DECRETO J.D.F.: 01/2003
DESCRIPCION: AMPLIACIÓN DE PLAZO A DETERMINADOS FUNCIONARIOS PARA ACOGERSE A LOS BENEFICIOS ESTABLECIDOS EN EL DECRETO Nº 35/02, Y MODIFICACIÓN DEL ART. 13 DE DICHO DECRETO.-
APROBACION: 07/03/03
EXPEDIENTE: Nros 22838/93 y 22754/03- J.D.F. Lº 4 Fºs 24 y 25.
Ref. IMF. Exps. Nros. 22838/93 y 22754/03 - JDF Lº 4 Fs. 24 y 25. Ampliación de plazo a determinados funcionarios para acogerse a los beneficios establecidos en el Decreto Nº 35/02 y modificación del Art. 13º de dicho decreto.-
En sesión de la fecha, y por las mayorías que se expresarán, se sancionó el siguiente proyecto.-
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
D E C R E T A :
Art.1º.- ESTABLECESE una excepción de vencimiento del plazo para acogerse al Régimen de Egresos Incentivados (Decreto Departamental Nº 35/02), para aquellos funcionarios que no hayan tenido "Vista" de su Básico jubilatorio previo al cese. Dicha excepción no podrá exceder los 180 días desde el 13 de marzo de 2003.-
(Votado por mayoría - 25 en 26 Ediles)
Art.2º.- Se encomienda el control y el seguimiento de la casuística al Departamento de Administración de la Intendencia Municipal de Florida, Sección Cuentas Personales.-
(Votado por mayoría - 25 en 26 Ediles)
Art.3º.- Modifícase el artículo 13º del Decreto Departamental Nº 35/02, el que quedará redactado de la manera siguiente:
"Art.13º. Beneficio Retiro. Modificación y suspensión. Se modifica el art. 12º del Presupuesto General Municipal 1995-1999, concordantes y modificativos, a partir de la vigencia de este Decreto, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Fíjase el Beneficio de Retiro para acogerse a los beneficios jubilatorios, en el equivalente a ocho veces el sueldo básico del cargo del funcionario. Asimismo, y desde la sanción de este Decreto, se suspende la vigencia de dicho beneficio por el término de siete años, excepto para aquellos funcionarios respecto de los cuales se configure el cese obligatorio por edad dentro de los ciento ochenta días siguientes al vencimiento del plazo de vigencia para acogerse al régimen de retiro incentivado previsto por el presente decreto.-"
(Votado por mayoría - 22 en 27 Ediles)
Art.2º.- Comuníquese, etc.-
Sala de Sesiones "Gral. José Artigas", en Florida, a los siete días del mes de marzo de dos mil tres.-
(Fdo.) DR.ECHEVERRIA RODRÍGUEZ, Presidente; HUGO GIORDANO CASTRO, Secretario General.-
Relacionado con Resolución JDF Nº 0045/2003
Relacionado con Resolución JDF Nº 0047/2003