Distribuido Nº 90/22

Florida, 19 de octubre de 2022
Sr. / Sra. Edil:
PRESENTE
                    Se remiten proyectos de resoluciones y de decretos emanados de la Comisión de Legislación del Organismo, que integrarán el orden del día de la sesión ordinaria a realizarse el próximo
viernes 21 de octubre, en la ciudad de Sarandí Grande.

 

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN (punto 2)

Ref: JDF. Exp. Nº 1494/20 - IF. Exp. Nº 02042/19. Modificación de las Resoluciones JDF Nros. 03/20 y 43/20, de fechas 07/02/2020 y 12/11/2020 respectivamente, respecto al nombre de cooperativa de viviendas que se indica.

Antecedentes: DISTRIBUIDO Nº 82/22

Proyecto de resolución:

 

VISTO: La solicitud de la Cooperativa de Vivienda del Sindicato Único de Policías del Uruguay 3 Florida Piedra Alta (CO.VI.S.U.P.U.FLO.PA.) en cuanto a que se rectifique la Resolución Nº 03/20 de la Junta Departamental.

CONSIDERANDO: 1) Que la Cooperativa solicitante advierte que se cometió un error en la denominación de ésta en la resolución que se pretende modificar.

2) Que la Asesoría Jurídica de la Intendencia advierte que la Resolución JDF Nº 03/20 tuvo algunas modificaciones mediante la Resolución JDF Nº 43/20.

3) Que se estima pertinente modificar ambas resoluciones de la Junta Departamental de Florida (Nros. 03/20 y 43/20) por las que se autorizan la enajenación de los padrones Nros. 7345 y 9195.

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto en el Art. 37° de la Ley 9.515.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE
:

 

.- MODIFÍCASE las Resoluciones JDF Nros. 03/20 y 43/20, de fechas 07/02/2020 y 12/11/2020 respectivamente, considerando que donde dice "Cooperativa de Viviendas del Sindicato Único Policial (COVISUPU III)" debe decir "Cooperativa de Vivienda del Sindicato Único de Policías del Uruguay 3 Florida Piedra Alta (COVISUPUFLOPA)", manteniéndose incambiados sus restantes términos.

.- Comuníquese, etc.

 

Conformes: Andrea Peluso (Presidente), Silvana Goñi, Rosario Ferreira, Analía Machado, Gabriela Rodríguez, Javier Heredero y Sebastián Rodríguez.

 

 

 

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN (punto 3)

 

Ref: JDF. Exp. Nº 1051/22 - IF. Exp. Nº 02154/20. Autorización a la Intendencia para celebrar comodato, por el plazo de 10 (diez) años, con la ANEP, recibiendo el padrón Nº 12844 (predio de la ex escuela Nº 57) en zona de la localidad de Cardal y ceder su uso a la ONG Vía de Escape.

Antecedentes: DISTRIBUIDO Nº 73/22

Proyecto de resolución:

 

VISTO: El interés de la Intendencia de Florida en suscribir un contrato de comodato con la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), con destino a la Asociación Civil "Vía de Escape".

CONSIDERANDO: 1) Que el objeto del contrato de comodato a suscribir será el inmueble empadronado con el número 12844, propiedad de la Administración Nacional de Educación Pública.

2) Que es de interés de la Comuna promover la iniciativa de la Asociación Civil "Vía de Escape", cuyo objetivo es apoyar a jóvenes con adicciones, brindando contención, asesoramiento y acompañamiento a las familias.

3) Que la ONG utilizará el predio como el segundo centro de rehabilitación en adicciones.

4) Que la Dirección de Desarrollo Sustentable de la Intendencia, entre otras colaboraciones, se ha comprometido con asistencia y asesoría técnica, como forma de contribuir al desarrollo y autonomía del emprendimiento.

5) Que consta a la Intendencia Departamental de Florida, la actividad que desarrolla en Florida la ONG, con apoyo de una comisión de padres que se reúne periódicamente en la Sede de ADEOM - Florida, donde organiza colectas y beneficios para contribuir al financiamiento del programa.

6) Que por Resolución Nº 1440/2022, adoptada por el Consejo Directivo Central de la ANEP, con fecha 22 de junio de 2022 se dispuso autorizar la suscripción de un contrato de comodato, por un plazo de diez años, respecto del local de la ex Escuela Rural Nº 57, ubicada en Costas del Río Santa Lucía Chico, en el Cmno. Local Feria de Cardal del departamento de Florida.

7) Que el plazo de comodato excederá el actual período de gobierno, resultando necesario obtener la anuencia del Legislativo Departamental.

8) Que el Ejecutivo Departamental considera conveniente la celebración del contrato, teniendo en cuenta que el destino del inmueble permitirá atender y abordar una problemática de considerable importancia en nuestra sociedad y a la que el Gobierno Departamental no puede permanecer ajeno.

ATENTO: A lo expuesto y a lo previsto por el artículo 35°, numeral 10, de la Ley 9515.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE
:

 

.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a los efectos de recibir en comodato el padrón Nº 12844 (ex escuela rural Nº 57, ubicada en Costas del Santa Lucía Chico en el camino Local Feria de Cardal, en el departamento de Florida), propiedad de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), por el plazo de 10 (diez) años, cuyo uso será cedido a la Asociación Civil “Vía de Escape”.

.- La cesión del uso del inmueble de parte de la Intendencia de Florida en favor de la Asociación Civil “Vía de Escape” estará sujeta a las siguientes condiciones: A) La Asociación Civil “Vía de Escape” deberá garantizar que al menos el 50% de las plazas disponibles en el centro de rehablitación de adicciones a instalarse el predio, tendrán como destinatarios ciudadanos con residencia en el departamento de Florida. B) La Intendencia de Florida podrá rescindir en forma unilateral el contrato de cesión de uso en caso incumplimiento por parte de la asociación civil con la previsión contenida en el Literal A) de la presente disposición, así como en caso de constatarse que las condiciones de salubridad e higiene de los residentes no sean las adecuadas, de acuerdo con la legislación vigente. A tales efectos la Intendencia realizará inspecciones periódicas, que tendrán una frecuencia mínima trimestral, con noticia de las resultancias de las mismas a la Comisión de Derechos Humanos, Género y Desarrollo Social de la Junta Departamental de Florida.

.- El contrato de “cesión de uso” a celebrarse entre la Intendencia de Florida y la Asociación Civil “Vía de Escape” tendrá un plazo de vigencia de cinco (5) años, prorrogable por parte del Ejecutivo Departamental por otro período de igual duración en caso de valoración satisfactoria del funcionamiento del centro y del grado de cumplimiento de sus metas y objetivos.

.- Comuníquese, etc.

 

Conformes: Andrea Peluso (Presidente), Silvana Goñi, Rosario Ferreira, Analía Machado, Gabriela Rodríguez, Javier Heredero y Sebastián Rodríguez.

 

 

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN (punto 4)

Ref: JDF. Exp. Nº 1342/22 - IF. Exp. Nº 03051/22. Proyecto de decreto declarando de “Interés Departamental” la travesía y canotaje por las aguas del Río Yí a realizarse los días 04, 05 y 06 de noviembre de 2022.

Antecedentes: DISTRIBUIDO Nº 83/22

Proyecto de decreto:

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA
:

 

Art. 1°.- DECLÁRASE de “Interés Departamental” la travesía y canotaje por las aguas del Río Yí a realizarse los días 04, 05 y 06 de noviembre de 2022; incluyéndose en el literal D) del Art. 5° del Decreto Departamental Nº 13/2017.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

 

 

Conformes: Andrea Peluso (Presidente), Silvana Goñi, Rosario Ferreira, Analía Machado, Gabriela Rodríguez, Javier Heredero y Sebastián Rodríguez.

 

 

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN (punto 5)

 

Ref: JDF. Exp. Nº 1083/22 - IF. Exp. Nº 02062/22. Proyecto de decreto designado con el nombre “José Moreira Morán” la plazoleta ubicada frente al Club 12 de Octubre, en la ciudad de Sarandí Grande, lugar donde se encuentra el Monumento al Caballo, obra de su autoría.

Antecedentes: DISTRIBUIDO Nº 74/22

Proyecto de decreto:

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA
:

 

Art. 1°.- DESÍGNASE con el nombre "José Moreira Morán" la plazoleta ubicada frente al Club 12 de Octubre, en la ciudad de Sarandí Grande, lugar donde se encuentra el Monumento al Caballo, obra de su autoría.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

 

Conformes: Andrea Peluso (Presidente), Silvana Goñi, Rosario Ferreira, Analía Machado, Gabriela Rodríguez, Javier Heredero y Sebastián Rodríguez.

 

Exposición de motivos

El artista, músico, humorista y polifacético José Moreira Morán se radicó en Sarandí Grande a los 19 años donde vivió toda su vida. Era un intelectual con una visión de comunidad a largo plazo, siempre preocupado por la participación, el bienestar y las necesidades de su comunidad. Aportó a fin de mejorar con obras el barrio 12 de Octubre y fue impulsor en la creación del movimiento Sarandí Juventud Sana. En su trayectoria como escultor realizó obras en diferentes puntos de nuestro país, una de ellas ubicada en su ciudad natal en la plazoleta que llevará su nombre.

 

LA SECRETARÍA