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Distribuido Nº 97/22

Florida, 16 de noviembre de 2022

Sr. / Sra. Edil:
PRESENTE
                      Se remiten proyectos de resoluciones, emanados de comisiones asesoras del Organismo, que integrarán el orden del día de la sesión ordinaria a realizarse el próximo
viernes 18 de noviembre en la sede del Organismo.

COMISIÓN DE HACIENDA (punto 1)

Ref: JDF. Exp. Nº 1684/21 - IF. Exp. N° 00505/20. Autorización a la Intendencia a fin de transar con funcionarios municipales de Vialidad, pago de horas extra, ante proceso judicial.

Antecedentes: Distribuido 2022-0092

Proyecto de resolución:

VISTO: El proceso judicial que por concepto de horas extra iniciaron funcionarios de Vialidad contra la Intendencia de Florida, tramitado ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Florida de Tercer Turno, autos caratulados: “PEÑA MAGOLE, Carlos Alberto y otros c/INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. COBRO DE PESOS”. IUE 261-41/2020, acorde al traslado de demanda comunicado en las actuaciones 2020-86-001-00505.

CONSIDERANDO: 1) Que la Junta Departamental de Florida ya ha otorgado venia por transacciones parciales en el juicio de referencia, por Resoluciones JDF Nº 03/2022 de fecha 11/2/2022 y Nº 29/2022 de fecha 16/6/2022.

2) Que actualmente el proceso judicial se encuentra en etapa de alegatos de bien probado, encontrándose los plazos procesales suspendidos.

3) Que se han continuado realizando tratativas entre la Intendencia de Florida y los promotores del accionamiento en pos de llegar a un acuerdo sobre el litigio, existiendo la posibilidad de darlo por finalizado respecto de los funcionarios que se detallan y por los montos que se señalan en las siguientes condiciones: Julio Fontoura $ 41.616, Diego Viera $ 56.140, Washington González $ 39.535, Nicolás Sebastián Peña $ 71.128.

4) Que las sumas detalladas tu supra, las que totalizan un monto de $ 208.419 (pesos uruguayos doscientos ocho mil cuatrocientos diecinueve), se abonarán a los funcionarios en una única partida y sin perjuicio de los descuentos legales y/o judiciales pertinentes a partir de la homologación judicial del acuerdo transaccional, disponiéndose la clausura del proceso judicial en curso respecto de los convinientes.

5) Que el Ejecutivo Departamental ha estimado conveniente arribar a esta transacción, por lo cual solicita anuencia a este órgano legislativo a los efectos de homologar dicho negocio jurídico ante el Juzgado competente.

6) Esta Junta Departamental comparte la solicitud formulada, en mérito a lo cual se habrá de otorgar la venia requerida.

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el Art. 35°, numeral 11, de la Ley 9.515.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE
:

.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a abonar la suma total y final de $ 208.419 (pesos uruguayos doscientos ocho mil cuatrocientos diecinueve) por concepto de transacción con los siguientes funcionarios y acorde a los montos que se detallan: Julio FONTOURA $ 41.616, Diego VIERA $ 56.140, Wáshington GONZÁLEZ $ 39.535, Nicolás Sebastián PEÑA $ 71.128.

.- Los montos convenidos se abonarán una vez sea homologada la transacción en sede judicial e intervenida por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, solicitándose a la sede además la clausura del proceso judicial en curso respecto de los convinientes.

.- Pase a la Intendencia.

Conformes: Ludelmar Torres (Presidente de Comisión), Andrea Rizzo, Mauricio Silva, Ignacio Barreiro, Javier Heredero, Carlos Llanes y Juan Lacassy.

 

COMISIÓN DE HACIENDA (punto 2)

Ref: JDF. Exp. Nº 1435/22 - IF. Exp. Nº 01611/20. Autorización a la Intendencia de Florida a fin de transar con particular ante rotura de semáforo embestido por vehículo en la ciudad de Florida.

Antecedentes: Distribuido 2022-0093

Proyecto de resolución:

VISTO: Los daños ocasionados a un semáforo ubicado en la intersección de las calles José Batlle y Ordóñez y General Fructuoso Rivera de la ciudad de Florida, ocurrido por el vehículo conducido por el Sr. Cono Fernando Piñeyro Peña.

CONSIDERANDO: 1) Que un vehículo automotor embistió un semáforo ubicado de las calles José Batlle y Ordóñez y General Fructuoso Rivera de la ciudad de Florida, ocasionando su rotura total.

2) Que la Intendencia citó a conciliación al conductor del vehículo y al titular de la ficha vehicular, a efectos de obtener el pago de los daños y perjuicios ocasionados ante el Juzgado de Paz Departamental, I.U.E.: 492-402/2020, siendo inútilmente tentada.

3) Que la Intendencia procedió a formular acción contra el conductor y el titular de la ficha vehicular ante el Juzgado de Paz Departamental, promoviendo demanda de daños y perjuicios, I.U.E.: 492-321/2022.

4) Que el conductor ha formulado oferta, peticionando celebrar acuerdo transaccional por la suma de U$S 960,45 (dólares americanos: novecientos sesenta con cuarenta y cinco centavos) que se abonarán en 9 cuotas de U$S 100 y una última restante de U$S 60,45.

5) Que la Asesoría Jurídica de la Intendencia, previo al análisis del caso, recomienda aceptar la oferta formulada dado que se percibe por acuerdo parte de lo reclamado en la vía judicial, sin necesidad de continuar las actuaciones contra el conductor.

6) Que el Ejecutivo Departamental comparte tales consideraciones y la suma ofrecida, habiendo solicitado anuencia a este órgano legislativo a los efectos de homologar dicho negocio jurídico ante el Juzgado competente.

7) Esta Junta Departamental comparte la solicitud formulada, en mérito a lo cual se habrá de otorgar la venia requerida.

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto en el Art. 35°, numeral 11, de la Ley Nº 9.515.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE
:

.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a transar con el Sr. Cono Fernando PIÑEYRO PEÑA en la suma de U$S 960,45 (dólares americanos: novecientos sesenta con cuarenta y cinco centavos), a abonar en 9 cuotas de U$S 100 y la restante de U$S 60,45; por concepto de rotura de semáforo embestido por vehículo en la intersección de las calles José Batlle y Ordóñez y Gral. Fructuoso Rivera, en la ciudad de Florida.

.- La presente transacción deberá ser homologada judicialmente.

.- Pase a la Intendencia.

Conformes: Ludelmar Torres (Presidente de Comisión), Andrea Rizzo, Mauricio Silva, Ignacio Barreiro, Javier Heredero, Carlos Llanes y Juan Lacassy.

 

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN (punto 3)

Ref: JDF. Exp. Nº 1507/22 - IF. Exp. Nº 02901/21. Autorización a la Intendencia de Florida para proceder a la destitución de un funcionario municipal por la causal “delito” e incompatibilidad para desempeñar el cargo público.

Antecedentes: Distribuido 2022-0095

Proyecto de resolución:

VISTO: El sumario administrativo instruido al funcionario municipal Julio Adhemir Maneiro, ficha Nº 2399.

CONSIDERANDO: 1) Que del procedimiento disciplinario instruido surge prueba suficiente de la comisión de conductas reñidas con la calidad de funcionario público por parte del funcionario Julio Maneiro.

2) Que la responsabilidad de Maneiro ha quedado acreditada, ya que fue condenado en la jurisdicción penal como autor de reiterados delitos de atentado violento al pudor, tal como surge del testimonio de sentencia de condena dictada por el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Florida de Cuarto Turno con fecha 25/5/2022.

3) Que, en efecto, como se referencia en los informes de la Instructora Sumariante Dra. Florencia Cuello, y de la Asesoría Jurídica de la Intendencia, el funcionario ha incurrido en gravísima falta administrativa en tanto se han constatado hipótesis de acoso sexual en el ámbito laboral, conforme a lo establecido en la Ley 18.561.

4) Que en consecuencia, tales conductas resultan sancionables administrativamente ya que coliden con un accionar que ejemplifica su calidad de funcionario público, afectando el "buen nombre o prestigio" de esta Intendencia.

5) Que los hechos probados en el sumario administrativo han determinado que la conducta del funcionario resulte incompatible con la función pública, constituyendo además "ineptitud moral" para desempeñar el cargo.

6) Que el Ejecutivo Departamental, de conformidad con lo sugerido por la Instructora Sumariante, por la Asesoría Jurídica y por la Dirección General de Asuntos Legales y Transparencia, estiman corresponde sancionar al funcionario con la pena de destitución.

7) Que esta Junta Departamental habrá de conceder la venia requerida, modificando no obstante la causal “ineptitud moral” por la causal “delito”, en tanto la funcionario ha sido condenado mediante sentencia firme con autoridad de cosa juzgada como autor penalmente responsable de “reiterados delitos de atentado violento al pudor” (artículo 273° del Código Penal).

ATENTO: A lo establecido en el artículo 35°, numeral 4, de la Ley Orgánica Municipal y a lo dispuesto por el artículo 275° de la Constitución de la República.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE
:

.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida para proceder a la destitución del funcionario municipal Julio Adhemir MANEIRO, ficha Nº 2399, por la causal “delito” e incompatibilidad para desempeñar el cargo público.

.- Comuníquese, etc.

Conformes: Andrea Peluso (Presidente), Silvana Goñi, Rosario Ferreira, Analía Machado, Gabriela Rodríguez, Javier Heredero y Joaquín Montesdeoca.

 

LA SECRETARÍA