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Comisión de Cultura - Cordón de Girasol

El sábado 13 de julio a las 14:30 hs. en el MAVEA (Ursino Barreiro 418), se realizará un conversatorio referente al proyecto “Cordón de girasol”. La actividad tuvo como iniciativa el planteamiento de la Sra. edil Natalie Suárez, quien propuso realizar este evento en Florida con las fundadoras del proyecto. Su símbolo, un collar colorido y con dibujos de girasoles, nos ayuda a comprender y mostrar empatía hacia las personas que lo usan, que pueden estar en situación de discapacidad o condición no visible.

 

DECRETO JDF Nº 38/2013

DESCRIPCIÓN: Proyecto tendiente a modificar decreto del Organismo referido a declaración de “Interés Departamental” y donación de predio, destinado a complejo turístico en la ciudad de Florida.

APROBACIÓN: 26 de diciembre de 2013

ACTA 92/2013 Extraordinaria

EXPEDIENTE: IF. Exp. Nº 00569/12

En sesión de la fecha  y por unanimidad de miembros presentes (31  Ediles), se sancionó el siguiente proyecto:

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
D E C R E T A :

Art. 1º.-  Modifícase el artículo tercero, Literal H, del Decreto Departamental Nº 19/13, el que quedará redactado en los siguientes términos:
            H) 1- En caso de producirse la interrupción en la construcción de las obras atribuibles en forma fehaciente al incumplimiento o mala práctica de la empresa y ocurran sin el consentimiento previo y expreso de la Intendencia de Florida y la Junta Departamental de Florida aprobado por mayoría especial de 2/3 de sus integrantes, el inmueble reingresará al dominio municipal de pleno derecho, caducando la donación. En este caso, las obras y demás mejoras que se realicen quedarán en beneficio de la propiedad, sin derecho a indemnización alguna.
En caso de que la interrupción de la obra se origine en actos o acciones de terceros que no puedan ser atribuibles a ninguna de las partes aquí involucradas, la Intendencia y la empresa arbitrarán los medios para establecer reprogramaciones en los plazos de obra.
  2- En caso de producirse la interrupción en la prestación de los servicios de hotelería, atribuibles en forma fehaciente al incumplimiento o mala práctica de la empresa y ocurran sin el consentimiento previo y expreso de la Intendencia de Florida y la Junta Departamental de Florida aprobado por mayoría especial de 2/3 de sus integrantes, dentro del plazo de 5 años contados a partir del inicio de la gestión hotelera, se le aplicará al contratista una multa equivalente al valor de tasación original (U$S 400.000).
El valor de dicha multa será reducida en iguales montos y en las mismas fechas que las prestaciones y donaciones que se efectuaren por el contratista según lo dispuesto por el literal L) del presente.
 Art. 2º.- Comuníquese, etc.-

Sala de Sesiones, “Gral. José Artigas”, en Florida, a los veintiséis días del mes de diciembre de dos mil trece.-

(Fdo.) CAYETANO STOPINGI FERNÁNDEZ, Presidente; ALEXIS A. PÉREZ, Secretario

Modifica Decreto JDF Nº 0019/2013