DECRETO JDF Nº 20/21

DESCRIPCIÓN: Interpretación auténtica y alcance del Art. 46° del Presupuesto Departamental 1968-1972, en la redacción dada por la Modificación Presupuestal, ejercicio 2018 y siguientes (Decreto Departamental Nº 31/2018).

APROBACIÓN: 18 de noviembre de 2021.

2021-11-18 ACTA 18/21

EXPEDIENTE: Nº 705/21 - IF. Exp. Nº 01576/21.

En sesión de la fecha, y por mayoría de miembros presentes (16 en 30 Ediles), se sancionó el siguiente proyecto:

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:

Art. 1°.- ESTABLÉCESE, por vía de interpretación auténtica, que para que se configure el nacimiento del derecho al cobro del porcentaje establecido en el artículo 46° del Presupuesto Departamental 1968-1972, en la redacción dada por el artículo 16° del Decreto Departamental N° 31/2018, el funcionario municipal que realice tareas de fiscalización o inspección, debe mantener un vínculo funcional con el órgano Intendencia de Florida, tanto al momento de realizar el acto inspectivo de constatación de la multa, como al momento en que la Intendencia haga efectivo su cobro. La exigibilidad de la partida salarial así devengada en favor del funcionario, se verifica a partir del cobro efectivo de la multa por parte de la Intendencia. En todos aquellos casos en que el cobro efectivo de la multa por parte de la Intendencia se hubiere verificado con posterioridad a la entrada en vigencia de la Modificación Presupuestal del Gobierno Departamental de Florida, ejercicios 2018 y siguientes, será de aplicación el régimen establecido en el artículo 16° de dicho decreto.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Sala de Sesiones “Gral. José Gervasio Artigas” de la Junta Departamental, en Florida, a los dieciocho días del mes de noviembre de dos mil veintiuno.

(Fdo.) SILVANA GOÑI SCITTI, Presidente; ALICIA ORIOZABALA CAMINATTI, Secretaria General

Modifica Decreto 2018-0031