• DirectionJosé E. Rodó 3545 - Florida - UY
  • Phone+598 435 22237
  • Gobierno Departamental
    Gobierno Departamental

    La Junta de todos...

  • Sala de Sesiones
    Sala de Sesiones

ACTA Nº 046/23

PRESIDE:

Sra. SOUTO, María de los Ángeles
Presidente

       14 de abril de 2023
-
SESIÓN EXTRAORDINARIA

 

En la ciudad de Florida, a los catorce días del mes de abril del año dos mil veintitrés, se reúne en forma EXTRAORDINARIA la Junta Departamental de Florida, bajo la Presidencia de la Sra. Edil, SOUTO, María de los Ángeles para considerar el ORDEN DEL DÍA a las veinte horas.-

ACTA Nº 046/23

PRESIDE:

Sra. SOUTO, María de los Ángeles
Presidente

       14 de abril de 2023
-
SESIÓN EXTRAORDINARIA

 

En la ciudad de Florida, a los catorce días del mes de abril del año dos mil veintitrés, se reúne en forma EXTRAORDINARIA la Junta Departamental de Florida, bajo la Presidencia de la Sra. Edil, SOUTO, María de los Ángeles para considerar el ORDEN DEL DÍA a las veinte horas.-

Asistencia

Asistencia:

 

TITULARES:

 

 

AROCENA ARGUL, JOSE ANDRES

HEREDERO ALBORNOZ, JAVIER

RODRÍGUEZ FERRARI, SEBASTIAN

BENTANCOR DODERA, JESUS

LACASSY PELUSSO, JUAN

RONDEAU, ANIBAL

FACAL MORAN, GERARDO

MARTÍNEZ USOZ, ANDRÉS CARLOS

SALAS, DIEGO

FERNÁNDEZ VIERA, ALICIA

MOREIRA PEREZ, ISABEL

SCHIAVONI, FERNANDO

FIGUEROA, MARIA ANGÉLICA

PELUSO CORTADA, ANDREA

SILVA VIGNOLI, ÁNGEL

GIANNINI, SILVANA

PEREIRA PERAZZA, LUCÍA

SUAREZ RAMIREZ, NATALIE

GONZÁLEZ ALBANO, OMAR

PEREZ, CARMEN

TORRES, LUDELMAR

GONZÁLEZ, FABIEL

RIZZO, ANDREA

VIDAL, BEATRIZ

GOÑI SCITTI, SILVANA

RODRÍGUEZ BUYDID, GABRIELA

 

SUPLENTES:

 

 

ALBANO, CRISTIAN

ECHEVERRIA, FABIANA DANIELA

NOGUEIRA, VICTORIA

ÁLVAREZ AQUINO, JOSE

FACCIOLO SIERRA, ALEJANDRA

NOVO TELLECHEA, CÉSAR

AMARO VAZ, RAUL

FALERO TOLEDO, SILVIA CRISTINA

OPERTI PINO, ROBERTO ESTEBAN

AYALA, ROBERTO

FERNANDEZ, CLAUDIA

PALLEIRO ESPINO, ARIEL

BAEZ, MARIA ELIANA

FERREIRA REYES, ROSARIO JUDITH

PEÑA VERDE, WALTER

BARREIRO, CARLOS IGNACIO

FONTES, WILSON

PEREIRA BRUSCHI, NESTOR

BENOIT GONZALEZ, CARMELO

GALEANO GUADALUPE, ROBERTO

PEREYRA ROSSIDO, ANA MARIA

BOVEDA, SERGIO RAMON

GANCIO, EDUARDO

PEREZ BALLES, ALEJO

BRUCHOU PERA, MIRIAM RAQUEL

GOLFARANI LEMOS, MARIA JOSE

PÉREZ DE LEÓN, CELIA GRACIELA

CABALGANTE, NESTOR

GOMÉZ, MAGDALENA

RODRÍGUEZ FLORES, RUBEN

CABRERA BENTANCOR, JAQUELINE

GONZALEZ FRANCO, FLAVIANO

RODRÍGUEZ, ANA GRACIELA

CABRERA PASTORIN, RODRIGO

LAPASTA, MIRTHA SUSANA

RODRIGUEZ SEMPERENA, JORGE

CAETANO, NICOLAS

LARRAMENDI FERNANDEZ, SEBASTIÁN

ROTUNNO, SYLVIA

CALANDRIA, ADRIANA

LEDESMA ALANIS, NICOLAS

RUBIO MONTAÑO, FACUNDO

CAMEJO, KARINA

LEMOS ROMANO, SONIA LILIÁN

RUIZ, SEBASTIAN

CAPOBIANCO, CLEVER NOEL

LINARES LOPEZ, ESTELA

SABBÍA CAYAFFA, VÍCTOR CONO

CARDOZO, SANDRA

LOMBARDI, ESTELA

SALOMON, CARLOS

CARRERAS SALERNO, CARLA

LÓPEZ, ELBIO

SÁNCHEZ RODRIGUEZ, ALBA MIRIAM

CARRERAS, SERGIO

LLANES, CARLOS

SANTOS, ROSSANA

CASTRO FLORES, SONIA

LUTZEN, DEBORAH

SILVA, NELSON MAURICIO

CEDRES, DANIEL

MACHADO, ANALÍA

SISTO D'ALESANDRE, MARGOT

CISNEROS, LUIS

MARTÍNEZ ESPÓSITO, JODAMI

SOCA, JENIFFER

CUENCA, BEATRIZ

MARTÍNEZ RAMOS, HÉBER CONRADO

VAZ, NICOLAS

CURBELO, SANTIAGO

MIRABALLES, GUSTAVO

VELAZCO, BRANDON IMANOL

DE LEÓN ROSAS, EDUARDO

MÓNICO PINTADO, MARTÍN RECAREDO

VIDELA, SOLVEIG

DE LOS REYES, ESTEBAN

MONTESDEOCA DORA, JOAQUÍN

 

DEVITTA MANGO, JOSE IGNACIO

MUÑOZ BONDAD, FLORENCIA

 

 

Asuntos entrados

ASUNTOS ENTRADOS

SRA. PRESIDENTE (MARÍA DE LOS ANGELES SOUTO).- Buenas noches, habiendo número damos comienzo a la séptima sesión de la tercer legislatura. Por Secretaría se dará lectura a los Asuntos Entrados.

 

SRA. SECRETARIA GENERAL (ALICIA ORIOZABALA).- Lee:

JDF. EXP. Nº 396/22. INTENDENCIA DE FLORIDA. PROYECTO DE DECRETO TENDIENTE A DESIGNAR UNA CALLE DE LA CIUDAD DE FLORIDA CON EL NOMBRE DE “MONSEÑOR JACINTO VERA”, ANTE LA INICIATIVA DEL SR. EDIL LUDELMAR TORRES.

PASE A COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y NOMENCLÁTOR

 

JDF. EXP. Nº 320/23. EDIL SEBASTIÁN RODRÍGUEZ. PLANTEAMIENTO SOLICITANDO LA REPARACIÓN DE UN TRAMO DE LA CALLE 24 DE ABRIL, COMPRENDIDO ENTRE CALLE LORENZO D ́AURIA Y RUTA Nº 5, EN LA CIUDAD DE FLORIDA.

PASE A LA INTENDENCIA

 

JDF. EXP. Nº 314/23. INTENDENCIA DE FLORIDA. RESPUESTA A INVITACIÓN CURSADA AL SR. DIRECTOR DE CULTURA DE LA COMUNA, LICENCIADO JUAN MARTÍN TREZZA, CON EL FIN DE PARTICIPAR EN REUNIÓN CON LA COMISIÓN DE CULTURA DEL ORGANISMO.

PASE A LA REFERIDA COMISIÓN

 

JDF. EXP. Nº 310/23. EDILA GABRIELA RODRÍGUEZ. SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DE RESPUESTA DE PEDIDO DE INFORMES SOBRE INFRACCIONES DE TRÁNSITO COMETIDAS POR VEHÍCULOS MUNICIPALES.

PASE A LA INTENDENCIA

 

JDF. EXP. Nº 308/23. EDILA GABRIELA RODRÍGUEZ. SOLICITUD DE INFORMES REFERENTE A HORAS EXTRAS GENERADAS POR FUNCIONARIOS MUNICIPALES.

PASE A LA INTENDENCIA

 

JDF. EXP. Nº 297/23. CONTADURÍA CENTRAL DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL. RENDICIÓN DE CUENTAS DEL ORGANISMO, EJERCICIO 2022, REMITIDA AL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA CON EL FIN DE QUE SE EXPIDA AL RESPECTO.

REMÍTASE A LA INTENDENCIA Y PASE A COMISIÓN DE HACIENDA

 

JDF. EXP. Nº 836/22. TRIBUNAL DE CUENTAS. OFICIO Nº 1217/2023. REMITE DICTAMEN DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DE LA INTENDENCIA, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2021.

PASE A COMISIÓN DE HACIENDA

 

JDF. EXP. Nº 309/23. EDILA GABRIELA RODRÍGUEZ. SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE USUARIOS QUE PARTICIPAN EN LAS ACTIVIDADES QUE BRINDA EL CENTRO BRAILLE.

PASE A LA INTENDENCIA

 

JDF. EXP. Nº 131/23. INTENDENCIA DE FLORIDA. RESPUESTA A PLANTEAMIENTO DEL SR. EDIL ANÍBAL RONDEAU, SOLICITANDO COLABORACIÓN PARA DEPORTISTA CON TRANSPLANTE DE ÓRGANOS.

PASE A LA BANCADA DEL FRENTE AMPLIO

 

JDF. EXP. N° 352/23. INTENDENCIA DE FLORIDA. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE LA INTENDENCIA PARA EXTENDER PLAZO DE COMODATO CON EL CLUB ATLÉTICO LA VASCONGADA REFERENTE AL PADRÓN Nº 7345 DE FLORIDA.

PASE A COMISIÓN DE OBRAS Y PROPIEDADES MUNICIPALES

 

JDF. EXP. Nº 317/23. SUPLENTE DE EDIL SERGIO CARRERAS. PLANTEAMIENTO SALUDANDO AL SR. JEFE DE POLICÍA DE FLORIDA, JOSÉ PEDRO DELGADO, RECIENTEMENTE DESIGNADO EN SU CARGO.

PASE A LOS DESTINOS SOLICITADOS

 

JDF. EXP. Nº 369/23. INTENDENCIA DE FLORIDA. SOLICITUD DE LICENCIA REGLAMENTARIA PRESENTADA POR EL SR. INTENDENTE, ING. GUILLERMO LÓPEZ MÉNDEZ, DESDE EL 01 HASTA EL 09 DE ABRIL DE 2023, AMBOS INCLUSIVE.

CONCÉDASE LA LICENCIA SOLICITADA. CONVÓCASE A OCUPAR EL CARGO DE INTENDENTE A LA SRA. DELIA MUTAY JULIO EN EL PERÍODO SEÑALADO

 

JDF. EXP. Nº 361/23. CLUB DEPORTIVO DE REBOLEDO. PRESENTA NOTA SOLICITANDO MEJORAS PARA SU CANCHA DE FÚTBOL.

PASE A LA INTENDENCIA

 

JDF. EXP. Nº 343/23. VECINOS DE BERRONDO. PRESENTAN NOTA SOLICITANDO MEJORAS PARA UNA CALLE DE MEVIR EN SU LOCALIDAD.

PASE A LA INTENDENCIA

 

JDF. EXP. Nº 318/23. EDIL FERNANDO SCHIAVONI. SOLICITUD DE INFORMES REFERIDO A PRODUCTORES BENEFICIARIOS DE MEDIDAS TOMADAS POR LA INTENDENCIA ANTE LA SEQUÍA.

PASE A LA INTENDENCIA

 

JDF. EXP. Nº 1025/21. INTENDENCIA DE FLORIDA. PROYECTO DE DECRETO TENDIENTE A DESIGNAR CON EL NOMBRE DE "JULIO CÉSAR MARTÍNEZ" UN TRAMO DE CAMINO EN ZONA RURAL PRÓXIMA A FRAY MARCOS.

PASE A COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y NOMENCLÁTOR

 

JDF. EXP. Nº 319/23. EDIL EDUARDO RIVIEZZI. SOLICITUD DE INFORMES REQUIRIENDO DETALLES DE REMUNERACIONES DE ALCALDES DEL DEPARTAMENTO DE FLORIDA.

PASE A LA INTENDENCIA

 

JDF. EXP. Nº 379/23. EDIL FERNANDO SCHIAVONI. SOLICITUD DE INFORMES REFERENTE AL ESPACIO COMPARTIDO DE TRABAJO COWORK, UBICADO EN EL CENTRO COMERCIAL DE FLORIDA.

PASE A LA INTENDENCIA

 

JDF. EXP. Nº 396/23. SUPLENTE DE EDIL KARINA CAMEJO. PLANTEAMIENTO SOLICITANDO DONACIÓN DE ÁRBOLES Y JUEGOS DE MADERA PARA ESCUELA Nº 48 DE MOLLES DE TIMOTE.

PASE A LA INTENDENCIA

 

JDF. EXP. Nº 400/23. INTENDENCIA DE FLORIDA. REMITE PLANOS DE LOCALIDADES DEL DEPARTAMENTO CON CALLES SIN NOMBRE.

PASE A COMISIÓN DE LEGISLACIÓN

 

JDF. EXP. Nº 347/23. INTENDENCIA DE FLORIDA. RESPUESTA A PLANTEO DEL SR. SUPLENTE DE EDIL EDUARDO GANCIO SOBRE CICLOVÍA DE FRAY MARCOS.

PASE A LA BANCADA DEL PARTIDO NACIONAL

 

JDF. EXP. Nº 254/23. INTENDENCIA DE FLORIDA. RESPUESTA A PLANTEO DE LA SRA. SUPLENTE DE EDIL FABIANA ECHEVERRÍA SOBRE MONUMENTO AL TOMATE EN FRAY MARCOS.

PASE A COMISIÓN DE LEGISLACIÓN

 

JDF. EXP. Nº 1339/22. INTENDENCIA DE FLORIDA. PROYECTO DE DECRETO TENDIENTE A DESIGNAR UNA CALLE DE CASUPÁ CON EL NOMBRE "RAMONA HORTENCIA PÉREZ DUQUE".

PASE A COMISIÓN DE LEGISLACIÓN

 

JDF. EXP. Nº 398/23. INTENDENCIA DE FLORIDA. SOLICITUD DE ANUENCIA PARA DESIGNAR, A LOS EFECTOS DE SU EXPROPIACIÓN, EL INMUEBLE PADRÓN Nº 11 DE SARANDÍ GRANDE.

PASE A COMISIÓN DE LEGISLACIÓN

 

JDF. EXP. Nº 408/23. TRIBUNAL DE CUENTAS. OFICIO Nº 1523/23. COMUNICA QUE MANTIENE OBSERVACIÓN REALIZADA POR LA CONTADORA DELEGADA DE LA INTENDENCIA A REITERACIÓN DE GASTOS DE LICITACIÓN PÚBLICA 1/2020, SOBRE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS MEDIANTE SISTEMA DE CONTRATO "LLAVE EN MANO".

PASE A COMISIÓN DE HACIENDA

 

JDF. EXP. Nº 285/23. CORTE ELECTORAL. OFICIO Nº 125/23. COMUNICA QUE LAS FIRMAS REMITIDAS POR NUESTRO ORGANISMO, PRESENTADAS ANTE ÉSTE POR UN GRUPO DE CIUDADANOS DE FLORIDA DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES QHA Y QHB, CUMPLEN CON LOS REQUISITOS DE LA LEY 19.272.

REMÍTASE A LA INTENDENCIA PARA PREVIA OPINIÓN PRECEPTIVA DEL SR. INTENDENTE

 

JDF. EXP. Nº 356/23. INTENDENCIA DE FLORIDA. RESPUESTA A PLANTEAMIENTO DEL SR. EDIL JOSÉ ANDRÉS AROCENA SOBRE SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DECLARANDO "CIUDADANO ILUSTRE DE FLORIDA" AL SR. EDUARDO STRAUCH.

PASE A LA BANCADA DEL PARTIDO NACIONAL

 

JDF. EXPS. NROS. 407, 410, 409, 403, 405/23. EDILA GABRIELA RODRÍGUEZ BUYDID. SOLICITUDES DE INFORMES SOBRE PROYECTOS DEL PRESUPUESTO QUINQUENAL 2021-2025, REFERENTES A:

1) NECRÓPOLIS DEL DEPARTAMENTO.

2) REMODELACIÓN Y CONSTRUCCIÓN.

3) INSTITUTO DE ESTUDIOS PARA FUNCIONARIOS MUNICIPALES.

4) PARQUE ECOLÓGICO DE LAS CANTERAS DE LA LOCALIDAD DE 25 DE MAYO.

5) URBANISMO Y VIVIENDA.

PASE A LA INTENDENCIA

 

JDF. EXPS. NROS. 376, 377 Y 378/23. EDILA GABRIELA RODRÍGUEZ. SOLICITUDES DE INFORMES REFERENTE A:

1) CANASTAS DE MATERIALES.

2) PROYECTO DE CENTRO DE REHABILITACIÓN.

3) CREACIÓN DE TRES CENTROS DE CLASIFICACIÓN.

PASE A LA INTENDENCIA

 

JDF. EXP. Nº 422/23. EDIL JAVIER HEREDERO. SOLICITUD DE INFORMES SOBRE CONTRATACIÓN DE ARTISTAS FLORIDENSES PARA ACTIVIDADES EN SEMANA SANTA.

PASE A LA INTENDENCIA

 

JDF. EXP. Nº 1217/21. PROYECTO DE DECRETO DENOMINANDO "DR. MARCELO LABAT PELUFFO" UNA CALLE DE CASUPÁ.

PASE A COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y NOMENCLÁTOR

 

JDF. EXP. Nº 185/23. PROYECTO DE DECRETO DESIGNANDO CON EL NOMBRE "ANTONIO MARÍA LAUDISIO ACQUAVELLA" UNA CALLE DE LA CIUDAD DE FLORIDA.

PASE A COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y NOMENCLÁTOR

 

JDF. EXP. Nº 334/23. PROYECTO DE DECRETO DECLARANDO DE "INTERÉS DEPARTAMENTAL CULTURAL" EL CORTOMETRAJE DE EDUCACIÓN AMBIENTAL "RÍO ARRIBA".

PASE A COMISIÓN DE LEGISLACIÓN

 

JDF. EXPS. NROS. 425/23 Y 429/23. COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, GÉNERO Y DESARROLLO SOCIAL. PLANTEAMIENTOS DE VECINOS DE LOCALIDADES DE LA ZONA LA SUR DEL DEPARTAMENTO, RECEPCIONADOS EN RECIENTE ACTIVIDAD DEL 08 DE MARZO EN EL MARCO DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER.

PASE A LA INTENDENCIA

 

Primer punto

PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA

 

SRA. PRESIDENTE (MARÍA DE LOS ANGELES SOUTO). Pasamos a considerar el primer punto del Orden del Día. Se dará lectura por Secretaría.

 

SRA. SECRETARIA GENERAL. Lee: “JDF. Exp. Nº 283/23. Eleva informes sobre la pertinencia de la conformación de una comisión investigadora ante la denuncia realizada por el Sr. edil Fabiel González sobre situación del exfuncionario del organismo y dictamen del Tribunal de Cuentas sobre irregularidades en sus haberes percibidos”.

 

SRA. PRESIDENTE. Está a consideración el tema. Tiene la palabra el Sr. edil Fernando Schiavoni.

SR. SCHIAVONI. Gracias, Sra. presidente.

Estamos en conocimiento de los tres informes que tenemos por parte de las bancadas, pero también estamos al tanto del informe que realizaron los abogados de la Junta.

En estos documentos podemos interpretar, claramente, que el Tribunal de Cuentas estableció como incumplimiento legal el artículo 21 de la ley 17930 y el artículo 32 de la ley 11932. Por lo que, entendemos hay un incumplimiento.

Por otra parte, si miramos la información contable, aparece la cifra de un millón de pesos por informes, etc. Ese es el monto que queremos que se devuelva a esta Junta Departamental.

A modo de ejemplo, el año anterior estuve a cargo de una gestión en una institución que solicitaba que el Cuerpo colaborara con treinta mil pesos; sin embargo, esta Junta colaboró con diez mil pesos.

Consideramos que es una suma importante y estamos tratando que se devuelva.

No creemos que por el cargo que desempeñó Martín Varela se haya generado un ahorro para la Junta; no apoyamos el cargo de secretario general.

En las administraciones del Frente Amplio, cuando estuvo el gobierno de Giachetto, no lo tuvo en cuenta. Por lo tanto, todo lo que se pagué por este rubro es un gasto.

Muchas gracias.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Sigue a consideración el tema. Tiene la palabra el Sr. edil Javier Heredero.-

SR. HEREDERO.- Gracias, Sra. presidenta.

Paso a dar lectura al informe: Para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 139 del Reglamento Interno, cumplo en efectuar el informe como integrante designado de la Comisión Preinvestigadora.

La denuncia fue presentada por el Sr. edil Fabiel González -con fecha 13 de marzo de 2023- en la cual solicita la constitución de una Comisión Preinvestigadora a raíz de la situación del exfuncionario, Sr. Martín Varela, ante dictamen del Tribunal de Cuentas que observa que existió un pago irregular por parte de esta Junta, cuando Varela percibía sus haberes como funcionario del Palacio Legislativo.

Respecto a la denuncia presentada, las referidas actuaciones tienen como antecedente inmediato el planteo del edil denunciante, realizado en asuntos internos en la sesión del 20 de mayo de 2022.

Frente al mismo, habiéndose obtenido la mayoría especial para que prospere su solicitud (14 en 31 votos) y al amparo del artículo 273 numeral 4° de la Constitución de la República, la Junta Departamental de Florida, por resolución en expediente 2022-86-2-00659, libró oficio al Tribunal de Cuentas para solicitar la ampliación de información. Además, para que se informara el detalle de las partidas cobradas en ambos organismos en el período 2019 y 2020 por el ex secretario general.

El Tribunal de Cuentas se expide -el 11 de enero de 2023- y se remite al dictamen -correspondiente al ejercicio 2019- en el cual se señala que se estableció como incumplimiento legal el artículo 21 de la Ley 17.930 y el artículo 32 de la Ley 11.923.

“Se abona una compensación otorgada, por resolución de Presidencia N°1350.04.19, a un funcionario que ocupa un cargo de particular confianza en la Junta y está en régimen de reserva de cargo en otro organismo público, acumulando así en una sola persona la remuneración correspondiente a dos cargos.”

Asimismo, en el informe a la administración del ejercicio 2019, se incluyó la recomendación referida a la reserva del cargo”.

Esta recomendación señala que: “el funcionario que reserve su cargo podrá elegir entre la remuneración del cargo reservado y la remuneración del cargo de particular confianza; pero, no acumular remuneraciones correspondientes a ambos cargos”.

En el informe a la administración del ejercicio 2020, en el párrafo "recomendaciones de ejercicios anteriores" "no cumplidas", se reitera la recomendación ya realizada en el ejercicio 2019. Es decir, "no acumular remuneraciones correspondientes a cargo reservado y de particular confianza"

En su análisis, el Tribunal de Cuentas califica la resolución dictada por el presidente de la Junta Departamental de Florida por su "incumplimiento de la normativa"; porque, la norma es clara. Además, el legislador utiliza el término "exclusivamente" para delimitar una opción de la otra.

En el folio 17, surge que, como órgano asesor, el Tribunal de Cuentas solicitó documentación y valoró la siguiente información.

1- Resolución de la Comisión Administrativa del Poder Legislativo del 6 de mayo de 2019.

Se reserva el cargo del funcionario de referencia de Administrativo 1 del Escalafón C, a partir de su designación como secretario general de la Junta Departamental de Florida y mientras dure el desempeño del cargo.

2-Resolución de Presidencia de la Junta Departamental de Florida N°1342.04.19 del 7 de mayo de 2019, en la cual se declara investido en el cargo de secretario general (Escalafón Q de particular confianza) al funcionario de referencia.

3-Resolución de Presidencia de la Junta Departamental de Florida N°1350.04.19 del 14 de mayo de 2019 por la cual se establece el pago, al funcionario, de la diferencia entre el salario percibido en el Organismo de origen (sueldo básico, partida fija, dedicación especial) y el sueldo establecido para el cargo de secretario general en la Junta Departamental de Florida.

4-Recibos de sueldo de la Junta Departamental de Florida desde abril de 2019 a noviembre de 2020. Es decir, hasta que cesa el cargo de secretario general.

5-Recibos de sueldo del Poder Legislativo.

6-Planilla resumen con el detalle de los ingresos y los descuentos realizados.

Con toda esta documentación a la vista, el Tribunal de Cuentas hace su valoración y efectúa sus conclusiones. Estas aparecen en el folio dieciocho y siguientes del expediente de referencia.

Allí se indica que la resolución N°18/19 -del 6 de mayo de 2019- del Poder Legislativo, expresa en su resultando que “el funcionario designado es titular del cargo presupuestal de administrativo 1 del escalafón C -personal administrativo-, desempeñándose en la Secretaría de la Dirección de la Biblioteca”. Asimismo, “solicita la reserva del cargo y opta por la retribución que percibe en el mismo".

En definitiva, el Tribunal de Cuentas constata que la Junta Departamental de Florida abonó al funcionario de referencia, hasta el final de la relación laboral, retribuciones por los conceptos de compensación por estar a la orden, viáticos y diferencia de sueldos (entre el percibido en el organismo de origen y el correspondiente al cargo que ocupaba en la Junta Departamental de Florida).

Además, señala que la Junta le pagó la licencia generada y no gozada, concepto que no correspondía por tratarse de un derecho del cual se podría hacer uso en oportunidad del desempeño del cargo reservado.

En cuanto a la entidad de la denuncia, para realizar su ponderación, realizaremos las siguientes valoraciones.

La primera valoración es que, respecto a la entidad de la denuncia, se encuentra palmariamente justificada en el acto administrativo que incumple la normativa nacional, citada en la observación formulada por el Tribunal de Cuentas en forma reiterada.

El tribunal de cuentas señaló que, el funcionario en cuestión cobró el sueldo en el Poder Legislativo y, simultáneamente, la Junta Departamental le realizó pagos por los conceptos antes mencionados.

A los efectos de delimitar la importancia y la delicada situación subjetiva que estamos analizando consideramos de entidad, lo que también y a solicitud de la Junta Departamental de Florida examina el Tribunal de Cuentas respecto a los detalles de las partidas cobradas por dicho funcionario en ambos organismos en los años 2019 y 2020 información que se detalla en el folio 20.

Allí se adjunta por tabla lo percibido en la Junta Departamental y en el Poder Legislativo como haberes nominales y líquidos percibidos: Por diferencia de sueldo: percibió $236.700 en el año 2019 y $369.789 en el 2020 (Total $ 606.489). Por compensación del 15%: percibió $ 144.901 en el año 2019 y $ 220.894 en el 2020 (Total $365.794). Viáticos nominales: percibió $ 89.977 en el año 2019 y $ 48.487 en el 2020 (Total $ 138.464); por aguinaldos: percibió $ 30.158 en el 2019 y $ 53.731 en el 2020 (Total $ 85.889); salario vacacional: percibió $ 94.815 en el 2020; licencia generada y no gozada: percibió $ 72.067 en el 2020. Total, de haberes nominales, total percibido en la Junta Departamental de Florida $ 1.363.518.

A estos valores nominales se les hicieron los descuentos por Montepío, IRPF, Agrupación Manuel Oribe, viáticos pagos, gastos de teléfono, fondo solidario Junta Departamental de Florida, Fondo COVID 19. Por un total de $766.977, habiendo percibido un monto total líquido de $ 596.540.

Haciendo un cuadro comparativo de hipótesis para nuestro análisis gráfico, vemos: En una situación ficticia, si el funcionario hubiera optado por cobrar en la Junta Departamental de Florida, en el período comprendido la remuneración hubiera sido de un total de $ 3.628.784. Como el funcionario optó por cobrar en el Poder Legislativo su remuneración real fue de $ 3.208.806 en el Palacio Legislativo. Y como en los hechos, además percibió por diferentes conceptos en la Junta Departamental de Florida un monto de $ 1.363.518; en definitiva, el saldo acumulado, valga la redundancia, fue sumando $ 3.208.806 + $ 1.363.518 de un total $ 4.572.324.

Tomando los hechos consolidados, el saldo en exceso a favor del funcionario, y en base a la opción que podría haber configurado, si hubiera optado por la remuneración de la Junta Departamental de Florida, es de $ 943.540, sin perjuicio de las incidencias que puedan surgir de la comisión investigadora.

Por lo tanto, se desprende que no hubo un ahorro para la Junta Departamental de Florida, como se puede llegar a instalar, y sí hubo una diferencia importante en favor del funcionario y en perjuicio de la Junta Departamental de Florida.

Una Segunda valoración, la encontramos en el expediente 62.00933, Asunto Tribunal de Cuentas remite resumen de hallazgos en la Rendición de Cuentas 2019 del Organismo.

En el informe de hallazgos, realizado por la División Auditoria y suscrito por las contadoras Sofía Santeugini y Ximena Sánchez, señalan en el punto 1.2: art.86 de lo Constitución y articulo 21 de la Ley 17.930: Se abona una compensación otorgada por Resolución de Presidencia N°1350.04.19, sin una norma presupuestal que lo habilite. Se trata de un funcionario que ocupa un cargo de particular confianza en la Junta y está en régimen de reserva de cargo en otro organismo público.

Frente a esta observación en incumplimiento de normas según hallazgos en esta Rendición de Cuentas, el presidente Sr. Ignacio Costa, consulta a Contaduría de la Junta Departamental de Florida -esto está en el folio 3-: ¿Qué compensación pagamos al secretario general que no tenga norma presupuestal?

La contadora Zulma Casas le informa: Se aclara que, tanto el cargo como la compensación que le corresponde, están previstas presupuestalmente, por lo que se entiende que no corresponde observación por art. 86 de la Constitución de la República. El art.21 de la ley 17.930 el Tribunal de Cuentas entiende que, al hacer reserva de cargo en el Organismo de origen, como es el caso, y ocupar un cargo de particular confianza en la Junta, debería percibir sus haberes sólo en esta última y no la diferencia entre cargos. Se cree que sobre este punto se debería consultar a los Asesores Letrados.

Para esa recomendación de recurrir a asistencia letrada, no se encuentra informe en ninguna de las actuaciones, por lo que se deduce que, si la misma se realizó, fue únicamente en forma verbal, por lo que no sabemos su resultancia a esa fecha, sólo sabemos que el/los actos administrativos nunca fueron modificados.

Al respecto, el presidente de la Junta de ese entonces les responde a las Auditoras Destacadas sobre el punto en el folio 8 sobre la observación 1.2: Es errónea la afirmación del Tribunal. La compensación dispuesta en el numeral 2) de la Resolución de Presidencia que se cita, se enmarca en el alcance universal de compensación de los funcionarios de la Junta Departamental y a la norma habilitante. Todos los funcionarios del Organismo perciben compensación, dispuesta por norma presupuestal. A efecto único de dejar constancia, expresamos que anteriores cargos de particular confianza percibieron durante su desempeño la misma compensación que el funcionario actual, sin reparos de ese Tribunal.

La afirmación del expresidente Ignacio Costa, es compartida en cuanto el ámbito de aplicación que incluye en forma genérica al secretario general y que está establecida en el artículo 1° del Estatuto del funcionario de la JDF; ahora opinamos que la situación debe estudiarse caso a caso, y éste especialmente por la calidad de funcionario público del exsecretario general, quién debía optar por el cobro en uno de los organismos.

Un punto que consideramos debe ser objeto de un análisis diferenciado, son los rubros incluidos en los gastos de representación, como son en este caso, el uso de telefonía, por cuanto derivan del ejercicio específico para el desarrollo de las tareas de secretario general. El mismo tratamiento deberá darse al de los viáticos, por cuanto tales gastos tienen como cometidos intrínsecos la realización de tareas de representación de la Junta

Entendemos que en su tratamiento podría abatirse y llegando en consecuencia a incidir en el "quantum" de las resultancias.

Estos gastos que son extraordinarios y no previsibles tienen un marco regulatorio en distintos actos administrativos, o sea resoluciones, dictados con autonomía legislativa departamental con carácter general y por tanto su tratamiento en cuanto a sus incidencias deberá ser parte de análisis en el seno de la comisión investigadora.

Como una tercera valoración, podemos concluir que, de la información proporcionada a través de una solicitud de acceso a la información pública presentada por el diputado Carlos Rodríguez Gálvez y la senadora Amanda Della Ventura -en el expediente N°217676 de la Comisión Administrativa del Poder Legislativo y por resolución 55/20 de Presidencia de la comisión del 22 de diciembre de 2020- se resuelve la reserva del cargo presupuestal del funcionario Martín Varela a partir de la fecha de su designación como Director General del Departamento de Hacienda, optando por la retribución en la Intendencia de Florida.

Esto da la pauta de que, si el acto no estaba viciado y era más favorable para los intereses de la administración, se hubiera procedido de la misma manera por parte de la Intendencia basados en la supuesta motivación de “ahorrarle” dinero a las arcas del gobierno departamental.

Concluyendo este punto, en los hechos y en lo formal, la posición personal asumida por el exsecretario fue distinta puesto que en esta segunda reserva del cargo optó por cobrar, únicamente, a través de la Intendencia como Director de Hacienda.

Esta información, forma parte de nuestro análisis y sirve como ilustración para poner

en consideración que tanto la administración como el exfuncionario no siguieron el criterio aplicado al tratamiento por la Junta Departamental de Florida.

La cuarta valoración tiene que ver con los informes técnicos.

El 15 de marzo del corriente, llegó el pronunciamiento -que esperábamos- de los asesores de la Junta Departamental de Florida, a instancias de uno de los ediles en la Comisión de Hacienda.

Con relación al informe de los asesores letrados, Dr. Curuchet y Del Castillo, podemos decir que compartimos lo central que está señalado en el numeral y que afirma que "no correspondía percibir remuneraciones correspondientes a ambos cargos por parte de ambos organismos, por lo cual existió un apartamiento de lo dispuesto en el artículo 21 de la ley 17.930."

En cuanto a las restantes consideraciones, no tenemos el gusto de compartirlas en su totalidad; entonces, diremos que el apartamiento es "no sustantivo" de lo preceptuado por la norma. En este caso, no compartimos su posición porque se minimiza el referido apartamiento legal que se señalara ut supra.

En la información que los asesores detallan en su informe, se señala que "únicamente percibió de parte de la Junta Departamental de Florida algunas partidas. Por ejemplo, compensación por estar a la orden, viáticos y diferencia de sueldo, entre lo percibido en el organismo de origen y el correspondiente al cargo que ocupaba en la Junta.

El sueldo base, que percibía en el Poder Legislativo, siguió siendo abonado por dicho organismo y no por la Junta Departamental. Ante esto, la situación se ve inmersa en el escenario de que "no se verificó la situación prohibida en la acumulación de sueldos; en los hechos y en términos reales, una parte de la remuneración era abonada por el Poder Legislativo y otra por la Junta Departamental".

A nuestro entender, esta apreciación señalada como no sustantiva es, justamente, una contradicción puesto que configura el apartamiento de la norma invocada.

Además, en este punto, la asesoría omitió -aunque no se le atribuye "mala fe”- que la Junta pagó la licencia generada y no gozada por un monto de $ 72.067, concepto que, de acuerdo al Tribunal de Cuentas, no correspondía por tratarse de un derecho al que se podría hacer uso en oportunidad del desempeño del cargo reservado.

La asesoría tampoco señala que la Junta le abonó aguinaldos por un total de $ 85.889 y salario vacacional por un total de $ 94.185, rubros que son, indiscutiblemente, de naturaleza salarial y solamente se pueden generar si el funcionario hace uso -a nuestro entender-, de la opción de cobrar en esta Junta Departamental.

En consecuencia, aunque se trate de diferencias percibidas entre un lugar y otro, queda claro que se percibieron dos ingresos por parte de dos organismos diferentes. Estas diferencias, se encuentran documentadas y cobradas y no forman parte de una misma unidad, frente a un solo cargo.

El Tribunal de Cuentas fue claro en varias ocasiones: lo remunerativo no se puede acumular. Nada tiene que ver el sueldo base.

Un vicio "no sustantivo" aun definido así, es a nuestro entender un vicio. Por lo tanto, sigue siendo una ilegalidad y se reconoce el hecho consumado.

En el tercer punto, tampoco se comparten las conclusiones de nuestros asesores cuando expresan que la situación "no configuró un perjuicio para la Junta Departamental".

De acuerdo con nuestros cálculos, sí se configuró un perjuicio económico de $ 943.540.

Entendemos que el indicado como "no perjuicio", aunque hubiera sido igual a cero, no quita la responsabilidad; porque, la obligación del ordenador de gastos es, en este caso del presidente de la Junta Departamental, actuar conforme a las leyes vigentes.

A modo de ejemplo, el TOCAF, en el inciso cuarto del artículo 137, establece que “las transgresiones a las disposiciones de la presente ley constituyen faltas administrativas, aun cuando no ocasionen perjuicios económicos al Estado."

La ley N.º 19.823, que tiene que ver con la Declaración de Interés General del Código de Ética en la función pública, en su título primero sobre las buenas prácticas de actuación en la función pública, establece en el artículo 25, sobre la buena administración financiera, que todos los funcionarios públicos, con funciones vinculadas a la gestión del patrimonio del Estado, deberán ajustarse a las normas de administración financiera aplicables.

Sus transgresiones constituyen faltas administrativas aun cuando no ocasionen perjuicios económicos.

En otro aspecto, tampoco resulta admisible, a nuestro juicio, el análisis de que por la vía de los hechos se procedió en forma análoga a lo previsto para los "pases en comisión" en cuanto al pago diferenciado.

La analogía o argumento analógico es una técnica de integración del derecho que presupone la existencia de “lagunas legales”. En la jurisprudencia, se entiende que el fundamento de la analogía es el principio según el cual los casos iguales deben ser tratados de la misma manera.

Claramente, este no es el caso que estamos analizando puesto que la figura del pase en comisión está establecida a texto expreso en diferentes normas nacionales y tiene su propia regulación legal. Este mecanismo de movilidad, -el pase en comisión- a diferencia de la reserva del cargo, sí permite acumular remuneraciones: compensaciones, aguinaldos de esas compensaciones o equiparaciones, por citar algún ejemplo.

En el caso que nos ocupa, está establecido en cada una de las resoluciones y fundamentos de derecho que el régimen aplicable es el de la figura de "reserva de cargo" que, como se señaló, tiene su limitación en la prohibición de acumular salarios y la opción válida es optar por una remuneración u otra.

Finalmente, sin ser letrados, pero sí intérpretes, disentimos del punto cuatro que indica que el fundamento del acto administrativo, por el que se dispuso el pago de las "diferencias de sueldo", ha agotado sus efectos jurídicos y se encuentra firme. Asimismo, debe prevalecer el principio de conservación del acto administrativo y la situación ya consolidada.

No estamos de acuerdo y rebatimos esto en el sentido de que, frente a este argumento, expuesto por los abogados, entendemos que "este acto de conservación administrativo" se confronta directamente con la ilegalidad.

Cuando la administración fuera observada o se diera cuenta por sí misma de que ha cometido un error, continuando siempre con este principio y ante situaciones consolidadas, no podría encauzar su conducta a derecho y sería una administración sin posibilidad de recurrir a redimirse.

Respecto a la seriedad del origen de la denuncia, otro aspecto que teníamos que evaluar en la Comisión Preinvestigadora, Sra. presidenta, es sobreabundante que apoya su sustento en lo observado por el Tribunal de Cuentas. Además, de su dictamen no surgen, de manera expresa, discordancias.

El Tribunal de Cuentas está compuesto por siete miembros designados por la Asamblea General y actualmente está integrado por distintos profesionales: contadores, abogados y un magíster representando a los Partidos Colorado, Nacional, Frente Amplio e Independiente.

Es en nuestro país, la entidad fiscalizadora superior que, con autonomía técnica, orgánica y funcional, asesora a todo el Estado, teniendo entre sus valores institucionales la ética, la independencia, la imparcialidad y la transparencia.

Actúa en cumplimiento de la Constitución y las leyes de la República, ejerciendo el contralor de la Hacienda Pública en beneficio directo de la sociedad.

Tiene entre sus funciones el control posterior de rendiciones de cuentas, ahí voy a citar artículos de la Constitución, que no los voy a mencionar ahora para no ser tan extenso. Por los fundamentos expuestos, en cuanto a la entidad y seriedad de la denuncia, se entiende que se encuentran dados los elementos necesarios para que este cuerpo legislativo ejerza su rol de contralor a través de una Comisión Investigadora.

En cuanto a su valoración, es importante señalar además las eventuales responsabilidades que deberán deslindarse, sometiéndose a su estudio por parte de este organismo, tanto en el caso del funcionario que se desempeñó en el cargo "Q" como secretario general, como así también ante la eventual responsabilidad en la que pudo haber incurrido de acuerdo al TOCAF, por ser ordenador de gastos, quién dictó la resolución, esto es, el Presidente de la Junta Departamental de Florida en esa instancia, el exedil Ignacio Costa.

Quien, como Jerarca, además advertido del error, tuvo la oportunidad de sanear la situación en el tiempo desde el momento en que el Tribunal de Cuentas se lo señala, generando así este posible riesgo para su gestión.

Así lo señala el TOCAF en su art. 137: "La responsabilidad administrativa en materia financiero contable alcanza a todos los funcionarios públicos con tareas o funciones vinculadas a la gestión del patrimonio del Estado...”

El inciso 3) y siguientes de este artículo establece: La responsabilidad administrativa se genera por el apartamiento de las normas aplicables...Las transgresiones a las disposiciones de la presente ley constituyen faltas administrativas, aun cuando no ocasionen perjuicios económicos al Estado. Las responsabilidades se graduarán conforme a la jerarquía del infractor y a su nivel de responsabilidad en la materia. En todos los casos los infractores estarán sujetos a las sanciones administrativas o disciplinarias aplicables y, cuando corresponda, a las responsabilidades civiles, penales o políticas emergentes, de conformidad con las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias vigentes y las que se establecen en los artículos siguientes.

 

SRA. PRESIDENTE.- Sr. edil, le solicita una interrupción el Sr. edil Tiene Fabiel González.-

 

SR. HEREDERO.- Se la concedo.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el Sr. edil Fabiel González.-

 

SR. GONZÁLEZ.- Solicito la prórroga de la hora, para el Sr. edil que está en uso de la palabra.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Se pasa a votar la prórroga de la hora.-

SE VOTA.-

AFIRMATIVA – UNANIMIDAD (31).-

Puede continuar en el uso de la palabra el Sr. edil Javier Heredero.-

 

SR. HEREDERO.- Oportunidad y procedencia de la investigación: Se informa que la solicitud presentada por el edil Fabiel González para constituirse en comisión investigadora encuentra su fundamento en el art. 286 de la Constitución de la República y en el art.138 y siguientes del Reglamento Interno.

La denuncia presentada reúne los requisitos formales establecidos en el Reglamento Interno de funcionamiento de este cuerpo, esto fue presentado por escrito ante la Sra. presidenta de la Junta Departamental, expresando los motivos por los cuales realiza la denuncia.

En este sentido, y de acuerdo con principios generales y normas especiales, la entidad de la denuncia en cuanto a su oportunidad y procedencia cobra la mayor vigorosidad posible por cuanto la actuación comprende a los cargos de mayor jerarquía política que existen en este cuerpo legislativo, o sea, presidente y secretario general.

Se entiende pertinente, además, que la forma más ajustada a las buenas prácticas del gestor es no apelar al cortafuego de evadir la investigadora, para solo quedar exentos de responsabilidad, dando vuelta fácilmente la hoja.

Por el contrario, el procedimiento de la investigadora ofrece garantías para que él o los denunciados puedan ejercer su derecho a articular su defensa, garantía intrínseca de raigambre constitucional establecida en el art. 66 de la Constitución de la República, que establece: “Ninguna investigación parlamentaria o administrativa sobre irregularidades, omisiones o delitos, se considerará concluida mientras el funcionario inculpado no pueda presentar sus descargos y articular su defensa”.

Sra. presidente, ésta es una oportunidad de generar transparencia y la tienen todas las partes, depende de la facultad que ejerzan los ediles para alcanzar con la mayoría absoluta -mínima de 16 votos-, la instancia de poder llegar a constituir la investigadora en el ámbito de la Junta Departamental.

En estos tiempos, donde más que nunca la ciudadanía mira con recelo a sus representantes, podemos y debemos dar este gesto, como viene de decirse, en defensa de la transparencia en este ámbito además donde se encuentran representados tres partidos políticos y donde se hace necesario esclarecer y determinar eventuales responsabilidades políticas.

En definitiva y a favor de la constitución de la comisión investigadora es que, se podrá establecer la procedencia de la denuncia y en su caso establecer el quantum, así como el tratamiento de los distintos tipos de responsabilidad que pudieran corresponder y en el caso de que resultare probado determinar las acciones posibles tendientes a sanear la situación, como podría ser la acción tendiente a permitir el reintegro de las sumas percibidas si se concluyera que políticamente hubo responsabilidad y fueron tanto ilegítimamente otorgadas como percibidas.

Es todo Sra. presidente, gracias.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Tiene la palabra el Sr. edil Sebastián Rodríguez.-

SR. RODRÍGUEZ FERRARI.- Gracia Sra. presidente. Como miembro integrante de la Comisión Investigadora, en lo personal fue una situación nueva en el rol de edil departamental y nuestras funciones. No pudimos encontrar en este estudio -que hemos hecho de esta situación que para nosotros llevó una gran responsabilidad a la hora de estudiar por lo que implicaba-, antecedentes similares, registros de que la Junta Departamental de Florida, en definitiva, se investigara a sí misma. Por lo que fue una situación compleja, si se quiere los antecedentes similares de una situación que se acercara no implicaba a cargos en la Junta Departamental sino a cargos en el Ejecutivo, a exdirectores, está el caso de Samacoitz, que fue un caso que se asemejó bastante a esta situación, con la salvedad y las características del caso, cada una con su particularidad. En definitiva, era la situación que más se acercaba, pero la situación concreta que en esta oportunidad nos correspondía estudiar era compleja y entreverada. Es por eso que transitamos el período de estudio, primero el tratamiento en la Comisión de Hacienda, y luego cuando formamos parte, una vez efectuada la denuncia formal, de la Comisión Investigadora. Tratamos de transitar ese estudio con la mayor responsabilidad, seriedad y objetividad posible, sabiendo que es un tema con características que generan mucho ruido, mucho comentario, muchas lecturas y muchos posicionamientos. Es una situación que no es menor y sin embargo tiene una connotación de mucho estudio, mucha implicancia legal y contable que nos llama a ser responsables a la hora de estudiar y a la hora de analizar la documentación con la que contábamos.

De esa manera lo tratamos de hacer de la manera más objetiva, debíamos ser responsables al momento de estudiar y analizar la documentación con la que se contaba.

Lo tratamos de hacer de la manera más objetiva, siendo transparentes y cuidando a aquellas personas que estaban siendo analizadas. Fundamentalmente, al momento de las expresiones públicas, intentamos ser responsables para cuidar este trabajo de investigación.

Para formar nuestra opinión, la cual presentamos a la comisión y ahora procederemos a dar lectura al informe concreto, nos apegamos estrictamente a lo establecido por el Reglamento Interno.

Con base en eso y dada la complejidad de la temática, nos pareció pertinente realizar diferentes consultorías formales con especialistas en materia legal y administrativa.

Consultamos docentes de la Facultad de Derecho, de la Cátedra de Derecho Constitucional, docentes de derecho administrativo, etc.

Consideramos que era importante, en lo que tiene que ver con materia legal, estar asesorados con certezas; ya que, el tema así lo ameritaba.

Creo que debemos ser responsables en esto. Por eso, es que el análisis de este tema nos llevó mucha conversación con compañeros que han atravesado situaciones similares.

Más allá de lo que podíamos entender de esta gran masa de información, -de público conocimiento- siempre tratamos de tener todos los elementos técnicos para trabajar; porque eran datos en los cuales había que “hilar muy fino” por los artículos, los reglamentos, los argumentos desde distintos puntos de vista que, en definitiva, ponían en contrapunto distintas posiciones. Incluso, es un tema complejo desde el punto de vista contable: hay muchos detalles de números, conceptos y remuneraciones.

Para proceder a leer el informe, que presenté como miembro de la Comisión Preinvestigadora y ahora es de público conocimiento para todos los integrantes de este Cuerpo, me parece pertinente comenzar leyendo la denuncia formal y concreta con la que trabajamos.

Leeré con textuales palabras: Florida, 16 de marzo de 2023. Integrantes de la Comisión Preinvestigadora, de mi mayor consideración.

El objeto de la investigadora consiste en determinar las eventuales responsabilidades con relación a las actuaciones que fueran objeto de observación por el Tribunal de Cuentas respecto a las resoluciones que dispusieron el pago de la diferencia de sueldos y demás rubros, que surgen de las resoluciones Nº13420419 del 7 de mayo de 2019 y Nº13500419 del 14 de mayo de 2019. Además, de las que eventualmente hubiere percibido por todo concepto.

Delimitar si hubo diligenciamiento debido a las actuaciones posteriores vinculadas a la integridad de la información documental solicitada, a los efectos de obtener la valoración del objeto principal que origina la investigación.

Esa fue la denuncia formal y en la que este informe, en constante apego a lo establecido por el reglamento interno, se basó para trabajar.

Voy a leer el informe e iré desarrollando algunas ideas en el transcurso de la lectura.

Atento a lo establecido en los artículos 138 y 139 del reglamento del Cuerpo, corresponde dar cumplimiento a los efectos de evaluar si es pertinente la creación de una Comisión Investigadora sobre la situación del exsecretario general del organismo Sr. Martín Varela.

El Tribunal de Cuentas dictaminó que existió un pago irregular por parte de esta Junta, cuando percibía sus haberes como funcionario del Palacio Legislativo.

A los efectos de aclarar la vaguedad del objeto, el edil denunciante, a raíz de una nota del 16 de marzo del corriente, puntualizó que se pretendía "determinar las eventuales responsabilidades con relación a las actuaciones que fueran objeto de observación por el Tribunal de Cuentas, respecto a las resoluciones que dispusieron el pago de la diferencia de sueldos y demás rubros que surgen de las Resoluciones de 7 de mayo de 2019 y 14 de mayo de 2019, y las que eventualmente hubiera percibido por todo concepto. Asimismo, delimitar si hubo diligenciamiento en las actuaciones posteriores vinculadas a la integridad de la información documental solicitada, a los efectos de obtener la valoración del objeto principal que origina la investigación".

Delimitado el objeto de la denuncia, según lo establecido en el Reglamento Interno de la Junta Departamental de Florida, corresponde analizar lo preceptuado reglamentariamente por nuestro Reglamento Interno: entidad de la denuncia, seriedad en su origen, oportunidad y procedencia de la investigación.

Antes de ingresar al análisis de dichos puntos, debemos señalar que, constitucionalmente, según lo establecido en el artículo 211, el Tribunal de Cuentas de la República tiene la obligación de proceder al control de todos los gastos y pagos que realizan los organismos públicos de forma preventiva por razones de legalidad.

Para nosotros es importante aclarar esto porque nos parece que es algo fundamental en toda la discusión de esta temática y en el análisis que realizamos para llegar a las conclusiones.

Por eso, el tribunal cuenta con contadores delegados en los organismos, a los efectos de controlar de forma preventiva el gasto. Inclusive, puede observarlo por razones de legalidad y no de oportunidad y conveniencia.

Considero que en ese punto es importante detenernos, porque justamente la oportunidad de conveniencia es la Junta Departamental la que la debe evaluar, y así lo hacemos cuando llegan las observaciones del Tribunal de Cuentas.

En el caso del presupuesto o la rendición de cuentas, el Tribunal de Cuentas puede observar por razones de legalidad y, en caso de que la Junta Departamental no acepte las observaciones y reitere el gasto, se aprueba el presupuesto o la rendición de cuentas y se comunica a la Asamblea General.

Luego de aclarado esto, voy a desarrollar sobre la entidad de la denuncia.

Este punto se refiere a dilucidar responsabilidades respecto de la ilegalidad del pago al exsecretario general de esta Junta Departamental, durante el período que ocupó el cargo entre 2019 y 2020 -que fuera observado por el Tribunal de Cuentas- en el tratamiento de la rendición de cuentas y balance de ejecución presupuestal de la Junta Departamental de Florida, en los ejercicios 2019 y 2020. Ejercicios anteriores a formar parte de esta legislatura.

Respecto del ejercicio 2019, la Junta Departamental de Florida, en la sesión del 12 de noviembre de 2020, resolvió aprobar la rendición de cuentas por unanimidad de miembros, según acta 122/20.

En el ejercicio 2020, la Junta Departamental de Florida, en la sesión del 5 de mayo de 2022, por la actual integración, Sra. presidenta, resolvió también por unanimidad de miembros aprobar la rendición de cuentas y balance de ejecución, según acta 27/22.

Como se indica en las actas mencionadas -a disposición de cualquier edil o ciudadano- fueron los treinta y un ediles asistentes a las sesiones del 12 de noviembre de 2020 y del 5 de mayo de 2022 quienes, conforme a la Constitución, resolvieron no hacer lugar a las observaciones del Tribunal de Cuentas y aprobar las rendiciones, elevándose los antecedentes a la Asamblea General.

Cómo decía, todos ediles de manera unánime hicimos que este acto administrativo quedara firme. Podemos argumentar, pero lo que cuenta en definitiva es la votación.

Entonces, sin haberse presentado de la información obtenida alguna prueba que acompañe una actuación irregular o ilegítima en el actuar de los treinta y un ediles que intervinieron en la aprobación de las rendiciones de cuenta expresadas y de la manera que se trató el tema, consideramos que ya fue laudado el asunto por este órgano.

Se considera que no existe una entidad que amerite crear una Comisión Investigadora.

Sra. presidenta, hablaré ahora de lo que tiene que ver con la seriedad en su origen.

De los insumos aportados por el denunciante, no hay elementos de prueba que acompañen la denuncia, sin perjuicio de los elementos que se encuentran en poder de los ediles y que los veníamos tratando desde la Comisión de Hacienda. Además, son de público conocimiento.

La responsabilidad que se pretende dilucidar por parte del denunciante debería, al menos, ser señalada en cuanto a un apartamiento de las normas, lo que no se desprende de la denuncia dada la vaguedad en el objeto.

Por eso, comencé leyendo la denuncia para enmarcar la situación, por si algún edil no había leído…

Del análisis realizado de los insumos externos, entendemos Sra. presidente, que el tema no es menor, así lo entendimos en su momento cuando se pidió la ampliación de información, y lo seguimos entendiendo de esa manera, no nos parece, como dije anteriormente, un hecho menor. Complejo en su estudio y escaso en antecedentes, que permite posicionamientos diferenciales en cuanto a los perjuicios o no sufridos por la Junta Departamental de Florida, en cuanto a las intencionalidades e implicados en el tema. Está claro, por la amplitud de información que nos permite eso. Cuando dando por valido y efectivamente según lo informado por la Asesoría Legal del cuerpo a la Comisión de Hacienda con fecha 15 de marzo de 2023, consideración Nº1, se expresa que existió un apartamiento de lo dispuesto por el artículo 21 de la ley 17.930. Esto es importante, efectivamente en los insumos de nuestros propios asesores se desprende que hubo un apartamiento de la ley y eso es real y así lo analizamos y así lo entendemos. Esta situación nos debe alertar para no volver a caer en situaciones de este tipo, no solo a quienes somos ediles, que lo somos de manera circunstancial, sino también a los funcionarios que son quienes sobrepasan cada una de las legislaturas y quienes asesoran al Cuerpo. Es por eso que nos parece que el tema no es menor, porque efectivamente existió un apartamiento y eso queda en claro. Lo que sí consideramos que no es éste el ámbito para seguir discutiendo, porque lo dimos como acto administrativo final. Y serán los denunciantes quienes tendrán que evaluar los caminos a seguir o no a seguir.

En la misma línea de lo expresado anteriormente y en consecuencia a las ultimas consideraciones vertidas, mantenemos la posición de que la Junta Departamental de Florida ha laudado el tema, encontrándose el acto administrativo firme. Según lo establecido por el principio del derecho "non bis ídem" no debería ser este Órgano Legislativo, Sra. presidente y señores integrantes del Cuerpo, quien proceda a dirimir esta situación. Nosotros entendemos que no debe ser este Órgano Legislativo quien nuevamente deba tratar la temática, una temática firme, una temática que ya laudamos, sin ánimo de ser repetitivo.

Oportunidad y procedencia de la investigación: Atento a lo expresado, este edil entiende que no es oportuno ni procedente realizar una Comisión Investigadora, ya que si se entiende que existe responsabilidad administrativa, y acá quiero aclarar a qué me refiero, como leía anteriormente la denuncia tiene dos partes, y hay una parte que es de suma importancia por lo que implica que es la de delimitar si hubo diligenciamiento indebido en las actuaciones posteriores vinculadas a la integridad de la información documental solicitada, a los efectos de tener la valoración del objeto principal que origina la investigación. Eso no es para nada menor Sra. presidente, porque en caso de comprobarse estamos hablando de que pudo haber una obstrucción al acceso de la información a un miembro de este Cuerpo, es algo muy complejo, pero al momento y en la denuncia formal no hubo, a nuestro entender, documentación que comprobara eso. Es por eso que, si se entiende que existe responsabilidad administrativa, en caso de así comprobarse, la misma debe ser ejercida a través de los poderes disciplinarios que la Junta Departamental puede ejercer sobre sus funcionarios.

Si existieron elementos que permiten vislumbrar una eventual falta administrativa, debería procederse no a una Comisión Investigadora, sino a la sustanciación de una investigación administrativa, que incluya a los contadores y asesores letrados del Organismo. Si hubo fallas en el procedimiento administrativo, al detectarse una ilegalidad en el tratamiento de las Rendiciones de Cuentas de los Ejercicios 2019 y 2020, por no haber comunicado al Cuerpo. Pero al momento entendemos que de lo concreto no se desprende, ahora, si esto se amplía entendemos que ese es el camino, porque el tema de fondo, como decíamos, no da para seguirlo discutiendo en esta Junta Departamental.

Los treinta y un ediles que aprobamos los Ejercicios 2019 y 2020 de las Rendiciones de Cuentas de esta Junta Departamental, lo hicimos cumpliendo con la Constitución de la República, y entendemos que por tanto no es posible atribuir irregularidades en el actuar conforme a derecho.

 

(OCUPA LA PRESIDENCIA LA SRA. EDIL ANDREA RIZZO)

 

Se considera que no es el ámbito la creación de una Comisión Investigadora, para subsanar el error o la omisión de haber aprobado una Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal observada por el Tribunal de Cuentas, no es admisible, desde el punto de vista constitucional, legal y político. Es por lo que mencionábamos anteriormente y con el mayor respeto sobre los informes que formaron los compañeros ediles, me consta que han puesto la mayor de las responsabilidades en el análisis del tema, es que consideramos que desde el análisis que nosotros realizamos desde los elementos teóricos con los que trabajamos, desde las asesorías con las que nos comunicamos y el estudio que realizamos, entendemos que no hay lugar para una Comisión Investigadora porque estamos enmarcados dentro de lo constitucional.

Para concluir, Sra. presidente, se aconseja al Cuerpo no hacer lugar a la formación de una Comisión Investigadora, y serán los denunciantes los que tendrán que evaluar los caminos a seguir. Nosotros creemos que éste no es el ámbito, que acá la situación está terminada. Como decía, aconsejamos no hacer lugar a la formación de una Comisión Investigadora, pero sí que se evalúe en caso de encontrarse pruebas contundentes -en el momento entendemos que no las hay-, la pertinencia de una investigación administrativa, solicitándose un abogado instructor a la Intendencia Departamental.

Sra. presidenta y Sres. ediles, a este tema le dedicamos mucho tiempo de análisis, discusión, conversación y aporte de información entre los compañeros de las diferentes Bancadas, lo cual enriquece la discusión. Por eso, concluimos lo que acabamos de expresar y lo hacemos con la tranquilidad de que estamos actuando conforme a derechos y con la ética que corresponde.

Muchas gracias, Sra. presidente.

 

SRA PRESIDENTE.- Sigue a consideración el tema. Tiene la palabra la Sra. edil Silvana Goñi.-

SRA GOÑI.- Gracias, Sra. presidente.

En primer lugar, quiero agradecer a la Bancada del Partido Nacional que, una vez más, confió en mí para ser la miembro participante e informante de una Comisión Preinvestigadora.

Hemos elaborado un informe con la absoluta tranquilidad, -con todos los elementos a la vista- pero, sobre todo, con mucha honestidad intelectual y política. Con todas nuestras limitaciones naturales, pero también poniendo en práctica toda la experiencia que pudimos obtener luego de casi dos décadas en este legislativo departamental.

Es la misma honestidad política e intelectual que tuvo el presidente Ignacio Costa en su momento para tomar las decisiones que tomó y la misma honestidad intelectual y política que tuvo el exedil, y dos veces presidente de esta Junta Departamental, Martín Varela cuando aceptó la resolución del entonces presidente Costa.

Disculpe, Sra. presidente, pero tenía la necesidad de aclarar estas cosas, porque en lo personal y en lo político no hay ni una mancha en el legajo de Martín Varela ni de Ignacio Costa y, en lo que de mí dependa, no la va a haber.

Sra. presidente, voy a proceder a leer el informe que hemos elaborado con base en el estudio y la documentación que nos han proporcionado diferentes organismos. Por ejemplo, los dictámenes del Tribunal de Cuentas, la resolución del Parlamento Nacional, diversos pedidos de informe que se han presentado a esta Junta Departamental, etc.

Voy a comenzar con la consistencia y la oportunidad de los informes recibidos por el Tribunal de Cuentas.

En este sentido, tanto el dictamen del Tribunal de Cuentas 2719/2021, del 24 de noviembre de 2021 sobre la rendición de cuentas de esta Junta Departamental -ejercicio 2020-, como la ampliación de informes del Tribunal de Cuentas del 11 de enero de 2023, expresan que la observación realizada trata de que "se abonaron partidas a una persona que ocupaba un cargo de particular confianza en la Junta Departamental y estaba en régimen de reserva de cargo en otro organismo público, cobrando el sueldo en el organismo de origen -incumplimiento Leyes 17.930 y 11.923-".

Sin embargo, en el Informe de Hallazgos de la rendición de cuentas de la Junta Departamental de Florida en 2019 y el dictamen del Tribunal de Cuentas 2111/2020 del 21 de octubre de 2020 sobre la rendición de cuentas de esta Junta Departamental -ejercicio 2019- se expresa, por el artículo 86 de la Constitución y el artículo 21 de la ley 17.930, que se abona una compensación otorgada por resolución de Presidencia N°1350.04.19, sin una norma presupuestal que lo habilite.

Se trata de un funcionario que ocupa un cargo de particular confianza en la Junta y está en régimen de reserva de cargo en otro organismo público.

Es decir, que la primera observación que realiza el Tribunal al respecto es sobre la falta de norma habilitante para las partidas que se le abonan al funcionario en la Junta Departamental y no respecto de la acumulación de sueldos o cobro de remuneraciones en los dos organismos públicos.

Cuando la Junta Departamental recibe las observaciones acerca del criterio del Tribunal de observar el pago de la diferencia de sueldos entre el cargo de origen y el cargo designado en esta Junta Departamental, ya había cesado el funcionario en sus funciones; ya que, se remite en oficio del 24 de noviembre de 2021. Sin embargo, el período en que el funcionario recibe dichos haberes había comenzado en mayo de 2019 y cesado el 26 de noviembre de 2020.

 

(OCUPA LA PRESIDENCIA MARÍA DE LOS ÁNGELES SOUTO)

 

Es decir, que se recibe la observación a los treinta meses de haberse producido el supuesto incumplimiento.

Concluimos que el tribunal ha sido inconsistente en su trabajo de realizar las observaciones, porque primero observó la falta de norma habilitante al pago de partidas y posteriormente mudó su criterio y observó el incumplimiento por recibir remuneraciones de dos organismos "acumulando sueldos".

Por otra parte, ha sido verdaderamente inoportuna la realización de observaciones habiendo pasado más de treinta meses desde la sucesión de actos jurídicos-administrativos que dieron lugar al informe de contralor. De esta manera, se impide a la Junta Departamental a dar las explicaciones de su criterio contrario o a corregir su postura inicial.

El Tribunal de Cuentas de la República es la entidad fiscalizadora que, con autonomía técnica, orgánica y funcional y en cumplimiento de la Constitución y las leyes de la República, ejerce el contralor de la hacienda pública, incluyendo a nuestra Junta Departamental.

En tal sentido, tenemos el mayor de los respetos a sus dictámenes y recomendaciones. No obstante, en el análisis, debemos decir que hemos tenido conocimiento tanto de sus aciertos, pero también de errores flagrantes que van más allá de criterios adoptados, consistencias u oportunidades, sino simplemente de falencias a la hora de analizar concretamente los casos a estudio.

Venimos de uno de ellos, es decir, es un error haber observado la falta de norma habilitante para el pago de una compensación en el cargo de secretario general, cuando es claro que fue resolución de esta Junta Departamental el otorgamiento -desde tiempos inmemoriales- de una compensación del 15% al universo de sus funcionarios y ,especialmente, al cargo de secretario general (resolución J.D.F N°22/2010 y estatuto del funcionario de la Junta Departamental en su artículo 36) y al funcionario considerado (resolución 1342.04.19).

Asimismo, han existido otros casos en que la Junta Departamental ha tenido conocimiento de "desatenciones" del Tribunal de Cuentas. Por ejemplo, la histórica y repetida observación que cuenta cada una de las rendiciones de cuentas de esta Junta, sobre la compensación de gastos por todo concepto de los señores ediles departamentales y que los suplentes de ediles reciben por su concurrencia a sesiones plenarias del Cuerpo; a comisiones asesoras, tanto las Comisiones Asesoras Internas, como las Comisiones Investigadoras y la Comisión Permanente del organismo; actos oficiales, a los cuales la Junta Departamental haya recibido invitación genérica; así como otras tareas inherentes al ejercicio de la función de edil que, según el tribunal, no corresponde se reajuste por Índice Medio de Salarios.

Vale decir que desde la resolución J.D.F N°46/20, aprobada el 12 de noviembre de 2020, se reajusta de acuerdo con el Indice de Precios al Consumo.

Es decir, que los informes recibidos por parte del Tribunal de Cuentas de la República son insumos importantísimos para el debido control a la normativa económica-financiera de la Junta Departamental, no obstante, la infalibilidad respecto de las conclusiones de los mismos, en ocasiones, es criticable, sin perjuicio del carácter no vinculante de los mismos.

En cuanto a la actitud asumida por la Bancada denunciante, es sabido que las resoluciones que dan origen a la presente denuncia son las mencionadas 14/2019 de fecha 11 de abril de 2019, designando como secretario general del Organismo, 1342.04.19 de 07 de mayo de 2019, rubricada por el presidente en ejercicio y el secretario Alexis Pérez Barreto, invistiendo desde la fecha en el cargo de secretario general y estableciendo que le corresponde la diferencia de sueldos, así como compensación y beneficios que alcanzan al universo de los funcionarios del legislativo departamental y 1350.04.19 de 14 de mayo de 2019, rubricada por el presidente en ejercicio y el secretario Alexis Pérez Barreto, estableciendo el pago al funcionario de la diferencia entre el salario percibido en el organismo de origen y el establecido para el cargo de secretario general.

Sin embargo, el primer acto de contralor ejercido efectivamente respecto del objeto de la Comisión Preinvestigadora solicitada -y, eventualmente de la Investigadora a solicitarse- es en sesión de fecha 20 de mayo de 2022, cuando en la oportunidad se solicita la ampliación de informes al Tribunal de Cuentas en resolución votada afirmativamente por el plenario con el siguiente dispositivo: "Solícitase al Tribunal de Cuentas de la República su intervención -art. 273°, num. 4o, de la Constitución de la República- en relación a la observación identificada con el 1.2 del dictamen relativo a la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal de la Junta Departamental de Florida, Ejercicio 2020, requiriendo: I) Ampliación de la información expresada en el apartado 1.2 de su dictamen; II) Detalle de las partidas cobradas por dicho funcionario en ambos organismos en los años 2019 y 2020".

Es decir, que a más de tres años de los actos jurídicos-administrativos que dieron lugar a la situación planteada en la solicitud de Comisión Preinvestigadora, el mismo edil hoy denunciante advierte lo que podría tener visos de irregularidad y empieza una carrera de contralor en contra de las resoluciones atacadas.

¿Qué sucedió en tres años de vigencia de dichas resoluciones? ¿Cuál fue el planteamiento en pleno conocimiento de sus alcances y efectos? Ninguno en tres años.

Pero más aún, el Tribunal de Cuentas tuvo conocimiento desde el origen de dichas resoluciones -año 2019, recuérdese que el mismo Tribunal siempre ha sido celoso de mantener un funcionario como contador delegado del Tribunal permanente en el organismo-, y tuvo la oportunidad de observar las resoluciones ya desde el dictamen de la Rendición de Cuentas del año 2019 de esta Junta Departamental, lo que fue tratado en Comisión de Hacienda de fecha 10/11/2020 y en acta de sesión plenaria de 12/11/2020. Sin embargo, ni el edil denunciante ni ningún miembro de la Bancada del Frente Amplio emitió palabra alguna en comisión o sesión, y aún más, la gestión del período de la Junta Departamental del año 2019 fue votada por unanimidad de los ediles, aprobándose dicha Rendición de Cuentas sin observación alguna, tanto en Comisión de Hacienda como en Sesión del Cuerpo.

¿Por qué ahora ha cambiado su criterio la Bancada del Frente Amplio? ¿Qué motiva a que entiendan irregular, lo que acompañaron con su voto dos años antes?

No podemos concluir otra cosa que no sea el oportunismo político partidario que tenga la denuncia, avalada, eso sí por la inconsistencia de los informes del Tribunal de Cuentas de la República, pero que desnudan la falta de seriedad oportunidad y procedencia de iniciar una investigación sobre estas endebles bases.

En cuanto al informe de la Asesoría Jurídica de la Junta Departamental sobre el caso con fecha 15 de marzo de 2023 existe informe donde se expiden los asesores del Organismo sobre la situación generada en el pago de remuneraciones al funcionario designado como secretario general.

En lo medular la Asesoría expresa: "En opinión de esta Asesoría y conforme fuera expresado oportunamente en el seno de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Peticiones de esta Junta Departamental, se trató de un apartamiento "no sustantivo" de lo preceptuado por la norma, y ello en tanto el funcionario no percibió la remuneración correspondiente a ambos cargos, sino que únicamente percibió de parte de la Junta Departamental de Florida algunas partidas (compensación por estar a la orden, viáticos, y diferencia de sueldo entre lo percibido en el organismo de origen y el correspondiente al cargo que ocupaba en la Junta), en tanto el "sueldo base" que percibía en el Poder Legislativo siguió siendo abonado por dicho organismo y no por la Junta Departamental. Debe tenerse presente que la situación prohibida por el artículo 32 de la Ley 11.923 consiste en la "acumulación de sueldos" en la misma persona, lo cual, en términos sustantivos no se verificó en la especie, en tanto en los hechos y en términos reales una parte de la remuneración era abonada por el organismo de origen, Poder Legislativo Nacional, y otra parte por el organismo donde prestaba funciones (Junta Departamental de Florida)”.

La claridad y contundencia de las conclusiones jurídicas de estos extractos motivan que se realicen escasos agregados a lo que se quiere investigar. No escapa al entendimiento de todo ciudadano que las normas legales, así como toda normativa que regula la actividad pública, debe interpretarse por operadores jurídicos a efectos de su correcta aplicación. No alcanza solamente con repetir un texto normativo y al antojo de lo que sea nuestra intención concluir, arrastrarlo a fórceps para que apuntale nuestro criterio, sino que los textos deben interpretarse, estudiarse, analizar su espíritu y cuál sería el alcance de lo que se quiere autorizar o prohibir, y en este caso la situación no encaja -como gelatina al molde- en la prohibición legal, ya que no se trató bajo ningún concepto de acumulación de sueldos sino de pagos de diferencias en los cargos.

Respecto a la regulación de los casos de complemento de sueldos y cargos en reserva, la situación no es nueva, históricamente este mecanismo de la complementación de remuneraciones entre cargos de diferentes remuneraciones ha sido utilizado por toda la Administración Pública, y así lo refleja el informe comentado cuando continúa diciendo: En los hechos, se procedió en forma análoga a lo previsto para los "pases en comisión", abonando el Poder Legislativo Nacional una parte del sueldo y el organismo de destino -Junta Departamental de Florida- las diferencias correspondientes.

¿Dónde está lo nuevo en el régimen adoptado?

Las administraciones de todos los partidos políticos, tanto a nivel nacional como departamental, lo han adoptado.

Inclusive, en los casos de reserva del cargo, el pago de complementos en las remuneraciones de origen y destino han sido procesos comunes y que tuvieron una especial regulación y utilización en los gobiernos del Frente Amplio.

En la ley 18.719, (presupuesto nacional periodo 2010 - 2014) en su artículo 57, se regula que cada titular de los cargos que se enumeran a continuación (directores nacionales), podrá contar con la colaboración de un funcionario público en carácter de adscripto. Este funcionario tendrá un complemento de su remuneración hasta del 85% de la de dicho titular.

Aquellos funcionarios que sean designados adscriptos en un inciso diferente al que pertenecen podrán reservar sus cargos al amparo de lo dispuesto en el artículo 21 de la ley N°17.930.

Por tanto, la situación generada, tal como se quiere investigar por parte del edil denunciante, comprende el mismo escenario y se regula de la misma forma que lo han regulado a nivel nacional los cargos que se reservan por la ley 17.930 por parte del Frente Amplio.

¿Por qué la situación debe ser diferente en nuestro departamento de lo que es a nivel nacional?

En cuanto al beneficio para el presupuesto del gobierno departamental y continuando con el análisis del informe devenido de nuestra asesoría jurídica, se expresa que dicha situación no configuró un perjuicio para la Junta Departamental de Florida. De haberse procedido estrictamente, según lo previsto por el instituto de la reserva del cargo, la Junta Departamental -organismo donde el funcionario desempeñaba tareas- pudo haber tenido que abonar la totalidad de la remuneración correspondiente al cargo de secretario general del Cuerpo, lo cual no aconteció.

Es vernácula la máxima de que es un elemento constitutivo de la responsabilidad administrativa la lesión o el daño. Dicho elemento objetivo se define como el menoscabo material cuando hay una contravención de una norma que la persona, pública o privada, sufre y por la cual debe responder otra mediante una indemnización por los deméritos o los daños que haya ocasionado el acto.

Según el expediente apia de esta Junta Departamental -Goñi Scitti, Silvana- solicitud de informes interno referente a partidas abonadas a funcionario del organismo" N°2023-86-002-0292- la Contaduría del Cuerpo informa sobre los haberes que debería haber cobrado en caso de optar por la remuneración la Junta. Es decir, el sueldo de secretario general en su totalidad.

La conclusión es clara y de simple operación aritmética. El Gobierno Departamental de Florida ahorra, en el período trabajado por el funcionario, el monto de 2.265.265 pesos que tendría que haber abonado en el caso de elegir otra opción. Esta cifra no es para nada despreciable y fue utilizada en el presupuesto departamental para fines sociales; ya que, deberá recordarse, el período de ahorro fue inmediato anterior al programa Jornales Solidarios, por ejemplo.

Atentos a que el artículo 138 y los siguientes del Reglamento Interno prescriben que la comisión únicamente deberá expedirse sobre la entidad de la denuncia, la seriedad de su origen y la oportunidad y procedencia de su investigación, concluimos que ninguno de los elementos que se dan en la presente solicitud de investigación -ya que no hay entidad y seriedad en la denuncia realizada cuando la situación planteada trata de actos administrativos firmes de la administración, es decir han pasado ya todos los plazos para recurrirlos- no revisten apartamientos sustanciales de la normativa y no produjeron daño alguno a la Junta Departamental, sino que la han beneficiado.

En otro orden, sobre la oportunidad y conveniencia de formar una Comisión Investigadora en el seno de la Junta, es claramente improcedente cuando se pretende obtener simples réditos políticos en una situación que data de hace más de tres años y que la misma Bancada denunciante avaló con su voto en la Junta Departamental.

Sra. presidente, de esta forma concluye el informe que hemos elaborado desde la Bancada del Partido Nacional y como integrante de la misma en la Comisión Preinvestigadora del organismo.

Todo depende del cristal con que se mira, así dicen. Es verdad.

Pero quiero hacer una reflexión absolutamente personal y propia.

Teniendo toda la documentación a la vista, conociendo a los involucrados y con lo que pasmamos en el informe que acabo de leer, estoy absolutamente convencida que esto no es más que un circo político; un levantamiento de perfil de algún edil departamental con el objetivo de proyectarse para lo que será el proceso electoral que comienza en algunos meses.

En lo personal, agradecer el respeto con el que se me ha escuchado. Estoy a la orden para cualquier aclaración o intervención que cualquiera de los Sres. ediles desee.

Muchas gracias, Sra. presidente.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Comunicamos que llegó una moción a la Mesa, a la cual le vamos a dar lectura antes de continuar con la consideración del tema, para que los Sres. ediles tomen conocimiento.-

 

SRA. SECRETARIA GENERAL.- Lee:Visto el planteamiento efectuado en la Junta Departamental de Florida sobre ilegalidades producidas en este órgano sobre cobro de dineros efectuada por el ex Secretario General que ocupó ese cargo en los años 2019 y 2020.

Visto: que la reglamentación legal tiene principios y planteos que generan dudas en este grupo de ediles firmantes.

Considerando: que las observaciones legales efectuadas por los órganos legales no resuelven el tema de fondo.

Considerando: que además hay planteamientos de prescripción de las acciones que tiene esta junta.

Mocionamos para que la Sra. presidente de la Junta Departamental de Florida contrate un especialista en Derecho Público quien deberá expresarse con referencia a la legalidad de los pagos efectuados al ex secretario general de la Junta Departamental de Florida durante los años 2019 y 2020 debiendo efectuar un informe pormenorizado y escrito.

La presidente deberá actuar con consenso de los coordinadores de Bancada.

Facultase también a la presidente de la Junta a efectuar las trasposiciones presupuestales legales correspondientes.

 

SRA. PRESIDENTE.- Sigue a consideración el tema. Tiene la palabra el Sr. edil Jesús Bentancor.-

 

SR. BENTANCOR.- Gracias Sra. presidente.

Voy a tratar de ser lo más escueto posible, pero temo que voy a tener que esforzarme mucho.

Hemos estudiado mucho este tema, al igual que otros ediles, porque en realidad nos ha preocupado y motivado, es un tema muy difícil, es un tema que nos lleva a tener que analizarlo en profundidad. Antes de este acto, leí los informes de la Comisión y realmente ninguno de ellos me satisface. Tengo que felicitar a los ediles del Partido Colorado por el análisis que hacen de la situación, comparto plenamente el informe que ellos hacen. También tengo que valorar el informe del Partido Nacional, el cual comparto prácticamente en todo, pero tengo que marcar mis diferencias, principalmente, con el informe del Frente Amplio y con las conclusiones o valoraciones que tenemos que hacer de las observaciones del Tribunal de Cuentas de las actuaciones de la Junta Departamental. No es nuevo para nosotros, y para la Junta Departamental, que el Tribunal de Cuentas se equivoca y mucho y en este período, se equivocó tremendamente con la Junta Departamental en un Presupuesto, donde no llegaron las observaciones del Tribunal de Cuenta en tiempo y forma, creo que eso hace historia dentro del Uruguay. No quiero faltarle el respeto institucionalmente al Tribunal de Cuentas, pero digo que este Tribunal de Cuentas que tenemos deja mucho que desear. Y deja mucho que desear principalmente porque el análisis de lo que es una remuneración salarial, a mi entender, está mal hecha en el informe del Tribunal de Cuentas. Éste habla de que el funcionario de la Junta Departamental, el ex secretario general cobró dos sueldos y lo reitera mucho, también lo reitera el informe del Frente Amplio. Tengo mi discrepancia totalmente con eso, porque el ex secretario de la Junta no cobró dos sueldos, la ley dice claramente que él no puede cobrar dos sueldos y obviamente, no cobró dos sueldos; cobró un sueldo y cobró una diferencia de sueldo, pero dicho así cobró dos sueldos. Tengo que pensar que los dos sueldos los robó, en uno de ellos actuó con premeditación, con alevosía, con falta de legalidad total y cobró dos sueldos. Llego a la conclusión de que no cobró dos sueldos, porque el sueldo se divide en partidas de sueldos, propiamente dichas, y derechos de los funcionarios. Por ejemplo, la compensación del 15% no es un sueldo, es un derecho que tiene el funcionario, y bien lo dice el expresidente de la Junta Departamental, Sr. Costa, en un oficio que le envía a la contadora Casas, donde le dice que él no entiende que el Sr. Varela esté cobrando un sueldo cuando el Sr. Varela está cobrando una universalidad de los derechos que le corresponden a todos los funcionarios de la Junta Departamental. En eso está, no solamente, la compensación del 15% sino que está el salario vacacional, los aguinaldos, los viáticos y otras partidas diferentes que integran el sueldo, pero no son sueldo. La cuenta que hace el Frente Amplio, donde dice que el secretario Varela, cobró una suma de dinero de un millón y pico de pesos de más, está contemplada en esas partidas de dinero. Quiere decir, que esa cuenta hecha ligeramente por el informante no es correcta, está equivocada, no es así. Pero además hay otro principio -que hasta este momento nadie lo ha mencionado y quiero ponerlo arriba de la mesa-, que es el criterio de especificación, de especificidad, puede haber una norma a nivel nacional como la ley que trata el pase en comisión que dice, que no puede cobrarse dos sueldos, pero cuando llegamos al derecho del departamento, a los decretos del departamento y los analizamos, vemos que los funcionarios que trabajan en la Junta Departamental tienen derecho a cobrar algunos beneficios que los mismos ediles y el Presupuesto de la Junta tiene. Entonces me pregunto: ¿En qué situación estaríamos si no se le hubiera pago todos esos derechos al ex secretario general y él nos hubiera reclamado judicialmente el pago de esos derechos? No podemos hacer ligeramente la afirmación que hizo el Tribunal de Cuentas y tampoco podemos hacer la afirmación que hace el Frente Amplio en su informe.

Creo que hay un error, no puedo avalar el informe que hace el Frente Amplio y tampoco puedo avalar como verdad verdadera lo que está diciendo el Tribunal de Cuentas con respecto a que hemos violado la ley, estamos actuando en el filo de la constitucionalidad y que somos condenables totalmente. Entiendo bastante correcto el informe que hacen los Asesores de la Junta Departamental, hay un error obviamente, pero ese error no nos llena de delito, porque la naturaleza jurídica o, mejor dicho, el espíritu que lleva a que se haga una figura jurídica, como el pase en comisión es, la verdad sea dicha, un grupo de funcionarios públicos que llegan a un acuerdo con algún político para que los saquen del lugar en el cual están trabajando. ¿Para qué? Para asesorarlos, para no trabajar, para trabajar y poder asesorar en mejor forma al que lo pide en comisión, pero esa no es la verdad de lo que sucedió con el Sr. Varela. Al Sr. Varela lo trajeron acá a trabajar, y trabajó y todavía llegan al ridículo de decir que se va a analizar si los viáticos que cobró están bien o no o el derecho al teléfono que tenía estaba bien o no. Son afirmaciones ridículas que no podemos aceptar en esta Junta. Por lo tanto, sinceramente, tengo mis diferencias grandes con el informe que tiene el Frente Amplio, tengo mis diferencias gruesas con las posiciones que asume el Tribunal de Cuentas, a pesar de que dentro del Tribunal de Cuentas hay dos integrantes de mi partido, pero creo que están para que los cambien porque, en definitiva, me parece que no estamos en un análisis profundo de la situación y de la realidad…

 

SRA. PRESIDENTE.- Perdón Sr. edil, le solicita una interrupción el Sr. edil Ludelmar Torres.-

 

SR. BENTANCOR.- Se la concedo.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el Sr. edil Ludelmar Torres.-

 

SR. TORRES.- Gracias Sr. presidente.

Solicito la prórroga de la hora para el Sr. edil que está en uso de la palabra.-

 

SR. PRESIDENTE.- Se pasa a votar la prórroga de la hora.-

SE VOTA.-

AFIRMATIVA – MAYORIA(30 en 31).-

Continúa en el uso de la palabra el Sr. edil Jesús Bentancor.-

 

SR. BENTANCOR.- Agradezco a los Sres. ediles la gentileza de prorrogar mi tiempo para hablar, pero lo que me falta ya es poco.

En realidad, creo que este tema nos extralimita en nuestras facultades y en los conocimientos que tenemos. Yo podré tener algún conocimiento en derecho, pero el derecho público no lo domino, y como he escuchado que acá se pone en duda los informes de los asesores letrados que tiene esta Junta Departamental, entiendo que este tema tiene que ser dilucidado. No puede ser que quede en la nebulosa; debe ser analizado en profundidad. Por lo tanto, me atrevo a dar algunas opiniones, pero no concluyentes.

Entiendo que las investigaciones que había que realizar ya se hicieron.

No es como en otras circunstancias en las cuales teníamos que analizar alguna actitud humana. En este caso, debemos analizar el derecho, y el material para hacerlo ya está “arriba de la mesa”; entonces, me atrevo a plantear, junto con otros ediles con los que conversé este tema y, lamentablemente, no tuve tiempo de recurrir a sus firmas, que hay un grupo de ediles que tenemos dudas.

¿Cuál es la verdad? Bueno… nos atrevemos a decir que el Tribunal está equivocado en algunas cosas y, además, decimos que el informe del Frente Amplio está equivocado también.

La verdad debería surgir del informe de algún especialista en derecho público que nos aclare cuál es la situación jurídica en la que están las resoluciones que tomó el presidente de la Junta Departamental en su momento, el dinero que cobró el secretario general y el valor que tiene haber aprobado -por unanimidad- las rendiciones de cuentas de los años 2019 y 2020.

Por eso, es que nos atrevemos a plantear una moción -tal cual se leyó- y entendemos que los informes que hay en pro de crear una Comisión Investigadora como de no hacer nada, no los compartimos.

Muchas gracias, Sra. presidente.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Sigue a consideración el tema. Tiene la palabra el Sr. edil Fabiel González.-

 

SR. GONZÁLEZ.- Gracias, Sra. presidente.

Hay algunas cosas que se manejaron erróneamente.

Voy a comenzar por las últimas, que dijo el edil que me antecedió en el uso de la palabra.

Por más que se quiera describir que en otros lugares hay pases en comisión y se les otorga una compensación, esto no fue, reitero, un pase en comisión.

En este caso se trataba de una reserva del cargo. Un instituto totalmente diferente y reglamentario que no tiene las mismas cualidades que un pase en comisión.

Lo que dice el asesor jurídico de esta Junta es que se trató de una reserva de cargo como si fuera un pase en comisión. Este es el primer error de esta Junta Departamental.

En otro orden, la edil del Partido Nacional se refirió a que yo voté la rendición de cuentas del 2019 y no es así; yo no estaba.

La rendición de cuentas del 2019 se votó en el período anterior. No se votó en este período, y esta rendición de cuentas, la cual hoy tratamos, se votó dos años después y lo hicimos notar en la propia sesión de la Junta Departamental. Inclusive, consta en actas.

Nosotros decíamos que era imposible tratar una rendición de cuentas dos años después de que había sucedido. Reitero que consta en actas y cualquier persona puede entrar a la página de la Junta Departamental de Florida y ver las versiones taquigráficas.

En ese momento, señalamos que nosotros a este tema le dejábamos la “puerta abierta”, porque había una irregularidad grande.

Esto lo expresamos en dos intervenciones: la del edil Eduardo Riviezzi y la mía. Esto está en actas.

En cuanto a la rendición de cuentas, no voy a hablar de aspectos técnicos porque creo que las tres bancadas han contado con la ayuda de asesores muy importantes y todos tienen una visión diferente.

Ninguna persona puede dar por descontado que hubo una irregularidad.

Es una obviedad que va a haber más de un informe: uno que va a decir que no es necesaria la investigación; otro que va por el camino del medio y que va a mencionar que ya paso el tiempo, pero que hubo errores y que debe hacerse una investigación administrativa.

¿Para qué una investigación administrativa?

Una investigación administrativa va a ir directamente contra los funcionarios de la Junta; no va a ir contra los responsables políticos que cometieron este error.

Los funcionarios de la Junta están a disposición del poder político y no son autónomos. Todas aquellas decisiones que se tomen son porque hay un superior político que las manda a ejecutar. Por lo tanto, la investigación administrativa no tiene mucho sentido ya que sería “cortar por la piola más débil”. Por ejemplo, se tomaría la decisión de echar a un funcionario o sancionarlo.

Acá hubo una responsabilidad política.

El 20 de mayo de 2022, se le dio tratamiento, no hace tres años que pasó esto. Hoy estamos cerca de cumplir el año.

¿Por qué se demoró un año en conseguir todas las informaciones?

Fue el 20 de mayo que tratamos esta rendición de cuentas y, cómo anteriormente dije, dejamos constancia en las versiones taquigráficas que íbamos a hincarle el diente a este tema; porque, nos parecía una situación muy grave.

El primer error de la Junta Departamental lo notamos cuando se aprobó una moción para ser elevada como expediente al Tribunal de Cuentas de la República, siempre como Junta Departamental y no como Bancada del Frente Amplio.

Por otra parte, el primer error administrativo es que se envió un oficio al Tribunal de Cuentas.

En su momento, recursamos esta decisión, se nos dio la razón y se envió una consulta por expediente el 31 de mayo al Tribunal de Cuentas de la República.

El 31 de enero de 2023, ocho meses después, recibimos la respuesta del Tribunal de Cuentas de la República.

En otro orden, el 4 de julio de 2022, se solicitó un pedido de acceso a la información pública en el Parlamento por parte de los compañeros Amanda Della Ventura y Carlos Rodríguez. Posteriormente, se nos proporcionaron los recibos de sueldo.

En ese momento, nos llamó la atención porque en esos recibos de sueldo, precisamente en la resolución de presidencia -presidencia de Ignacio Costa- del 14 de mayo de 2019, establece el pago de la diferencia entre su cargo de origen y el cargo de la Junta Departamental.

¿Qué entendemos por esto?

El funcionario cobraba menos en el Parlamento y, para acceder al cargo de la Junta, había que pagar una diferencia. Creo que todos lo entendemos así.

Este funcionario, en todo momento y durante todo el período que ocupó el cargo de secretario general de la Junta Departamental de Florida, siempre cobró más en el Palacio Legislativo que lo que le correspondía cobrar en el cargo de la Junta Departamental de Florida. Según la ampliación presupuestal de 2019 el cargo de secretario general de la Junta Departamental estaba fijado en $ 117.013 para los períodos 2019 y 2020. Mientras que este funcionario en el Poder Legislativo siempre, mientras estuvo el cargo acá, cobró $ 135.000 en el 2019 y cerca de $ 148.000 en el 2020. Entonces, ¿cuál es la diferencia que había que pagar? Alguien que me lo diga. Acá vemos una responsabilidad directa del presidente del momento, el exsecretario general de la Junta cobró en el Parlamento mensualmente y consecutivamente por ocho renglones, todos los que accedemos a un sueldo sabemos los renglones, la resolución de presidencia del momento solo apunta a tres renglones, sumados estos tres renglones dan por debajo del salario que tendría que cobrar en la Junta Departamental. Mientras los restantes cinco renglones se siguieron cobrando siempre. O sea, que acá hubo una selección de renglones que sumados, como dije anteriormente, dieron menos de lo que tendría que cobrar. ¿Esto no es para investigar?

 

SRA. PRESIDENTE.- Perdón Sr. edil, le solicita una interrupción el Sr. edil Fernando Schiavoni.-

 

SR. FABIEL GONZÁLEZ.- Se la concedo.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el Sr. edil Fernando Schiavoni.-

 

SR. SCHIAVONI.- Solicito la prórroga de la hora para el Sr. edil que está en uso de la palabra.-

 

SR. PRESIDENTE.- Se pasa a votar la prórroga de la hora.-

SE VOTA.-

AFIRMATIVA – MAYORÍA (30 en 31).-

Continúa en el uso de la palabra el Sr. edil Fabiel González

 

SR. GONZÁLEZ.- Gracias Sra. presidente.

No cabe duda, quedó comprobado en todos los informes, en el del Tribunal de Cuentas, en el de los Asesores Jurídicos de la Junta, que hubo un incumplimiento legal, hubo un apartamiento de la norma. ¿Esto no es para investigar?

Solicitamos a la Junta Departamental que se nos pasaran los haberes y los recibos de sueldo del funcionario que cobró en ese período de tiempo, en primera instancia se nos negó, se nos ocultó la información, sin haber tenido una consulta jurídica, no se nos pasaron los recibos de sueldos porque eran de carácter privado, es un funcionario público, los recibos de sueldos de éstos son públicos, cosa que consta en el informe posterior de los Asesores Jurídicos de esta Junta. Finalmente, en el día de hoy ha llegado el informe con los recibos de sueldos, un poco tarde, esperamos ocho meses un informe, treinta días otro y veinte días otro. ¿No es para investigar esto? La respuesta de la contadora en su momento fue que no se nos podía entregar el recibo porque era de carácter privado, el exsecretario general de la Junta presentó una carta amparándose en la ley 18.845, porque tenía aportes políticos. En realidad, eso no nos interesa, tampoco venía en la ampliación del Tribunal de Cuentas, un tercio de ese cobro, de ese millón trescientos mil pesos que fueron destinados a partidos políticos, pero eso no nos interesa, porque ese dinero no tenía que cobrarse, eso está claro y está en todos los informes. El único argumento que escuché fue: es un monto que se pierde. Capaz que para ustedes $ 1.300.000 no es significativo. ¿Qué le digo yo a un vecino o vecina que tiene una moto? Vecino pagué setenta años la patente de su vehículo para llegar a este monto, pagué treinta años la contribución inmobiliaria para llegar a este monto. ¿No les parece a ustedes que es importante un punto así y que no debió haberse cobrado? La realidad es que este funcionario tenía que optar por cobrar en un lugar u otro, si hubiera optado por cobrar en el Parlamento hubiera cobrado $ 3.200.000, si hubiera optado por cobrar en la Junta Departamental serían $ 3.600.000, ahora, por qué cobro $ 4.500.000. ¿Esto no es razón para investigar? ¿Por qué cobró dos aguinaldos, si es una compensación? ¿Si él cobraba sus derechos en el lugar de origen, por qué cobró dos aguinaldos y dos salarios vacacionales? ¿Eso no es materia salarial? ¿No hubo acumulación de salarios en ambos Organismos? ¿Esto no es para investigar Sres. ediles y edilas? Realmente no sé a qué se apuntó o sí, acá me parece que hay un incumplimiento político que es salvar al amigo poniendo por encima la legalidad y la competencia de esta Junta Departamental. Hay muchas y muchos ediles que hoy van a mirar para el costado, otros y otras van a mirar para abajo, lo que les quiero decir es que después de la traición a la honestidad intelectual no se vuelve y los que hoy no quieren investigar un hecho tan evidente y contundente están hipotecando su honestidad intelectual. Ya sea por un sillón o por amigo.

Gracias Sra. presidente.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Tiene la palabra la Sra. edil Jodami Martínez.-

 

SRA. MARTÍNEZ.- Gracias Sra. presidente.

Quiero suscribir el informe del compañero Javier Heredero, me parece sumamente ajustado a derecho y a los hechos. También la reciente intervención del compañero Fabiel González.

Fui tachando todo lo que los compañeros manifestaron para no ser reiterativa, pero sí quiero abordar el tema desde tres aspectos, uno de ellos es la ilegitimidad del acto administrativo y por ende no existe acto firme, como quieren algunos señores ediles dejar sentado acá esta noche, no hay un acto administrativo firme, porque hay una ilegitimidad del acto administrativo y por ende no se dio esa firmeza y como consecuencia corresponde la investigación de ese hecho ilegítimo.

Así lo resalta la asesoría letrada de este Cuerpo en su informe. Precisamente, en el numeral 1 señala que no correspondía percibir remuneraciones correspondientes a ambos cargos por parte de los dos organismos.

Asimismo, el Tribunal de Cuentas, que parecería ser que perdió credibilidad como institución para algunos Sres. ediles, se refiere a ilegitimidad, ilegalidad.

Nadie nombró al profesor Juan Pablo Cajarville en sus informes, así que me voy a permitir leer un extracto de uno de sus libros: “Precisaalvicio como a la contrariedad del acto administrativo”, que dice así:A una regla de derecho que configura su ilegitimidad. Esa contrariedad o vicio, puede consistir en la inexistencia de algún presupuesto del acto o en algún elemento del acto que no es tal como debe ser, según las normas aplicables.

Acá se habló varias veces de la violación, específicamente, de dos leyes.

En otras palabras, los vicios son manifestaciones de irregularidad, Sra. presidenta, de los actos administrativos que afectan su juridicidad. En este caso puntual, el vicio en el objeto contenido del acto tuvo lugar cuando el acto no se ajustó a las normas de derecho objetivo; no se ajustó a lo establecido en la ley 17.930, artículo 21.

Una parte del artículo dice que: los funcionarios que sean llamados a ocupar los cargos mencionados en el inciso primero podrán optar por las remuneraciones establecidas para los mismos, incluidas dedicación exclusiva y gastos de representación o, exclusivamente, las correspondientes a aquellos reservados.

En ese orden, Cajarville explica que, además lo recoge la jurisprudencia especializada, la discrecionalidad es la posibilidad otorgada por una regla de derecho a la administración de elegir entre dos o más soluciones igualmente legitimas. Asimismo, incluye como límites a las mismas los principios generales del derecho y los estándares de responsabilidad, la desviación, el abuso o el exceso de poder.

Evidentemente, acá hay un apartamiento a la norma.

Otra cosa que señalaré, son las implicancias o responsabilidades del funcionario; pero, también de los ordenadores de gastos y de sus jerarcas.

El compañero Heredero habló de la ley 19823, que refiere a la Declaración de Interés General del Código de Ética en la función pública, en la cual los jerarcas de las dependencias públicas tienen la responsabilidad de resolver sobre las investigaciones internas de las que resulte posible la configuración de un delito. Además, tienen el deber de disponer la inmediata denuncia.

Ahora, voy a citar al constitucionalista Delpiazzo.

Él señalaque: el buen desempeño de quienes actúan en la función pública, cualquiera sea el nivel jerárquico, no es como un deber conforme al ordenamiento jurídico aplicable, sino también a un imperativo ético. En tal sentido, conviene enfatizar que la ética aplicada en la función pública tiene su eje central en la idea de servicio inherente al concepto mismo de la administración. La ética que le pedimos al administrador y a los administrados, y me sumo a las palabras del Sr. edil Fabiel González, cuando hablaba sobre cómo miro al vecino que no paga o que paga la patente, o cómo le digo al que no la paga que lo haga.

Hay una norma que también voy a citar, porque nadie lo hizo, como regulación del ejercicio de las prerrogativas públicas y de los derechos subjetivos.

El decreto reglamentario 30, del mes de enero del año 2023, señala que: el Poder Ejecutivo modificó y explicitó una serie de reglas de conducta de la función pública. Entre las cuales se encuentra el principio de juridicidad que obliga a conocer y cumplir el ordenamiento jurídico que rige la actividad funcional, observando en todo momento un comportamiento que no merezca reproche de ilegitimidad. Asimismo, incluye el principio de transparencia por el que dé a conocer y recibir información a la sociedad, a los ciudadanos, a los votantes, a quienes nos pusieron en este lugar, de los quehaceres de los funcionarios públicos y de los que ocupan cargos políticos y de particular confianza.

Más allá de la publicidad, el principio de transparencia refiere a la diafanidad del obrar público, permitiendo ver con claridad el actuar de la administración en la disposición y uso de sus fondos públicos y el obrar de sus funcionarios.

Creo que ya lo nombró el Sr. edil Javier Heredero, pero también la probidad, la actuación del funcionario debe de ser y parecer íntegra, dirigiéndose a la satisfacción del interés público y desechando toda finalidad de provecho o ventaja para sí o para un tercero.

Se dijo que no hay manchas en el legajo. De todas maneras, la administración está obligada a ajustarse a la verdad material de los hechos y, sin que la obliguen los acuerdos entre los interesados acerca de tales hechos, ni exime de investigarlos, conocerlos o ajustarse a ellos la circunstancia de no haber sido alegados o probados por las partes.

Este principio no autoriza a la Presidencia de la Junta Departamental a apartarse de la prueba producida o no exime a efectuar denuncias de irregularidades, de acuerdo al artículo 175 del decreto 500, que tuviera conocimiento por razón de sus funciones. Además, debe recibir y dar trámite a las denuncias que le formulen otros integrantes del Cuerpo como, en este caso, los ediles del Frente Amplio.

Por último, quiero referirme a la función de contralor de los ediles departamentales y que no estaría entendiendo en este punto.

¿Por qué no nos acogemos a nuestro rol, a nuestra función?

El artículo 273 de la Constitución establece que nuestra función es legislar y controlar.

Voy a hacer una acotación al margen: la tarea de legislar no la estamos haciendo. Esto es una acusación grave.

Presenté tres proyectos en la Comisión de Legislación -esto es una acotación al margen, no me digan que estoy fuera de tema- y siguen ahí “dormidos” pese a que integrantes del Partido Nacional me dicen que están buenos.

Entonces, no estamos legislando, ya que desde esa comisión ni salieron ni llegaron al Cuerpo o al Plenario, y ahora también nos permitimos no controlar.

Yo, como muchos saben, soy profesora de derecho.

 

SRA. PRESIDENTE.- Disculpe Sra. edil, le solicita una interrupción la Sra. edil Silvana Giannini.-

 

SRA. MARTÍNEZ.- Se la concedo.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra la Sra. edil Giannini.-

 

SRA. GIANNINI.- Solicito la prórroga de la hora para la Sra. edil que está en uso de la palabra.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Se pasa a votar la prórroga de la hora.-

SE VOTA.-

AFIRMATIVA – MAYORÍA (30 EN 31).-

Continua en el uso de la palabra la Sra. edil Jodami Martínez.-

 

SRA. MARTÍNEZ.- Gracias Sr. presidente y gracias Sra. edil. Estoy culminando prácticamente, pero me da vergüenza, pensar que, si alguno de mis estudiantes de derecho está acá y escucha, ve o presencia esta sesión de la Junta Departamental donde los ediles nos permitimos no investigar y no profundizar en irregularidades que está marcando el Tribunal de Cuentas. Y todavía nos podemos llegar a permitir desconocer la institucionalidad del Tribunal de Cuentas. No buscar esa verdad material de los hechos, no investigar, no diligenciar todos los medios de pruebas conducentes a aclarar esos hechos, realmente me parece lamentable. Porque justamente además de legisladores somos quienes debemos de controlar en el gobierno departamental esta función pública.

Por allí también se dijo, que el tema estaba laudado, yo creo que no es así, y que no es un ámbito para seguir tratando el tema, creo que sí es el ámbito, nos merecemos como ediles esa Comisión Investigadora que está proponiendo el Frente Amplio.

Gracias Sra. presidente.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Tiene la palabra la Sra. edil Silvana Goñi.-

 

SRA. GOÑI.- Gracias Sra. presidente.

He sacado algunos apuntes de lo que han hablado los ediles que me antecedieron en el uso de la palabra. Primero y al edil denunciante, que habla de encubrimiento por amiguismo, yo le sigo respondiendo circo político para perfilarse en una posible candidatura interna y sabe el edil denunciante y todos los ediles que están sentados, los que nos miran y me conocen y los medios de prensa que yo voy por las calles de la ciudad de Florida con la frente muy en alto y siempre he tenido las manos muy limpias porque eso heredé de mis padres, es lo único que tengo para ofrecer, un apellido limpio. Y mi honestidad intelectual de manera alguna va a quedar cuestionada por no plegarme a una investigación que no tiene sentido, porque ya todos los elementos a ser investigados están arriba de la mesa. ¿De qué ocultamiento me habla el Sr. edil? Cuando él solicita los recibos de sueldos, la contadora de este Organismo le responde que se entiende que los recibos de sueldos son de carácter privado del funcionario, por lo que se recomienda la aprobación del Sr. Martín Varela para que esta contaduría pueda brindarle dicha información. Lo que hizo la funcionaria, bien o mal, fue cumplir, es lo que hubiera hecho cualquier funcionario público. ¿Por qué entonces el Sr. edil denunciante no accionó al respecto? ¿Por qué no reclamó? ¿Por qué no interpuso algún recurso? ¿Por qué no intentó hacerse de esos recibos?

En cuanto a los aportes políticos, dicen que no les interesa, pero les interesa machacar que hubo aportes a la Agrupación Manuel Oribe. Como todos los ediles acá presentes, o la gran mayoría, que tenemos aportes a nuestras agrupaciones políticas. ¿Cuál es la novedad? ¿Qué es lo que quieren dejar en el aire?

En cuanto al reclamo de la Sra. edil, de sus proyectos, ella tiene dos representantes de su Bancada, cuando fui presidente de esta Junta Departamental no me llegó ningún reclamo y ahora como presidente de la Comisión de Legislación tampoco. Así que el reclamo debe hacerlo a sus propios compañeros integrantes de la comisión.

Por otro lado, nosotros fundamentamos que este es un hecho consumado y hay un acto administrativo que se cumplió. Porque el tema pasó todos los carriles legales y los plazos sin que hubiera ningún tipo de accionar. Fue al Tribunal de Cuentas de la República, vino el dictamen a la Comisión de Hacienda, ésta lo pasó a Plenario, el Plenario en las dos oportunidades lo votó por unanimidad, volvió al Tribunal de Cuentas y constitucionalmente, lo eleva a la Asamblea General, en la cual, en dos oportunidades, pasa el plazo de los cuarenta días sin que ésta manifestara algo. ¿Y ahora quieren investigar? Después que lo votaron dos veces, porque dejar asentado en actas de que vamos a hacer algo es una cosa, pero levantar la mano, es lo que vale y lo votaron afirmativamente. Si yo no estoy de acuerdo con algo y veo que esta turbio o que no me cierra, no lo voto. ¿O tenían algún tipo de obligación de votar las dos rendiciones de cuentas? No, lo hacemos ahora. Entonces cuando el edil denunciante dice que estamos queriendo encubrir amigos, repito, que el edil denunciante a esta altura lo que quiere es levantar el perfil y armar el circo político.

De mi parte, Sra. presidente, creo que el Tribunal de Cuentas lo que debería haber hecho y no hizo, -porque el Tribunal de Cuentas no es infalible-, es haber observado, ya que estaba tan convencido de que había una irregularidad. En la Junta hay una contadora delegada que tendría que haber observado el gasto cada vez que se le abonaba al exsecretario general, Martín Varela y no lo hizo. Es más, recién en el año 2020 se dan cuenta de eso y el funcionario estuvo diecinueve meses prestando funciones. Como decía el compañero edil Jesús Bentancor, el artículo 36 del Estatuto del Funcionario dice que: el derecho de los funcionarios de la Junta Departamental de Florida es percibir el pago de una compensación por permanecer a la orden implica, como corolario que los funcionarios tienen la obligación de cumplir el horario que establezca la Junta… Al exsecretario general Martín Varela todos lo veíamos cumpliendo el horario en esta Junta y más aún. Y además se encuentra a la orden de las necesidades del Organismo. En caso de ser necesario que cumplan tareas más allá del horario establecido no se debe abonar ninguna otra partida ni se generará el derecho a cobro de horas extras. Estos son los derechos de carácter universal que cobran todos los funcionarios de la Junta, también los funcionarios políticos y por tanto también el exsecretario general Martín Varela.

Por otro lado, reitero, mi absoluta convicción y confianza en lo actuado por el expresidente Ignacio Costa, porque lo conozco y todos lo votamos para ocupar la presidencia y no fue una sola vez sino dos y la segunda vez fue por unanimidad. Entonces cuando se lo nombra tanto, porque fue y es un combativo de nuestras filas, al Sr. Martín Varela y se le quiere ensuciar una carrera brillante, lo único que se pretende es ante la ciudadanía plasmar una imagen que no es. Ojalá en su momento en el Parlamento Nacional, con el gobierno nacional anterior, hubiéramos tenido ediles con tanto deseo de transparencia como los que tenemos aquí sentados, porque el país se hubiera ahorrado muchos dolores de cabeza.

Muchas gracias Sra. presidente.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Tiene la palabra el Sr. edil Ludelmar Torres.-

 

SR. TORRES.- Gracias Sra. presidente. Se ha dicho mucho en este Plenario, hay tres informes elaborados por ediles que integraron una Comisión Preinvestigadora y trabajaron mucho. Tenemos la posibilidad como ediles de leer los informes y poder elegir, ver, pensar cuál es el informe adecuado. En lo personal coincidimos plenamente con el informe del Partido Nacional, coincido plenamente con lo expresado por el edil Jesús Bentancor. Estoy comprometido a hablar porque he hablado en la prensa como presidente de la Comisión de Hacienda y este informe del Partido Nacional coincide más o menos con lo que hemos dicho desde el primer día, el exsecretario general de la Junta nunca cobró doble sueldo como se ha pronunciado, cobró el sueldo de su organismo de origen, el Poder Legislativo Nacional y en la Junta Departamental de Florida, donde prestaba funciones, cobró diferencia de sueldo, compensaciones y beneficios que alcanza al universo de los funcionarios del Legislativo Departamental.

Así también lo certifica el informe de la asesoría jurídica de la Junta.

Inclusive, en el acta de la Comisión de Hacienda del 10 de noviembre del 2020 y en el acta del Plenario del 12 de noviembre del 2020 se aprueban por unanimidad y sin observaciones los informes del Tribunal de Cuentas.

Además, la Junta Departamental -también lo hemos dicho públicamente- ahorró en ese período más de dos millones de pesos ya que no abonó el sueldo que sí pagaba el Parlamento en el Palacio Legislativo.

En conclusión, coincidimos plenamente con el informe del Partido Nacional que ya fue leído, pero podemos reiterar.

Podemos decir que esto no produjo daño alguno a la Junta Departamental, sino que la ha beneficiado. Además, no reviste el apartamiento sustancial de la normativa.

Por otra parte, la situación planteada trata de actos administrativos firmes de la administración. Es decir, que han pasado ya todos los plazos para recurrirlos.

En cuanto a la oportunidad y la conveniencia de formar una Comisión Investigadora en el seno de la Junta, decimos que es claramente improcedente. Esto, simplemente, pretende obtener réditos políticos de una situación que data de hace más de tres años y que la misma bancada denunciante avaló con su voto en la Junta Departamental.

Vamos a dejar claro que votamos nuestro informe porque es nuestra posición y no acompañaremos ninguno de los otros dos informes, aunque tengamos varias coincidencias con lo afirmado, por ejemplo, en el informe del Partido Colorado.

Para culminar, quiero recordar que, si para los integrantes del Frente Amplio son tan importantes las Comisiones Investigadoras, a nivel nacional han votado muy pocas. Por lo tanto, tiene que haber una coherencia entre el Frente Amplio de Florida y el resto del partido a nivel nacional.

Gracias, Sra. presidente.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Tiene la palabra la Sra. edil Angélica Figueroa.-

 

SRA. FIGUEROA.- Gracias, Sra. presidente.

Yo no iba a hacer uso de la palabra esta noche, pero no me puedo ir enojada para mi casa.

No puede ser que los ediles del Frente Amplio nos quieran tratar de ignorantes o de cómplices, o que nos quieran hacer pensar que somos malas personas. Están equivocados.

Ellos no son quienes para decir que vamos a salir de acá con la cabeza para abajo o mirando hacia el costado, es una falta de respeto. No está bien.

Quiero felicitar a mis compañeros de bancada porque han trabajado increíblemente para este informe.

Yo no lo voy a votar, pero no porque no esté de acuerdo. Estoy de acuerdo en muchas cosas, pero no en lo que concierne a los funcionarios.

No estoy de acuerdo con la investigación a los funcionarios de esta Junta.

Vengo del período pasado y los conozco muy bien. Son personas que tienen muchísima capacidad y muchísimo estudio.

Se pueden equivocar como cualquiera, pero no creo que hayan actuado mal.

Tampoco voy a votar una investigadora, de ninguna manera, porque estoy totalmente convencida de que las presidencias del Sr. Ignacio Costa fueron, por lejos, las mejores en el período pasado. A la vista está.

¿Administró mal el dinero? ¿Hizo mal los gastos? Creo que no.

Cómo dice la compañera edil Silvana Goñi, acá estamos porque esto es un circo político y se viene la campaña.

Yo no soy del Partido Nacional, pero al Sr. Varela lo conozco de toda la vida y sé de su honestidad; él sería incapaz de quedarse con dinero que no le corresponde.

Entonces, no voy a votar una Comisión Preinvestigadora.

Gracias, Sra. presidente.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Tiene la palabra el Sr. edil Carlos Martínez Usoz.-

SR. MARTÍNEZ USOZ.- Gracias, Sra. presidente.

Seguí con atención la lectura y los comentarios que han generado los distintos informes y he constatado lo que preveía.

En cuanto a la discusión que se ha generado en la noche de hoy, puedo decir que tiene una fuerte carga de contenido político partidario.

Es natural, no es cuestionable, pero nos confirma que este no es el camino para “dar luz” sobre este tema.

Tenemos que transmitirle con claridad a los vecinos de Florida la situación que está siendo cuestionada y tratada en la noche de hoy; porque, tenemos el compromiso de darle a la gente la certeza de que se ha actuado como se debe.

Tenemos que preservar el buen nombre de un exfuncionario de esta Junta Departamental. Considero que no es justo que esté expuesto a los cuestionamientos que, en muchos casos, son fruto del posicionamiento político partidario que podamos tener.

Es por eso que, conjuntamente con el edil Bentancor y otros compañeros ediles, llegamos a la conclusión de que hay que tratar de descontaminar el debate. Es necesario para el bien de todos y para alcanzar la verdad, que es lo que procuramos.

Este tema debe contar con la opinión de un jurista especializado en derecho administrativo que analice con profundidad los detalles. Creo que esta es la manera de brindar la mayor claridad posible a todo el Cuerpo para tomar la decisión correspondiente.

Al proponer esto no dejamos de valorar la opinión, el análisis y el trabajo desarrollado por nuestros asesores jurídicos; pero, creemos que es necesario e imprescindible que el Cuerpo -en la noche de hoy- habilite una consulta jurídica que ponga equidistancia entre los distintos intereses políticos y opine desde lo técnico sobre este tema.

En definitiva, eso es lo que queríamos transmitir en la noche de hoy.

Gracias, Sra. presidente.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Tiene la palabra el Sr. edil Diego Salas.-

 

SR. SALAS.- Gracias Sra. presidente. Saludamos al Sr. intendente departamental, Ing. Guillermo López y a los integrantes del Ejecutivo que están presentes, entre ellos el Sr. edil Martín Varela.

Felicito los trabajos que se han llevado a cabo, pienso que acá prioriza la transparencia, eso es como un acuerdo.

Nosotros desde Federales del Interior no somos ajenos a ello, por tres motivos: Primeramente, como Poder Legislativo estamos sentados acá y detrás nuestro o al lado o en frente tenemos a los ciudadanos, los votantes que son quienes permiten que hoy estemos aquí sentados y llevemos a cabo el Poder Legislativo. Necesitamos y le debemos a ellos la transparencia de un hecho tan importante como es este. En segundo lugar, el Partido Nacional en los antecedentes de su historia ha sido un partido transparente y así queremos que siga siendo. Y, en tercer lugar, y no menor, el Sr. Martín Varela, a él le debemos la tranquilidad, porque no debe ser lindo ser juzgado en este momento, pero si hay consenso -así lo creemos- debería llegarse a una claridad de esto para que en el día de mañana no vuelva a ocurrir.

No obstante, no estamos de acuerdo que se lleve a cabo una Comisión Investigadora dentro de la Junta Departamental, sino que -en esto quiero ser claro para que no se mal interprete- haya una opinión exterior, ajena, apolítica -si es que se permite ese adjetivo-, no contaminada que puede hacer un estudio de este caso para que nos pueda dar, como dije en el inicio, la transparencia que esto se merece, que nos merecemos y que merece el ciudadano.

Muchas gracias.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Tiene la palabra el Sr. edil Andrés Martínez Usoz.-

 

SR. MARTÍNEZ USOZ.- Solicito un cuarto intermedio de diez minutos.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Se pasa a votar el cuarto intermedio.-

SE VOTA.-

AFIRMATIVA – UNANIMIDAD (31).-

(SE CUMPLE)

(VUELTOS A SALA)

 

SRA. PRESIDENTE.- Habiendo número se levanta el cuarto intermedio.

Tiene la palabra el Sr. edil Joaquín Montesdeoca.-

 

SR. MONTESDEOCA.- Gracias Sra. presidente.

Quiero felicitar a los compañeros de la Bancada del Partido Colorado del sector Ciudadanos que han hecho un trabajo serio, imparcial en el sentido de que está apartado de valoraciones políticas y fundado en diversas opiniones de catedráticos, tratando de hacer un trabajo serio, en el entendido del fundamento de lo que es.

Con respecto a las distintas opiniones que se han expresado, hay ediles que entienden que se debe implementar una Comisión Investigadora, nosotros entendemos que está laudado el tema, el acto administrativo está firme, y quienes entienden que esto debe seguir deben llevarlo a los ámbitos correspondientes, sino creo que es un poco circo político.

Con respecto a la investigación administrativa, que se habló en distintas oportunidades por ediles que hicieron uso de la palabra, solamente esto se refiere al punto dos de la referencia del edil denunciante que expresa y duda de la reputación del funcionario de la Junta Departamental. El Partido Colorado en ningún momento pone en duda la reputación de los funcionarios de este Organismo ni de su responsabilidad ni de su accionar, sino que solamente proponemos ese mecanismo en base a la duda sobre la reputación de los funcionarios de parte del edil denunciante.

Muchas gracias.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Tiene la palabra el Sr. edil Fernando Schiavoni.-

 

SR. SCHIAVONI.- Solicito que se vote en forma nominal.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Se pasa a votar la solicitud de votación nominal.-

SE VOTA.-

AFIRMATIVA – UNANIMIDAD (31).-

 

SRA. PRESIDENTE.- Pasamos a votar el primer informe elaborado por la Sra. Edil Silvana Goñi. Se pasa a tomar la votación nominal por Secretaria.-

 

SRA. SECRETARIA GENERAL:

POR LA AFIRMATIVA:  POR LA NEGATIVA:
SR. EDIL ANGEL SILVA SR. EDIL MONTESDEOCA
SRA. EDIL ISABEL MOREIRA SR. EDIL RODRIGO CABRERA
SR. EDIL LUDELMAR TORRES SR. EDIL JESÚS BENTANCOR
SRA. EDIL CARMEN PÉREZ SR. EDIL ANDRES MARTÍNEZ USOZ
SRA. EDIL ANGÉLICA FIGUEROA SRA. EDIL SILVANA GIANNINI
SRA. EDIL SILVANA GOÑI SR. EDIL FABIEL GONZÁLEZ
SRA. EDIL NATALIE SUÁREZ SRA. EDIL MIRIAM SANCHEZ
SRA. EDIL LUCÍA PEREIRA SRA. EDIL ADRIANA CALANDRIA
SRA. EDIL ANDREA PELUSO SRA. EDIL JODAMI MARTÍNEZ
SRA. EDIL BEATRIZ VIDAL SR. EDIL DIEGO SALAS
SRA. EDIL ANDREA RIZZO SR. EDIL GERARDO FACAL
SRA. EDIL ALEJANDRA FACCIOLO SR. EDIL FERNANDO SCHIAVONI
SRA. EDIL ANA MARÍA PEREYRA SR. EDIL ANIBAL RONDEAU
  SRA. EDIL GABRIELA RODRÍGUEZ
  SR. EDIL JOSÉ ÁLVAREZ
  SR. EDIL JAVIER HEREDERO
  SR. EDIL CARLOS LLANES

 

SRA. PRESIDENTE.

NEGATIVA – MINORÍA (13 EN 31).-

 

FUNDAMENTO DE VOTO:

 

SRA. PRESIDENTE.- Para fundamentar el voto tiene la palabra el Sr. edil Fabiel González.-

SR. GONZÁLEZ.- Gracias Sra. presidente. Como dijimos anteriormente, no estamos de acuerdo con este informe, y además dentro de la argumentación de este informe en ningún momento se ataca el hecho de fondo, sino que es un ataque directo o una desviación hacia el Tribunal de Cuentas o hacia el edil denunciante. Y más redoblo mi voto en el momento en que la Sra. edil que presenta este informe dijo en Sala: de mi parte, si es por mí no le voy a poner una mancha. Lo que redobla mi concepto de amiguismo político.

Gracias Sra. presidente.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Pasamos a votar el segundo informe elaborado por el Sr. edil Javier Heredero. Se pasa a tomar la votación nominal por Secretaría.-

 

SRA. SECRETARIA GENERAL:

POR LA AFIRMATIVA POR LA NEGATIVA
SRA. EDIL SILVANA GIANNINI SR. EDIL ANGEL SILVA 
SR. EDIL FABIEL GONZÁLEZ SRA. EDIL ISABEL MOREIRA 
SRA. EDIL MIRIAM SANCHEZ SR. EDIL LUDELMAR TORRES 
SRA. EDIL ADRIANA CALANDRIA SRA. EDIL CARMEN PÉREZ
SRA. EDIL JODAMI MARTÍNEZ SR. EDIL JOAQUÍN MONTESDEOCA
SR. EDIL FERNANDO SCHIAVONI SR. EDIL RODRIGO CABRERA
SR. EDIL ANIBAL RONDEAU SRA. EDIL ANGÉLICA FIGUEROA
SRA. EDIL GABRIELA RODRÍGUEZ SRA. EDIL SILVANA GOÑI
SR. EDIL JOSÉ ÁLVAREZ SRA. EDIL NATALIE SUÁREZ
SR. EDIL JAVIER HEREDERO SRA. EDIL LUCÍA PEREIRA
SR. EDIL CARLOS LLANES SR. EDIL JESÚS BENTANCOR
  SR. EDIL ANDRES MARTÍNEZ USOZ
  SRA. EDIL ANDREA PELUSO
  SRA. EDIL BEATRIZ VIDAL
  SRA. EDIL ANDREA RIZZO
  SRA. EDIL ALEJANDRA FACCIOLO
  SR. EDIL DIEGO SALAS
  SRA. EDIL ANA MARÍA PEREYRA
  SR. EDIL GERARDO FACAL
  SRA. PRESIDENTE

 

NEGATIVA – MINORIA (11 en 31).-

 

FUNDAMENTO DE VOTO:

 

SRA. PRESIDENTE.- Para fundamentar el voto tiene la palabra la Sra. edil Lucia Pereira.-

 

SRA. PEREIRA.- Estoy de acuerdo con el informe que voté primeramente del Partido Nacional y apoyamos las palabras de la Sr. edil Silvana Goñi en Sala.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Pasamos a votar el segundo informe elaborado por el Sr. edil Sebastián Rodríguez. Se pasa a tomar la votación nominal por Secretaría.-

 

SRA. SECRETARIA GENERAL:

POR LA AFIRMATIVA POR LA NEGATIVA
SR. EDIL JOAQUIN MONTESDEOCA SR. EDIL ANGEL SILVA
SR. EDIL RODRIGO CABRERA SRA. EDIL ISABEL MOREIRA
  SR. EDIL LUDELMAR TORRES
  SRA. EDIL CARMEN PÉREZ
  SRA. EDIL ANGÉLICA FIGUEROA
  SRA. EDIL SILVANA GOÑI
  SRA. EDIL NATALIE SUÁREZ
  SRA. EDIL LUCIA PEREIRA
  SR. EDIL JESÚS BENTANCOR
  SR. EDIL ANDRÉS MARTÍNEZ USOZ
  SRA. EDIL SILVANA GIANNINI
  SR. EDIL FABIEL GONZÁLEZ
  SRA. EDIL MIRIAM SANCHEZ
  SRA. EDIL ADRIANA CALANDRIA
  SRA. EDIL JODAMI MARTÍNEZ
  SRA. EDIL ANDREA PELUSO
  SRA. EDIL BEATRIZ VIDAL
  SRA. EDIL ANDREA RIZZO
  SRA. ALEJANDRA FACCIOLO
  SR. DIEGO SALAS
  SRA. ANA MARÍA PEREYRA
  SR. EDIL GERARDO FACAL
  SR. EDIL FERNANDO SCHIAVONI
  SR. EDIL ANIBAL RONDEAU
  SRA. EDIL GABRIELA RODRÍGUEZ
  SR. EDIL JOSÉ ÁLVAREZ
  SR. EDIL JAVIER HEREDERO
  SR. EDIL CARLOS LLANES
  SRA. PRESIDENTE

 

NEGATIVA – MINORIA (2 en 31).-

 

FUNDAMENTO DE VOTO:

SRA. PRESIDENTE.- Para fundamentar el voto tiene la palabra el Sr. edil Joaquín Montesdeoca.-

SR. MONTESDEOCA.- Gracias, Sra. Presidente.

Nuevamente reafirmar el compromiso y el trabajo de la Bancada del Partido Colorado, sector Ciudadanos, así como el informe del edil Sebastián Rodríguez.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Pasamos a dar lectura a la moción que llegó a la mesa.-

 

SRA. SECRETARIA.- Lee: “Visto el planteamiento efectuado en la Junta Departamental de Florida sobre ilegalidades producidas en este órgano sobre cobro de dineros efectuada por el exsecretario general que ocupó ese cargo en los años 2019 y 2020.

Visto: que la reglamentación legal tiene principios y planteos que generan dudas en este grupo de ediles firmantes.

Considerando: que las observaciones legales efectuadas por los órganos legales no resuelven el tema de fondo.

Considerando: que además hay planteamientos de prescripción de las acciones que tiene esta junta.

Mocionamos para que la presidente de la Junta Departamental de Florida contrate un especialista en Derecho Público quien deberá expresarse con referencia a la legalidad de los pagos efectuados al exsecretario general de la Junta Departamental de Florida durante los años 2019 y 2020 debiendo efectuar un informe pormenorizado y escrito.

La presidente deberá actuar con consenso de los coordinadores de Bancada.

Facultase también a la presidente de la Junta a efectuar las trasposiciones presupuestales legales correspondientes”.

 

SRA. PRESIDENTE.- Se pone a consideración. Tiene la palabra el Sr. edil Fabiel González.-

SR. GONZÁLEZ.- Gracias Sra. presidente.

Solicito un cuarto intermedio de diez minutos.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Se pone a votación el cuarto intermedio.

SE VOTA.-

AFIRMATIVA – MAYORÍA (30 EN 31).-

 

(SE CUMPLE)

(VUELTOS A SALA)

SRA. PRESIDENTE.- Habiendo número se levanta el cuarto intermedio.

Se pasa a dar lectura a una moción llegada a la Mesa.-

 

SRA. SECRETARIA.- Lee: “En virtud de la complejidad del caso sometido a votación en la sesión del día de la fecha, y visto que se trata de una situación atípica en la que nuestro organismo, no funciona como organismo de contralor, sino que en la especie debe “autoinvestigarse”, generándose así una situación de imposibilidad de legalidad objetiva.

Visto que la Junta Departamental de Florida, como organismo legislativo, está integrado en su conducción e integración con pluralidad de representación política, no obstante le son aplicables las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias vigentes para la Administración Pública, se resuelve remitir en consulta a la Junta de Transparencia y Ética Pública, como órgano asesor nacional en la materia, todos los antecedentes administrativos relacionados y que han sido tenido en cuenta en el marco de la Preinvestigadora, a los efectos de tener su opinión técnica, procurando agotar así las instancias en cuanto a la búsqueda de garantías tanto para la Administración como para los administrados”.

 

SRA. PRESIDENTE.- Pasamos a considerar la moción presentada por el Sr. edil Jesús Bentancor.

Tiene la palabra el Sr. edil Javier Heredero.-

SR. HEREDERO.- Gracias, Sra. presidente.

Antes de la votación de las mociones, solicito que se pase a régimen de Comisión General, a los efectos de formular algunas consultas a los asesores letrados.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Se está votando el régimen de Comisión General.

SE VOTA.-

AFIRMATIVA – UNANIMIDAD (31).-

 

SRA. PRESIDENTE.- Tiene la palabra el Sr. edil Javier Heredero.-

SR. HEREDERO.- Gracias, Sra. presidente.

Hasta el momento, tenemos dos mociones presentadas en la mesa.

¿Qué pasaría si las dos mociones se encuentran en un régimen de empate?

 

SRA. PRESIDENTE.- Tiene la palabra la Sra. edil Gabriela Rodríguez Buydid.-

SRA. RODRÍGUEZ BUYDID.- Gracias, Sra. presidente.

Hubo tres informes y todos salieron negativos. ¿Cómo continúa el tema? ¿En qué queda la votación?

 

SRA. PRESIDENTE.- Tiene la palabra el asesor letrado, Dr. Cipriano Curuchet.-

 

SR. ASESOR LETRADO (CIPRIANO CURUCHET).- Gracias, Sra. presidente.

En realidad, son dos consultas: la del Sr. Heredero y la de la Sra. Rodríguez.

Comienzo con la última consulta ya que tiene que ver con la primera votación.

Los tres informes tuvieron votación negativa. Es decir, ninguno de los tres alcanzó la mayoría necesaria, y por ende no se le hizo lugar a ninguna de las propuestas.

La Junta Departamental no adoptó ninguna resolución válida sobre el punto.

En cuanto a la consulta del Sr. edil Heredero, sobre las dos mociones -yo le llamaría aditivas o accesorias- que se acaban de presentar, la respuesta es que no hay hipótesis de empate.

Esta hipótesis no existe porque son mociones que no son excluyentes.

O sea, que se pone a votación la moción presentada en primer lugar y, si tiene la mayoría necesaria, se procede conforme a lo que plantea. Lo mismo ocurre con la segunda moción.

Por lo tanto, esa hipótesis no la veo posible.-

 

SRA. RODRÍGUEZ BUYDID.- ¿Cómo quedaría el tema? ¿Queda en carpeta o laudado?

Le agradecería si puede explicarme.-

 

SR. ASESOR LETRADO.- El tema queda agotado. No hay ulterioridades, salvo que se vuelva a plantear un nuevo procedimiento.

Este procedimiento, se inició con una denuncia, la Comisión Preinvestigadora realizó análisis, elevó informes y ninguno tuvo la cantidad de votos necesarios, por lo tanto, queda agotado.

Desde el punto de vista burocrático, pasaría a un archivo. Esa es la suerte de este procedimiento.

Si después se inicia, eventualmente, otro procedimiento ulterior será uno nuevo y no este que quedó agotado desde el punto de vista administrativo.-

 

SRA. RODRÍGUEZ BUYDID.- ¿Se puede desarchivar?

 

SR. ASESOR LETRADO.- En realidad, yo entiendo que no sería desde un desarchivo.

Supongamos que, si se plantea otra denuncia con nuevos elementos, en ese caso sí se plantearía otro procedimiento; pero, no este que ya recorrió todo su itinerario y se agotó.

Además, tuvo su procedimiento en el Plenario y ya agotó su trámite.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Si nadie más quiere hacer consultas pasamos a levantar el régimen de Comisión General.

SE VOTA.-

AFIRMATIVA – UNANIMIDAD (31).-

 

SRA. PRESIDENTE.- Pasamos a considerar la moción presentada por el Sr. edil Jesús Bentancor.-

Se pasa a la votación nominal por parte de la Secretaría.-

 

SRA. SECRETARIA GENERAL:

POR LA AFIRMATIVA:

POR LA NEGATIVA:

SR. EDIL JESÚS BENTANCOR

SR. EDIL ÁNGEL SILVA

SR. EDIL CARLOS MARTÍNEZ USOZ

SRA. EDIL ISABEL MOREIRA

SR. EDIL DIEGO SALAS

SR. EDIL LUDELMAR TORRES

SRA. PRESIDENTE

SRA. EDIL CARMEN PÉREZ

 

SR. EDIL JOAQUÍN MONTESDEOCA

 

SR. EDIL RODRIGO CABRERA

 

SRA. EDIL ANGÉLICA FIGUEROA

 

SRA. EDIL SILVANA GOÑI

 

SRA. EDIL NATALIE SUÁREZ

 

SRA. EDIL LUCÍA PEREIRA

 

SRA. EDIL SILVANA GIANNINI

 

SR. EDIL FABIEL GONZÁLEZ

 

SRA. EDIL MIRIAM SÁNCHEZ

 

SRA. EDIL ADRIANA CALANDRIA

 

SRA. EDIL JODAMI MARTÍNEZ

 

SRA. EDIL ANDREA PELUSO

 

SRA. EDIL BEATRIZ VIDAL

 

SRA. EDIL ANDREA RIZZO

 

SRA. EDIL ALEJANDRA FACCIOLO

 

SRA. EDIL ANA MARÍA PEREYRA

 

SR. EDIL GERARDO FACAL

 

SR. EDIL FERNANDO SCHIAVONI

 

SR. EDIL ANIBAL RONDEAU

 

SRA. EDIL GABRIELA RODRÍGUEZ BUYDID

 

SR. EDIL JOSÉ ÁLVAREZ

 

SR. EDIL JAVIER HEREDERO

 

SR. EDIL CARLOS LLANES

 

NEGATIVA – MINORÍA (4 en 31).-

 

FUNDAMENTO DE VOTO:

 

SRA. PRESIDENTE.- Para fundamentar el voto tiene la palabra el Sr. edil Jesús Bentancor.-

 

 

SR. BENTANCOR.- Gracias, Sra. presidente.

Nosotros entendemos que el tema es demasiado importante como para que la Junta Departamental no tenga un pronunciamiento. Creemos que por respeto a la reglamentación y por respeto a los conceptos más elementales del derecho debemos tener un informe y un análisis de la situación en la cual estuvimos y seguimos estando inmersos.

Por lo tanto, reiteramos esta idea y votamos afirmativamente.

Gracias, Sra. presidente.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Pasamos a considerar la moción presentada por ediles del Frente Amplio.

Se pasa a tomar votación nominal por Secretaría.-

 

SRA. SECRETARIA GENERAL:

 

POR LA AFIRMATIVA POR LA NEGATIVA
SRA. EDIL SILVANA GIANNINI SR. EDIL ANGEL SILVA
SR. EDIL FABIEL GONZÁLEZ  SRA. EDIL ISABEL MOREIRA 
SRA. EDIL MIRIAM SANCHEZ  SR. EDIL LUDELMAR TORRES
SRA. EDIL ADRIANA CALANDRIA SRA. EDIL CARMEN PÉREZ
SRA. EDIL JODAMI MARTÍNEZ SR. EDIL JOAQUÍN MONTESDEOCA
SR. EDIL FERNANDO SCHIAVONI SR. EDIL RODRÍGO CABRERA
SR. EDIL ANIBAL RONDEAU SRA. EDIL ANGÉLICA FIGUEROA
SRA. EDIL GABRIELA RODRÍGUEZ SRA. EDIL SILVANA GOÑI
SR. EDIL JOSÉ ÁLVAREZ SRA. EDIL NATALIE SUAREZ
SR. EDIL JAVIER HEREDERO SRA. EDIL LUCÍA PEREIRA
SR. EDIL CARLOS LLANES SR. EDIL JESÚS BENTANCOR
  SR. EDIL ANDRÉS MARTÍNEZ USOZ
  SRA. EDIL ANDREA PELUSO
  SRA. EDIL BEATRIZ VIDAL
  SRA. EDIL ANDREA RIZZO
  SRA. EDIL ALEJANDRA FACCIOLO
  SR. EDIL DIEGO SALAS
  SRA. EDIL ANA MARÍA PEREYRA
  SR. EDIL GERARDO FACAL
  SRA. PRESIDENTE.-

NEGATIVA – MINORÍA (11 en 31).-

FUNDAMENTOS DE VOTO:

SRA. PRESIDENTE.- Para fundamentar el voto tienen la palabra los Sres. ediles Joaquín Montesdeoca, Fabiel González, Anibal Rondeau y Javier Heredero.-

 

SR. MONTESDEOCA.- Gracias Sra. Presidente. Reafirmar la negativa en el hecho de que en tres oportunidades este tema quedó laudado, y creo que no le compete seguir con este tema a la Junta Departamental de Florida.

Muchas gracias.-

 

SR. GONZÁLEZ.- Gracias Sra. presidente. En vista que el tema no tuvo resolución en el día de hoy, no hay una ecuanimidad en el pensamiento, se necesita investigar, porque así lo demuestra la Junta Departamental hoy. En el caso de ser afirmativa lo haremos como Junta Departamental, es lo que queremos para poder dilucidar todo este tema enredado. Pero en caso de que no salga por la Junta Departamental lo haremos personalmente.

Gracias Sra. presidente.-

 

SR. RONDEAU.- Gracias Sra. presidente. Nada queda firme si hay una ilegalidad. Nosotros decimos medio en broma a veces que, si aquí se vota que la tierra es plana, la tierra no es plana por más que se vote por unanimidad. Pensamos que esto debe tener su continuidad de la mejor manera posible, con el respeto a todo el mundo. Por lo tanto, voto afirmativo.

 

SR. HEREDERO.- Gracias Sra. presidente.

Voto afirmativo en el sentido de que la Junta de Transparencia Y Ética Pública, es un Organismo del Estado que asesora a todos los organismos públicos y justamente en esta situación tan particular, donde tenemos tres informes y ninguno ha logrado la mayoría, las mociones no prosperan, es lo indicado. Como decía el edil Jesús Bentancor, es un tema muy importante, acá hay en juego más de un millón trescientos mil pesos, hay nombres que van a circular en la prensa, que no está bueno que suceda. Creemos que el mecanismo de la investigadora habría dado luz a esta situación y podría haber dado la posibilidad de defenderse a aquellos que no se defendieron. Ese fue el espíritu en el que nos basamos en el informe primariamente, de que participaran en esta comisión, tal como están presenciando hoy la sesión, hubiera estado bueno que ellos como ciudadanos pudieran dar cuenta. Pero en definitiva como no se está dando, creemos que antes de pagarle a un asesor externo -se pensó en la asistencia de la Facultad de Derecho de catedráticos, pero tampoco hubo consenso-, entonces lo que nos queda es recurrir a los organismos, en este caso el único organismo que nos queda es la JUTEP.

Gracias Sra. presidente.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Tiene la palabra el Sr. edil Fabiel González.-

SR. GONZÁLEZ.- Gracias Sra. presidente. Solicito la prórroga de la hora de la sesión.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Se pasa a votar la prórroga de la hora de la sesión.-

SE VOTA.-

AFIRMATIVA – MAYORÍA(30 en 31).-

 

Segundo punto

SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA

 

SRA. PRESIDENTE.- Pasamos a considerar el segundo punto del Orden del Día. Se dará lectura por Secretaría.-

SRA. SECRETARIA GENERAL.- Lee: “Comisión de Legislación: JDF. Exp. Nº 95/23 - IF. Exp. N.º 03698/22. Proyecto de decreto tendiente a implementar un pase libre en el transporte departamental de pasajeros para personas con discapacidad, derogándose el Decreto JDF N.º 32/22 de fecha 30/11/2022”.

 

SRA. PRESIDENTE.- Tiene la palabra la Sra. edil Silvana Goñi.-

SRA. GOÑI.- Gracias Sra. presidente.

Es un proyecto que trabajamos en la Comisión de Legislación en conjunto con los impulsores de la propuesta. Hicimos algunas salvedades y modificaciones, el proyecto fue a la intendencia, volvió y al proyecto de la intendencia también lo ajustamos, en aquellos términos que nosotros creíamos que eran más beneficiosos para aquellos a quienes en definitiva va dirigido el beneficio que son a las personas con discapacidad.

En el artículo segundo, por ejemplo, nosotros aprobamos en la Comisión de Legislación que los requisitos que allí se enumeran se cumplan alternativamente y no en su totalidad, justamente para no poner trabas al acceso a este beneficio. Por su parte, en el artículo 4, habilitamos que se haga un pase libre transitorio, para aquellos que no han conseguido un certificado definitivo de su discapacidad y se da la posibilidad que se prorrogue por seis meses más. Son pequeños detalles que ayudan mucho a mejorar el proyecto y a que se concrete el beneficio para quien está dirigido.

Muchas gracias.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Tiene la palabra la Sra. edil Andrea Peluso.-

SRA. PELUSO.- Gracias, Sra. presidente.

Este proyecto nació de la Mesa de presidencia anterior, que integré como segunda vicepresidente junto al compañero Sebastián Rodríguez Ferrari y Omar González, por varias reuniones que se fueron dando a raíz de personas en situación de discapacidad.

Siento satisfacción, porque, por unanimidad y por consenso, pudimos enriquecer y modificar este proyecto para que ellos puedan contar con beneficios.

Estoy feliz por eso y agradezco a los compañeros de la Bancada del Partido Colorado y del Frente Amplio por haber apoyado este proyecto.

Gracias, Sra. presidente.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Sigue a consideración el tema. Tiene la palabra el Sr. edil Nicolás Vaz.-

SR. VAZ.- Gracias Sra. presidente.

Quiero recordar que este proyecto ya fue votado, si mal no recuerdo a fines del año pasado, y remitido al ejecutivo con algunas modificaciones que se habían hecho en este Plenario.

Hoy lo estamos tratando nuevamente debido a que el ejecutivo envió una respuesta con algunos cambios que consideraba pertinentes en el informe respectivo.

Uno de los cambios que nos llamó la atención fue algo que esta Junta Departamental ya había aprobado. Se trata de la habilitación para que las personas en situación de discapacidad puedan tener un acompañante; sin embargo, cuando la intendencia remitió la respuesta, sacaron ese derecho en el nuevo proyecto que se presentó.

Cuando nosotros aprobamos el proyecto que se remitió al ejecutivo iba con el aval de que podía tener un acompañante.

Por otra parte, creo que tenemos que comenzar a utilizar correctamente los términos; entonces, debemos decir personas en situación de discapacidad y no personas discapacitadas.

Como Frente Amplio, nos llamó poderosamente la atención, porque en este nuevo proyecto les solicitaban a las familias un informe socioeconómico para saber si tenían personas en situación de discapacidad para luego otorgarles el aval que indica si pueden tener un acompañante o no.

Creo que las personas, las familias, sobre todo, que conviven con personas en situación de discapacidad ya demasiado tienen que enfrentar, como para que además, los visite un asistente social a la casa y evalúe si la persona en situación de discapacidad puede ir acompañada.

Como Frente Amplio, planteamos esto en la comisión y fue recibido. De hecho, todos los integrantes estuvieron de acuerdo.

Considero que es un avance en derechos para todas estas personas. Ojalá podamos contribuir, desde esta Junta Departamental, para mejorar su calidad de vida.

Gracias, Sra. presidente.-

 

SRA. PRESIDENTE.- Sigue a consideración el tema. No habiendo más ediles anotados para hacer uso de la palabra pasamos a votar por la afirmativa.

SE VOTA.-

AFIRMATIVA - UNANIMIDAD (31).-

 

DESCRIPCIÓN: Proyecto de decreto tendiente a implementar un pase libre en el transporte departamental de pasajeros para personas en situación de discapacidad, derogándose el Decreto JDF Nº 32/22 de fecha 30/11/2022.

EXPEDIENTE: Nº 95/23 - IF. Exp. Nº 03698/22.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA
:

Art. 1°.- ESTABLÉCESE la obligatoriedad del transporte gratuito a personas con discapacidad a las empresas concesionarias o permisarias de líneas departamentales de transporte colectivo de pasajeros, los que tendrán derecho a asiento y/o lugar reservado para personas en situación de discapacidad.

Art. 2°.- Podrán acceder al beneficio aquellas personas que cumplan alternativamente alguno de los siguientes requisitos:

a) Estar en el Registro Nacional de Personas con Discapacidad que funciona en la Comisión Nacional Honoraria de Discapacidad.

b) Ser beneficiario de Pensión por Invalidez (BPS).

c) Menores de 15 años que cobren pensión por discapacidad.

d) En caso de no pertenecer a estos grupos deberá contar con un diagnóstico otorgado por el equipo de evaluación del MIDES.

 

Art. 3°.- En caso que el beneficiario requiera viajar acompañado, así constará en el pase libre que se otorgue, gozando el acompañante del mismo beneficio.

Art. 4°.- Las personas que hayan iniciado el trámite y que no tengan aún un certificado definitivo, gozarán de un pase libre transitorio por el plazo de 6 meses, el cual será prorrogable por otros 6 meses.

Art. 5°.- El Intendente de Florida reglamentará el procedimiento para la obtención del pase libre una vez se haya certificado la discapacidad así como su plazo.

Art. 6°.- Comuníquese a las empresas concesionarias o permisarias de líneas departamentales de transporte colectivo.

Art. 7°.- Derógase el Decreto JDF Nº 32/2022 de fecha 30/11/2022.

Art. 8°.- Pase a la Intendencia.

 

Tercer punto

TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA

 

SRA PRESIDENTE.- Pasamos a considerar el tercer punto del Orden del Día. Se dará lectura por Secretaría.-

 

SRA. SECRETARIA GENERAL.- Lee: Comisión de Hacienda: JDF. Exp. Nº 271/23 - IF. Exp. Nº 02856/22. Proyecto de decreto tendiente a exonerar costos de trámites de 17 (diecisiete) licencias de conducir, categoría “H”, en el marco del convenio celebrado entre la Intendencia y el INEFOP.

 

SRA. PRESIDENTE.- Sigue a consideración el tema. No habiendo ediles anotados para hacer uso de la palabra pasamos a votar por la afirmativa.

SE VOTA.-

AFIRMATIVA - UNANIMIDAD (31).-

 

DESCRIPCIÓN: Proyecto de decreto tendiente a exonerar costos de trámites de 17 (diecisiete) licencias de conducir, categoría “H”, en el marco del convenio celebrado entre la Intendencia y el INEFOP.

EXPEDIENTE: Nº 271/23 - IF. Exp. Nº 02856/22.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA
:

Art. 1°.- Exonérase -ad referéndum del dictamen del Tribunal de Cuentas de la República- el costo de las tasas que gravan la expedición de diecisiete (17) licencias de conducir, categoría “H”, en marco del convenio celebrado entre la Intendencia de Florida y el INEFOP.

Art. 2°.- Remítase al Tribunal de Cuentas. Vuelto, pase a la Intendencia.

 

SRA. PRESIDENTE.- No habiendo más puntos en el orden del día de la fecha, se levanta la sesión.-

 

(SIENDO LAS CERO HORAS Y CATORCE MINUTOS DEL DÍA QUINCE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRÉS, SE LEVANTA LA SESIÓN)

(Fdo.) MARÍA DE LOS ÁNGELES SOUTO SOSA Presidente, ALICIA ORIOZABALA CAMINATTI, Secretaria General.