RESOLUCION J.D.F.:08/2005

DESCRIPCION: AUTORIZACION A LA INTENDENCIA MUNICIPAL PARA DONAR PREDIO AL CENTRO JACOBO ZIBIL Y PRORROGAR PLAZO PARA INICIO DE OBRAS.-

APROBACION: 04/03/05

ACTA 116/2005

EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 31183/04- J.D.F. Lº 3 Fº 96

 Ref. IMF Exp. 31183/04-JDF Lº 3 Fº 96.- Autorización a la Intendencia Municipal para donar predio al Centro Jacobo Zibil y prorrogar plazo para inicio de obras.-

En sesión de la fecha y por unanimidad de miembros presentes (26 Ediles),  se aprobó la siguiente resolución.-

VISTO: la solicitud de la persona jurídica Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado, Centro Jacobo Zibil para que le sea donado parte del padrón 7345 (2450 m2) de la 1era. Sección Judicial de Florida y se le prorrogue la obligatoriedad del inicio de obras hasta la escrituración del bien.

RESULTANDO: I) que el Gobierno Departamental de Florida procedió a donar con el mismo fin  3.000 m2 del padrón 7345, parte actualmente empa­dronada con el Nº 10202, el 22 de junio de 2000, pero dicho predio resulta insuficiente para el proyecto.

                             II) que la condición establecida en ese acto condicionaba al Centro Jacobo Zibil al inicio de las obras en un plazo de dos años a contar del año 2000 en el padrón 10202.

CONSIDERANDO: I) que el predio se solicita para la construcción de un edificio destinado al funcionamiento de dicho Centro.

                                  II) que asimismo, solicita que el plazo otorgado para el inicio de las obras se compute a partir de la escrituración de la donación del bien para ambos inmuebles tomando como fecha ésta última.

                                 III) Que la solicitud actual pone de manifiesto su interés por concretar las obras, valorándose la finalidad y papel que la institu­ción desarrolla en nuestro departamento.

ATENTO: a lo dispuesto por la Ley 9515,

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

.- AUTORIZASE a la Intendencia Municipal a donar a la Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado de Florida, Centro .Dr. Jacobo Zibil., parte del padrón Nº 7345 de la 1era. Sección Judicial de Florida, con una superficie de 2.450 m2, según croquis adjunto a fs. 9, bajo condición de que las obras de construcción se inicien en un plazo máximo de dos años a contar de la fecha de escrituración del  bien, caso contrario, el mismo retornará al dominio municipal.-

.- Déjase sin efecto el numeral 2º de loa resolución JDF Nº 3/00.-

.- Establécese que la mencionada Asociación tendrá un plazo de dos años a contar desde la escrituración de la donación del bien descrito en el numeral 1º, para el inicio de las obras en los padrones 7345 (p) y 10202.-

.- Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos.-

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas, en Florida, a los cuatro días del mes de marzo de dos mil cinco.-

(Fdo.) NELSON INFANTE AMARO, 1er. Vice-Presidente; ALEXIS A. PEREZ, Secretario.-

Relacionado con Resolución JDF Nº 0003/2000