RESOLUCION J.D.F.:79/2007

DESCRIPCION: ELEVA PROPUESTA TENDIENTE A SOLICITAR AL SR. INTENDENTE MUNICIPAL QUE ASUMA INICIATIVA A EFECTOS DE ESTABLECER UN NUEVO SISTEMA GENERAL EN EL ACTUAL BENEFICIO DE EXONERACION DEL IMPUESTO PATENTE DE RODADOS DEL DEPARTAMENTO.-

 

APROBACION: 05/10/07

ACTA 59/2007

Ref: Eleva propuesta tendiente a solicitar al Sr. Intendente Municipal que asuma iniciativa a efectos de establecer un nuevo sistema general en el actual beneficio de exoneración del impuesto patente de rodados para el Departamento.

En sesión de la fecha, y por mayoría de miembros presentes (16 en 31 Ediles), se aprobó la siguiente resolución:

Visto y Considerando: la propuesta de la Bancada del Frente Amplio a efectos de establecer un nuevo régimen general sobre el beneficio que otorga el Gobierno Departamental de Florida al exonerar del impuesto de Patente de Rodados a personas, instituciones, etc.

Atento: a la potestad del Sr. Intendente Municipal en el tema,

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

.- SOLICITAR al Sr. Intendente Municipal asuma iniciativa constitucional tendiente a establecer las siguientes pautas que regularan las exoneraciones al impuesto de patente de rodados en el Departamento:

a).- Dejar sin efecto las exoneraciones existentes.-

b).- Establecer exoneraciones parciales (Hasta $ 5.000*) para:

  • Ediles Departamentales y Locales (hoy hasta $ 5.000)
  • Representantes Nacionales  (hoy cuentan con exoneración total)
  • Funcionarios Municipales (hoy un 50%)
  • Discapacitados que compraron su vehículo fuera de la ley que los ampara (Hoy gozan de la totalidad de la exoneración)

c)- Establecer exoneraciones totales para:

  • Discapacitados que adquirieron su vehículo al amparo de la ley respectiva. (Hoy total)
  • Un (1) vehículo por medio de prensa y debidamente identificado. (Hoy algunos medios que cuentan con varios vehículos exonerados y sin identificar)

d).- Las organizaciones sociales, religiosas, etc deberá presentar solicitud y documentación de cada vehículo detallando la función social que cumple. La Junta Departamental estudiará la exoneración para cada caso.

e).- Mantener las exoneraciones a empresas públicas

f).- Mantener las exoneraciones a empresas fúnebres, en caso de una contraprestación para la Intendencia Municipal.-

g).- Eliminar la exoneración para Jueces y Fiscales.-

(* ) El monto de $ 5.000 es a valores de octubre de 2005. Se reajustará en el mismo porcentaje que haya aumentado el tributo.- (Decreto 25/05 de 7 de octubre de 2005)

.- Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos.-

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los cinco días del mes Octubre de  de dos mil siete.-

(Fdo.) OSCAR ARRAMBIDE MONCE, Presidente; CONO I. MATTOS LEON; Prosecretario.-