que cumplan con alguno de los requisitos establecidos a continuación:
- Estar debidamente cercados y enjardinados
- Estar dedicado a la realización de huerta familiar
Los interesados deberán anualmente presentar solicitud de exoneración, indicando numero de padrón, localidad, características del mismo y estar al día con los impuestos municipales
Art. 33º.- Exonérase la totalidad del impuesto de Contribución Inmobiliaria Urbana y Sub-Urbana a aquellos contribuyentes jubilados y pensionistas con 60 años o más de edad, a quines perciban pasividad por incapacidad física cualquiera fuera su edad y a los beneficiarios del Plan de Emergencia o del Plan de Equidad servido por el Ministerio de Desarrollo Social. Esta exoneración se aplicará al tributo correspondiente a la finca que constituya su única propiedad y destine a vivienda propia y cuando la suma de los ingresos promediales mensuales de los componentes del núcleo habitacional no exceda 3 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC).
Art. 34º.- Las inversiones cuya ejecución está prevista con personal municipal, podrán ser ejecutadas por terceros con resolución fundada del Sr. Intendente y con la anuencia de la Junta Departamental,autorizándose las trasposiciones y creaciones de grupos de gastos que fueran necesarias para su implementación. Se mantendrán las limitaciones legales respecto a las trasposiciones del Grupo 0.
Art. 35º.- Estímase la modificación de los recursos municipales de origen nacional para el período 2008-2010 según el siguiente detalle:
B) DE ORIGEN NACIONAL |
Estimado 2008 |
Estimado 2009 |
Estimado 2010 |
ART. 214 - RESTO |
127.366.392 |
137.908.740 |
149.189.051 |
ART. 214 - CAMINERÍA RURAL |
14.824.000 |
14.824.000 |
14.824.000 |
ART. 214 – PDM - OPP |
10.580.000 |
10.580.000 |
10.580.000 |
ART. 214 – PDM – OPP J.P. Varela |
15.000.000 |
1.000.000 |
|
ART. 214 – PDM – OPP Sdí. Grande |
4.800.000 |
19.200.000 |
|
CONSTITUCIóN ART. 298 |
18.968.000 |
18.968.000 |
18.968.000 |
MTOP MAGUINARIA VIAL |
6.000.000 |
|
|
MVOTMA VIVIENDAS |
12.000.000 |
12.000.000 |
2.400.000 |
PLAZA DE DEPORTES |
3.000.000 |
|
|
AFORO FLORIDA OPP |
810.000 |
1.890.000 |
|
FONADEP - DESAGÜES SAN CONO |
1.500.000 |
|
|
TOTAL |
214.848.392 |
216.370.740 |
195.961.051 |
TOTAL RECURSOS |
432.519.892 |
436.958.240 |
419.549.551 |
Art. 36º.- Establécense las previsiones de sueldos, gastos e inversiones para el período 2008 – 2010 para la Intendencia Municipal de Florida, de acuerdo al siguiente detalle
RESUMEN GENERAL GASTOS E INVERSIONES |
||||
Grupo |
Vigente 2008 |
Proyectado 2008 |
Proyectado 2009 |
Proyectado 2010 |
0 |
221.395.903 |
234.275.177 |
236.640.266 |
237.253.731 |
1 |
71.083.545 |
77.781.546 |
76.760.979 |
80.043.702 |
2 |
20.296.680 |
35.726.960 |
38.262.554 |
36.903.544 |
3 |
16.900.000 |
53.997.268 |
47.802.293 |
14.186.068 |
4 |
|
|
|
|
5 |
3.911.706 |
3.994.364 |
3.994.364 |
3.994.364 |
6 |
5.300.000 |
0 |
0 |
0 |
7 |
119.002 |
30.002 |
30.002 |
30.002 |
8 |
10.942.026 |
7.868.712 |
14.455.353 |
27.957.112 |
Total |
349.948.862 |
413.674.029 |
417.945.811 |
400.368.523 |
Estos montos de distribuyen entre los programas de acuerdo a las planillas comparativas que se detallan integrando este Presupuesto.
Art. 37º.- Fíjase la contribución al Programa 1.01 “Junta Departamental” en los montos y para los años 2008 a 2010, en acuerdo a la Resolución respectiva de ese Cuerpo:
Programa |
2008 |
2009 |
2010 |
1.01-Junta Departamental |
18.845.860 |
19.012.429 |
19.181.019 |
Art. 38º.- Valuación. El grupo 0 está expresado a valores del 31 de diciembre de 2005. Los ingresos, gastos e inversiones están expresados a valores promedio del año 2005, salvo las tarifas públicas, que se utilizaron las vigentes al 31 de diciembre de 2005. La cotización de la moneda extranjera es de $ 24 (Veinticuatro pesos) por dólar. Autorízase al Señor Intendente Municipal a aplicar las correcciones monetarias que se produzcan por la variación de los valores mencionados.
Art. 39º.- De no recaudarse la totalidad de los recursos previstos, se abatirán gastos en igual proporción de modo de mantener el equilibrio presupuestal.
Art. 40º.- Remítase a consideración del Tribunal de Cuentas de la República.-
Sala de Sesiones “Gral José Artigas”, en Florida, a los veintún días del mes de setiembre de dos mil siete
(Fdo) OSCAR ARRAMBIDE MONCE, Presidente; ALEXIS A. PÉREZ, Secretario.-
SISTEMA DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO- (Art. 12º)
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1º.- Principios y objetivos generales
El proceso de evaluación del desempeño que se reglamenta, regido por los principios de igualdad de oportunidades, de eficacia, eficiencia y calidad en el ejercicio de la función pública, tendrá como finalidad impulsar el desarrollo de los funcionarios y disponer de una base de información para la toma de decisiones relacionadas con el personal, procurando a su vez, los siguientes objetivos:
a) motivar a los funcionarios al logro de los objetivos del Centro de Actividad al que pertenecen en la Administración;
b) estimular la comunicación entre los niveles de dirección y los cuadros operativos;
c) promover la mejora del desempeño personal, proponiendo elementos de juicio para la adopción de medidas que permitan propiciar el desarrollo de los funcionarios.
Art. 2º.- Aplicación de los resultados
La Administración podrá utilizar la información emergente de los resultados de las evaluaciones del desempeño, entre otros, a los siguientes efectos:
a) adoptar medidas tendientes a la mejora del desempeño
b) detectar necesidades de capacitación
c) proponer ajustes en las remuneraciones
d) considerar la calificación como factor, entre otros, en los concursos de ascensos
e) ajustar los sistemas de selección de personal
f) reasignar tareas
Art. 3º.- Ambito de aplicación
Este procedimiento de evaluación del desempeño, será aplicable a todos los funcionarios presupuestados y contratados del Gobierno Departamental, de todos los escalafones, excepto los cargos políticos y de particular confianza. Para éstos últimos, si se tratara de un funcionario presupuestado o contratado que ha hecho uso del instituto de la “reserva del cargo” deberá igualmente ser calificado por el Jerarcarespectivo.
Art. 4º.- Período a evaluar
La calificación se efectuará anualmente por el período comprendido entre el 1º de julio y el 30 de junio del año subsiguiente. Sin perjuicio de lo expresado, los Supervisores o quien deba hacer el “Informe de Actuación”, deberá obligatoriamente llevar un registro mensual de cada uno de sus subordinados con anotaciones detalladas de aspectos positivos y negativos de su desempeño que permitan concluir en el más justo criterio al momento de la evaluación.
Art. 5º.- Servicios parciales
Cuando por causas debidamente justificadas, el funcionario hubiera prestado servicios parcialmente dentro del período referido en el artículo anterior, será igualmente evaluado teniendo en cuenta, a tales efectos, el grado de cumplimiento de las metas y objetivos fijados de conformidad con el literal a) del artículo 14del presente Reglamento. Si el período total trabajado fuera inferior a tres meses se mantendrá la calificación del año anterior, ajustada en función de los hechos positivos y negativos, si los hubiera, del período trabajado.
Art. 6º.- Situaciones especiales
A los efectos de la calificación serán considerados como prestando efectivamente tareas en su oficina de origen, los funcionarios que se encuentren desempeñando cursos o pasantías de perfeccionamiento, así como el desempeño de tareas docentes, o la concurrencia a congresos o simposios u otros actos de análoga naturaleza cuando sean declarados por el Jerarca conveniente para el servicio o para la Administración en general.
Si el destino fuera en el exterior, se lo evaluará y calificará por el período trabajado en el país.
En el caso de los funcionarios en comisión, el Jerarca requerirá el Informe de actuación de las autoridades correspondientes, notificando de dicha instancia al funcionario en comisión. Si transcurrido el plazo de veinte días hábiles de requerido el Informe de actuación, el mismo no fuera recibido, el funcionario no será calificado.
TITULO II
ORGANOS INTERVINIENTES
CAPITULO I
JERARCA
Art. 7º.- Definición
Se entenderá por Jerarca, a los efectos de este Reglamento, el Secretario General de la Intendencia Municipal y el Secretario de la Junta Departamental.
Art. 8º.- Competencias
Al Jerarca compete:
a) convocar e instrumentar la elección por voto secreto de los representantes de los funcionarios y sus respectivos suplentes para integrar las diferentes Comisiones Calificadoras;
b) determinar la conveniencia o no de ampliar o reducir el ámbito de competencia de las Juntas Locales, las que constituirán una Unidad Organizativa y dependerán del Centro de Actividad (Secretaría General). Si así lo hiciere, determinará quien actuará como Supervisor. En dichas Unidades Organizativas operará como Supervisor el Secretario, o quien éste designe o delegue tal cometido, siempre que el Jerarca no haya hecho la ampliación o reducción señalada precedentemente. Los “Informes de Actuación” vendrán al Centro de Actividad (Secretaría General), y el Jerarca podrá delegar la función de evaluación de dichos informes en un Coordinador de Juntas Locales o en quien haga sus veces;
c) asignar, previo informe de la Unidad de Recursos Humanos o quien haga sus veces, a los Directores, Jefes o equivalentes de los Centros de Actividad directamente dependientes del Jerarca, la cantidad de 70 (setenta) puntos por cada funcionario a evaluar de las Unidades Organizativas que lo componen, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 23 de este Reglamento.
d) realizar los informes de actuación y evaluación de los funcionarios que dependan directamente de él , de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 10 y 14 de este Reglamento, en lo que resulten aplicables y realizar la evaluación de los funcionarios que se encuentren prestando funciones en comisión en otros organismos.
e) calificar a los miembros de las Comisiones Calificadoras.
CAPITULO II
DIRECTOR, JEFE O EQUIVALENTE DEL CENTRO DE ACTIVIDAD
Art. 9º.- Definición
Se entiende por Centro de Actividad la repartición con cometidos y atribuciones específicas directamente dependiente de la Secretaría General por línea jerárquica que supervisa las Unidades Organizativas que están a su cargo.
Art. 10º.- Competencias
El Director, Jefe o equivalente del Centro de Actividad tendrá los siguientes cometidos:
a) instruir a los Supervisores de las Unidades Organizativas dependientes ,respecto a la aplicación de este Reglamento;
b) realizar los informes de actuación de los funcionarios Supervisores directamente dependientes;
c) realizar la evaluación anual del desempeño de los funcionarios integrantes de sus Unidades Organizativas;
d) remitir las evaluaciones anuales a la Comisión Calificadora, luego de cumplido lo establecido en el artículo 26 de este Reglamento;
e) controlar que la suma de los puntos de la totalidad de los informes de actuación no exceda la asignación de puntos realizada de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 lit. c) de este Reglamento.
f) Para el caso de ampliarse el ámbito de competencia de las Unidades Organizativas, el Director del Centro de Actividad, en la misma resolución designará a quien actuará como Supervisor de cada uno de los agrupamientos resultantes.
g) Para el caso de reducirse el ámbito de competencia de las Unidades Organizativas, el Director del Centro de Actividad, en la misma resolución designará a quien actuará como Supervisor, teniendo en cuenta para ello el funcionario de mayor jerarquía; en caso de igualdad, el de mayor antigüedad en el cargo y de mantenerse dicha igualdad, determinará el criterio a utilizar fundamentándolo en la Resolución respectiva.
CAPITULO III
DIRECTOR, JEFE O EQUIVALENTE DE LA UNIDAD ORGANIZATIVA
Art. 11º.- Definición
Se entiende por Unidad Organizativa las diferentes reparticiones del Centro de Actividad con cometidos y atribuciones específicas, ya sean de línea jerárquica o de asesoramiento directo, a cargo de un Supervisor, independientemente del nivel que ocupen en la estructura organizacional.
En el procedimiento de evaluación del desempeño intervendrá el Director, Jefe o equivalente de la Unidad Organizativa, que será quien ocupe el cargo o función contratada directamente dependiente del Director del Centro de Actividad.
Art. 12º.- Competencias
El Director, Jefe o equivalente de la Unidad Organizativa tendrá los siguientes cometidos:
a) instruir a los Supervisores de su Unidad respecto de la aplicación de este Reglamento, fijando y uniformizando criterios de evaluación y evacuando las consultas a que todo ello diere lugar;
b) realizar los informes de actuación de los funcionarios Supervisores directamente dependientes de él;
c) realizar la evaluación anual del desempeño de los funcionarios integrantes de su respectiva Unidad Organizativa;
d) remitir las evaluaciones anuales al Director del Centro de Actividad correspondiente, luego de cumplido lo establecido en el artículo 26 de este Reglamento;
e) controlar que la suma de los puntos de la totalidad de los informes de actuación no exceda la asignación de puntos realizada de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 lit. c) de este Reglamento.
CAPITULO IV
SUPERVISOR
Art. 13º.- Definición
Se entiende por Supervisor, a los efectos de este Reglamento, el funcionario que, como consecuencia de sus tareas, tiene personal directamente a su cargo, ocupe o no un cargo o función contratada de jefatura. La calidad de Supervisor deberá ser comunicada a todo el personal subordinado.
Art. 14º.- Competencias
El Supervisor tendrá los siguientes cometidos:
a) realizar entrevistas con los funcionarios directamente dependientes de él para fijar los objetivos y sus correspondientes metas. El desempeño será definido en aplicación de los factores de evaluación establecidos en el Título IV del presente Reglamento;
b) efectuar un informe de actuación anual de sus funcionarios, el que deberá elevarse, siguiendo la vía jerárquica correspondiente, al Director, Jefe o equivalente de la Unidad Organizativa, según corresponda;
c) mantener entrevistas con cada funcionario luego de dar cumplimiento a lo dispuesto en el literal b) del presente artículo y previo a su remisión al Director, Jefe o equivalente de la Unidad Organizativa, en la que orientará al funcionario respecto de las actitudes a asumir tendientes a la mejora de su desempeño;
d) dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 respecto a las anotaciones en las fojas individuales;
e) remitir los informes de actuación de los funcionarios en comisión que estuvieren a su cargo.
CAPITULO V
COMISIÓN CALIFICADORA
Art. 15º.- Creación
Por cada Centro de Actividad habrá una Comisión Calificadora.
Art. 16º.- Integración común
Cada Comisión Calificadora estará integrada por:
a) el Director, Jefe o equivalente del Centro de Actividad a calificar;
b) un representante de los funcionarios a calificar, el cual deberá ser elegido por voto secreto, con su suplente, entre los funcionarios del Centro de Actividad correspondiente y que actuará con carácter permanente. Si vencido el período para la elección no se hubiera elegido al representante de los funcionarios, actuará en esa calidad el representante titular o suplente elegido en el período anterior para el respectivo Centro de Actividad; en el caso de no darse dicha circunstancia, el representante surgirá del consenso entre ADEOM Florida y la Administración.
c) un tercer miembro que será el candidato más votado, de cada uno de los escalafones, representados en el Centro de Actividad, excluido el escalafón del representante del literal b) de este artículo, que actuará cada vez que corresponda calificar a un funcionario de su escalafón. Cuando se trate de la calificación de un funcionario del escalafón al que pertenece el permanente, el tercer miembro, será el candidato más votado del resto de los escalafones. En caso de empate será elegido el que tenga entre éstos mayor antigüedad en el Centro de Actividad. En caso de darse la circunstancia prevista en el literal b) in fine, se procederá a la elección de un único tercer miembro en acuerdo entre el Director, Jefe o equivalente (lit. a) y el representante de los funcionarios consensuado, el que deberá ser elegido en dicho Centro de Actividad.
La Comisión Calificadora estará integrada por funcionarios pertenecientes al Centro de Actividad con una antigüedad mínima de un año en el mismo, para el caso de los integrantes de los literales b) y c) de este artículo. Estos ejercerán sus funciones por el término de dos años y, en todos los casos, hasta culminar el proceso iniciado.
El Supervisor del funcionario a calificar, asesorará en forma verbal a la Comisión Calificadora, a su requerimiento; en caso de imposibilidad, el asesoramiento será por escrito.
Art. 17º.- Integración artículo 8 lit.e)
La Comisión Calificadora de los funcionarios evaluados por el Jerarca, estará integrada por:
a) el Jerarca del Centro de Actividad, estando facultado a delegar esta función en el Prosecretario;
b) un representante de los funcionarios a calificar, el cual deberá ser elegido por voto secreto, con su suplente, entre los funcionarios del Centro de Actividad. Si vencido el plazo para realizar las elecciones no se hubiera elegido al representante de los funcionarios, se prescindirá de su participación y las evaluaciones efectuadas por el Jerarca quedarán confirmadas;
c) un tercer miembro que será el candidato más votado, de cada uno de los escalafones, representados en el Centro de Actividad, excluido el escalafón del representante del literal b) que actuará cada vez que corresponda calificar a un funcionario de su escalafón. Cuando se trate de la calificación de un funcionario del escalafón al que pertenece el permanente, el tercer miembro, será el candidato más votado del resto de los escalafones. En caso de empate será elegido el que tenga, entre éstos, mayor antigüedad en el Centro de Actividad.
La Comisión Calificadora estará integrada por funcionarios pertenecientes al Centro de Actividad con una antigüedad mínima de un año para el caso de los integrantes de los literales b) y c).
Art. 18º.- Constitución
La Comisión Calificadora se constituirá dentro del plazo fijado en el artículo 41, y para sesionar se requerirá la presencia de la totalidad de sus miembros.
Sus resoluciones serán fundadas y se adoptarán por mayoría simple.
Art. 19º.- Cometidos
A la Comisión Calificadora compete efectuar las calificaciones de los funcionarios del Centro de Actividad correspondiente, salvo lo dispuesto en el literal e) del artículo 8º de este Reglamento.
TITULO III
PROCESO
CAPITULO I
NORMAS GENERALES
Art. 20º.- Fijación de objetivos y metas
La fijación de objetivos y metas será preceptiva y previa al inicio del procedimiento de evaluación de desempeño.
SECCION I
INFORME DE ACTUACIÓN
Art. 21º.- Inicio del procedimiento
El Supervisor elaborará informes de actuación anuales de cada funcionario a su cargo, los que, deberán ser puestos a consideración del Director, Jefe o equivalente de la Unidad Organizativa, según corresponda, a través de la vía jerárquica correspondiente.
Los informes de actuación se realizarán mediante la asignación de puntos, de conformidad con los factores y ponderaciones previstos en el Título IV del presente Reglamento.
De acuerdo con las resultancias de los informes de actuación, el Supervisor elaborará un ordenamiento de sus funcionarios en forma decreciente por puntajes.
Art. 22º.- Asignación de puntajes
La asignación de puntajes en los informes de actuación, deberá arrojar como resultado el ordenamiento decreciente de los funcionarios, debiendo apreciarse una adecuada distribución de los mismos en la escala de puntos consignada en el respectivo formulario, no pudiendo exceder del 50% (cincuenta por ciento) de la totalidad de funcionarios de la Unidad Organizativa, los ubicados en la franja superior a los 70 puntos. Ante la imposibilidad de tal distribución será de aplicación lo dispuesto por los literales f) y g) del artículo 10 del presente Reglamento.
Art. 23º.- Responsables del informe de actuación
Cuando un funcionario hubiere tenido sucesivamente más de un Supervisor en el año a evaluar, el informe de actuación será producido por quien lo haya supervisado durante el lapso mayor.
Cuando por cualquier circunstancia no fuere posible dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso anterior, el informe de actuación será formulado por quien se encuentre en ejercicio de la supervisión al momento en que el mismo deba producirse.
Art. 24º.- Discordia con el informe de actuación
En caso de discrepancia del superior inmediato del Supervisor con el informe de actuación, éste dejará constancia fundada por escrito de su disconformidad en el mismo formulario del informe de actuación cuestionado, circunstancia que será oportunamente evaluada por la Comisión Calificadora.
Igual procedimiento seguirá el funcionario en oportunidad de la entrevista a que refiere el artículo 14 literal c), a los efectos de manifestar su discordia con el informe de actuación; disponiendo para ello de un plazo de tres días hábiles.
SECCION II
EVALUACIÓN
Art. 25º.- Actuación del Director, Jefe o equivalente de la Unidad Organizativa
El Director, Jefe o equivalente de la Unidad Organizativa elaborará la evaluación anual del desempeño de los funcionarios, sobre la base de los informes de actuación de los Supervisores dependientes de él.
En caso de discrepancia con alguno de los informes de actuación, dejará constancia fundada en el mismo formulario de informe de actuación cuestionado, circunstancia que será oportunamente evaluada por la Comisión Calificadora.
Si la suma de los puntos de la totalidad de los informes de actuación excede la asignación de puntos realizada de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 lit. c) de este Reglamento, convocará al Supervisor o Supervisores que correspondan, a los efectos de realizar los ajustes pertinentes.
Art. 26º.- Entrevista
Concluida la evaluación anual, el Supervisor correspondiente la pondrá en conocimiento del funcionario a través de una entrevista personal.
Para el caso que dicha evaluación arroje una puntuación inferior a 60 puntos, a dicha entrevista asistirá además el Director, Jefe o equivalente de la Unidad Organizativa a los efectos de orientar al funcionario respecto de las actitudes a asumir tendientes a la mejora de su desempeño.
En caso de observaciones el funcionario deberá manifestarlas por escrito en el formulario de evaluación, en oportunidad de dicha entrevista o dentro del plazo de tres días hábiles.
Si el funcionario no concurre a la entrevista, habiendo sido correctamente notificado o se niega a firmar el acta respectiva, el procedimiento seguirá el trámite previsto en este Reglamento, sin perjuicio de las acciones que eventualmente el Supervisor pueda adoptar al respecto.
Art. 27º.- Ordenamiento de los funcionarios
Vencido el plazo para la realización de las entrevistas a que hace mención el artículo precedente y efectuado el ordenamiento de los funcionarios en forma decreciente por puntaje, éste será remitido al Director, Jefe o equivalente del Centro de Actividad para conocimiento y remisión a consideración de la Comisión Calificadora, conjuntamente con los formularios de evaluación anual de su propia Unidad.
SECCION III
CALIFICACIÓN
Art. 28º.- Actuación de la Comisión Calificadora
La Comisión Calificadora en ejercicio del cometido establecido en el artículo 19 de este Reglamento, procederá a:
a) elaborar la calificación de los funcionarios del Centro de Actividad considerando, a tales efectos, los ordenamientos remitidos, los formularios de evaluación observados, así como todo otro elemento pertinente;
b) ratificar o rectificar el ordenamiento de las evaluaciones recibidas; en este último caso deberá efectuar, si correspondiere, el ajuste en los puntajes adecuándolos a la cantidad de puntos asignados al Supervisor respectivo.
Art. 29º.- Actas
De todas las actuaciones se labrarán actas fundadas.
CAPITULO II
TRÁMITE POSTERIOR A LA CALIFICACIÓN
Art. 30º.- Ordenamiento de los funcionarios por Escalafón y notificación
La Unidad de Recursos Humanos, o quien haga sus veces, recibirá las calificaciones de las Comisiones Calificadoras de los diversos Centros de Actividad y procederá a elaborar un ordenamiento por Escalafón, los cuales serán publicados en cartelera en los lugares de trabajo durante un plazo de cinco días hábiles. Vencido dicho plazo la Unidad de Recursos Humanos notificará personalmente a cada funcionario su calificación, haciéndole entrega de una constancia con indicación de los puntajes asignados en cada factor y le exhibirá dicho ordenamiento. A tales efectos convocará a los funcionarios a concurrir a notificarse mediante avisos puestos en lugares visibles; transcurridos treinta días de la convocatoria, sin que los funcionarios se hubieren presentado, se les dará por notificados.
Para el caso de que los funcionarios se encuentren en uso de licencia durante el período de la convocatoria o en cualquier otra circunstancia que no permita su conocimiento, la notificación deberá realizarse a domicilio por medio de un funcionario comisionado quien deberá entenderse con persona hábil que acreditará su identidad mediante el documento de identidad y firmará la constancia respectiva.
CAPITULO III
PLAZOS
SECCION I
JERARCA
Art. 31º.- Convocatoria y elección de representantes de los funcionarios
La convocatoria para la elección de los representantes de los funcionarios y sus suplentes para integrar las respectivas Comisiones Calificadoras, se realizará el primer día hábil del mes de mayo.
Dicha elección se realizará dentro de los veinte días hábiles subsiguientes.
Art. 32º.- Asignación de puntos por Centro de Actividad
El Jerarca asignará y comunicará los puntos correspondientes a cada Centro de Actividad directamente dependiente de él, de acuerdo a lo dispuesto por el art.8 lit . c) antes del 30 de junio.
SECCION II
DIRECTOR, JEFE O EQUIVALENTE DEL CENTRO DE ACTIVIDAD
Art. 33º.- Entrevista con los Supervisores
Los Directores, Jefes o equivalentes de los Centros de Actividad directamente dependientes del Jerarca a los efectos de lo dispuesto en el artículo 10 lit. a) deberán celebrar las respectivas entrevistas antes del 30 de junio.
Art. 34º.- Evaluaciones
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 25 de este Reglamento, los Directores, Jefes o equivalentes de las Unidades Organizativas directamente dependiente de la Dirección del Centro de Actividad dispondrán de un plazo de treinta días para su diligenciamiento, a partir de la recepción de los informes de actuación.
Art. 35º.- Remisión de evaluaciones a la Comisión Calificadora
Los Directores, Jefes o equivalentes de los Centros de Actividad, dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27 de este Reglamento.
SECCION III
SUPERVISOR
Art. 36º.- Fijación de objetivos y metas
Antes del 30 de junio los Supervisores deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 14 literal a).
Art. 37º.- Informes de actuación
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 14literal b) el Supervisor deberá elevar los informes de actuación de sus funcionarios antes del 10 de agosto.
Art. 38º.- Entrevistas
Para el cumplimiento de lo establecido en el artículo 26, el Director, Jefe o equivalente de la Unidad Organizativa y el Supervisor dispondrán de un plazo máximo de treinta días.
SECCION IV
COMISIÓN CALIFICADORA
Art. 39º.- Publicación de la integración de la Comisión Calificadora
La integración de la Comisión Calificadora será publicada durante quince días corridos, de forma que asegure su conocimiento por parte de los funcionarios.
Art. 40º.- Recusación
A los solos efectos de su calificación individual, los funcionarios podrán recusar en forma fundada, según lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto Nº 500/991 de 27 de setiembre de 1991, a él o a los miembros de la Comisión Calificadora.
La recusación será dirigida al Intendente Departamental o al Presidente de la Junta Departamental, según corresponda, quien decidirá en un plazo de diez días hábiles desde su presentación y tendrá efecto suspensivo respecto a la calificación de aquel.
Art. 41º. Constitución
La Comisión Calificadora se constituirá dentro de los primeros veinte días del mes de agosto.
Art. 42º.- Calificación
La Comisión Calificadora, una vez constituida de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 18 deberá pronunciarse antes del 30 de noviembre.
TITULO IV
FACTORES DE EVALUACION
CAPITULO I
ENUMERACION Y PONDERACION
Art. 43º.- Definiciones
Los factores de evaluación y sus correspondientes ponderaciones son:
A) Para los funcionarios sin supervisión:
Calidad del trabajo: evalúa el nivel del trabajo realizado considerando su presentación, la ausencia de errores, la preocupación por el servicio y el cliente, de acuerdo con los estándares fijados (ponderación 40).
Cantidad de trabajo: mide el volumen del trabajo ejecutado en relación a las metas fijadas (ponderación 30).
Colaboración y relacionamiento: mide la capacidad de trabajo y de adaptación del comportamiento del funcionario con las diferentes personas y grupos de trabajo con los que actúa (ponderación 20).
Cumplimiento de normas: mide el adecuado y oportuno respeto a los reglamentos e instrucciones de la Institución a los demás deberes estatutarios, al cumplimiento de tareas propias del cargo y de las órdenes y cometidos que le encomienden o impartan sus superiores (ponderación 10).
B) Para los funcionarios con supervisión:
Liderazgo: mide la capacidad demostrada para obtener resultados de su equipo de trabajo, orientados al cumplimiento de los objetivos previamente determinados (ponderación 40).
Planificación del trabajo: mide la capacidad demostrada para fijar objetivos y metas adecuados a su área de trabajo y la asignación eficiente de tareas entre sus subordinados (ponderación 30).
Cumplimiento de normas: mide el adecuado y oportuno respeto a los reglamentos e instrucciones de la Institución a los demás deberes estatutarios, al cumplimiento de tareas propias del cargo y de las órdenes y cometidos que le encomienden o impartan sus superiores (ponderación 20).
Capacidad para evaluar a sus subordinados: mide la objetividad demostrada en la evaluación de sus subordinados, considerando los criterios fijados y los estándares establecidos , de modo que aquélla refleje adecuadamente el desempeño efectivo de cada uno de ellos (ponderación 10).
CAPITULO II
Graduación y puntuación de los Factores de Evaluación
Art. 44º.- Calidad del trabajo
Este factor se evaluará de acuerdo a los siguientes grados y puntajes:
La calidad de su labor es deficiente, comete una gran cantidad de errores y demuestra despreocupación por el servicio y el usuario (8 puntos).
La calidad de su labor está por debajo de los estándares fijados, comete errores con frecuencia y demuestra una escasa preocupación por el servicio y el usuario (16 puntos)
La calidad de su labor es satisfactoria y adecuada a los estándares fijados; comete errores poco significativos y demuestra preocupación por el servicio y el usuario (24 puntos).
La calidad de su labor supera los niveles medios respecto a los estándares fijados; demuestra una notoria preocupación por el servicio y el usuario (32 puntos).
La calidad de su labor siempre supera ampliamente los estándares fijados y demuestra un gran interés por el servicio y el usuario (40 puntos).
Art. 45 º.- Cantidad de trabajo
Este factor se evaluará de acuerdo a los siguientes grados y puntajes:
El volumen del trabajo ejecutado, permanentemente se ubica muy por debajo con respecto a los estándares establecidos (6 puntos).
El volumen del trabajo ejecutado frecuentemente se ubica por debajo de los estándares definidos (12 puntos).
El volumen del trabajo ejecutado alcanza los estándares fijados (18 puntos).
El volumen del trabajo ejecutado frecuentemente supera los estándares fijados (24 puntos).
El volumen del trabajo ejecutado permanentemente supera los estándares prefijados (30 puntos).
Art. 46º.- Colaboración y relacionamiento
Este factor se evaluará de acuerdo a los siguientes grados y puntuación:
Presenta notorias dificultades de relacionamiento con las personas, así como de integración para trabajar en grupos, siendo casi nulas su aportación y colaboración a los mismos (4 puntos).
Presenta algunas dificultades de relacionamiento con las personas así como de integración de trabajos grupales, siendo su aporte poco significativo (8 puntos).
Su relacionamiento así como su integración con las personas y grupos es normal y su aporte y colaboración de utilidad para el servicio (12 puntos).
Su relacionamiento con las personas facilita la integración al grupo y su aporte y colaboración son significativos (16 puntos).
Su relacionamiento con las personas genera grandes facilidades de integración de los grupos en los que participa ysu aporte y colaboración son esenciales para el servicio (20 puntos).
Art. 47º- Cumplimiento de normas
Este factor se evaluará de acuerdo a los siguientes grados y puntuación:
No respeta los reglamentos e instrucciones de la Institución, ni cumple las órdenes ni cometidos que se le encomiendan (funcionarios sin supervisión: 2 puntos y funcionarios con supervisión: 4 puntos).
Demuestra poco respeto a los reglamentos e instrucciones de la Institución y escaso cumplimiento de las órdenes y cometidos que se le imparten (funcionarios sin supervisión: 4 puntos y funcionarios con supervisión: 8 puntos).
Generalmente respeta los reglamentos e instrucciones de la Institución y cumple en forma aceptable los cometidos asignados (funcionarios sin supervisión: 6 y funcionarios con supervisión 12 puntos).
Demuestra respeto a los reglamentos e instrucciones de la Institución y cumple en forma satisfactoria las órdenese y cometidos que se le encomiendan (funcionarios sin supervisión: 8 puntos y funcionarios con supervisión: 16 puntos).
Demuestra permanente respeto a los reglamentos e instrucciones de la Institución y un constante cumplimiento de las órdenes y cometidos que se le asignan, anticipándose, en ocasiones, a los mismos (funcionarios sin supervisión: 10 puntos y funcionarios con supervisión: 20 puntos).
Art. 48º.- Liderazgo
Este factor se evaluará de acuerdo a los siguientes grados y puntuación:
No demuestra capacidad para obtener resultados a través de su equipo de trabajo (8 puntos).
Demuestra escasa capacidad para obtener los resultados esperados (16 puntos).
Demuestra una buena capacidad para obtener resultados de su equipo de trabajo (24 puntos).
Demuestra una muy buena capacidad para obtener resultados de su equipo de trabajo (32 puntos).
Los resultados obtenidos por su equipo de trabajo, permiten observar su excelente capacidad (40 puntos).
Art. 49º.- Planificación del trabajo
Este factor se evaluará de acuerdo a los siguientes grados y puntuación:
No demuestra capacidad para fijar objetivos y metas ni asigna adecuadamente las tareas a sus subordinados (6 puntos).
Demuestra poca capacidad para fijar objetivos y metas; la asignación de tareas a sus subordinados frecuentemente no es la apropiada (12 puntos).
Demuestra capacidad para fijar objetivos y metas y asigna adecuadamente las tareas a sus subordinados (18 puntos).
Demuestra una importante capacidad para fijar objetivos y metas así como una notiria destreza en la asignación eficiente de tareas a sus subordinados(24 puntos).
Demuestra una excelente capacidad tanto en la fijación de objetivos y metas como en la asignación de las tareas a sus subordinados (30 puntos).
Art. 50º.- Capacidad para evaluar a sus subordinados
Este factor se evaluará de acuerdo a los siguientes grados y puntuación:
Evalúa a sus subordinados de forma tal que la distribución de los puntos que le han sido asignados refleja un incumplimiento de principio de la “Adecuada distribución” de los mismos a que hace referencia el artículo 22 de este Reglamento (2 puntos).
Se aprecia cierto grado de subjetividad en la evaluación de sus subordinados, observándose frecuentemente escasa coincidencia entre la evaluación y el desempeño del funcionario evaluado (4 puntos).
Se aprecia un escaso grado de subjetividad en la evaluación de sus subordinados, observándose ocasionalmente un desajuste entre la evaluación y el desempeño del funcionarios evaluado (6 puntos)
Evalúa con mínimo grado de subjetividad, observándose en forma excepcional un desajuste entre la evaluación y el efectivo desempeño del funcionario evaluado (8 puntos).
Evalúa a sus subordinados en forma objetiva y ajustada permanentemente al desempeño de los mismos (10 puntos).
TITULO V
DISPOSICIONES VARIAS
Art. 51º.- Vigencia
El presente Reglamento entrará en vigencia al día inmediato siguiente de su aprobación.
Art. 52º.- Sanciones por incumplimiento de este Reglamento
El incumplimiento de las obligaciones impuestas por este Reglamento, por parte de los funcionarios intervinientes en el proceso de evaluación y calificación, se reputará omisión grave de los deberes del cargo o función contratada y dará lugar a la instrucción del sumario correspondiente.
El inicio del referido sumario será responsabilidad de cada Jerarca, el que incurrirá en falta grave en caso de omisión de su obligación al respecto.
Art. 53º.- Descanso compensatorio
Los integrantes de las Comisiones Calificadoras tendrán un descanso compensatorio de 42 horas, las cuales podrán ser usufructuadas durante el ejercicio que se generan en partidas enteras no menores a seis horas.
Art. 54º.- Sanción
Comuníquese, publíquese, etc.
INVERSIONES
202.01- INVERSIONES INTENDENTE, SECRETARIA GENERAL, PRENSA Y RELACIONES PÚBLICAS
Justificación
El grabador de audio digital, permitirá desarrollar de una forma adecuada el trabajo de lo que actualmente se conoce como Oficina de Prensa, siendo útil –por ejemplo- para proporcionar conferencias de prensa a los medios de comunicación que por diferentes razones no concurran, como así también contar con el mismo en el sitio web oficial de la Intendencia Municipal de Florida.
El mismo fin tendrá la cámara filmadora, además de servir como apoyo a todas las actividades que realicen las diferentes áreas de la Intendencia.
Tanto el televisor como el dvd grabador-reproductor permitirán contar con elementos acordes a la realidad.
Los micrófonos de conferencia, como el inalámbrico y el sistema de amplificación (consola de audio y parlantes) básicamente serán para destinar al Salón de Honor Dr. Ursino Barreiro que no cuenta con un servicio acorde a la realidad.
El notebook, el equipo multifunción y el mobiliario se solicitan también en el entendido de mejorar el servicio.
203.01- INVERSIONES DEPARTAMENTO DE HACIENDA
Se prevé reorganizar la atención al contribuyente a través de la implementación de Atención Personalizada en División Recaudaciones en las áreas de 1% y convenios.
Para el cumplimiento del objetivo proyectado se adquirirá mobiliario de oficina que se adecue a los nuevos requerimientos y se reacondicionará el mobiliario existente.
INVERSIONES DIRECCIÓN DE OBRAS Y VIALIDAD
PROGRAMA 201 - Mejoramiento DE BARRIOS
Proyecto 001: Cordón Cuneta
a) Definición: Construcción en sitio de cordones de vereda y/o canteros centrales, de hormigón, en ciudades y pueblos del departamento. Es un proyecto de ejecución continuada, repetitivo año a año en términos de unidades físicas.
b) Justificación: Propende a delimitar correctamente la calzada y las veredas, aumentar la seguridad del tránsito a través de una correcta delimitación de los espacios destinados a la circulación, coadyuvando en la conservación de los pavimentos y mejorando aspectos urbanísticos.
c) Metas. Se ejecutarán 9000 metros lineales por año.
Proyecto 002 Pavimentos de Tosca en Zonas Urbanas
a) Descripción: Reposición y mejoramiento de la superficie de rodadura en calles de ciudades, villas y pueblos del Departamento. Comprende los gastos originados por la limpieza de cunetas y pavimento por carga y transporte del material extraído; y por la extracción, carga, transporte, tendido y compactado de la tosca..
b) Justificación: Aumenta la seguridad en el tránsito agilizando la circulación de vehículos a través del mejoramiento de las condiciones del pavimento.
c) Metas: Se ejecutarán 50 kilómetros por año.
Proyecto 003: Tratamiento Bituminoso
a) Descripción: Mejoramiento de la superficie de vías de tránsito mediante la aplicación de asfalto y material granular. En caso de requerimiento especiales, se realizarán tratamientos bituminosos doble con sellado mediante arena. Comprende los gastos de preparación de las bases para el tratamiento (alisado, compactado, etc.) y la ejecución de riegos. Es un proyecto de ejecución, continuada, repetitivo año a año.
b) Justificación: Aumenta la duración y la resistencia al desgaste de la superficie de rodadura. Mejora la seguridad en el tránsito al eliminar las irregularidades de la superficie de la base.
c) Se realizará obras del tipo a razón de 55.000 metros cuadrados anuales.
Proyecto 004: Desagües Pluviales
a) Descripción: Comprende la ejecución de colectores (rectangulares o circulares), canales como así también bocas de tormenta y registros para conducir aguas pluviales. Es un proyecto de ejecución continuada, repetitivo año a año.
b) Justificación: Elimina el riesgo sanitario proveniente del estancamiento de aguas. Mejora la calidad de vida de los habitantes de los barrios, aumenta la duración de los pavimentos.
c) Metas: Se ejecutarán 200 metros de colectores de diámetros superior o igual a 80 cm.
Proyecto 005: Programa de Racionalización de Energía de Alumbrado Público
a) Descripción: Comprende la renovación las redes de alumbrado a los efectos de racionalizar el consumo de energía eléctrica, basada en tres aspectos:
1 - Cambio de luminarias de mercurio a sodio.
2 - Reducción de la potencia reactiva.
3 - Medición adecuada del consumo eléctrico.
b) Justificación: Racionalizar el consumo de energía eléctrica. Mejorar el servicio al incorporar nuevas tecnologías.
c) Metas. Renovación de 1700 luminarias.
Proyecto 006: Mantenimiento Alumbrado Público.
a) Descripción: La ejecución del programa de Racionalización de Energía será gradual , por lo que será necesario mantener el sistema actual mediante la sustitución de focos como así también de arreglos puntuales.
b) Justificación: Mantener las condiciones de seguridad en los distintos barrios.
c) Metas: Recambio de 300 luminarias como así también otras acciones colaterales como recambio parcial de líneas.
Proyecto 007: Obras de Arte Urbanas
a) Descripción: Se trata de la construcción o reconstrucción y ampliaciones de obras de alcantarillado en zonas urbanas y suburbanas. Es un proyecto de ejecución continuada, repetitivo año a año. En su mayoría se trata de la colocación de caños con los correspondientes cabezales de hormigón
b) Justificación: Evacuación de las aguas superficiales de modo de mejorar las condiciones del pavimento y la plena utilización de las vías de tránsito. Aumentar la duración de los pavimentos.
c) Metas. Ejecución de 300 metros lineales por año.
Proyecto 008: Pavimento de Hormigón
a) Descripción: Construcción de calles de hormigón cubriendo la superficie de rodadura pavimentando con un espesor de entre 15 y 20 cm de hormigón y reparación de cordón-cuneta existente.
b) Justificación: Se busca mejorar la circulación vehicular y la duración del pavimento, teniendo en cuenta el tránsito relativo a cada zona.
c) Metas: Se ejecutarán 2100 metros cuadrados por año.
Proyecto 009: Mantenimiento de Pavimento de Hormigón
a) Descripción: Se trata de mantener los pavimentos de hormigón, en base a sustitución de paños, limpieza y ejecución de las juntas de contracción como así también limpieza y sellado de fisuras.
b) Justificación: Se busca aumentar la vida útil de los pavimentos de hormigón d) Metas: Se mantendrán 16000 metros cuadrados por año.
Proyecto 010: Remodelación de la Avenida José Pedro Várela y calle Pocho Fernández.
a) Descripción: Se trata de la ejecución de un pavimento de hormigón como así también de otras obras colaterales entre la ruta 5 y la calle Baltasar Brum. El fínanciamiento del proyecto se realizará mediante el Programa de Desarrollo Municipal IV, y se ejecutará mediante empresa Contratista.
b) Justificación: Se busca mejorar la transitabilidad de una de las entradas principales de la ciudad, dotándolas de un pavimento acorde al tránsito.
Proyecto O11: Microcentro
a) Descripción: Semipeatonalización de la calle Independencia entre Ituizangó y Sarandi pavimentos alumbrado publico equipamiento urbano marquesinas.
b) Justificación: El centro de la ciudad padece como la mayor parte de los centros de una gran caída en su calidad espacial. Esta intervención atiende a recuperar su movilidad, su calidad como espacio urbano y movimiento comercial.
c) Metas: La obra se ejecutará en un 30% en el año 2007 y el resto en año 2008.
Proyecto 012: Concurso Predio Histórico.
a) Descripción: Llamado a concurso nacional para el conjunto predio histórico-plaza asamblea.
b) Justificación: Este conjunto tiene un fuerte significado tanto para Florida, como para el país. Es importante la recuperación urbanística y simbólica del mismo y el concurso parece el mecanismo mejor para enfrentar un tema que involucra a toda la nación.
c) Metas: Llamado a concurso y realización del mismo año 2007,
Proyecto 013: Barrio Cooperativas.
a) Descripción: Intervención urbana para equipar este barrio.
b) Justificación: En esta zona se han construido un número muy importante de viviendas, sin acompañar este crecimiento con los servicios correspondientes. Se trata de acondicionar paisajísticamente esta zona, centro barrial, espacios de uso público.
Proyecto 014: Arroyo Tomás González.
a) Descripción: Acondicionamiento de la traza del arroyo.
b) Justificación: Esta arroyo cruza gran parte de la ciudad de Florida, generando problemas de inundación en un 20 % aprox. de su recorrido pero más allá de solucionar este problema, el Arroyo tiene un valor paisajístico para la ciudad, que en la actualidad no está siendo aprovechado. Recuperar ese valor para la ciudad es el motivo de esta intervención.
Proyecto 015: Cartera de tierras.
a) Descripción: Fondo para la compra de tierras.
b) Justificación: La comuna ha donado una muy importante cantidad de tierras quedando sin terrenos a los efectos de poder planificar políticas de habitat, de crecimiento urbano.
Proyecto 016: Viviendas.
a) Descripción: Fondo para infraestructura en predios destinados a conjuntos habitacionales.
b) Justificación: El MVOTMA, solicita que los predios donde se implanten viviendas cuenten con toda la infraestructura. Se debe contemplar este costo dentro del presupuesto ya que corren por cuenta de la comuna.
Proyecto 017: Veredas, canteros, sendas peatonales y ciclovias.
a) Descripción: Se trata de la ejecución de vías preferentemente peatonales o para bicicletas
b) Justitifícación: Aumentar la seguridad del peatón asegurando pavimentos para tal fin.
c) Monto: Se estima un monto de $ 800.000 por año. Mano de obra: $500.000 Materiales: $ 300.000
Proyecto 018: Desagües Pluviales Barrio Corralón del Tigre.
a) Se trata de la ejecución de colectores pluviales que permita una correcta evacuación de las aguas de lluvia.
b) Justificación: Evitar la inundación de fincas, disminuir el riesgo sanitario provocado por el estancamiento de agua.
Proyecto 019: Desagües Pluviales Barrio Aguas Corrientes.
a) Se trata de la ejecución de colectores de grandes diámetros y canales que permita la evacuación correcta de las aguas de lluvia.
b) Justificación: El cruce de las calles Ituzaingó y Aparicio Saravia ante lluvia de bajo timpo de retomo se ve particularmente sometida a importantes caudales, lo que afecta la calidad de vida del Barrio.
Proyecto 020: Desagües Pluviales Barrio San Cono
Descripción: Se trata del estudio y ejecución de los desagües pluviales por la calle Acuña de Figueroa.
Justificación: Actualmente los desagües se realizan mediante una canal existente entre las calles Dibarboure y Figueroa en terrenos privados que es necesario revertir.
Proyecto 025: Viviendas Inundados
Descripción: Se trata de la construcción de viviendas para aquellas familias afectadas por las inundaciones así quienes se encontraban establecidos en asentamientos.
.Proyecto 026: Bituminización en Sarandí Grande
Descripción: Se trata del acondicionamiento de las calles de la ciudad de Sarandí Grande a través de la aplicación de asfalto.
Programa 202. Locales municipales.
Proyecto 001: Plaza de Deportes-Piscina
a) Descripción: Reforma y reparación instalación sanitaria y eléctrica a nuevo reparación de revoques y pavimentos canalización de pluviales reparación de techos ampliación de vestuarios y baños conexión interior y exterior de ambos locales.
b) Justificación: Este conjunto deportivo es el más importante del departamento vienen usuarios de distintas localidades del interior de uso masivo, durante todo el año, se encuentra en grave estado de deterioro por lo cual esta intervención es fundamental.
Proyecto 003: Reparaciones varias en edificios municipales.
a) Descripción: Biblioteca, Teatro 25 de Agosto, Escuela de Artes, Intendencia Municipal, Estadio 10 de Julio, Terminal de Ómnibus, Comedor calle J. Suárez, Rampas para Discapacitados.
b) Justificación: Se trata de obras de mantenimiento y mejoras las rampas se realizan para dar accesibilidad a todos los locales.
Proyecto 004: Cementerios.
a) Descripción: Realización de nichos y umarios y refacciones varias en cementerios de distintas localidades:
25 de Agosto: Un módulo de umario.
Casupá: Un módulo y medio umario.
Fray Marcos: Un módulo umario.
Cardal: Un módulo umario - dos módulos nichos - agua potable.
Chamizo: Un módulo umario - 1/2 módulo nichos.
25 de Mayo: Dos módulos nichos.
Capilla del Sauce: Terminar umario.
b) Justificación: Para ampliar las capacidades de los cementerios.
Proyecto 005: Juntas Locales.
a) Descripción: Refacciones varias en las juntas locales, obras nuevas a solicitud de las juntas.
25 de Agosto: Refacción techo.
Casupá: Salón de usos múltiples.
Fray Marcos: Refacciones varias-salón informática.
25 de Mayo: Refacciones varias.
Sarandi Grande: Refacción techo.
Cerro Colorado: Obrador Vialidad.
Plaza de deportes. Cardal: Plaza de deportes.
b) Justificación: Mantenimiento de edificios, obras nuevas a solicitud de las juntas.
Proyecto 06: Camping.
a) Descripción:
Florida: Baños y parrilleros - parador. 25 de agosto: Baños y parrilleros - parador. Polanco del Yi: Baños y parrilleros - parador - agua potable.
b) Justificación: Demanda por lugares de esparcimiento.
Programa 203 - Vialidad
Proyecto 001 Caminería Rural.
a) Descripción: comprende a) Mantenimiento Ordinario de caminos y b) Mantenimiento Extraordinario de caminos.
El mantenimiento ordinario corresponde a la ejecución de perfilados y aportes de material a razón de de un mínimo de 90 m3 por kilómetro.
El mantenimiento extraordinario corresponde la incorporación al camino de 13 a 15 cm de material granular compactado en toda su extensión.
Justificación. Se busca mejorar las comunicaciones de zonas rurales con centros poblados, como así también asegurar el traslado de insumo y de productos de las distintas zonas productivas del Departamento.
Metas: Mantenimiento extraordinario.
Proyecto 002: Obras de Arte
a) Descripción: Comprende los gastos por construcción y /o reconstrucción de calzadas de hormigón. Se trata de obras de diversos tamaños, que se encaran en ocasión de la ejecución de obras de caminería y /o determinadas por la necesidad de sustitución o reconstrucción de calzadas destruidas por creciente, etc.
b) Justificación: se busca mejorar las comunicaciones tratando de asegurar transitabilidad permanente.
c) Metas: Se realizará anualmente, hasta un máximo de 4 calzadas tipo.
Proyecto 003. Mantenimiento de tratamiento asfáltico en caminos de accesos a localidades.
Descripción: Se trata del mantenimiento de caminos en base a tratamiento bituminoso.
Justificación: En los últimos años se han ejecutados caminos rurales en base a tratamientos bituminosos que es necesario mantener, tales son los casos del camino a La Macana y a 25 de Mayo.
Metas: Mantenimiento de 60.000 metros cuadrados por afio.
Proyecto 004. Ejecución de Tratamiento asfáltico en caminos de acceso a localidades.
Descripción: Se trata de la ejecución de tratamiento bituminoso en accesos a localidades.
Justificación: Mejorara la transitibilidad de los caminos, brindando mayor confort y seguridad. Metas: Se ejecutaran 24.000 metros cuadrados por año.
Proyecto 007. Adquisición de maquinaria .
Descripción: Comprende la adquisición de dos palas-retro, del tipo combinada, un compactador de neumáticos, una pala cargadora, un camión mixer, un martillo neumático.
Justificación: Se trata de máquinas de gran versatilidad con una gran demanda sobre todo en obra urbanas.
Programa 204 - Desarrollo de sistemas de información departamental.
Proyecto 001. Catastro de las ciudades de Florida y Sarandi Grande
Descripción: Actualización de los aforos
Proyecto 002. Desarrollo de un sistema para la Gestión de la Infraestructura Básica Departamental.
Descripción: Elaboración de planos con toda la infraestructura básica departamental que permita un procesamiento computarizado moderno de la información. El trabajo se realizará en Florida como asi también en todas las Juntas Locales.
Justificación: El producto final, es un insumo importante para la planificación y toma de decisiones. En el caso de las Juntas Locales podrán disponer de planos actualizados de cada una de las localidades con la infraestructura urbana.
206.01- INVERSIONES DEPARTAMENTO DE TALLERES Y DEPOSITOS
Se ejecutará la adquisición de herramientas y equipos, equipamiento informático y recuperación paulatina de la maquinaria pesada.
Se prevén las siguientes adquisiciones:
Maquinarias y equipos - pulidoras, amoladoras, soldadora eléctrica de 140, 240 y 300 Amp., dobladora de chapas, sisalla de corte eléctrico, equipo de corte completo, gatos varios, llaves combinadas, caja de tubos completa, taladros, morsas, autógena, guillotina, soldador, montacarga para colocar motores, etc.
Recuperación de maquinaria pesada – bulldozer Fiatallis 23 y bulldozer nro. 19
207.01- INVERSIONES DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN
PROYECTO 001 – FLORIDA CIUDAD DIGITAL
Objetivos: Continuar con la implementación del proyecto buscando dotar a la gestión municipal de elementos tales como la transparencia, agilidad, descentralización y desburocratización, procurando el acceso de la información a la sociedad en su conjunto.
PROYECTO 002 – INSTALACIÓN DE SEMÁFOROS Y EQUIPAMIENTO DE DIVISIÓN TRANSITO
Objetivos: contribuir con el ordenamiento del tránsito vehicular y la seguridad peatonal mediante la instalación de semáforos en lugares claves de la ciudad de Florida; proveer de radares al Departamento de Tránsito y Transporte facilitando el desarrollo de la función inspectiva y actualizando los sistemas de control.
PROYECTO 003 – REFORMA AREA DE ATENCIÓN AL PÚBLICO Y ADQUISICIÓN DE LICENCIAS PARA EL SISTEMA DE RECAUDACIONES.
Objetivos: mejoramiento de la atención al contribuyente mediante un sistema personalizado tal como es de uso en la actualidad, y ampliando la cantidad de puestos de atención.
208.01- INVERSIONES DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD Y GESTION AMBIENTAL
Proyecto: Disposición final de Residuos Urbanos (aprobado 2006)
Descripción
Cierre del actual lugar de disposición en el marco de disposiciones establecidas en programa de racionalización de residuos sólidos urbanos. Considerar política ambiental sectorial y entre otros regionalización de residuos sólidos urbanos, desde zona este del departamento hasta lugar de disposición final.
Objetivos
Mejoramiento en el tratamiento de los residuos sólidos urbanos.
Mejoramiento paisajístico de unas de las entradas principales a la capital departamental.
Actividades
- Cierre de actual lugar de disposición en el marco de disposiciones establecidas en programa de racionalización de gestión. Tareas establecidas en proyecto consultora).
- Resolver definitivamente sobre nuevo lugar de disposición en base a trabajos de identificación de predios ya realizado o nuevos criterios que se adopten.
- Elaboración de anteproyecto y forma de financiación de la ejecución de las obras que se proyecten para nuevo lugar.
- Considerar política ambiental sectorial y entre otros regionalización de R.S.U, en este caso, desde zona Este del Dpto. hasta el lugar de disposición final.
Proyecto: Gestión calidad del agua
Actividades
- Proyecto de Fortalecimiento de Capacidad de Gestión de Calidad de Agua en Montevideo y Área Metropolitana tomando como referencia el curso hídrico del Río Santa Lucía y la presa de Paso Severino.
- Fortalecer experiencia iniciada en Florida con el Foro de Calidad de Agua en temas inherentes a Educación y participación ciudadana.
- Reafirmar actividad programada y coordinada sobre emisiones al ambiente y la determinación de la D. G.de S. y C. A. en ratificar convenios existentes.
Proyecto: Mantenimiento y ampliación Cementerio Florida
Descripción
Actividades
- Construcción de un blocs de 30 nichos unicelulares.
- Remodelación de 3.500 m2 de pavimento.
Objetivos
Ampliar la capacidad de almacenamiento de cuerpos de los nichos.
Adecuar el pavimento a los nuevos requerimientos de peso, provocados por la adquisición del auto elevador.
Proyecto: Recambio parque camiones recolectores y barométricos
Descripción
Ampliación de la frecuencia de recolección domiciliaria de residuos sólidos urbanos en forma diaria, en lugares donde se realiza actualmente en forma alternada. Realización de 7 turnos diarios, que abarcan las zonas urbanas y suburbanas de la ciudad con un total de 237 km de extensión. El actual parque de maquinas se encuentra obsoleto y deteriorado.
Mejoramiento del servicio de vaciado de pozos negros a través del aumento de la respuesta por parte de la comuna a las necesidades de la población de la ciudad.
Proyecto: Remodelación y equipamiento dependencias R.S.U y Barrido
209.01- INVERSIONES DEPARTAMENTO DE DESCENTRALIZACION
Proyecto: Adquisición camión barométrica
Justificación
Visto las dificultades que se han desarrollado en este período de gobierno a fin de satisfacer y racionalizar las necesidades de la población de las localidades del interior en cuánto a la atención del servicio de barométrica, se considera necesario la compra de un camión- barométrica a los efectos de mejorar dicho servicio. Cabe agregar además, que se contaba con dos unidades y en el omento por motivos de rotura sólo funciona una. Informado en su oportunidad por el Sr. Director de talleres que a la otra unidad no se justifica su reparación.
Objetivos
Atender y servir en su justa medida los requerimientos de la población del interior.
Proyecto: Adquisición camión de 6 a 7 toneladas
Justificación
Visto las dificultades planteadas en este período de gobierno en cuánto a la recolección, traslado de diferentes materiales, y trabajos inherentes a un camión con el fin de promover diferentes servicios en la localidad de Sarandí Grande, dado su extensión y población se necesita comprar para dicha localidad un camión de 6 a 7 toneladas-.
Objetivos
Atender y servir en su justa medida los requerimientos de la población del interior.
Proyecto: Adquisición camioneta
Justificación
Visto la superficie y población a atender por la Junta de Sarandí Grande y adyacencias, sumando las zonas de Goñi, Puntas de Maciel, Polanco del Yi y Pintado de dicha localidad.
Objetivos
Brindar un eficaz servicio.
Proyecto: PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
Marco Conceptual
Es un proceso de profundizadón de diálogo democrático, que se establece entre el Ejecutivo Departamental y los habitantes del Departamento de Florida, transfiriendo poder a los ciudadanos quienes definen el destino de los fondos de la IMF destinados al Presupuesto Participativo (P.P.) para la ejecución de acciones que son de interés de la comunidad.
Permite el involucramiento, el seguimiento y control ciudadano de la gestión municipal, siendo también una importante herramienta democrática de la descentralización participativa.
Objetivo
Establecer ámbitos que aseguren la efectiva participación de la ciudadanía, de forma responsable y comprometida en los procesos de elaboración de la parte asignada del presupuesto municipal, así como la fiscalización del mismo.
Finalidad
Colaborar en el proceso de desarrollo de ciudadanía.
Recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad, para considerarlas en el presupuesto departamental y promover su satisfacción.
Iniciar un proceso de involucramiento en la gestión de gobierno. Alcance Territorial
El proceso de Presupuesto Participativo alcanza a todo el territorio del Departamento de Florida.
Materia a tratar
Los proyectos presentados deben estar relacionados con aspectos en materia municipal definidos en la Constitución de la República, la Ley Orgánica Municipal y Normas del Gobierno Municipal de Florida.
Pautas
El Departamento de Florida se organizará en 21 (veintiún) territorios, de los cuáles 8 (ocho) serán urbanos y 13 (trece) de Juntas Locales. De los
ocho territorios urbanos, 6 (seis) de la ciudad de Florida, 2 (dos) de la ciudad de Sarandí Grande y 1 (uno) por Junta Local (13).
En el caso de Sarandí Grande se entiende que dos (2) territorios corresponden a la ciudad. La zona rural de influencia con sus respectivas localidades compartirán el tercer territorio correspondiente a la Junta Local, eligiendo proyectos para Pintado, Goñi, Puntas de Maciel y Polanco del Yí.
En las demás Juntas Locales el territorio abarcará a su zona de influencia.
Así se instrumentará que se podrán aprobar proyectos de la siguiente manera:
Casupá 3 (tres), Reboledo 1 (uno), Cerro Chato tres (3), Valentines uno (1) Nico Pérez tres (3), Illescas uno (1), Capilla del Sauce tres (3), agrupando para un proyecto el que resulte más votado entre Montecoral y Chilcas y Chingólas, Fray Marcos tres (3), La Escobilla uno (1) Chamizo tres (3), Chamizo Chico (Kmtro. 94-ruta 94) uno (uno). Mendoza Grande dos (2), Mendoza Chico dos (2), La Cruz tres (3) y uno (el más votado) entre Santa Teresa, San Jerónimo, Talita, Palermo y Colonia Francia, 25 de Mayo tres (3), uno (el más votado) entre Berrendo y Paso de Vela Cardal tres (3), Independencia uno (1) 25 de Agosto cuatro (4) Cerro Colorado cuatro (4)
Se deja constancia que la zona centro de la ciudad de Florida contará con hasta tres (3) proyectos.
La zona de La Macana tendrá la posibilidad de contar con un (1) proyecto.
El P.P., se realizará anualmente, dando lugar a un ciclo de trabajo que comenzará el 15 de febrero y culminará el 15 de noviembre en todo el departamento, con la votación de los proyectos.
En la fase inicial del proceso en cada año, se convocará a Cabildo a la población de cada uno de los 21 (veintiún) territorios, con la finalidad de informar sobre el PP y la forma de presentación de propuestas.
Las propuestas deberán ser presentadas al 30 de junio de cada año en las Mesas de Trabajo correspondiente a cada territorio.
Los Equipos Técnicos tendrán un plazo de vencimiento al 30 de setiembre de cada año, para terminar su trabajo de estudio para establecer la viabilidad y costeo de los proyectos. La elección se realizará el 15 de noviembre de cada año en forma simultánea en todos los territorios.
ORGANIZACIÓN
Mesa Ejecutiva del P.P.
Este órgano está integrado por representantes del Gobierno Departamental, teniendo como principales funciones:
Promover la difusión, sensibilización y participación ciudadana en el proceso de Presupuesto participativo,
Elaborar el Marco Reglamentario, que regirá el proceso de Presupuesto Participativo,
Elaborar el cronograma anual de actividades,
Articular con el Gobierno Departamental, las Mesas de Trabajo del P.P., (en el interior las Juntas Locales), e instituciones públicas y privadas,
Realizar evaluación permanente del proceso de Presupuesto Participativo.
Mesas de Trabajo del P.P.
Este órgano estará conformado en el interior del Departamento por las Juntas Locales.
En la ciudad de Florida estará integrado por representantes del Gobierno Departamental (Ejecutivo y Presidencia de la Junta Departamental). Estará presidido por un integrante del Gobierno Departamental designado a esos efectos.
Una vez constituido tiene como funciones principales;
La elaboración de directivas y planes de trabajo a seguir por la misma, Convocar a la población al debate ciudadano,
Recepcionar, todas las propuestas realizadas por la población, dentro de un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles,
Evacuar dudas sobre cualquier aspecto del proceso de Presupuesto Participativo y brindar información sobre los proyectos que no califiquen.
Dar a conocer las propuestas que están en condiciones de ser sometidas a votación por la población.
Facilitar el acceso a las rendiciones de cuentas sobre el avance de los proyectos, así como a toda información referida al proceso de Presupuesto Participativo que pueda ser de interés de la población local.
DIFUSIÓN DEL PROCESO
El Ejecutivo Comunal se encargará de procurar la masiva difusión del proceso de Presupuesto Participativo, utilizando todos los medios de que disponga.
ETAPAS
Comunicación a la ciudadanía: Publicidad, difusión y promoción para la participación popular
Conformación de Mesas de Trabajo en las condiciones antes establecidas Presentación y recepción de proyectos Análisis de factibilidad, por parte de los técnicos de la IMF Elección
Ejecución y seguimiento Rendición de cuentas
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Se recibirán todas las propuestas presentadas por personas mayores de 16 años con su respectiva cédula de identidad a título personal, debiendo justificar residencia personal, social, institucional o laboral en el territorio.
Los proyectos se confeccionaran y recibirán en la ficha que a tales efectos se elaborará a tres vías. Se entregará al proponente una copia de la ficha, sellada con la firma de la persona que la recepciona.
Se debe informar al proponente que las propuestas deben estar destinadas a concretar intervenciones de interés vecinal asegurando el uso comunitario
de las realizaciones y se deben corresponder con las funciones que cumple la IMF;
características estas excluyentes. Por lo tanto se deberá garantizar siempre el uso comunitario, en circunstancias por ejemplo: cesión de espacio público, maquinaria, etc; así como también en los casos de proyectos productivos, cuyo fin se convenirá con esta Intendencia, o sea que en todos los casos habrá una contraprestación a la comunidad.
Las propuestas, una vez recepcionadas, serán estudiadas por la Mesa de Trabajo y luego por los técnicos de la IMF, quienes deberán determinar su competencia institucional y evaluar su viabilidad técnica, económica, social, ambiental, normativa y estimar el costo aproximado de la misma.
Sólo las propuestas viables serán sometidas a votación ciudadana.
Las propuestas deben ser pasibles de ser ejecutadas o desarrolladas en su totalidad en el año siguiente. La ejecución de las mismas será responsabilidad de la Intendencia Municipal de Florida, bajo la forma que ésta lo estime conveniente.
CRITERIOS DE ELECCIÓN
La lista con los proyectos que estén acordes a las normas del Presupuesto Participativo serán divulgadas por los medios que se dispongan a tales efectos.
Serán sometidos a elección popular, a través de voto secreto, debiendo el procedimiento ser único para todos los territorios.
Para tener derecho a voto, se debe ser mayor de 16 (dieciséis) años cumplidos a la fecha de realizarse el acto eleccionario.
Los electores podrán votar en un solo territorio, cualquiera sea éste, hasta 2 (dos) proyectos.
ASIGNACIÓN DE RECURSOS
A los territorios
Monto global: Se establecerá anualmente la parte del presupuesto municipal a destinar al proceso de Presupuesto Participativo. Para el año 2008 será de 10.500.000 (diez millones quinientos mil) pesos uruguayos.
Distribución: El monto global asignado se dividirá en partes ¡guales para cada uno de los territorios. Para el año 2008 le corresponderá a cada territorio la suma de hasta 500.000 (quinientos mil) pesos uruguayos.
Destino: Se dispondrán en un cien por cien al financiamiento de cada proyecto electo.
A los proyectos
Tope: Cada proyecto no podrá superar los $125.000 (ciento veinticinco mil pesos uruguayos).
Orden de prioridad: Las propuestas, luego de sometidas a votación, serán ordenadas de acuerdo a la cantidad de votos que obtengan cada una, partiendo de las más votadas y así sucesivamente hasta la que obtenga menos votos. En el caso de que dos o más proyectos obtengan la misma cantidad de votos, se realizará sorteo, siempre que el remanente no sea suficiente para atender el monto de las mismas.
Distribución primaria: Los recursos se asignarán a los proyectos siguiendo el orden establecido en el párrafo anterior, hasta que el monto total alcance. Luego de asignar recursos para la primera propuesta (la más votada), se asignarán recursos a la segunda y así sucesivamente a tantas como alcance el fondo para financiar propuestas en su totalidad.
Distribución secundaria: Si en algún caso no se presentaren proyectos, o el costo de los mismos fuera menor al tope asignado al territorio, el monto restante será reasignado a los efectos de cubrir los costos de otros proyectos.
Procedimiento: Se acumularán los montos no asignados en cada uno de los territorios. Se considerará en primer término el territorio en el cual se hubieren presentado mayor número de proyectos. En el mismo, se tomará el proyecto inmediatamente posterior al último al que se le haya asignado recursos y se le asignarán los recursos. En el caso de que el monto a redistribuir no alcanzaren para cubrir la totalidad del proyecto, o una vez asignado, siga habiendo recursos para distribuir, se pasará al segundo territorio que hubiera presentado mayor número de proyectos. En el mismo, se tomará el proyecto inmediatamente posterior al último al que se le haya asignado recursos y se le asignarán recursos y así sucesivamente hasta agotar los mismos.
En el caso de que dos o más territorios hubieran presentado igual cantidad de proyectos, se recurrirá a sorteo para determinar el orden de prioridad para asignar recursos.
RENDICIÓN DE CUENTAS
La Mesa Ejecutiva del P.P. facilitará el acceso a la información sobre el proceso de Presupuesto Participativo a las mesas de trabajo, para que a través de ésta esté a disposición de la ciudadanía en general, sobre los avances en la ejecución de los proyectos.
213.01- INVERSIONES DEPARTAMENTO DESARROLLO SOCIAL
Proyecto: BANCO DE MATERIALES
Descripción
Facilitar el acceso a familias carenciadas y en condiciones de viviendas muy precarias a los materiales de construcción necesarios para la refacción y ampliación de las mismas. El mismo tendrá vigencia en los años 2008 y 2009.
Objetivos
Atender un grupo de alrededor de 15 familias floridenses anuales con carencias habitacionales que por diversas circunstancias no son alcanzadas por las políticas habitacionales nacionales llevadas adelante por los distintos ministerios.
Actividades
- Captación, seguimiento y asignación a las familias por parte de las Asistentes Sociales.
- Confección del procedimiento adecuado por el cual las familias beneficiadas por esta asistencia se comprometen prestar funciones de carácter comunitario como contrapartida de estas.
Proyecto: HOGAR DE ANCIANOS 25 DE MAYO
Actividades
- Diligenciamientos necesarios para concretar ante los propietarios la obtención a titulo de donación el predio ubicado en la Villa 25 de Mayo.
- Construcción de la estructura edilicia.
- Equipamiento en mobiliario necesario para el funcionamiento.
- Designación del personal necesario para el funcionamiento.
Proyecto: REMODELACIÓN COMEDOR SARANDI GRANDE Y REFACCIONES VARIAS EN LOS RESTANTES.-
Proyecto: REFACCIÓN HOGAR ESTUDIANTIL EN MONTEVIDEO
214- INVERSIONES DEPARTAMENTO DE DESARROLLO SUSTENTABLE
Proyecto: Turismo de naturaleza sustentable y producción responsable
JUSTIFICACION ESTRATEGICA DE LA PRESENTACION DEL CANDIDATO
Esta microrregión tiene posibilidades de profundizar su desarrollo integral (económico-productivo, cultural, ambiental y socio-político) si tiene lugar en ella un proceso de ampliación de las capacidades de sus actores para gestionar su territorio.
El conglomerado propuesto, donde el negocio principal es el Turismo de naturaleza sustentable y producción responsable, tiene carácter potencial para la microregión, donde algunas actividades están plenamente consolidadas (lechería, apicultura, vitivinicultura, porcicultura, avicultura) otras incipientes (cunicultura, forestación con especies autóctonas, y especialmente el turismo).
Este proyecto debiera incluirse en el programa ya que conforma una unidad fundamental de análisis, capaz de impulsar acciones para el desarrollo de una estrategia de competitividad territorial, que puede servir como ámbito de diálogo, encuentro, debate, a través del cual es posible construir una visión estratégica compartida entre todos los actores involucrados: los empresarios y productores –medianos y pequeños-, el gobierno departamental, los gobiernos locales -Juntas locales- y el nacional, las instituciones educativas y de investigación, las fuerzas vivas, y por supuesto el ciudadano común que vive, trabaja, se educa y recrea en ese espacio.
El conglomerado persigue el aumento de la productividad, la calidad y competitividad en la microregión entre las empresas existentes y las que se puedan crear, siempre desde el enfoque de desarrollo sustentable, como fuente de avance político y social. Indirectamente, los efectos multiplicadores que el turismo y la producción responsable implican en generación de empleo, valor agregado, aumento de la actividad, retención de la población en su medio a la vez que garantiza estándares aceptables de calidad de vida.
La estrategia se basa en considerar las actividades productivas ya existentes en el territorio y los recursos patrimoniales, naturales y culturales a poner en valor mediante la incorporación gradual de una de las actividades productivas que mejor se adecua a la realidad natural y social donde se inserta el proyecto como es el Turismo de naturaleza sustentable y la producción responsable.
El Objetivo General de este proyecto es fortalecer los vínculos y las redes en la región sur del departamento de Florida, utilizando como estrategias el turismo de naturaleza y la producción responsable de manera de generar condiciones para la inserción competitiva del conglomerado.
Proyecto: Reconversión y formalización de productores lecheros
Justificación estratégica de la presentación del candidato
El sector de productores de leche que comercializa sin pasteurizar su producción constituye un grupo que por su escala, sus limitados recursos tecnológicos y la debilidad de su capital social, queda excluido de los circuitos formales de colocación de la misma. Este hecho va atado a la dificultad para acceder al crédito en el sistema financiero para dar el salto productivo y tecnológico que lo saque del círculo de exclusión que muchas veces deja a los productores y a sus familias por debajo de la línea de pobreza. La debilidad del capital social y la escasa formación para la acción colectiva hace que los niveles organizativos sean inexistentes, reforzando esas condiciones. El resultado es la comercialización de su producción en circuitos informales en las ciudades y pueblos con los consecuentes riesgos para la salud de la población. Este proyecto está orientado a reconvertir a los 100 productores de leche cruda del departamento de Florida en empresarios legales, integrarlos a los circuitos formales de comercialización de la producción láctea y a generar una estrategia sustentable de supervivencia para cerca de 100 familias que hoy se ubican mayoritariamente bajo la línea de pobreza. Para ello la Intendencia de Florida y la Sociedad de Productores de Leche se plantean organizar y capacitar a estos productores de modo de generar salidas alternativas a su producción, sea mediante la pasteurización de la leche y su incorporación al mercado formal, sea a través de su reconversión en productores de quesos artesanales Este proyecto se plantea como objetivo central su formalización e integración a los circuitos legales a través de acciones de:
Organización: apoyo a la conformación de un actor colectivo que los represente, que potencien el capital social de los cruderos y posibiliten identificarlos como objeto y sujetos de políticas públicas.
Planificación: Elaboración de un plan de reconversión de los cruderos con participación de los mismos, de la IM y de la SPLF
Capacitación: técnica (para el mejoramiento de las condiciones de producción y generación de alternativas económicas a la informalidad viables) y social (para fortalecer el capital social de los productores)
Generación de conocimiento: relevamiento de las características sociales y del perfil económico de estos productores para diseñar políticas sobre la base de informaciones sólidas.
Estas acciones se complementarán con otros proyectos para los que la IMF procurará financiamiento en otras agencias estatales o de cooperación.
De Mejoramiento de infraestructura: optimización de la plantas existentes en Florida (de modo que no la vuelquen leche sin pasteurizar al mercado)
Financieros: Establecimiento de un fondo rotatorio gestionado por un comité integrado por representantes de OPP, la IMF y la Sociedad de Productores de Leche y una ONG especializada, para que los productores incorporen tecnología y capital que mejore la productividad de sus unidades de producción y actualicen sus instalaciones . Ello les permitirá salir del círculo vicioso de la no rentabilidad-informalización de su actividad-baja productividad.
Proyecto: La identidad cultural como palanca para el desarrollo sustentable de pequeñas localidades del suroeste de Florida
Resumen
El objetivo del proyecto es el desarrollo territorial integral, armónico y equitativo las pequeñas localidades del suroeste de Florida (cuenca lechera) utilizando como estrategias la participación colectiva en el diseño de propuestas productivas, sustentables y vinculadas al patrimonio histórico, cultural y paisajístico de las mismas. Este proyecto alcanzará esa meta generando proyectos sustentables financiera, social y ambientalmente que tengan como eje la identidad local.
Para ello fortalecerá la capacidad de los gobiernos y de las organizaciones locales, incorporando a las sociedades de esas poblaciones en la toma de decisiones sobre política pública y de la consecución de financiamiento que proporcione sustento al desarrollo y a la participación.
1.5. Objetivos
Objetivos generales:
Facilitar el Desarrollo Sustentable de las localidades de la microrregión suroeste de Florida (comunidades excluidas social y territorialmente), a través de la gestión asociada, entre municipios y organizaciones locales, de emprendimientos económicos que pongan en valor su identidad cultural.
Desarrollar las capacidades estructurales y de acción del municipio y de las comunidades a través de la gestión asociada, la participación en la definición del destino de fondos locales y de la apertura hacia el entorno internacional, a través de la colectividad uruguaya en el exilio.
b) Objetivos específicos:
Generar proyectos económicos sustentados en la identidad cultural de la microrregión suroeste de Florida, que le permitan a sus localidades superar la exclusión territorial que las caracteriza.
Estimular y fortalecer el diálogo y la cooperación entre las instituciones locales, las organizaciones del tejido social y los agentes académicos y de desarrollo, a través de la participación en la génesis e implementación de procesos de desenvolvimiento local que pongan en valor la identidad cultural de las comunidades.
Integrar a la comunidad floridense y uruguaya en el exilio a un proyecto colectivo global de mejora de la calidad de vida de sus compatriotas.
Generar espacios de gestión de fondos locales entre municipios y pequeñas localidades, que valoricen la identidad cultural como sustento del desarrollo local y que desarrollen proyectos de planificación estratégica y gestión asociada (PPEGA), de modo de promover la cohesión social y arraigar la población a sus territorios
Hacer partícipes insustituibles a las comunidades en la definición del destino de fondos públicos presupuestales, uniendo la misma al rescate de su identidad, de modo de avanzar hacia formas novedosas de presupuestos participativos en municipios que no tienen trayectoria al respecto.
Fortalecer las capacidades de los municipios para liderar procesos de desarrollo sustentables financiera, social y ambientalmente, estimulando la constitución de redes de localidades que den escala a los proyectos locales destinados a mejorar la calidad de vida de sus comunidades.
Proyecto: Fortalecimiento de la base comercial de horticultores de La Escobilla, Florida
Resumen Ejecutivo
Este proyecto está orientado a mejorar la condiciones de comercialización de su producción de un grupo de agricultores de la zona conocida como La Escobilla, cercana a las localidades de Fray Marcos y Chamizo en el departamento de Florida. El mismo tiene tres componentes: financiero, organizativo y de infraestructura, que pretenden solucionar problemas en las condiciones que posibilitan una mayor apropiación del excedente generado por estos productores.
Objetivos del proyecto
Objetivo general
Mejorar las capacidades de 8 productores de la Escobilla para dar mayor rentabilidad de sus emprendimientos, a través de la disminución de los costos de los fletes, la generación de una organización colectiva que los reúna para administrar los beneficios de la misma y los medios para alcanzarla y la construcción de infraestrucutura en el Mercado Modelo.
Objetivos específicos
Constitución de un fondo reembolsable para la compra de un camión que sea utilizado por todos los productores del grupo objetivo en forma colectiva con el objetivo de mejorar las condiciones de rentabilidad evitando los fletes.
Mejorar el nivel organizativo del grupo, necesario para gestionar colectivamente los recursos necesarios para darle sustentabilidad a la mejora de las condiciones de comercialización señaladas en el objetivo anterior
Construir un local de ventas en el Mercado Modelo para posibilitar la continuidad de la comercialización, independientemente de las condiciones ambientales, y evitar el deterioro de la producción.
Proyecto: Sustentabilidad del Sector Lechero de Florida
Objetivos del proyecto
Objetivos generales
Aumentar la rentabilidad y sustentabilidad ambiental del sector lechero del departamento de Florida
Generar nueva infraestructura que posibilite la producción de calidad en todo el departamento
Objetivos específicos
Reducir los impactos negativos sobre el ambiente que hoy tiene la actividad lechera a nivel de la producción.
Mejorar la infraestructura necesaria para ello en 151 establecimientos lecheros
Dejar instalado un fondo de modernización de la producción lechera para futuras mejoras en los establecimientos.
Proyecto : Florida en un solo lugar- Centro de Promoción y Desarrollo de Florida
I ) Justificación
Este proyecto se orienta a potenciar el desarrollo del Departamento en las dimensiones de crecimiento económico, mejora en la gobernanza, fortalecimiento del capital social, así como en el fortalecimiento de la identidad local, para que la producción de Florida pueda ser reconocida como marca territorial a nivel nacional e internacional.
En el plano del crecimiento económico este proyecto se propone generar un ámbito de gestión comercial que de visibilidad y genere mercados para la producción floridense de calidad. En ese sentido, la IMF y el Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU), junto a agentes económicos locales se encuentran en un proceso de generación de una marca territorial. En el Centro de Promoción y Desarrollo “Florida en un solo lugar” se expondrán y comercializarán los mejores productos de Florida, aquellos que puedan ser certificados con la marca territorial. Asimismo se llevarán a cabo desde él acciones para fortalecer a los agentes económicos en la comercialización, el packing y el marketing de sus productos, sean éstos industriales, artesanales o servicios.
Además en el centro se brindará toda la información que requieran los agentes económicos para radicar inversiones, los turistas para disfrutar del departamento, los visitantes para conocer las identidades locales, al tiempo que generará propuestas para potenciarse como centro de información.
Este proyecto se orienta a mejorar además las condiciones de la gobernanza local, pues articula esfuerzos de diferentes actores en un proyecto colectivo que aspira a convertirse en un embrión de una futura AD.
“Florida en un solo lugar” se proyecta como un espacio de integración social que brindará la posibilidad de una primera experiencia laboral a jóvenes floridenses, en un espacio donde la promoción de la calidad como valor territorial constituirá un plus a su formación para el mundo del trabajo.
Finalmente, el diseño del edificio que albergará este centro será seleccionado en un concurso público de iniciativas que expresen desde el punto de vista artístico y arquitectónico rasgos centrales de la identidad floridense.
Este proyecto se articulará además con otros dos que la IMF viene desarrollando con otros actores: la generación de una marca territorial y la transformación del eje vial ruta 5 en una ventana de oportunidades.
El primero de ellos, en conjunto con el LATU está orientado a certificar con una marca territorial el espíritu emprendedor, la innovación y el control y mejora de los procesos por parte de las empresas. El segundo es un emprendimiento de cuatro intendencias y se propone generar un corredor turístico desde Montevideo hasta Durazno que valorice a los emprendimientos económicos y a las identidades cultural locales, y lo convierta en un producto turístico.
La convicción que guía este proyecto es que sólo podremos atraer visitantes e inversores de manera sostenible si contamos con servicios de excelencia que estimulen a que el visitante nos recomiende como destino turístico y nos considere como territorio donde pueden hacerse buenos negocios .
La creación de un Centro de Promoción para el Desarrollo como experiencia de articulación público-privada tiene una serie de ventajas competitivas:
Facilita las respuestas rápidas situaciones a emergentes pues integra a la ejecución los tiempos de la gestión empresarial.
Permite una mayor cercanía a las fuentes de demandas, pues al desconcentrar el cumplimiento de determinados servicios en agentes no estatales abate intermediaciones de aparatos burocráticos pesados.
Racionaliza los recursos y capacidades territoriales existentes, en un marco de prioridades concertadas y de acciones coordinadas, evitando así superposisiones y competencias interinstitucionales.
En fin, como su nombre lo dice “Florida en un solo lugar” será un espacio de gestión compartida donde se concentre la información al inversor, la comercialización de producción de calidad, el apoyo a emprendimientos innovadores, la oferta turística y la generación de iniciativas de desarrollo; llevado adelante por un equipo calificado de empresarios y técnicos con formación y empuje, y orientado inicialmente en sus líneas estratégicas por la IMF, el Centro Comercial e Industrial de Florida, el Ministerio de Turismo, Deporte y Juventud y la Agencia de Desarrollo de Sarandí Grande y Aldeas Infantiles.
III. Objetivos
a) Objetivos generales
Dar visibilidad y posibilidades de mercado a la producción de calidad del departamento de Florida.
Profesionalizar la gestión de la Unidad de Turismo de la IMF y generar una plataforma técnica de apoyo a las políticas de la Dirección de Desarrollo Sustentable para captar inversiones.
Brindar la posibilidad de primeras experiencias de empleo a jóvenes floridenses en un ambiente de trabajo orientado a la calidad.
Generar infraestructura donde se genere y se brinde información a turistas, potenciales inversores y usuarios de la ruta 5, y se comercialice producción floridense con marca territorial.
b) Objetivos Específicos
Generar un centro desde donde se gestione la comercialización, el marketing y la promoción fuera de Florida de producción de calidad, certificable con la marca territorial a generarse en el proceso que la IMF lleva a cabo con el LATU, de al menos 20 productores.
Incorporar por dieciocho meses un equipo técnico con formación en desarrollo y turismo que organice la información a brindar a turistas, visitantes y potenciales inversores y genere iniciativas de mejora de la gestión de la IMF en estos planos.
Posibilitar a seis jóvenes por nueve meses una pasantía en el Centro de Promoción y Desarrollo “Florida en un solo lugar”, a seleccionar entre internos de Aldeas Infantiles y estudiantes de la Tecnicatura en Turismo de la Escuela Técnica (ex UTU) de Florida.
Capacitar a funcionarios de la Unidad de Turismo en gestión de la información y estrategias de marketing territorial que permitan darle sustentabilidad al Centro después de retirado el equipo técnico.
Proyecto:“Reciclar papel para generar empresas”
Objetivo CentralSensibilizar a los niños en el consumo responsable y amigable con
el medio ambiente, mediante la capacitación del reciclado de papel
Coordinación: Intendencia Municipal de Florida
Grupo de Mujeres de Florida “Creaciones en “Papel”
Contacto: Ing. Alejandro Echeverría (IMF)
Betina Santarcieri (Grupo de mujeres)
Teléfonos: 035 -24897 y 26189
Correo electrónico: creacionesenpapel_4@ hotmail.com Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Objetivos
Objetivo general
- Contribuir al desarrollo de prácticas de consumo amigables con el medio ambiente mediante la sensibilización en el uso de papel reciclado.
- Generar recursos para formalizar al Grupo de Mujeres “Creaciones en Papel”
Objetivos específicos
Formativos
- Capacitar a 550 estudiantes de y 16 docentes de quinto y sexto año en el reciclado de fibras vegetales, papel desechado y otro productos biodegradables mediante la elaboración de papel artesanal ecológico
Culturales
- Generar en los niños y en los docentes predisposición al cambio en las prácticas de desecho de papel, de modo de reducir el impacto ambiental negativo de los hábitos de consumo.
Económicos
- Ampliar el mercado de la producción de papel artesanal ecológico, mediante la difusión de sus ventajas entre escolares, docentes y familias de los mismos.
Educativos
- Estimular la creatividad y expresividad de los escolares a través del reciclado de papel y su vinculación al juego como actividad creadora.
Organizacionales
- Incorporar al Grupo de Mujeres al sector formal de la economía
- Potenciar la presencia de la OPP en el territorio
Proyecto: Fondos de desarrollo para la microrregión norte de Florida
Resumen
Este proyecto está orientado a fortalecer a los actores locales y en particular de las Coordinadoras de Desarrollo de las dos localidades en sus capacidades para generar desarrollo económico local. Para ello el proyecto plantea elevar la calidad de propuestas de los actores locales en la dimensión económica a través de capacitación, asesoría técnica, trabajo de incidencia, y del manejo de fondos rotatorios de inversión que generen inclusión social y fortalezcan capacidades instalas o promuevan nuevas. El aporte solicitado a la OPP es de 30.000 dólares americanos para constituir un fondo de este tipo, el cual será gestionado conjuntamente por las dos coordinadoras y la colectividad uruguaya a través de los inversores que decidan aportar al mismo. Los recursos disponibles se destinarán a generar emprendimientos económicos social y financieramente sostenibles, de cuyos beneficios participarán los inversores en condiciones a acordar antes de instalar el fondo. Las comunidades locales, a través de sus coordinadoras de desarrollo, proporcionarán recursos humanos para la identificación de dichos emprendimientos y llevarán a cabo acciones de seguimiento y monitoreo de los mismos para asegurar el reintegro de los préstamos destinados después que los mismos se pongan en marcha. La Intendencia Municipal de Florida aportará fondos para fortalecer organizativamente a los agentes locales y para monitorear el proceso de adjudicación de capitales para los emprendimientos y de reintegro de los mismos.
Objetivos:
a) Objetivos generales:
- Fortalecer a los actores locales y en particular a las Coordinadoras de Desarrollo Local de Sarandi Grande y Capilla del Sauce en sus capacidades para impulsar desarrollo económico local
- Generar emprendimientos de base territorial que produzcan empleo de calidad, sostenibles económica y socialmente.
b) Objetivos específicos:
- Elevar la calidad de propuestas de los actores locales en la dimensión económica a través de capacitación, asesoría técnica y trabajo de incidencia
- Incorporar al proceso un Fondo Rotatorio en ambas localidades, para financiar el Desarrollo Local, en base a un aporte inicial de capital por parte del proyecto
Articular la propuesta con las políticas sectoriales y macroeconómicas a nivel departamental, nacional y regional
Proyecto: Integración de Mujeres de Polanco del Yí a políticas cruzadas de desarrollo productivo y salud
1- Fundamentación
El polen constituye uno de los subproductos de la apicultura que menos atención ha tenido por parte de los productores, debido a la baja relación costo – beneficio que su extracción implica, y a la presión de la demanda internacional sobre la miel antes que sobre otros componentes del ciclo apícola. Los productores, en particular aquellos que no tienen en esta producción su único medio de vida, no ven redituable la dedicación de tiempo y esfuerzo de comercialización que compense la distracción de estos recursos a la miel, al menos en tanto ésta tenga demanda suficiente en el mercado internacional. Como resultado de estos factores, el 90% del polen que se comercializa en nuestra plaza es importado, y de una calidad que podría ser controlada y mejorada con mayor eficiencia si tuviera origen nacional.
Esta situación es compartida por los productores de la microrregión donde se encuentran Polanco del Yí y de Sarandí Grande, una de las más ricas del país en términos de calidad de la miel y de la polinización de los campos que genera este tipo de producción.
Por otra parte, tenemos en estas localidades, en particular en Polanco del Yí una población femenina a la que le cuesta acceder al mercado laboral y que potencialmente podría convertirse en asalariadas o productoras del sector, si se dieran las condiciones para su capacitación e integración a redes sociales de las que hoy no forman parte.
Existen en el territorio apicultores medianos y grandes que podrían absorber un grupo limitado de mujeres como mano de obra asalariada, para que realicen la tarea de extracción del polen, sin la distracción de esfuerzos que normalmente ello implica.
Por un lado, la demanda de trabajo por parte de las mujeres de Polanco del Yí, y por otro la receptividad de algunos productores de las cercanías de esta localidad, hacen posible pensar en un proyecto que integre estos dos vectores de interés en un emprendimiento que articule atención primaria de la salud con generación de emprendimientos productivos.
Este proyecto se propone organizar en una experiencia piloto a 10 mujeres de Polanco del Yí para capacitarlas como recolectoras de miel, integrarlas como asalariadas un establecimiento apícola durante un año, y hacerlas partícipes (como contraparte de su inserción productiva) de programas de atención primaria de la salud.
De esta manera se está generando una intervención en el territorio que responde a una demanda local de políticas productivas y de salud, y que tiene un carácter integral al impactar en:
-generación y apropiación de riqueza a nivel local
-fortalecimiento del capital social comunitario
-mejora de las condiciones de la gobernanza local
-empoderamiento de sectores sociales excluidos múltiplemente
-apropiación por parte de las mujeres de las políticas de atención primaria de salud
Así pensada esta iniciativa reúne las características centrales de un proyecto de desarrollo local que se sostiene en un proceso social precedente y en la generación de condiciones de sustentabilidad, totalmente compatible con las orientaciones del Programa Municipios Productivos y Saludables que impulsan la Organización Panamericana de la Salud y el Ministerio de Salud Pública.
3. Objetivos del Proyecto
Objetivo General
Mejorar las condiciones de salud y los ingresos de las mujeres de Polanco del Yí, a través de una experiencia que articule emprendimientos productivos con integración a políticas de educación en salud y atención primaria de la misma.
Objetivos específicos
Capacitar a 10 mujeres de Polanco del Yí como recolectoras de polen
Organizar a las mujeres de Polanco del Yí para darle sustentabilidad en el tiempo a la intervención en el territorio.
Integrar a las mujeres de la localidad a estrategias territoriales de educación y atención en salud.
Fortalecer la presencia de los organismos estatales y municipales en la microrregión.
Generar condiciones para la producción estable de polen en la misma.
Proyecto: La Ruta 5 ventana de oportunidades
Fundamentación
En los diferentes territorios atravesados por la ruta 5 existen valores económicos, históricos paisajísticos y culturales, así como la posible coincidencia de intereses de los actores que los conforman (sociedad civil, pequeños y medianos productores/empresarios, gobiernos departamentales y locales, ONGs, agencias estatales).
Una idea que puede convertirse en proyecto colectivo que reúna la miríada de intereses y perfiles socioculturales que se encuentran en este potencial territorio, es el desarrollo del turismo de naturaleza sustentable y producción responsable. El eje ruta 5 es un conector con que estos territorios cuentan, el turismo puede constituirse en el realizador de una región hoy solamente potencial. La ruta del turismo de naturaleza sustentable, donde algunas actividades están plenamente consolidadas (lechería, apicultura, vitivinicultura, suinicultura, avicultura) otras incipientes (cunicultura, forestación con especies autóctonas, el turismo) y algunas no se han desarrollado aún, puede ser el eje articulador, no sólo vial, sino identitario y estratégico de estos cuatro departamentos para construir un proyecto compartido.
Esta iniciativa deberá impulsar acciones orientadas al desarrollo de una estrategia de competitividad territorial, que puede constituir al eje ruta 5 en un espacio de encuentro entre habitantes de los cuatro departamentos: a través de una visión estratégica compartida entre todos los actores involucrados podrá empezar a construirse una identidad (hoy inexistente) de proyecto, única alternativa de trabajo conjunta entre territorios sumamente diversos.
El punto de partida son las actividades productivas existentes ya en el territorio y los recursos patrimoniales, naturales y culturales a poner en valor mediante la incorporación gradual de una de las actividades que mejor se adecua a esa situación de perfiles variados: el Turismo de naturaleza sustentable y la producción responsable.
El objetivo del proyecto es el desarrollo de las ciudades y pequeñas localidades del centro sur unidas físicamente por el eje vial ruta 5, utilizando como estrategias la articulación de los emprendimientos hoy existentes en los territorios. La meta es construir un corredor del turismo histórico y cultural que ponga en valor las variadas identidades existentes y contribuya a la generación de un sentimiento de pertenencia compartido por sus comunidades.
Para lograrlo es esencial la participación colectiva en el diseño de propuestas productivas, sustentables y vinculadas al patrimonio histórico, cultural y paisajístico de las localidades. Este proyecto alcanzará esa meta generando proyectos sustentables financiera, social y ambientalmente que tengan como ejes las identidades locales y el turismo de naturaleza sustentable.
Para ello deberá fortalecerse la capacidad de los gobiernos y de las organizaciones locales, incorporando a las sociedades de esas poblaciones en la toma de decisiones sobre política pública y de la consecución de financiamiento que proporcione sustento al desarrollo y a la participación.
Este proyecto pretende, desde la identidad como punto de apoyo, generar desarrollo sustentable tendiendo puentes entre el sentimiento de pertenencia y la ampliación de la participación social. Esta alternativa resulta una herramienta eficaz en aquellas comunidades en que no se representan a sí mismas como formando parte de un colectivo.
Objetivos
a) Objetivos generales:
Facilitar el Desarrollo Sustentable de las ciudades y localidades de la ruta del turismo de naturaleza sustentable, a través de la gestión asociada, entre municipios y organizaciones locales, de emprendimientos económicos que pongan en valor su identidad cultural.
Desarrollar las capacidades estructurales y de acción de municipios y de las comunidades de la ruta mencionada a través de la gestión asociada del corredor turístico.
b) Objetivos específicos:
Generar un corredor turístico desde Montevideo hasta Durazno que valorice a los emprendimientos económicos y a las identidades cultural locales, y lo convierta en un producto turístico.
Construir espacios de encuentro entre las comunidades de los cuatro departamentos en torno a un recurso estructural (la ruta 5) y un proyecto estratégico (la ruta del turismo de naturaleza sustentable)
Hacer partícipes insustituibles a las comunidades en la definición de los contenidos del proyecto colectivo
Fortalecer las capacidades de los municipios para liderar procesos de desarrollo sustentables financiera, social y ambientalmente, estimulando la constitución de redes de ciudades que den escala a los proyectos locales destinados a mejorar la calidad de vida de sus comunidades.
(Fdo.) Oscar Arrambide Monce, Presidente; Alexis A. Pérez, Secretario.-
VOTACIÓN OBTENIDA POR LOS ARTÍCULOS DE LA MODIFICACIÓN
PRESUPUESTAL 2008-2010
Art. 1º . |
Votado por mayoría 16 en 31 ediles. |
|
Art. 2º . |
Votado por mayoría 17 en 31 ediles. |
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Art. 3º . |
Votado por mayoría 16 en 30 ediles |
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Art. 4º . |
Votado por mayoría 16 en 30 ediles |
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Art. 5º . |
Votado por mayoría 16 en 30 ediles |
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Art. 6º . |
Votado por mayoría 19 en 30 ediles |
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Art. 7º . |
Votado por mayoría 16 en 30 ediles |
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Art. 8º . |
Votado por mayoría 20 en 30 ediles |
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Art. 9º . |
Votado por mayoría 20 en 30 ediles |
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Art. 10º . |
Votado por mayoría 18 en 30 ediles |
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Art. 11º. |
Votado por mayoría 20 en 30 ediles |
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Art. 12º. |
Votado por mayoría 20 en 30 ediles |
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Art. 13º. |
Votado por mayoría 20 en 30 ediles |
|
Art. 14º. |
Votado por mayoría 20 en 30 ediles |
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Art. 15º. |
Votado por mayoría 16 en 30 ediles |
|
Art. 16º . |
Votado por mayoría 20 en 31 ediles |
|
Art. 17º . |
Votado por mayoría 19 en 31 ediles |
|
Art. 18º . |
Votado por mayoría 17 en 31 ediles |
|
Art. 19º . |
Votado por mayoría 16 en 30 ediles |
|
Art. 20º . |
Votado por mayoría 20 en 30 ediles |
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Art. 21º . |
Votado por mayoría 20 en 31 ediles |
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Art. 22º . |
Votado por mayoría 16 en 31 ediles |
|
Art. 23º . |
Votado por mayoría 20 en 31 ediles |
|
Art. 24º . |
Votado por mayoría 18 en 31 ediles |
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Art. 25º . |
Votado por mayoría 20 en 31 ediles |
|
Art. 26º . |
Votado por mayoría 20 en 31 ediles |
|
Art. 27º . |
Votado por mayoría 16 en 31 ediles |
|
Art. 28º . |
Votado por mayoría 18 en 31 ediles |
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Art. 29º . |
Votado por unanimidad 31 ediles |
|
Art. 30º . |
Votado por mayoría 17 en 31 ediles |
|
Art. 31º . |
Votado por mayoría 16 en 31 ediles |
|
Art. 32º . |
Votado por mayoría 20 en 31 ediles |
|
Art. 33º . |
Votado por mayoría 20 en 31 ediles |
|
Art. 34º . |
Votado por mayoría 16 en 31 ediles |
|
Art. 35º . |
Votado por unanimidad 31 ediles |
|
Art. 36º . |
Votado por mayoría 16 en 31 ediles |
|
Art. 37º . |
Votado por unanimidad 31 ediles |
|
Art. 38º . |
Votado por mayoría 29 en 31 ediles |
|
Art. 39º . |
Votado por uanimidad 31 ediles |
|
Sistema de Evaluación de desempeño- Votado por mayoría, 16 en 31 ediles |
||
Inversiones y Planillas de Recursos- Votadas por unanimidad, 31 ediles |
||
Planillas de Gastos y Planillas de Cargos- Votadas por mayoría ,16 en 31 ediles |
(Fdo.) OSCAR ARRAMBIDE MONCE, Presidente; ALEXIS A. PEREZ, Secretario.-
“RESOLUCIÓN ADOPTADA POR EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN SESIÓN DE FECHA 18 DE OCTUBRE DE 2007 (CARPETAS Nos. 215873 y 215873 PA Ent. 6055/07)
"VISTO: que este Tribunal ha examinado el Proyecto de Modificación Presupuestal 2008 -2010 de la Intendencia Municipal de Florida;
RESULTANDO: que el examen fue realizado de acuerdo con las normas de Auditoría emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI);
CONSIDERANDO: 1) que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por los Artículos 223 al 225 de (a Constitución de la República;
2) que las conclusiones y evidencias obtenidas son las que se expresan en el Dictamen que se adjunta;
ATENTO: a ¡o dispuesto por los Artículos 211 Literal A) y 225 de la Constitución de la República;
EL TRIBUNAL ACUERDA
1) Emitir su Dictamen Constitucional respecto al Proyecto de ModificaciónPresupuestal 2008 -2010 de la Intendencia Municipal de Florida en los términos del Dictamen que se adjunta;
2) Observar el referido documento por lo expuesto en tos párrafos 5.3, 5.5, 6.1, 6.2, 6.6, 6.7, 6.9, 6.10 y 6.11.-
3) Téngase presente lo expresado en los párrafos 5.4,5.6, 6.3, 6.4, 6.5, y 6.8,
4) Comunicar a la Intendencia Municipal de Florida; y
5) Devolver los antecedentes a la Junta Departamental de Florida."
(Fdo) Esc. Elizabeth M. Castro. Secretario General.-
DICTAMEN
1) Identificación del documento objeto de la auditoría
El Tribunal de Cuentas ha examinado el Proyecto de Modificación Presupuestal para el período 2008-2010 de la Intendencia Municipal de Florida. Toda la información incluida en el referido Proyecto y los supuestos sobre los que se basa, representan las afirmaciones del Organismo que los emite. La responsabilidad del Tribunal de Cuentas es dictaminar e informar sobre dicho proyecto de Presupuesto basado en la auditoría realizada, de acuerdo a lo dispuesto por los Artículos 211 Literal A) y 225 de la Constitución de la República y establecer, en caso que corresponda, los hallazgos realizados en relación con e cumplimiento de las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias que resulten aplicables.
2} Alcance del trabajo
El examen del cumplimiento de las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias aplicables, se realizó teniendo en cuenta los aspectos formales, de procedimiento y de contenido de las normas del Proyecto remitido, El examen de la evidencia que respalda los importes y la evaluación de las asignaciones presupuestales proyectadas fue realizado de acuerdo con normas de auditoría emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI). Esas normas requieren que se planifique; se realice la auditoría para obtener una seguridad razonable acerca de si el Proyecto está libre de errores significativos. Una auditoria incluye examinar, sobre una base selectiva, la evidencia que respalda los importes y las revelaciones incluidos en el Proyecto. El Tribunal de Cuentas considera que el examen realizado ofrece una base razonable para emitir una opinión.
3) Antecedentes
3.1) Con fecha 29.06.07 el Edjecutivo Comunal elevó a la Junta Departamental el Proyecto de Modificación Presupuestal, por lo que el plazo para su aprobación definitiva vence el 29.10.07 (Artículos 223, 225 y 275 de la Constitución de la República),-
3.2) Con fecha 06.08.07 se remitió mensaje complementario corrigiendo errores en que se incurriera en el mensaje original y agregando el Presupuesto Participativo y estado demostrativo de los costos de inversiones a nivel de proyecto, año por año.-
3.3) De conformidad con los Artículos. 224 y 273 Numeral 2) de la Constitución de la República, la Junta Departamental de Florida, en Sesión de fecha 21.09.07 aprobó en principio y con modificaciones el Proyecto de Modificación Presupuestal, en general por mayoría de 16 Ediles en 31, y en particular por las mayorías que se establecen.
3.4) El 03.10.07 se da entrada oficial en el Tribunal a las actuaciones, (Ordenanza Nº 51 del 22.11.72 y 70 del 20.07.94, art. 225 de la Constitución de la República, y Artículo 19 de la Ley Nº 9.515 del 28.10.35).
4) Análisis de las estimaciones de recursos
4.1) Los recursos se presentan clasificados y ordenados con arreglo a la Ordenanza Nº 84 de este Tribunal de fecha 07/06/06, presentándolos en forma comparativa con el vigente de acuerdo a lo establecido en el Artículo 216 de la Constitución de la República y Ordenanza Nº 70 de fecha 20.07.1994, y responden al siguiente detalle en miles de pesos:
Origen Recursos Vigente 2008 2009 2010
Departamentales 217.671 217.671 220.587 223.588
Nacionales 152,952 214.848 216.371 195.961
Totales 370.630 432.519 436.958 419.549
4.2) Los recursos de origen departamental se mantienen incambiados respecto a lo comunicado por el Ministerio de Economía y Finanzas también se expresan a valores promedio 2005.
4.3) Los recursos de origen nacinal que presentan modificaciones de acuerdo a lo comunicado por el Ministerio de Economía y Finanzas también se expresan a valores promedio 2005.-
5) Análisis de las asignaciones presupuestales proyectadas.
5.1) El Proyecto ha sido estructurado por programas y formulado a nivel de objeto, presentándolo en forma comparativa con el vigente de acuerdo a lo establecido en el Artículo 216 de la Constitución de la República y la Ordenanza Nº 70 del 20.07.1994, y se ajusta al siguiente detalle en miles de pesos:
Concepto Vigente 2008 2009 20010
Funcionamiento 264.892 286.259 291.012 293.761
Inversiones 85.057 127.415 126.934 106.607
Junta Departamental 20.681 18.845 19 012 19.181
Totales 370.630 432.519 436.958 419.549
5.2) El Grupo 0 está valuado a valores del 31 de diciembre de 2005 el resto de las asignaciones presupuéstales se encuentran expresadas a vafores de 2005 promedio.
5.3) La Comuna presentó su Rendición de Cuentas 2006 con un superávit para el ejercicio de $ 26:113.950.- y un déficit acumulado al 31.12.06 de $ 222:906.802.-, siendo el monto a financiar en el presente período de gobierno de $ 118:247.666.-. El monto previsto en el presente proyecto en el "Grupo 8 Financiamiento del Déficit Acumulado" asciende a $ 7:868.712 para 2008. $ 14:455.353- para 2009 y $ 27:957.112.- para 2010. Por lo expuesto la previsión señalada resulta insuficiente para atender la financiación de las obligaciones que integran el déficit acumulado a financiar dentro del presente período de Gobierno.
5.4) Respecto a los juicios contra la Comuna, según información proporcionada por la misma en oportunidad de Ja Rendición de Cuentas 2006, el total reclamado asciende a $ 5:979.610.- y U$S 1:224.103.-, mientras que lo previsto en el provecto en el Grupo 7 asciende a $ 30.000.- para cada año. Por lo señalado en caso de que las erogaciones superen este importe la Intendencia deberá arbitrar mecanismos para financiar las diferencias.
5.5) En el artículo 37 se fija las asignaciones a destinar al Programa “Junta Departamental de Florida" para los años 2008 a 2010, siendo estos de $ 18:845.680.-, 19:012.429.- y 19:181.019.- respectivamente. Estos valores son inferiores a los aprobados en la Modificación Presupuestal de la Junta Departamental para el período 2007 a 2010 los que asciende a $ 19:616.916,-, 1S:796.377.- y 19:978.165.- respectivamente. Por lo señalado no se cumple con lo establecido por el Artículo 273 Numeral 6) de la Constitución de la República,
5.6) Con relación a los cargos totales proyectados para el Ejercicio 2008, la Jmta Departamental aprobó, según el articulado, un total de mil trescientos sesenta y tres cargos, mientras que en el cuadro adjunto figura un total de mil trescientos sesenta y cuatro cargos. La diferencia corresponde a un cargo en el Piograma 113.
6) Cumplimiento de normas constitucionales, legales y reglamentarias
6.1) Los Artículos 1 y 2 de la Modificación Presupuestal encomiendan al Eecutivo la realización de una estructura funcional de los cargos presupuestados y contratados que se adecué a los objetivos de mejora de gestión de los servicios comunales y lo autorizan a reformular la estructura organizacional de la IMF y proceder a la aprobación de la estructura de cargos y puestos de trabajo, comunicándola a la Junta Departamental la que dispondrá de un plazo de 90 días a cuyo vencimiento se tendrá como aprobada.-En aplicación de lo dispuesto por el Artículo 86 de la Constitución de la República no alcanza con que la Junta Departamental autorice al Intendente a realizar la estructura funcional de los cargos, sino que los mismos deberán ser incluidos en una instancia presupuestal, siendo aplicables todas las normas presupuestales, por lo que es inconstitucional el párrafo segundo del Artículo 2-que concede un plazo de 90 días a la Junta para aprobar la estructura de cargos.-
El valor que se le asigna al silencio de la Junta Departamental contraviene lo previsto por el Art. 226 de la Constitución de la República que establece que vencido el plazo del Articulo 224 sin que la Junta se expideira, se tendrá por rechazado el proyecto remitido por el Intendente.
6.2) El Artículo 4 autoriza al Intendente a regularizar las situaciones de los funcionarios presupuestados o contratados que desempeñen tareas propias de un escalafón diferente al dei cargo que ocupan, autorizándose la transformación del cargo siempre que sea imprescindible para el mejor funcionamiento de los servicios y el funcionario se haya desempeñado en íorma satisfactoria. La Junta Departamental modificó la iniciativa del Intendente estableciendo que el nivel retributivo del nuevo cargo regularizado podrá ser de hasta dos grados por encima del sueldo básico de su nivel de origen, concediendo plazo para la regularización hasta el 30.06.08. El agregado efectuado por la Junta Departamental supone un aumento del gasto no previsto por el ejecutivo Comunal, en contravención de lo dispuesto por el Artículo 225 de la Constitución de la República.
6.3) La regularizarán de situaciones funcionales previstas en el precitado artículo 4 podrán realizarse directamente por el Ejecutivo Comunal, en la medida que ellas no impliquen transformaciones de cargos las que, únicamente podrán concretarse en una próxima instancia presupuestal.
Asimismo, deberá tenerse presente que la aplicación del mecanismo de regularización previsto en el artículo precitado deberá respetar la carrera administrativa de los restantes funcionarios de la Comuna.
6.4) El Artículo 5, en la redacción dada por la Junta Departamental encomienda al Ejecutivo el estudio y resolución de todos los casos de funcionarios que actualmente perciban compensación por diferencia de reestructura, regularizándose aquellas situaciones donde no se esté liquidando debidamente. Esta facultad únicamente podrá ejercerse en la medida que ello no signifique una modificación por vía administrativa de las normas contenidas en la Reestructura que dio origen a las compensaciones referidas y no implique modificación de salarios fuera de la instancia presupuestal.-
6.5) El Artículo 7 crea un sistema de compensaciones para los funcionarios que, para el desempeño de sus tareas resulte necesario para su traslado conducir vehículos de la Intendencia, nombrándose un titular y un suplente. La reglamentación que oportunamente se dicte deberá remitirse a este Tribunal para el contralor de legalidad y de la Hacienda pública que le compete.-
6.6) El Artículo 8 autoriza al Intendente Municipal a conceder una compensación de hasta el 30% sobre el sueldo básico a aquellos funcionarios que, por la índole de sus tareas deban prestar funciones en régimen de a la orden. La autorización al Intendente, concedida en forma genérica, constituye un apartamiento de lo previsto por el Artículo 86 de la Constitución de la República.
6.7) La norma contenida en el último párrafo del Artículo 11 no constituye materia presupuestal, no correspondiendo la regularización, por esta vía, de "la situación especial” (que no se explícita) de un funcionario del Ministerio del Interior que presta servicios en la Intendencia de Florida.
6.8) El Artículo 14 encomienda a la Intendencia Municipal el estudio de un sistema de retiro incentivado el que, oportunamente, deberá ser aprobado por la Junta Departamental, ad referéndum de la intervención del Tribunal de Cuentas.-
6.9) Por el Artículo 31 se crea un Tribunal de Quitas y Esperas integrado de tres a cinco miembros que tendrá dentro de sus competencias aconsejar: sobre esperas o nuevas fórmulas de pago, quitas ya sea sobre los recargos o sobre el capital, debiendo elevar sus dictámenes al Intendente Municipal, previéndose que en caso de concederse nueva fórmula de pago la solicitud se remitirá a la Junta Departamental para el respectivo proyecto de resolución.
Las quitas sobre capital y las multas únicamente podrán aplicarse respecto a los tributos de origen departamental no pudiendo concederse respecto de los recaudados por el municipio pero que tienen su regulación por ley nacional Las fórmulas de pago, quitas y esperas constituyen modificaciones de recursos y les son aplicables las normas contenidas en la Ordenanza Nº 62 de este Tribunal y en consecuencia deberán ser aprobadas por la Junta Departamental y sometidas a consideración de este Tribunal,-
6.10) El mensaje complementario remitido por el intendente Municipal únicamente puede admitirse para la corrección de error evidente, como es el caso del Artículo 11 del Proyecto.-
La Constitución de la República en el Artículo 219, aplicable a los Gobiernos Departamentales por reenvío del Artículo 222 de la misma, admite el envío de mensajes complementarios o sustitutivos, en el caso exclusivo del Proyecto de Presupuesto Quinquenal y ello dentro del plazo de veinte días contados a partir de la entrada del proyecto a la Junta Departamental.-
6.11) No siendo admisible la presentación de mensajes complementarios en oportunidad de aprobarse una Modificación Presupuestal no corresponde considerar el "Presupuesto Participativo" y los Estados demostrativos de los costos de inversiones a nivel de proyecto año por año, en tanto ambos implican una modificación de la iniciativa oportunamente remitida.-El presupuesto partlcipativo implica mayores gastos a los previstos en el Proyecto original, por lo que tampoco puede ser aprobado por la Junta sin iniciativa del Intendente, no estando comprendido en las facultades que le confiere el Artículo 225 de la Carta Magna.
7) Opinión
La normativa remitida cumple con las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, excepto por lo establecido en los párrafos 6.1, 6.2, 6.6, 6.7, 6.9 al 6.11.
En opinión del Tribunal de Cuentas, los supuestos aplicados proporcionan una base para la elaboración del documento a estudio, estando el referido Proyecto de Presupuesto formulado en forma razonable, sobre la base de dichos supuestos y de las normas proyectadas, excepto por lo mencionado en los párrafos 5.3 y 5.5.
Montevideo, 17 de octubre de 2007. (Fdo) Esc. Elizabet M. Castro. Secretario General
RESOLUCION J.D.F.:90/2007
DESCRIPCION: DICTAMEN DEL TRIBUNAL DE CUENTAS SOBRE LA MODIFICACION PRESUPUESTAL 2008-2010 DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL.- REMISION A LA ASAMBLEA GENERAL.-
APROBACION: 26/10/07
ACTA: 61/07
Ref: Dictamen del Tribunal de Cuentas sobre la Modificación Presupuestal 2008-2010 de la Intendencia Municipal.- Remisión a la Asamblea General.-
En sesión de la fecha, y por las mayorías que se expresarán, se aprobó la siguiente resolución:
VISTO: el dictamen del Tribunal de Cuentas de 17 del corriente sobre el Proyecto de Modificación Presupuestal 2008-2010 de la Intendencia Municipal (Decreto JDF Nº 23/07).
RESULTANDO: que dicho informe observa dicha Modificación Presupuestal de acuerdo al siguiente detalle, según párrafos:
5.3.- Al considerar insuficiente la previsión dispuesta para atender la financiación de las obligaciones que integran el déficit acumulado a financiar dentro del presente período de Gobierno.
5.5.- Por considerar que no se cumple con lo establecido por el Artículo 273 Numeral 6) de la Constitución de la República, al figurar en el texto (Art. 37º) montos del Presupuesto de la Junta Departamental inferiores a los aprobados por este Organismo oportunamente.
6.1.- Al entender que es inconstitucional el párrafo segundo del Artículo 2º-que concede un plazo de 90 días a la Junta para aprobar la estructura de cargos prevista por la Comuna, siendo necesaria su aprobación por la Junta Departamental en una instancia presupuestal.-
6.2.- Al contravenirse lo dispuesto en el Art. 225º de la Constitución de la República ya que la Junta Departamental modificó la iniciativa del Intendente Municipal en la regularización de cargos (Art. 4º), estableciendo que el nivel retributivo del cargo regularizado podrá ser de hasta dos grados por encima del sueldo básico de su nivel de origen, considerando el Tribunal que supone un aumento del gasto no previsto por el Ejecutivo Comunal.-
6.6.- La autorización al Intendente Municipal, concedida en forma genérica en el Art. 8º, constituye un apartamiento de lo previsto por el Artículo 86 de la Constitución de la República.
6.7.- Al entender que la norma contenida en el último párrafo del Artículo 11º, donde se prevé la regularización administrativa de un funcionario del Ministerio del Interior no constituye materia presupuestal y no corresponde por esta vía.-.
6.9.- Al considerar que la materia del Tribunal Asesor de Quitas y Esperas, creado por el Art. 31º, constituye modificaciones de recursos; las formas de pago, quitas y esperas deberán ser aprobadas por la Junta Departamental y sometidas a consideración del Tribunal,-
6.10.- Al entender que la Intendencia Municipal envió un Mensaje Complementario, norma no prevista en las Modificaciones Presupuestales.
6.11.- En consecuencia al numeral anterior, expresa que no corresponde considerar el "Presupuesto Participativo" y los Estados demostrativos de los costos de inversiones a nivel de proyecto año por año, entendiendo que carece de iniciativa del Sr. Intendente Municipal, en tanto ambos implican una modificación de la iniciativa oportunamente remitida.-
CONSIDERANDO: que analizado el dictamen surge que:
1) Con respecto al financiamiento del déficit acumulado (5.3) los montos estipulados por la Comuna implican la previsión razonable que, con seriedad, puede financiarse en el período 2008-2010, sin afectar metas de funcionamiento e inversiones. De tomar en cuenta el monto que establece el Tribunal para financiar en el período ($ 118:247.666), el Gobierno Departamental únicamente pagaría el déficit, siendo imposible su funcionamiento; por lo cual no se aceptará la observación.-
2) Con respecto a la previsión del Presupuesto de la Junta Departamental (5.5), sus montos están expresados a valores promedio de 2005, por lo cual no resultan inferiores a los aprobados por la Junta Departamental, no aceptándose la observación realizada.
3) En relación a la observación formulada en el párrafo 6.2, al establecer un criterio para el nivel retributivo del cargo regularizado, se considera que el mismo no implica un aumento del gasto ya que actualmente esos funcionarios se vienen desempeñando en otro escalafón, pretendiendo la norma únicamente regularizar la situación; por lo cual no se aceptará la observación.-
4) La observación formulada en el párrafo 6.6 no explicita el fundamento de la misma, remitiendo su opinión al Art. 86º de la Constitución. No se considera que se viola norma alguna al establecer una compensación a aquellos funcionarios que se desempeñen “a la orden” (Art. 8º), no aceptándose la observación.
5) La Junta Departamental no consideró la documentación remitida sobre el Presupuesto Participativo como un Mensaje Complementario, en tanto se había contemplado en las previsiones presupuestales, faltando -por error- el texto correspondiente, subsanándose el mismo, por lo cual no se aceptará la observación. (6.10 y 6.11)
6) Con respecto a las observaciones establecidas en los párrafos 6.1, 6.7 y 6.9 se comparte el dictamen del Tribunal de Cuentas, y en consecuencia se aceptarán las mismas adecuándose la redacción al criterio de ese Organismo,
ATENTO: a lo establecido en la Constitución de la República Art. 224º y 225º, párrafo 5º.-
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
R E S U E L V E :
1º.- Hágase lugar a la observación formulada por el Tribunal de Cuentas en el párrafo 6.1 y en su mérito modifícase el párrafo 2do. del Decreto JDF Nº 23/07 el que quedará redactado de la siguiente manera:
“(……).Dicha estructura será elevada a consideración de la Junta Departamental en la instancia presupuestal más próxima”.- (Mayoría, 20 en 30 ediles)
2º.- Hágase lugar a la observación formulada por el Tribunal de Cuentas en el párrafo 6.7 y en su mérito elimínese el párrafo 3º del Art. 11º, encomendando a la Intendencia Municipal a regularizar la situación referida por acto administrativo.- (Mayoría, 20 en 30 ediles)
3º.- Hágase lugar a la observación formulada en el párrafo 6.9 sobre el Tribunal Asesor de Quitas y Espera, modificando el último párrafo que quedará redactado de la siguiente manera:
(….) En caso de accederse a la quita, espera o nuevas fórmulas de pago y aún sobre el capital, referidos a tributos de origen departamental; la solicitud se remitirá a estudio de la Junta Departamental.-” (Mayoría, 16 en 30 ediles)
4º.- No hacer lugar a las observaciones formuladas en el dictamen del Tribunal de Cuentas en sus párrafos 5.3, 5.5, 6.6, en base a los fundamentos expuestos en los Considerandos que anteceden esta resolución.- (Mayoría, 20 en 30 ediles)
5º.-No hacer lugar a las observaciones formuladas en el dictamen del Tribunal de Cuentas en sus párrafos 6.2, 6.10 y 6.11; en base a los fundamentos expuestos en los Considerandos que anteceden esta resolución.- (Mayoría, 16 en 30 ediles)
6º.- Téngase presente por parte de la Intendencia Municipal, lo expresado en el dictamen del Tribunal de Cuentas en su numeral 3º.- (Mayoría, 19 en 30 ediles)
7º.- Configurada la hipótesis prevista en el párrafo 5º del Art 225º de la Constitución de la República, remítase a la Asamblea General la Modificación Presupuestal de la Intendencia Municipal, período 2008-2010 .- (Mayoría, 17 en 30 ediles)
8º.- Cúmplase. Comuníquese al Tribunal de Cuentas e Intendencia Municipal.-
Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los veintiséis días del mes de octubre de dos mil siete.-
(Fdo.) OSCAR ARRAMBIDE MONCE, Presidente; ALEXIS A. PEREZ, Secretario.-
DECRETO J.D.F.:33/2007
DESCRIPCION: MODIFICACION PRESUPUESTAL 2008-2010 DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE FLORIDA. SANCION DEFINITIVA
APROBACION: 28/12/07
ACTA: 65/07
Ref: Modificación Presupuestal 2008-2010 de la Intendencia Municipal de Florida. Sanción definitiva ¡Error! Marcador no definido.
En sesión de la fecha y por mayoría de miembros presentes (16 en 31 Ediles), se sancionó el siguiente proyecto:
VISTAS: estas actuaciones relacionadas con el trámite del proyecto de Modificación Presupuestal de la Intendencia Municipal de Florida para el período 2008-2010 (Decreto J.D.F Nº. 23/07 y Resolución Nº 90/07) remitido a pronunciamiento de la Asamblea General a efectos que ese órgano decidiera sobre las diferencias derivadas de las observaciones del Tribunal de Cuentas que esta Junta no aceptó.
RESULTANDO: I) que a través de la Resolución Nº 90/07 de 26 de Octubre de 2007, la Junta Departamental dispuso, no aceptar algunas de las observaciones de ese Organismo a dicha Modificación, sometiéndose la decisión final a la Asamblea General Legislativa cursándose el Oficio Nº 525/07 de 29 de octubre de 2007, a consideración de la Asamblea General desde el 13 de noviembre de 2007.
II) que la Asamblea General ha informado a esta Junta, que efectuará la devolución de los antecedentes relacionados por haber vencido el plazo establecido en el Artículo 225 de la Constitución de la República, sin que hubiere recaído decisión del Órgano sobre las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas.
CONSIDERANDO: que conforme a lo dispuesto por el inciso final del artículo 225 de la Constitución de la República, debe tenerse por sancionado el proyecto de Presupuesto mencionado;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
D E C R E T A :
Art. 1º.- Declárase sancionada la Modificación Presupuestal de la Intendencia Municipal de Florida para el período 2008-2010, con el texto y planillado aprobados por Decreto JDF Nº 23/07 y Resolución JDF Nº 90/07, con las modificaciones introducidas en Resolución JDF Nº 90/07 y que se recogen en los artículos siguientes.
Art. 2º.-Modifícase el párrafo 2do. del Art. 2º del Decreto JDF Nº 23/07 el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 2º(…)
Dicha estructura será elevada a consideración de la Junta Departamental en la instancia presupuestal más próxima”
Art. 3º.- Modifícase el inciso final del Art. 31º del Decreto Nº 23/07, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 31º. (…)
En caso de accederse a la quita, espera o nuevas fórmulas de pago y aún sobre el capital, referidos a tributos de origen departamental; la solicitud se remitirá a estudio de la Junta Departamental.-”
Art. 4º.- Cúmplase. Comuníquese a la Intendencia Municipal de Florida (Const. Art. 273, ordinal 6º) y al Tribunal de Cuentas de la República.
Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los veintiocho días del mes de diciembre de dos mil siete.-
(Fdo.) OSCAR ARRAMBIDE MONCE, Presidente; ALEXIS A. PEREZ, Secretario