RESOLUCION J.D.F.:55/2003
DESCRIPCION: AUTORIZACIÓN A LA INTENDENCIA MUNICIPAL A EFECTOS DE ENAJENAR PREDIO MUNICIPAL A LABORATORIO VEINFAR URUGUAY S.A.
APROBACION: 10/09/03
EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 24703/03- J.D.F. Lº 4 Fº 94
Ref. IMF Exp. Nº 24703/03 - JDF Lº 4 Fº 94 .- Autorización a la Intendencia Municipal a efectos de enajenar predio municipal a Laboratorio Veinfar Uruguay S.A.
En sesión de la fecha, y por mayoría de miembros presentes (24 en 31 Ediles), se aprobó la siguiente resolución.-
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
R E S U E L V E :
1º.- AUTORIZASE a la Intendencia Municipal a enajenar al Laboratorio VEINFAR URUGUAY S.A.,bajo las condiciones resolutorias que se indicarán, parte del padrón Nº 4.000, fracción 1 del croquis que luce a fs. 13 del presente expediente, con una superficie de 10.065 m2 63 dm, ubicado en la Manzana Nº 278 de la ciudad de Florida, por la suma total de U$S 30.195 (dólares estadounidenses treinta mil ciento noventa y cinco) pagaderos de la siguiente forma:
a) El cincuenta por ciento del precio, esto es U$S 15.097,50 (dólares estadounidenses quince mil noventa y siete, con cincuenta centavos) en efectivo, abonándose la mitad (U$S 7.548,75) al momento de otorgarse el compromiso de compraventa y la otra mitad al año del referido otorgamiento.
b) El cincuenta por ciento restante (U$S 15.097,50), se abonará en medicamentos de uso diario, en un plazo perentorio no mayor a tres meses a contar de la firma del compromiso de compraventa, en partidas mensuales equivalentes a un cinco por ciento (5%) del saldo convenido por este concepto, esto es el equivalente en medicamentos a U$S 754,87 mensuales.-
2º.- La enajenación se autoriza bajo las siguientes condiciones resolutorias:
a) El predio será destinado para la edificación, principalmente, de un laboratorio farmacológico de la firma VEINFAR URUGUAY S.A.
b) La Intendencia Municipal convendrá con la empresa referida una fecha de iniciación de las obras del laboratorio, así como una fecha de terminación de las mismas, ambas prorrogables por causas de fuerza mayor.
c) Se establecerá en el compromiso de compraventa que, previo al inicio y ejecución de las obras de infraestructura, se deberá presentar ante el Gobierno Departamental de Florida la resultancia de un estudio de Impacto Ambiental efectuado por la empresa y Dirección nacional de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
d) En caso que el informe de la autoridad antes mencionada no cumpliese con los parámetros establecidos y necesarios para su habilitación, puesta en marcha y funcionamiento, se resolverá el contrato de promesa de compraventa pactándose que las entregas parciales del precio serán consideradas como multa y quedarán a favor de la Intendencia Municipal de Florida.
e) En la hipótesis de reiteradas violaciones a normas de control ambiental y de sanciones aplicadas por la DINAMA o institución gubernamental con jurisdicción en el tema en el ámbito nacional; el Gobierno Departamental de Florida tendrá el derecho de efectuar los trámites judiciales para recuperar la propiedad del bien, indemnizando a la empresa únicamente por el valor del terreno, sin tomar en cuenta las mejoras en él realizado.
3.- Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos.
Sala de Sesiones "Gral. José Artigas", en Florida, a los diez días del mes de setiembre de dos mil tres.-
(Fdo.) MARTÍN VARELA ORMANDO, Presidente; HUGO GIORDANO CASTRO, Secretario General.-
Relacionado con Resolución JDF Nº 0027/2003
Relacionado con Resolución JDF Nº 0022/2005