RESOLUCION J.D.F.:23/2008

DESCRIPCION: Autorización a la Intendencia Municipal para transar con “Laboratorio Veinfar Uruguay S.A” la rescisión del contrato de compraventa sobre padrón de Florida.-

APROBACION: 20/06/08

ACTA 75/2008

EXPEDIENTE: IMF Exp. 024703/03- JDF Lº 9 Fº 62.-

Ref: IMF Exp. 024703/03- JDF Lº 9 Fº 62.- Autorización a la Intendencia Municipal para transar con “Laboratorio Veinfar Uruguay S.A” la rescisión del contrato de compraventa sobre padrón de Florida.-

En sesión de la fecha, y por mayoría de miembros presentes (19 en 29 Ediles), se aprobó la siguiente resolución:

VISTO: Estos antecedentes relativos a la compraventa celebrada entre la Intendencia Municipal de Florida y “Laboratorio Veinfar Uruguay S.A” el 22 de junio de 2005, respecto de parte del inmueble empadronado con el Nº 4000 (fracción 1)  de Florida; y la voluntad acordada entre ambas partes de rescindir dicho compromiso.-  

CONSIDERANDO: 1) Que la resolución de los contratos posee efecto retroactivo y opera la restitución de las cosas al estado en que se encontraban antes de su celebración, siendo conveniente para el Gobierno Departamental las pautas acordadas entre la Intendencia Municipal y la empresa para celebrar una transacción y como forma de precaver un eventual litigio;

                                   2) Que a efectos de salvar una eventual observación del Tribunal de Cuentas, se considera necesario presentar la transacción en sede judicial para su correspondiente homologación;

ATENTO a lo expuesto y a lo dispuesto por los artículos 1427 y siguientes, 2147 y ss., del  Código Civil, artículo 35 numeral 11 de la ley 9515, concordantes y modificativas;

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E:

1º .- AUTORÍZASE a la Intendencia Municipal de Florida a transar con “Laboratorio Veinfar S.A.”, la rescisión del contrato de compraventa celebrado  con fecha 22 de junio de 2005, respecto de parte del inmueble empadronado con el Nº. 4000 (fracción 1)  de Florida, en las siguientes condiciones:

            .- La Intendencia Municipal abonará a “Laboratorio Veinfar S.A” la suma de U$S 16.195 (dólares estadounidenses dieciséis mil ciento noventa y cinco); una vez homologado judicialmente el acuerdo transaccional de rescisión que se suscribirá en el mes de junio de 2008 e intervenido que sea por el Tribunal de Cuentas a través de su Contadora Delegada.-

            2º.- El saldo de U$S 14.000 (dólares estadounidenses catorce mil) se abonará en siete cuotas iguales, mensuales y consecutivas de U$S 2.000 cada una, venciendo la primera en el mes de julio de 2008.

            3º.- Conjuntamente con el pago de la última cuota, “Laboratorio Veinfar S.A”. restituirá a la Intendencia Municipal de Florida el inmueble objeto de la compraventa de referencia;

            4º.- Laboratorio Veinfar Uruguay S.A. no abonará tributo departamental alguno por la posesión que ha tenido y tendrá del inmueble referido hasta el plazo indicado en el numeral anterior;

            5º.- Se establecerá la caducidad anticipada de los plazos por el no pago de una cuota y se pactará un interés moratorio del máximo legal para el caso de que no se pague el saldo del precio en tiempo y forma;

            6º.- Se pactará una multa de U$S 30.195 (dólares estadounidenses treinta mil ciento noventa y cinco) en caso de incumplimiento de la Intendencia Municipal de abonar las cuotas en la forma estipulada;  así como en caso de incumplimiento de “Laboratorio Veinfar Uruguay S.A”, en restituir el inmueble en el momento indicado en el numeral 3º; sin perjuicio en este último caso del derecho de retención de la Intendencia Municipal del importe de la última cuota.

            7º.- La transacción será presentada en sede judicial para su homologación.

 

2º.- Pase a la Intendencia Municipal.-

                                                                                                         

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los veinte días del mes de junio  de dos mil ocho.-

Fdo: OSCAR ARRAMBIDE MONCE, Presidente; ALEXIS A. PEREZ, Secretario.-

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