• DirectionJosé E. Rodó 3545 - Florida - UY
  • Phone+598 435 22237
  • Gobierno Departamental
    Gobierno Departamental

    La Junta de todos...

  • Sala de Sesiones
    Sala de Sesiones

Florida, 19 de abril de 2023

Sr/a. Edil/a.
PRESENTE

                     Se remiten proyectos de decretos y de resoluciones, emanados de la Comisión de Legislación, que integrarán el orden del día de la sesión ordinaria a realizarse el próximo viernes 21 de abril en la sede del cuerpo legislativo.

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y NOMENCLÁTOR ( punto 1 )

Ref: JDF. Exp. Nº 926/22 - IF. Exp. Nº 02099/22. Proyecto de decreto designado con el nombre “Las Águilas Negras” una calle de la localidad de 25 de Mayo. Iniciativa del Sr. Edil Sebastián Rodríguez Ferrari.

 

Antecedentes: Distribuido 2022-0089

Proyecto de decreto:

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA
:

Art. 1°.- DESÍGNASE con el nombre "Las Águilas Negras" la calle de la localidad de 25 de Mayo que discurre entre las manzanas Nros. 108 y 109.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

 

Conformes: Silvana Goñi (Presidente), Sonia Castro, Rosario Ferreira, Eduardo Gancio, Gabriela Rodríguez, Javier Heredero y Joaquín Montesdeoca.

 

Exposición de motivos:

Las Águilas Negras fue a finales de la década de 1960 en grupo de mujeres que protagonizó un suceso histórico. Integraron un equipo de fútbol en la localidad de 25 de Mayo siendo dirigidas por el Sr. Roberto Oroño, hermano de una de las jugadoras.

En el momento que conformaron el equipo recibieron diversas críticas, dado que entonces muchas personas consideraban, erróneamente, que este deporte era prácticamente exclusivo para hombres; pero aún así, continuaron la actividad en pos de sus intereses, disfrutando de la experiencia que estaban viviendo.

El 05 de abril de 1972 Las Águilas Negras jugaron un partido amistoso con la Selección Uruguaya de Fútbol Femenino en el Estadio Centenario en Montevideo, el cual recibió un público de doce mil personas. La existencia de este equipo, hace más de medio siglo, dejó el registro de mujeres haciendo propio lo que siempre les fue presentado como ajeno; por tal motivo es importante recordar a este grupo que, independientemente de los prejuicios de la sociedad, continuaron adelante con sus sueños, hecho que impulsó a otras mujeres en distintos puntos del departamento y del país a hacer lo mismo.

La historia de estas mujeres merece ser reconocida dejando estampado en el nomenclátor de la localidad de 25 de Mayo el nombre con el cual designaron a su equipo.

 

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y NOMENCLÁTOR ( punto 2 )

Ref: JDF. Exp. Nº 396/22 - IF. Exp. Nº 01011/22. Proyecto de decreto designado con el nombre “Monseñor Jacinto Vera” una calle de la ciudad de Florida. Iniciativa del Sr. Edil Ludelmar Torres.

 

Antecedentes: Distribuido 2023-0026

Proyecto de decreto:

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA
:

Art. 1°.- DESÍGNASE con el nombre “Monseñor Jacinto Vera”, en la ciudad de Florida, el tramo de calle de aproximadamente 80 metros que transcurre desde la calle Javier de Viana por el borde este de la manzana Nº 438, hasta la calle Elías Regules.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

 

Conformes: Silvana Goñi (Presidente), Sonia Castro, Rosario Ferreira, Eduardo Gancio, Gabriela Rodríguez, Javier Heredero y Joaquín Montesdeoca.

 

Exposición de motivos:

Jacinto Vera nació el 3 de julio de 1813 en el actual estado brasileño de Santa Catarina.

Fue el primer Obispo del Uruguay. Llamado el "Obispo gaucho", lo manifestó con la admirable identificación que tuvo con su pueblo, siendo un invalorable modelo de vida para los orientales con virtudes la caridad, fe, humildad, sencillez y bondad. Trascendió su rol en la Iglesia, donde hizo importantes aportes, y fue un personaje de nuestra patria.

En sus últimos años de vida fue elogiado por ciudadanos de todas las posiciones, aún por sus adversarios, como hombre íntegro y de gran virtud. Muy querido y conocido por su pueblo, durante una misión, falleció en Pan de Azucar (departamento de Maldonado), el día 6 de mayo de 1881.

Como forma de homenaje a su labor una calle de la capital departamental llevará su nombre.

 

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y NOMENCLÁTOR ( punto 3 )

Ref: JDF. Exp. Nº 1217/21 - IF. Exp. Nº 02982/21. Proyecto de decreto designado con el nombre “Dr. Marcelo Labat Peluffo” una calle de la localidad de Casupá. Iniciativa del Sr. Suplente de Edil Ruben Rodríguez Flores.

Antecedentes: Distribuido 2023-0032

Proyecto de decreto:

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA
:

Art. 1°.- DESÍGNASE con el nombre “Dr. Marcelo Labat Peluffo”, en la localidad de Casupá, la calle que transcurre entre las manzanas Nros. 82 y 83, y que se extiende desde la Av. Asamblea de la Florida (Ruta Nº 7) hasta la calle Luis Alberto de Herrera.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

 

Conformes: Silvana Goñi (Presidente), Sonia Castro, Rosario Ferreira, Eduardo Gancio, Gabriela Rodríguez, Javier Heredero y Joaquín Montesdeoca.

 

Exposición de motivos:

El Dr. Marcelo Labat nació el 16 de setiembre de 1944 en Montevideo.

Fue un apasionado de los temas sociales y políticos; por este motivo, en sus años de estudiante, participó activamente en el Sindicato Médico del Uruguay (SMU) siendo delegado estudiantil.

Obtuvo su título como Doctor en Medicina en 1973 con la idea de ser médico rural, arribando en el año 1975 a la localidad de Casupá, donde una calle llevará su nombre en reconocimiento a su labor profesional y social.

Luego del transcurso de más de una década, ya instalado en la capital departamental, fue director técnico en la mutualista local y jefe del servicio de medicina en Salud Pública. Participó activamente de los procesos de educación médica continua, y una vez retirado desarrolló tareas de forma honoraria en la Dirección Departamental de Salud.

Falleció en la ciudad de Florida el día 24 de marzo de 2020.

 

 

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN ( punto 4 )

Ref: JDF. Exp. Nº 229/23 - IF. Exp. Nº 00566/23. Proyecto de decreto declarando de "Interés Departamental" el festival nacional e internacional de danzas Raíces Sarandienses a realizarse el próximo 20 de mayo.

 

Antecedentes: Distribuido 2023-0015

Proyecto de decreto:

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA
:

Art. 1°.- DECLÁRASE de “Interés Departamental” el festival nacional e internacional de danzas Raíces Sarandienses, a realizarse en la ciudad de Sarandí Grande el día 20 de mayo de 2023; incluyéndose en el literal D) del Art. 5° del Decreto Departamental Nº 13/2017.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

 

Conformes: Silvana Goñi (Presidente), Sonia Castro, Rosario Ferreira, Eduardo Gancio, Gabriela Rodríguez, Javier Heredero y Sebastián Rodríguez.

 

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN ( punto 5 )

Ref: JDF. Exp. Nº 278/23 - IF. EXP. Nº 00608/23. Autorización a la Intendencia para aceptar la donación de 300 butacas de teatro que ofrece el Teatro Chaillot de París (Francia).

Antecedentes: Distribuido 2023-0019

Proyecto de resolución:

 

VISTO: La donación de 300 butacas realizada a la Intendencia por parte del Teatro Nacional de Chaillot de París.

CONSIDERANDO: 1) Que esta donación tiene su origen por gestiones del Sr. Director General del Departamento de Obras de la Comuna, Arq. Facundo Urbán.

2) Que se trata un insumo que serán de utilidad para la mejora del Teatro 25 de Agosto de la ciudad de Florida.

3) Que el valor de la donación asciende a € 75.000 (setenta y cinco mil euros), siendo el valor de mercado de € 250 cada butaca.

4) Que si bien la donación es no condicionada, resulta onerosa, ya que la administración deberá hacerse cargo del desmontaje, embalaje y traslado de éstas a Uruguay, siendo su costo aproximado el informado en actuación Nº 1 del expediente municipal Nº 2023-86-001-00608.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 35°, numeral 22, de la Ley 9515.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE
:

.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a aceptar la donación ofrecida por el Teatro Nacional Chaillot de la ciudad de París (Francia), consistente en trescientas (300) butacas de teatro usadas, que serán utilizadas para la mejora del Teatro 25 de Agosto de la ciudad de Florida, en las condiciones descriptas y documentos anexos en actuación Nº 1 del expediente municipal Nº 2023-86-001-00608.

.- Pase a la Intendencia.

 

Conformes: Silvana Goñi (Presidente), Sonia Castro, Rosario Ferreira, Eduardo Gancio, Gabriela Rodríguez, Javier Heredero y Sebastián Rodríguez.

 

 

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN ( punto 6 )

Ref: JDF. Exp. Nº 302/23 - IF. Exp. Nº 00560/21. Autorización a la Intendencia para designar, a los efectos de su expropiación, el padrón Nº 4093 de la localidad catastral Florida, con el fin de extender trazado de la rambla.

Antecedentes: Distribuido 2023-0022

Proyecto de resolución:

 

VISTO: La iniciativa del Sr. Director General del Departamento de Obras de la Comuna tendiente a que se proceda a la expropiación del padrón Nº 4093 de Florida, a fin de extender el trazado de la rambla hacia la zona de la Plaza de los Inmigrantes Italianos.

CONSIDERANDO: 1) Que la Dirección de Obras, en este período de Gobierno, se ha abocado a la planificación de obras y propuestas a realizar, dentro de las cuales se encuentra la continuación de la rambla sobre las costas del Río Santa Lucía, extendiendo su trazado desde el Prado Piedra Alta hacia la zona de la Plaza de los Inmigrantes Italianos.

2) Que para la realización de la obra resulta necesario afectar el padrón urbano Nº 4093 de la ciudad de Florida.

3) Que División Agrimensura anexa el croquis correspondiente en actuación Nº 3.

4) Que en actuación Nº 11 se informa que el padrón es inundable, por lo cuál sus usos potenciales son limitados. En tal sentido, la construcción de un paseo inundable con características de "rambla", es una gran oportunidad para el desarrollo de esta zona de la ciudad.

5) Que la Asesoría Notarial de la Intendencia ha proporcionado los datos necesarios que permiten identificar a los titulares del padrón en cuestión, siendo estos: Rogelio Emiliano Zamit Maciel, Juan Angel Borche Núñez, Norma Julia y Jorge Dei Cas Roccatagliata y Servando Ramón, Gonzalo y María del Rosario Echeverría Olalquiaga.

6) Que la causal de utilidad pública se encontraría comprendida en el artículo 4°, numeral 2, de la Ley Nº 3958, que declara de utildad pública "la expropiación de los terrenos y edificios necesarios para la apertura, rectificación y ensanche de las avenidas, plazas, ramblas, jardines o paseos públicos existentes o que se proyecten abrir o construir en las ciudades y villas de la república".

7) Que es de especial interés para esta Administración la realización de dicha obra.

8) Que el Ejecutivo Departamental ha resuelto iniciar los procedimientos tendientes a la expropiación, para así poder concretar la obra en beneficio de la población de la ciudad de Florida.

9) Que esta Junta Departamental comparte la iniciativa.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 275°, numeral 7, de la Constitución de la República; así como por la Ley N° 3.958, concordantes y modificativas.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble padrón Nº 4093 sito en la localidad catastral Florida, según croquis confeccionado por División Agrimensura anexo en actuación Nº 3 del expediente municipal Nº 2021-86-001-00560, con el fin de extender el trazado de la rambla hacia la zona de la Plaza de los Inmigrantes Italianos.

2º.- Comuníquese, etc.

 

Conformes: Silvana Goñi (Presidente), Sonia Castro, Rosario Ferreira, Eduardo Gancio, Gabriela Rodríguez, Javier Heredero y Joaquín Montesdeoca.

 

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN ( punto 7 )

Ref: JDF. Exp. Nº 303/23 - IF. Exp. Nº 03525/21. Autorización a la Intendencia para designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble padrón Nº 587 de la localidad catastral Casupá, con destino a la ampliación de su cartera de tierras.

Antecedentes: Distribuido 2023-0023

Proyecto de resolución:

 

VISTO: La iniciativa del Sr. Director General de Asuntos legales y Transparencia de la Intendencia, en tanto se proceda a la expropiación del padrón Nº 587 de Casupá a fin de que integre la cartera de tierras de la Intendencia.

CONSIDERANDO: 1) Que en la actualidad, según informe técnico, surge que existen instalaciones irregulares y precarias tales como para alojamiento de equinos, un galpón y vivienda en estado de deterioro

2) Que, asimismo, el inmueble registra adeudos tributarios desde el año 2000; dicha deuda asciende a la fecha la suma de $ 151.091 (pesos uruguayos ciento cincuenta y un mil noventa y uno).

3) Que el artículo 63° de la Ley 18.308 declara de utilidad pública la expropiación por parte de la Administración de los inmuebles en estado de abandono que teniendo potencialidades productivas o de utilidad social no hayan sido explotadas por más de 10 años a efectos de integrar la cartera de tierras.

4) Que el abandono está dado por la omisión de los deberes relativos a la propiedad inmueble establecidos en el artículo 37° de la misma ley, tales como conservar, cuidar, rehabilitar, etc.

5) Que el Ejecutivo Departamental considera conveniente a los intereses de la Administración proceder a la expropiación del inmueble con destino a integrar su cartera de tierras.

6) Que esta Junta Departamental comparte la iniciativa.

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 35°, numeral 35, de la Ley 9.515; Ley Nº 3.958; Ley Nº 18.308, concordantes y modificativas; y a lo dispuesto en el artículo 275°, numeral 7, de la Constitución.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble padrón Nº 587, sito en la localidad catastral de Casupá, con destino a ampliar la cartera de tierras de la Comuna.

2º.- Comuníquese, etc.

 

Conformes: Silvana Goñi (Presidente), Sonia Castro, Rosario Ferreira, Eduardo Gancio, Gabriela Rodríguez, Javier Heredero y Joaquín Montesdeoca.

 

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN ( punto 8 )

Ref: JDF. Exp. Nº 238/23. Aprobación de realización de homenaje a la Selección de Fútbol de Florida, ante la obtención del título “Campeón del Sur”. Iniciativa de la Sra. Edila Gabriela Rodríguez Buydid.

Proyecto de resolución:

 

VISTO: La iniciativa de realización de un homenaje a la Selección de Fútbol de Florida, presentada por la Sra. Edila Gabriela Rodríguez.

CONSIDERANDO: Que esta selección recientemente obtuvo un título “Campeón del Sur” en la categoría mayores.

ATENTO: A lo expuesto y dispuesto en la Resolución JDF Nº 38/17 de fecha 07/07/2017.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE
:

1°.- DISPONER la realización de un homenaje a la Selección de Fútbol de Florida al obtener el título “Campeón del Sur”, en sesión ordinaria de fecha 05 de mayo de 2023.

2º.- La sesión se realizará en en Estadio Campeones Olímpicos de la ciudad de Florida.

3º.- Líbrense las comunicaciones del caso.

 

Aprobación de realización de homenaje:

Conformes: Silvana Goñi (Presidente), Sonia Castro, Rosario Ferreira, Eduardo Gancio, Gabriela Rodríguez, Javier Heredero y Sebastián Rodríguez.

 

 

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN ( punto 9 )

Ref: JDF. Exp. Nº 231/23. Aprobación de realización de una sesión solemne conmemorativa a los hechos acontecidos ante el golpe de Estado en nuestro país, ocurrido en la fecha 27 de junio de 1973. Iniciativa de la Sra. Edil Silvana Goñi Scitti.

 

Proyecto de resolución:

 

VISTO: La iniciativa de la Sra. Edil Silvana Goñi tendiente a la realización de una sesión solemne en conmemoración a los acontecimientos sucedidos ante el golpe de Estado ocurrido en nuestro país en la fecha 27 de junio de 1973.

CONSIDERANDO: La importancia y características del homenaje propuesto.

ATENTO: A lo dispuesto en en Art. 26° del Reglamento Interno del Organismo.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE
:

1°.- DISPONER la realización de una sesión solemne en conmemoración a los hechos acontecidos ante el golpe de Estado ocurrido en nuestro país en la fecha 27 de junio de 1973.

2º.- Líbrense las comunicaciones del caso.

 

Conformes: Silvana Goñi (Presidente), Sonia Castro, Rosario Ferreira, Eduardo Gancio, Gabriela Rodríguez, Javier Heredero y Sebastián Rodríguez.

Nota de la Secretaría: En la consideración de este asunto se deberá determinar la fecha de realización de la sesión y, en caso de realizarse fuera del recinto de la Junta Departamental, deberá resolverse dónde.

Asimismo, podrá facultarse a la Presidencia del Organismo a fijar la fecha y lugar determinado para cumplir con el acto solemne.

LA SECRETARÍA