Distribuido Nº 07/13

 Florida, Febrero 6 de 2013.
Sr. (a) Edil (a) Departamental.-
PRESENTE
De mi mayor consideración.
                                 Se  remite a v/conocimiento Resolución adoptada por el Tribunal de Cuentas (Ent. Nº 7735/12) referida al régimen del Impuesto de Patente de Rodados para el Ejercicio 2013 y acciones conexas.-

 

“RESOLUCIÓN ADOPTADA POR EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN SESIÓN DE FECHA 23 DE ENERO DE 2013 (E. E. N° 2012-17-1-0003411, Ent. N° 7735/12.)

"VISTO: el Oficio N° 625/12 de fecha 28/12/2012. remitido por la Junta Departamental de Florida relacionado con la sanción del Decreto N° 55/12 correspondiente a valores de las alícuotas a aplicar para la determinación de los tributos de patente de rodados y otros afines por el año 2013;

RESULTANDO: 1) que la Intendente remitió por Oficio N° 586/2012 de fecha 17/12/2012 la iniciativa a la Junta Departamental para la determinación de las alícuotas a aplicar para el impuesto de Patente de Rodados para el año 2013;
2) que el Legislativo Departamental en Sesión de fecha 27/12/2012 por Decreto 55/12, por mayoría de votos 29 Ediles en 30 presentes, aprobó el nuevo régimen de cobro de patente de rodados en un todo de acuerdo con lo proyectado por el Ejecutivo Departamental, y ad referéndum del pronunciamiento del Tribunal de Cuentas;

CONSIDERANDO: 1) que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 273 Numeral 3) y 275 Numeral 4) de la Constitución de la República; 2)que asimismo se ha cumplido con el procedimiento preceptuado por la Ordenanza 62 en la redacción dada por la resolución de este Tribunal de fecha 16.8.65; 3)que el efecto de la presente Modificación de Recursos deberá ser considerado en la próxima instancia presupuestal;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;


EL  TRIBUNAL  ACUERDA

1) No formular observaciones a la Modificación de Recursos dispuesta;
2)Téngase presente lo expresado en el Considerando
3); Comunicar a la Intendencia; y
4) Devolver las actuaciones."

(Fdo.) Esc. Elizabeth M. Castro.

La Secretaría