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2023-09-15 – JDF. Nº 1288/23. – Ref: Ordenanza referente a las veredas en barrio.

Sra. Presidente: Me voy a referir hoy a unos de los barrios más antiguos y grandes de nuestra ciudad, que es el barrio Prado Español. En recorrida por el mismo he podido comprobar que ha quedado olvidado por la Intendencia Departamental en cuanto a la reparación de calles, por ejemplo, las que están en muy mal estado, llenas de baches; que ya no son baches, son “cráteres” porque el bitumen se ha roto y queda con un borde que hace muy difícil sortearlo y en muchos casos se esquivan y se caen en otro más grande. Se ha hecho algún bacheado, pero es tan provisorio que no dura más que unos pocos días porque tiran desde arriba del camión una palada de material en el pozo y el camión sigue su marcha y queda allí el relleno para que los vehículos que pasen lo apisonen. Es un parche para unos pocos días y nada más. Ahora voy a centrar la atención es un problema quizás más importante, que es el referido a las veredas, o aceras, y diré que en muchos casos éstas no existen. Vimos que en el barrio la gente circula por la calle dado que las veredas están obstaculizadas o en estado deplorable. El ir por la calle implica un gran riesgo para niños, personas mayores y muchas veces con problemas de desplazamiento y para la gente en general. Observamos que muchas veredas están obstaculizadas por bancos y mesas atravesando la vereda, comercios que han construido sus espacios para exhibición y deposito en todo el ancho de la vereda y vecinos que han construido garajes, churrasqueras, jardines y ampliaciones de sus domicilios con materiales como bloques, ladrillos y otros, lo que por sus construcciones son permanentes. Me pregunto, entonces, ¿y los peatones por donde circulan? Si nos remitimos al reglamento existente de “Espacios Públicos” en especial al apartado donde hace referencia “De las aceras”, en su art. 3º dice: “es obligación del vecino que tiene frente a esa acera mantenerla en buen estado. La Intendencia puede implementar una forma de ayuda para que estos vecinos acondicionen sus veredas”. Sé que en otras administraciones se hacía. En el art. 4º aclara además sobre el mantenimiento de las veredas despejadas para su correcto uso, y si van a realizar una construcción de remodelación de la vivienda se debe pedir una autorización para colocar materiales allí en tiempo transitorio. Con respecto a los comercios, la reglamentación expresa que estos comercios solo pueden utilizar sesenta centímetros a partir de la pared para exhibición de mercaderías. Y esta reglamentación no se cumple en muchos casos, no solo en este barrio, sino en toda la ciudad, esto lo expresa el art. 7 en su literal a). Ampliando continuamos con los art. 11, 12, y 13 y vemos que para hacer reformas en viviendas hay que pedir autorización. Entonces vemos que la obstaculización es temporal, en el caso de lo que he enumerado anteriormente no lo es. Estas construcciones antes mencionadas no son temporales y en realidad son un problema. Creo que haciendo cumplir la reglamentación para el correcto uso de las veredas y la seguridad de las personas al tener que desplazarse. Por este motivo y pensando en la problemática que implica con los riesgos que esto conlleva solicito que la Intendencia Departamental tome las medidas que correspondan de acuerdo con la ordenanza. Pido que mis palabras pasen al Sr. Intendente Ing. Guillermo López, a las direcciones correspondientes de la Comuna y a la Comisión de esta Junta que entienda pertinente en el tema.

( Fdo) Ana María Pereyra, Suplente de Edil.”