ESOLUCION J.D.F.:6/2007

DESCRIPCION: AUTORIZACION A LA INTENDENCIA MUNICIPAL A DAR TRAMITE A CORTE DE PAVIMENTO EN SARANDI GRANDE, NO OBSTANTE LOS ADEUDOS DEL PARTICULAR SOLICITANTE.-

 

APROBACION: 02/03/07

ACTA 42/2007

EXPEDIENTE: IMF Nº 00206/00- J.D.F. Lº 7 Fº 119

Ref. I.M.F. Exp. 00206/00- JDF Lº 7 Fº 119.- Autorización a la Intendencia Municipal a  dar  tramite a  corte de pavimento en Sarandí Grande, no obstante los adeudos del particular solicitante.-

  En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (30 ediles), se aprobó la siguiente resolución.-

Visto: Estos antecedentes administrativos relativos a la situación de insalubridad creada a raíz de la evacuación de aguas residuales desde la finca empadronada con el Nº 454 de la localidad catastral Sarandí Grande.

Considerando: I) Que la Comuna ha intimado desde 1999 y en múltiples oportunidades la regularización de la situación sin resultados positivos, habiéndose aplicado sanciones pecuniarias a los infractores, de acuerdo a la normativa vigente.

            II) Que ante los reiterados incumplimientos se procedió a realizar por la Comuna, denuncia por desacato, disponiéndose en Sede Penal el archivo de las actuaciones, al considerar que no exista en el caso mérito para imputar a los denunciados una conducta delictiva.

            III) Que de los antecedentes administrativos y de la inspección ocular surge que la familia ha iniciado los trámites ante OSE para realizar la conexión al saneamiento, habiendo ya procedido a la construcción de las cámaras necesarias para dicha conexión.

            IV) Que el registrar adeudos de Contribución Inmobiliaria por el Padrón en donde se asienta la vivienda y no poder afrontar el pago de la cuota mensual que resultaría de la suscripción de un convenio de acuerdo al régimen vigente (Código Tributario), se verían imposibilitados de gestionar y obtener autorización municipal para llevar a cabo el corte de pavimento.

            V) Que atento a las competencias que posee el Gobierno Departamental en materia de salud de las poblaciones, se considera que en el presente caso debe primar la salubridad por sobre su derecho de obtener el cobro de deudas tributarias y multas;

            VI) Que de gestionarse la autorización del corte de pavimento para realizar la conexión al saneamiento, de acuerdo a la normativa vigente, la Comuna no podría autorizarlo por existir los referidos adeudos.

Atento: a lo expuesto,

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

1º.- AUTORÍZASE a LA Intendencia Municipal -a vía de excepción-, a dartrámite a la solicitud de corte de pavimento que eventualmente realice la titular del Padrón Nº 454 de la localidad catastral Sarandí Grande, no obstante la situación de adeudos que mantenga con la Comuna y aceptar pagos parciales a cuenta de la deuda.-

2º.- Pase a la Intendencia Municipal.-

 Sala de Sesiones "José Artigas", en Florida, a los dos días del mes de marzo de dos mil siete.-

(Fdo.) MTRA. SOCORRO FRANQUINI LABANDEIRA, Presidenta; ALEXIS A. PEREZ, Secretario.-