RESOLUCIÓN J.D.F. Nº 45/2009

DESCRIPCIÓN:   Autorización a la Intendencia Municipal para enajenar a adjudicatarios de viviendas, cuarenta solares de inmueble en la ciudad de Florida

 

APROBACIÓN:  17 de abril de 2009

ACTA 96/2009

EXPEDIENTE: IMF Exp. Nº 20513/02- JDF Lº 10 Fº 39.-

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (31 Ediles), se aprobó la siguiente resolución:

Visto: Estos antecedentes relativos al convenio suscrito entre el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y la Intendencia Municipal de Florida con fecha 28 de junio de 2002;

Considerando:

            I) Que en el mismo se acuerda la construcción de 55 soluciones habitacionales para el Departamento de Florida, 40 corresponden a la ciudad de Florida y 15 a la Localidad de 25 de Agosto.

            II) Que respecto a las viviendas de la ciudad de Florida las mismas ya fueron construidas y entregadas a los beneficiarios el 23 de agosto de 2005, oportunidad en la que se firmó comodato a favor de cada uno de los beneficiarios.-

            III)  Que el convenio citado prevé que los beneficiarios abonen 60 cuotas de 2 U.R. cada una, las que serán volcadas a un fondo de tierras para soluciones habitacionales en el Departamento.-

            IV) Que se proyecta escriturar las viviendas construidas a cada beneficiario en mayo de 2009, siendo parte enajenante la Intendencia como propietaria del terreno y el Ministerio referido como institución titular de las mismas.-

Atentoa lo expuesto y a lo dispuesto por el Art. 37º, numeral 2º  de la Ley 9.515;

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

.- AUTORÍZASE a la Intendencia Municipal a enajenar cuarenta solares que forman parte del inmueble padrón No. 7345 (parte) de la Localidad Catastral Florida, según plano de fraccionamiento inscripto en la Oficina de Catastro con el No. 7960 de  25 de mayo de 2005; a favor de cada uno de los beneficiarios del programa, debiendo firmar éstos en forma simultánea a la escrituración, una carta de adeudo por las 120 U.R. pagaderas en 60 cuotas mensuales de 2 U.R. cada una.

.-Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos.-

 

Sala de Sesiones, en Cardal, a los diecisiete días del mes de abril de dos mil nueve.-

Fdo: Mtra. AMANDA DELLA VENTURA VALERIO, Presidenta; ALÉXIS A. PÉREZ, Secretario