RESOLUCIÓN J.D.F. Nº 56/2009

DESCRIPCIÓN:    Anuencia a la Intendencia Municipal para celebrar convenio con la Intendencia Municipal de Montevideo a fin de revitalizar el centro histórico de la ciudad de Florida y el fortalecimiento de la Agencia de Desarrollo Económico.

 

APROBACIÓN:   18 de junio de 2009

ACTA 101/2009

EXPEDIENTE: IMF. Exp. Nº 1767/09 – JDF Lº 10 Fº 67.-

En sesión de la fecha, y por mayoría de miembros presentes (28 en 29 Ediles), se aprobó la siguiente resolución

Visto: la solicitud de anuencia de la Comuna para suscribir convenio por el término de 48 meses con su similar de Montevideo.-

Considerando: I) que la finalidad del convenio es revitalizar el centro histórico de la ciudad de Florida y encarar una dinamización económica productiva vinculadas al fortalecimiento de la Agencia de Desarrollo Económico y la  red social departamental

                           II) que a tales efectos la Intendencia Municipal de Montevideo –como administradora de la subvención otorgada por la Comisión Europea-  transferirá fondos a la Intendencia de Florida, debiendo ésta  conformar un equipo multidisciplinario con el fin de la ejecución de las obras, entre otros cometidos.-

Atento: a lo expuesto,

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

.- AUTORÍZASE a la Intendencia Municipal a suscribir convenio con la Intendencia Municipal de Montevideo, en los términos del archivo adjunto, con la finalidad expresada en los Considerandos que anteceden.-

.-  Pase a la Intendencia Municipal.-

 

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los dieciocho días del mes de  junio de dos mil nueve.-

Fdo: Mtra. AMANDA DELLA VENTURA VALERIO, Presidenta; ALÉXIS A. PÉREZ, Secretario

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CONVENIO.-

Montevideo, 23 de Abril de 2009 .-

VISTO: que por Resolución No. 4924/08, de fecha 13/XI/08, se dispuso aceptar la donación de Euros 1.870.787,oo (Euros un millón ochocientos setenta mil setecientos ochenta y siete) para la ejecución del Proyecto "Rehabilitación Socio Urbana y Articulación de Políticas Hacia la Integración Social en Áreas Centrales Degradadas - Habitar Goes" a desarrollarse en Montevideo en el marco de la Fase III del Programa URB-AL;

RESULTANDO: 1º.) que en ese marco la Directora General del Departamento de Descentralización propicia la celebración de un convenio con la Intendencia Municipal de Florida, con el objeto de formalizar el compromiso por el cual dicha Comuna será incorporada a las actividades que esta Intendencia Municipal realice con el objetivo de llevar a cabo dicho proyecto;

                             2º.) que de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución No. 1720/07, de fecha 18/V/07, el texto proyectado fue sometido a consideración de la Asesoría Jurídica, la cual con la conformidad de su Director, formuló las objeciones al texto propuesto inicialmente que fueron recogidas en el texto definitivo, por cuanto se trata de un convenio interinstitucional o entre organismos del Estado, que además encuadra dentro de los acuerdos celebrados con la Comunidad Europea (contrato de subvención del proyecto antes mencionado, que es atendido con fondos extrapresupuestales donados por la citada Comunidad);

CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Descentralización entiende procedente dictar resolución en tal sentido;

LA INTENDENTA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO RESUELVE:

1. Aprobar el texto del Convenio a suscribirse entre esta Intendencia Municipal y la Intendencia Municipal de Florida, en los siguientes términos:

CONVENIO: En la ciudad de Florida, el veintitrés de abril de dos mil nueve, entre: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, (en adelante la IMM), R.U.T. 211763350018, con domicilio en la Avenida 18 de Julio № 1360 de esta ciudad, representada en este acto por la Intendenta Municipal de Montevideo (I) Esc. Hyara Rodríguez y POR OTRA PARTE: la Intendencia Municipal de Florida (en adelante IMF), con domicilio en la calle Independencia No. 586, representada en este acto por el Intendente Municipal de Florida Sr. Juan Francisco Giachetto, convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: Antecedentes: I) La Comisión Europea en el marco del Programa URB-AL, ha aprobado el Proyecto "Habitar Goes" presentado por la IMM junto a otras ciudades de América Latina y la Unión Europea - Contrato de Subvención entre la Comisión de las Comunidades Europeas y la IMM No. Europcaid 126818/C/ACT/RAL entre la Comisión de la Comunidad. II) A los efectos de la ejecución del Proyecto, el Intendente Municipal de Montevideo ha dictado la Resolución No. 1563/09, de fecha 20/TV/09. III) El Proyecto tiene como objetivo aportar a un mejor abordaje por parte de los gobiernos locales y la sociedad en su conjunto, contribuir a incrementar los niveles de cohesión social y territorial de las áreas centrales degradadas de las ciudades socias latinoamericanas y europeas, mejorando la calidad de vida de sus habitantes. IV) Entre las actividades a implementar está prevista la realización de promover el carácter residencial del área de intervención, mediante la rehabilitación socio -urbana, recuperando el patrimonio edilicio c incentivando la implementación de programas de vivienda de interés social; incrementar las oportunidades productivas y dinamizar económicamente el área de intervención; favorecer el uso democrático de los equipamientos sociales ya existentes; fortalecer la articulación y coordinación interinstitucional; fortalecer el trabajo en red con las Ciudades Socias en relación a modelos de intervención en áreas centrales degradadas para favorecer la cohesión social desde el ámbito local. Con esta finalidad está previsto implementar por la IMF el Programa "Habitar el Centro".- SEGUNDO: Objeto: El objeto del presente Convenio es formalizar el compromiso por el cual la IMF llevará a cabo intervenciones vinculadas a la revitalización de su Centro Histórico y dinamización económico productiva vinculadas al fortalecimiento de la Agencia de Desarrollo Económico y de la Red Social Departamental en concordancia a los objetivos del proyecto.- TERCERO: Obligaciones de la IMF: a) deberá conformar un Equipo Institucional con el fin de la ejecución del Programa; b) instalar una Oficina de Trabajo a fin de realizar las acciones que se llevarán a cabo; c) planificar y ejecutar las acciones, dando cuenta de las mismas, de acuerdo a los instrumentos definidos por la Comisión Europea; d) desarrollar un Centro de Promoción Laboral; e) participar en los eventos generales de capacitación e intercambio con las Ciudades Socias; f) realizar la publicación impresa con el informe final de resultados del Programa "Habitar Centro y g) organizar eventos de difusión y análisis de los resultados con actores locales.- CUARTO: Obligaciones de la IMM: a) disponer que la UEP asegure la ejecución de los mismos en el Departamento de Florida; a) efectuar la transferencia de fondos, para la ejecución de las actividades en conformidad con los requisitos establecidos por la Cooperación Europea. La transferencia se realizará siguiendo la modalidad de entrega de la Comisión Europea, iniciándose dicha transferencia con el 30 % del monto total presupuestado por el Programa "Habitar el Centro". Dichos fondos procederán de los recursos extrapresupuestales que la IMM administra en el marco de los acuerdos con la Comisión Europea; b) monitorear el desarrollo del mencionado Programa, asegurando el cumplimiento de los objetivos previstos en el Proyecto aprobado con la Comisión Europea.- QUINTO: Coordinación y Seguimiento: Las partes constituirán una Comisión integrada por las Sras. Miriam Rodríguez y Paz Alonso por la IMM, y por Alejandro Echeverría De León, por la IMF, que actuará como nexo interinstitucional a los efectos de dar seguimiento a la instrumentación de las actividades.- SEXTO: Plazo: La vigencia del presente convenio se extenderá desde la fecha de su firma y por el término de 48 (cuarenta y ocho) meses, tiempo de finalización del Contrato de Subvención con la Comisión Europea, y podrá ser denunciado por cualquiera de las partes, siempre que lo comunique a la otra por escrito y con una antelación de 3 (tres) meses, la denuncia del acuerdo no alterará el desarrollo de las acciones que ya se hubieran acordado, las cuales continuarán hasta su total conclusión, salvo que expresamente se determine lo contrario.-SÉPTIMO: Rendiciones de Cuentas: Las rendiciones deberán presentarse antes del 30 de diciembre de dos mil nueve. Se acordará de común acuerdo las pautas de las rendiciones a presentar siguiendo lo establecido en el contrato de subvención y respetando el presupuesto general aprobado (Anexo X del Contrato de Subvención). Son aplicables a este convenio las normas establecidas en el Contrato de Subvención, sus anexos y otras exigencias de la Comisión de las Comunidades Europeas. OCTAVO: Domicilios Especiales: Se constituyen como domicilios especiales a todos los efectos derivados de este convenio los indicados precedentemente como suyos.

            En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-Comuníquese a la Secretaria General a efectos de cursar nota a la Intendencia Municipal de Florida; al Departamento de Recursos Financieros; a la División Comunicación; a los Servicios de Escribanía y Unidad Central de Presupuesto; a la Unidad Central de Auditoría Interna y Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Descentralización y pase al Servicio de Relaciones Públicas para la formalización del presente Convenio.-

(Fdo) ESC. HYARA RODRÍGUEZ, Intendenta Municipal(I)- ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General